INTEGRANTES
FUNCIONES Estudiar los informes de los incidentes y cuasiaccidentes y recomendar medidas preventivas para disminuir el riesgo. Si del análisis resultare responsabilidad, el Consejo recomendará la investigación y las sanciones pertinentes.
En los aeropuertos de servicio público existirá este Consejo con participación de los entes territoriales y el sector privado cuya función será orientar la marcha administrativa del mismo y la calidad de los servicios prestados. La UAEAC. Reglamentará la composición y funcionamiento igualmente asignará un lugar dentro de las instalaciones de los aeropuertos; y una oficina para que los usuarios del transporte aéreo puedan presentar sus quejas y sugerencias
FUNCIONES Estudiar y proponer al gobierno políticas en materia de aviación Estudiar los planes y programas que le presente a su consideración el director de UAEAC. Emitir concepto sobre los asuntos especiales que le someta a consideración el gobierno Conceptuar sobre las tratados públicos relacionados con la UAEAC y proponer al gobierno la demanda de aquellas que considere
El Director de la UAEAC celebrará convenios con Instituciones de educación superior con el fin de disponer del personal debidamente calificado para el manejo del control aéreo. La FUERZA AREA COLOMBIANA-FAC participará permanentemente en los cursos de capacitación del CENTRO DE ESTUDIOS AERONAUTICOS-CEA
“Por el cual se modifica la estructura de la UAEAC y se determinan sus funciones. Es una entidad especializada, de carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. La UAEAC es el resultado de la fusión del Departamento administrativo de Aeronáutica Civil y el Fondo Aeronáutico Nacional.
Garantizar el desarrollo de la aviación civil y la administración del espacio aéreo en condiciones de seguridad y eficiencia, en concordancia con las políticas, planes programas gubernamentales en materia económico-social y de relaciones internacionales.
Coordinar con Mintransporte la definición de las políticas y planes generales del transporte aéreo dentro del plan global del transporte. Diseñar y dirigir las políticas y planes particulares sobre el transporte aéreo y buscar el desarrollo aeronáutico y aeroportuario del país. Dirigir, organizar, coordinar, regular y supervisar y asistir la navegación aérea que se desarrolle en el espacio aéreo sometido a la soberania nacional.
Desarrolla, interpretar y aplicar en todos sus aspectos las normas sobre aviación civil y transporte aeréo y ejercer vigilancia sobre su cumplimiento. Actividades necesarias para la infraestructura aeronáutica y aeroportuaria. Propiciar la participación regional y los esquemas mixtos en la administración aeroportuaria. Expedir, modificar y mantener los RAC conforme al desarrollo del transporte aéreo.
Desarrollar la política tarifaría en materia de transporte aéreo, nacional e internacional y sancionar su violación. Investigar y sancionar a quienes infrinjan los RAC y las demás normas que regulan la actividad del sector aeronáutico. Telecomunicaciones aeronáuticas. Relaciones con autoridades aeronáuticas de otros paises y organismos internacionales de aviación civil. Coordinar sus funciones con las demás entidades que tengan a su cargo funciones complementarias con la aviación y el transporte aeréo. Procurar el cabal cumplimiento de su objetivo y funciones.