TALLER PARA LA INTEGRACIÓN DEL ACTA ENTREGA RECEPCION MUNICIPAL diciembre 2014
Objetivo Al término del taller, los participantes conocerán las disposiciones legales vigentes en relación a la obligación del Acta Entrega Recepción Municipal, para dar continuidad a las tareas propias de sus cargos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Presentar el Dictamen del Acta Entrega_Recepción En un término de treinta días naturales se emitirá por el Ayuntamiento entrante un dictamen sobre el acta de entrega-recepción. Remitiéndose a la ASEO dentro de los 15 días hábiles siguientes copia del acta y el respectivo dictamen. Artículos: 38 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca Artículo 39. Cuando el Presidente Municipal saliente no acuda a la instalación del nuevo ayuntamiento, a la entrega-recepción del gobierno municipal o a ninguno de los actos, la toma de protesta se hará en términos del artículo 36 y procederán a requerir a la autoridad saliente la entrega-recepción, en caso de negativa procederán en términos de la ley aplicable.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca ARTÍCULO 114.- La alteración, sustracción, disposición indebida, ocultamiento, así como otra conducta análoga realizada por los servidores públicos municipales, sobre los bienes del Municipio, será sancionada conforme a lo dispuesto en el Código Penal para el Estado de Oaxaca.
Omitir presentar el Dictamen del Acta Entrega_Recepción Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Oaxaca : Artículo 95.- La Auditoria impondrá a los servidores públicos del Estado y de los Municipios, una sanción económica equivalente a 300 días de Salario Mínimo General Vigente en la Entidad, cuando por causas imputables a los mismos, incurran en cualquiera de las siguientes omisiones: I a III... IV. Presentar el dictamen y copia del expediente derivado de la entrega recepción de la administración Municipal;
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca Artículo 56 .-Todo servidor público independientemente de las obligaciones específicas que corresponden al empleo, cargo o comisión… XXXIV.- Cumplir con la entrega del despacho a su cargo, en los términos que establezcan las disposiciones legales o administrativas que al efecto se señalen.
Ley de Archivos del Estado de Oaxaca ARTÍCULO 12.- Cuando un servidor público, se separe de su cargo, deberá entregar todos los documentos que estén en su poder o bajo su resguardo, con apego a los procedimientos establecidos en la normatividad aplicable. Bajo ninguna circunstancia, se considerarán los documentos públicos como propiedad de algún servidor público.
ACTA ENTREGA-RECEPCION
DICTAMEN
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