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I Reunión Ordinaria Morelia Michoacán, a 22 de Enero de 2016.

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Presentación del tema: "I Reunión Ordinaria Morelia Michoacán, a 22 de Enero de 2016."— Transcripción de la presentación:

1 I Reunión Ordinaria Morelia Michoacán, a 22 de Enero de 2016

2 III.- Acuerdo para Intercambiar Información Relativa a las Sanciones Impuestas por los Municipios

3 Justificación Con fundamento en los artículos 8 fracción X de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en correlación con el artículo 8 fracción XVIII la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán y sus Municipios, que ala letra dicen: X.- “Abstenerse de autorizar la selección, contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público”. XVIII. “Abstenerse de autorizar la contratación, nombramiento o designación de quien se encuentre inhabilitado por resolución de la autoridad competente para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público”. Así como lo previsto en el articulo 59 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, que señala las atribuciones del Contralor Municipal, que establece en su fracción XV: XV.- “Vigilar que el desempeño de las funciones de los servidores públicos municipales se realice conforme a la Ley”. 1

4 Justificación La Secretaría de la Función Pública, en cumplimiento a lo ordenado por la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, pone a disposición el Sistema del Registro de Servidores Públicos Sancionados, mediante el cual se inscriben y publican los datos de las sanciones impuestas por la Secretaría, a fin de conocer los antecedentes de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como de la Procuraduría General de la República, relacionados con el incumplimiento de sus obligaciones en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones. 2

5 Derivado de lo anterior, en el Estado de Michoacán se pretende adherir y que los municipios que conforman la Entidad envíen esta información, a la Secretaría de Contraloría, para que a su vez la suba a la plataforma nacional. Objetivo 3

6 Conclusión Con el presente acuerdo el registro será objeto de consulta del público en general. Y con ello se evitara que los servidores públicos que hayan incurrido en alguno de los supuestos previstos en el articulo 8 de la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán y sus Municipios, sean contratados en el servicio publico, lo cual coadyuvará en la transparencia y la rendición de cuentas 4


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