Resumen Ejecutivo En términos generales, preocupa que el PL signifique un obstáculo para el progreso económico tan necesario para la superación de la pobreza,

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Transcripción de la presentación:

Proyecto de Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas Susana Jiménez

Resumen Ejecutivo En términos generales, preocupa que el PL signifique un obstáculo para el progreso económico tan necesario para la superación de la pobreza, siendo que éste debiera ser el foco principal de toda política pública. Esto aboga por un reformulación de las AP. En términos particulares, preocupan algunos aspectos que no están del todo claros en el PL y que introducen cierto grado de incertidumbre en cuanto a las atribuciones y el efecto que tendrá la creación del SBAP.

Desarrollo ¿vs? Medio Ambiente Creciente preocupación por el deterioro provocado por la actividad humana en el medio ambiente. Creación de numerosas organizaciones internacionales y firma de acuerdos y convenios en la materia. Informe Nuestro Futuro Común (1987) y el “desarrollo sostenible”. Satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro para atender sus propias necesidades.

Desarrollo ¿vs? Medio Ambiente El desarrollo sostenible no es un llamado a evitar el progreso. Fuente: Encuestas CASEN y FMI

Desarrollo ¿vs? Medio Ambiente ¿Empresa vs. Naturaleza? No debe abandonarse el concepto de la libertad para emprender con el argumento de que las personas no internalizan los costos y beneficios de sus actos. En la medida que aumenta el nivel de desarrollo, mejora el acceso a aquello que la sociedad valora, como el medio ambiente.

Desarrollo ¿vs? Medio Ambiente El crecimiento económico de Chile ha ido de la mano con un reconocido desempeño medioambiental.

Las Reglas del Juego en Chile Ley Nº 19.300: busca un equilibrio entre el desarrollo y la protección del medio ambiente. Ley Nº 20.417: fortalecimiento de la institucionalidad medioambiental; pendiente la creación del SBAP. Objetivo de este PL: proteger la diversidad biológica, preservar la naturaleza y conservar el patrimonio ambiental del país. El SBAP permitirá ordenar atribuciones, racionalizar un sistema no siempre eficiente para cumplir con el rol de protección de los recursos naturales y la biodiversidad y administrar y gestionar las áreas protegidas.

Comentarios al PL que crea el SBAP El PL representa un cambio de paradigma en materia medioambiental, pues no deja en claro cómo se van a regular las intervenciones en las áreas protegidas. Con la ley actual se puede desarrollar actividades productivas básicamente en cualquier parte del territorio, siempre que se cuente con la aprobación del respectivo EIA. En cambio, con el PL se podrían estar estableciendo restricciones per se a la actividad económica en ciertos lugares protegidos, restringiendo las libertades de emprender.

Áreas Protegidas (AP) en Chile Las AP son consideradas un instrumento fundamental para la preservación y/o conservación de la biodiversidad y la protección de los recursos naturales. Las áreas protegidas con objeto de protección de la biodiversidad abarcan en Chile una superficie de 15,7 mill. de ha., equivalente a 20,7% del territorio nacional. Esto no incluye los 64 Sitios Prioritarios declarados por la Conama (6%), ni los bosques nativos protegidos por la Ley de Bosque Nativo (13%). Es un territorio extenso y eventualmente ampliable.

Áreas Protegidas Terrestres Fuente: Presentación Análisis de la Modalidades de Protección de la Biodiversidad en Áreas Terrestres y Marinas en Chile, CONAMA 2010.

Áreas Protegidas como % del Territorio Nacional Fuente: Sostenibilidad Financiera para Áreas Protegidas en Latinoamérica, FAO.

Análisis del PL que crea el SBAP Se va a ordenar y reclasificar las AP cuyo objetivo sea la protección de la naturaleza y la biodiversidad en 8 categorías de protección. Estas categorías serán adecuadas a las que propone la UICN, quien establece 7 categorías de manejo, definiendo distintos niveles de prohibiciones y restricciones de actividades. Este criterio podría ser muy restrictivo. Caso de los Parques Nacionales - categoría II de la UICN: podría descartar una serie de actividades que hoy sí serían factibles de realizarse previa aprobación del SEIA.

Análisis del PL que crea el SBAP Sería socialmente más deseable aprobar proyectos, cualquiera sea su ubicación, en la medida que sea posible establecer medidas de mitigación y compensación que permitan entregar un valor ambiental igual o mayor al daño causado. Sin embargo, no es claro si el proyecto de ley admite el desarrollo de actividades productivas sustentables. En consecuencia, el PL podría convertirse en un portador de malas noticias para la libertad de emprendimiento.

Análisis del PL que crea el SBAP La definición del área protegida debe hacerse en función del objetivo a lograr y no como una planificación de actividades a desarrollar. Lo conveniente sería impedir que las actividades degraden el bien o valor protegido, y no definir a priori las actividades que se pueden o no realizar en las AP. La declaración de AP debiera cumplir con: (i) definir el bien o valor a proteger; (ii) disponer del financiamiento necesario para garantizar el cumplimiento del objetivo; (iii) definir las condiciones que deben preservarse en el área protegida; y (iv) fijar criterios objetivos para aprobar o rechazar los proyectos.

Aspectos Particulares del PL Si se definen prohibiciones más estrictas en áreas actuales o futuras donde ya se ha iniciado la operación de actividades productivas, ¿qué pasa con las obras o instalaciones productivas ya realizadas? ¿Qué pasa con los proyectos que hoy están en el SEIA, cuya localización corre el riesgo de ser redefinido en una categoría de áreas protegidas con restricciones más estrictas? ¿Habrá situaciones de excepción que den alguna viabilidad a los proyectos en áreas cuya categoría sea más restrictiva? ¿Qué pasa con el subsuelo del área protegida?

Aspectos Particulares del PL ¿Qué se entiende por protección del “valor paisajístico”? ¿Cuál es la situación legal de los Sitios Prioritarios durante el período que transcurre para que sean o no declarados área protegida (lo que puede durar hasta 3 años)? ¿Interviene el Comité Técnico en la aprobación de los planes de manejo en áreas protegidas de propiedad privada? ¿Qué tipo de concesiones son factibles en las áreas protegidas?

Aspectos Particulares del PL ¿Cuáles serán los parámetros que definen que el otorgamiento de concesiones se realiza por la vía de decreto supremo del MMA o resolución del Director Nacional? ¿Bajo qué condiciones el Comité Técnico podrá estipular que una concesión en áreas protegidas del Estado se pueda entregar por asignación directa? ¿Existe alguna instancia de reclamación en caso que las partes no queden conformes con las resoluciones del Comité Técnico en materia de otorgamiento de concesiones?

Aspectos Particulares del PL ¿Cuando podría el Estado rescindir de quedarse con las mejoras de la concesión? ¿Cómo evitar que privados comiencen a afectar áreas en los lugares bajo estudio para el desarrollo de proyectos para evitar que se lleven a cabo? ¿Es razonable que las funciones de fiscalización en las áreas silvestres protegidas del Estado estén a cargo de las personas que tienen a su cuidado las respectivas áreas? ¿Se dispondrá de suficiente información y publicidad para evitar que los visitantes incurran en infracciones por desconocimiento?

Aspectos Positivos del PL Limitación de la interferencia estatal a los terrenos de propiedad públicas, quedando la afectación de áreas privadas sujeta a la aprobación voluntaria de sus propietarios. Separación de las funciones de conservación de las actividades de fomento. Participación del Consejo de Ministros. Creación de un fondo concursable.

Conclusiones El PL puede constituir obstáculos importantes para el desarrollo de actividad productiva en el país, repercutiendo en la creación de empleo y el desarrollo social. Lo que pareciera más razonable sería permitir el uso productivo en cualquier área, cuidando de los objetivos para los cuales fue decretada la protección de las respectivas áreas protegidas. Se deben aclarar algunos aspectos no del todo definidos en el PL que generan incertidumbre. Gestionar recursos internacionales que permitan costear los gastos adicionales que signifique la aplicación de medidas en cumplimiento de las obligaciones contraídas en los convenios internacionales.

Muchas gracias.