1 Mejoras y Actualización a la HOMOLOGACIÓN de Equipos de Telecomunicaciones en México.

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Transcripción de la presentación:

1 Mejoras y Actualización a la HOMOLOGACIÓN de Equipos de Telecomunicaciones en México

A dos años de la entrada en vigor del PEC (11 de Agosto de 2005), este no ha cumplido con las expectativas ofrecidas y mucho menos, esperadas, es mas, ha generado muchos inconvenientes al medio de las telecomunicaciones, como el que a la fecha, no están elaborados y aprobados los criterios generales que definan la homologación de una familia de productos, de conformidad con lo establecido en la materia en la LFMN, tal y como está establecido en la definición de Familia en el PEC Además, la aplicación del PEC de familia de productos, hace que la certificación sea confusa y costosa. Este tipo de certificación incluye los siguientes trámites: 2

Tramitar ante el NYCE, previo a las pruebas de certificación, que se apruebe la designación de familia. El Organismo resuelve en un plazo de 12 días y sin justificación alguna ha limitado hasta 6 productos por familia. Una vez aprobado, se debe someter el producto representativo de la familia, a pruebas de laboratorio. Se obtiene reporte de pruebas dentro de un término de 12 días, Acto seguido, el solicitante debe solicitar el trámite de Evaluación de la Conformidad en un Organismo acreditado (nuevamente NYCE), otros 12 días para obtener el Certificado PEC, Por último, se gestiona la homologación ante la COFETEL, misma que tarda otros 12 días hábiles máximo. En total un promedio de 48 días hábiles. El efecto adverso de los referidos plazos largos y los altos costos involucrados, desincentiva la comercialización de productos certificados en el País. 3

 El PEC, como se está aplicando actualmente, no cumple con lo establecido en la LFT como homologación. Considerando que la Homologación de productos de telecomunicaciones, de acuerdo a la definición de Homologación establecida en la LFT, además de requerir el cumplimientos de NOMs, puede requerir de cumplir con requisitos adicionales (establecidos en Resoluciones) para que un producto pueda ser conectado a una red pública o hacer uso del espectro radioeléctrico. Cuando un producto se homologa con un certificado de Evaluación de la Conformidad (PEC), solo está cumpliendo con la primera parte de la definición de homologación relativa al cumplimiento de NOM aplicable, no así con los requisitos adicionales (en caso de existir). Esto contraviene los ordenamientos legales vigentes para la Homologación de productos de telecomunicaciones establecidas en la definición de “Homologación” y el Art. 138 de la Ley Federal de Derechos. 4

 El Art. 4º del Proceso de Evaluación de la Conformidad (PEC), genera Triple ventanilla en la gestión de un certificado de homologación de un producto de telecomunicaciones, al intervenir un Laboratorio Privado de Pruebas (solo hay tres), un Organismo Privado de Certificación (NYCE) y la COFETEL en el mismo proceso de homologación.  El PEC no ha aportado beneficio alguno en la certificación de productos de telecomunicaciones y en cambio genera una sobre- regulación, costos adicionales y triple ventanilla entre otros.  El Procedimiento de Homologación de productos de telecomunicaciones establecido en la LFT, cumple puntualmente con lo establecido en el PEC, la certificación definitiva de homologación está sujeta al cumplimiento normativo bajo pruebas de laboratorio acreditado de acuerdo al la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. 5

 La Ley Federal de Derechos no tiene fracciones excluyentes referente al pago de derechos para homologar productos de telecomunicaciones, sin embargo en la homologación a través del PEC, se eliminó el cumplimiento de la LFD. Al momento, nunca se ha presentado y no está claro el sustento legal para (la desviación de recursos de la Federación hacia Particulares) eliminar la obligatoriedad de pagar derechos por homologación de productos de acuerdo a la Ley Federal de Derechos, cuando se aplica el PEC para homologar productos. 6

Propuesta 1 – Que para el usuario la elección del PEC sea una alternativa mas a elegir dentro del Proceso de Homologación, para lo que es necesario eliminar el Art. 4º del PEC, en consideración de que el proceso de homologación a través del PEC, violenta ordenamientos Legales de la LFT  Por una parte, la COFETEL a declarado que el proceso del PEC es nueva regulación, que el PEC y la Homologación son procesos diferentes soportados en leyes diferentes (LFMN y LFT respectivamente) y con objetivos diferentes. Sin embargo el Art. 4º del PEC contradice esta aseveración.  Hay incongruencia legal en la homologación de productos cuando se aplica el PEC, pues dichos procesos se contraponen en su aplicación. 7

 Los Certificados de homologación, así obtenidos no cumplen con la definición de homologación establecida en la LFT. (solo cumplen con una parte)  La Homologación certifica todos los requerimientos técnicos y normativos de los productos, el PEC certifica únicamente el cumplimiento con la NOM específica.  El proceso de homologación actual contempla la homologación de productos, para familia de productos cuya diferencia entre modelos es capacidad, se conserva el mismo requerimiento regulatorio, homologando el equipo más completo o de mayor capacidad y se gestiona ampliación de homologación para cada uno de los demás modelos. El costo de cada ampliación es mucho menor, comparado con el PEC  Con el PEC se obtienen certificados de Homologación Definitivos sujetos a seguimiento para verificar su cumplimiento. Incongruencia mayor. 8

Propuesta 2 – Agilizar el Proceso de homologación interno en la COFETEL  Eliminar del proceso de revisión interno de la COFETEL a la documentación técnica avalada y dictaminada por un Perito que se presenta con la solicitud de homologación.  La gestión del proceso de homologación en la COFETEL es LENTO, pues las certificaciones tardan en muchas ocasiones más de 45 días laborables. Esto afecta gravemente a la industria en México, ya que le quitan vida útil a los productos y allana el camino a los productos importados ilegalmente y que nunca son homologados, dando lugar con esto, a una competencia desleal afectando a empresas establecidas en México quienes si cumplen con la homologación. 9

Propuesta 3 – Que el Dictamen Pericial sea requisito en la homologación  Instrumentar el Dictamen Pericial como un requisito indispensable en todas las modalidades para homologar un producto de telecomunicaciones ante la COFETEL como complemento al reporte de LAB. LA COFETEL debe hacer uso de los recursos humanos disponible, el Perito es una figura ya acreditada con fundamento legal, para dictaminar si se cumple con todos los requisitos establecidos (además de la NOM) para la homologación de productos, reconocido y avalado por la COFETEL 10

Propuesta 4 – Que el certificado de Homologación incluya el Certificado de Evaluación de la Conformidad expedido en otro país  Instrumentar la logística administrativa para otorgar la homologación cuando se presenten los Reportes de Pruebas de laboratorios acreditados junto con la Certificación de Evaluación de la Conformidad expedida por otra administración y el Dictamen Pericial que avale el cumplimiento normativo establecido porla SCT/COFETEL, en tanto no exista el acuerdo de reconocimiento mutuo. (En consideración de que México debiera ya adoptar el reconocimiento mutuo entre administraciones sobre todo cuando se trate de equipos que van a formar parte de la infraestructura de una red pública o que haga uso del espectro radioeléctrico). 11

Propuesta 5 Validación de Reportes de Pruebas de Laboratorios Acreditados en el Extranjero para EQUIPOS DE INFRAESTRUCTURA DE RED PUBLICA.  Productos comercializados en el país bajo el esquema “sobre pedido”, y considerando su complejidad para ser probados en laboratorios nacionales, se solicita que cuando estos productos presenten únicamente pruebas de laboratorio acreditados por organismos internacionales, estos sean validados por Peritos en Telecomunicaciones para dictaminar su cumplimiento con todos los requerimientos regulatorios. 12

 No se contraviene ningún ordenamiento legal vigente,  Se reducen los costos de certificación para la industria,  Se elimina la triple ventanilla en la Homologación de productos,  No genera sobre-regulación  Evita monopolios  Aprovecha experiencia de profesionales en la materia.  Simplifica el proceso para homologar equipos 13

 Nuestras propuestas garantizan:  Cumplimiento de leyes y regulaciones aplicable a los productos de la industria de telecom y de TI  Proceso rápido, abierto, claro y competitivo acorde a la realidad nacional y al entorno internacional  Rápida introducción de nuevas tecnologías de punta  Mantener la inversión y empleo generado a la fecha  Certidumbre jurídica y técnica.  Menores costos al usuario final y competencia mas justa  Sano desarrollo de las telecomunicaciones y TI en México 14 Conclusiones