“RESOLUCIONES ANTIDUMPING

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Transcripción de la presentación:

“RESOLUCIONES ANTIDUMPING “RESOLUCIONES ANTIDUMPING. NEGOCIACIÓN CON CHINA EN MATERIA DE CUOTAS COMPENSATORIAS” Mtro. Gustavo A. Uruchurtu Facultad de Derecho UNAM Curso de Actualización de Profesores 4 de marzo de 2009

Cuotas Compensatorias contra China Se impusieron inicialmente a partir de 1993 Ley Reglamentaria del Artículo 131 Constitucional Casos que desde el inicio se impusieron cuotas compensatorias Se impusieron por partida arancelaria No se observaron las disposiciones del GATT

Protocolo de Adhesión de China a la OMC México consiguió: Las cuotas compensatorias contra exportaciones chinas no podrán ser cuestionadas ante un panel de solución de controversias antes del 2008 Las cuotas compensatorias no desaparecen de jure en el 2008 Lo que se denominó la “Cláusula de Paz”

Protocolo de Adhesión de China a la OMC El Gobierno de México reconoció que las cuotas compensatorias impuestas a los productos listados en la tabla. La República Popular de China en este Protocolo de Adhesión con respecto a México, aceptó que las referidas cuotas compensatorias se someterán al cumplimiento de las disposiciones de la OMC y a las disposiciones sobre medidas Antidumping del Protocolo vencida esta cláusula de paz

Protocolo de Adhesión de China a la OMC Solamente podrán ser impugnadas ante los mecanismos de la OMC la incompatibilidad de las cuotas después del 11 de diciembre del 2007 si estás sieguen presentando esta situación o no se ha iniciado alguna acción correctiva.

Protocolo de Adhesión de China a la OMC Con las investigaciones en materia de prácticas desleales es relevante el numeral 15 del Protocolo que establece: Metodologías para la comparabilidad de precios para determinar las subvenciones y el dumping Reconocimiento de Economía de Mercado después de 15 años.

Beneficios del Reconocimiento de Economía de Mercado Actualmente en México el Valor normal se basa en el precio interno de un tercer país. Con el reconocimiento de la economía de mercado el valor normal para los productos chinos se basará en los precios o costos internos o ventas a un tercer país

Reconocimiento de Economía de Mercado China decidida a invertir esfuerzos para negociar de manera bilateral el reconocimiento de la condición de economía de mercado. Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Corea del Sur, Chile, India, Malasia, Singapur y Nueva Zelanda, entre otros.

Reconocimiento de Economía de Mercado El estándar de México, al igual que EUA y la UE es que China es una economía centralmente planificada cuyo precios internos están distorsionados por la intervención gubernamental y otros factores La utilización de los precios de un tercer país dan por lo general márgenes de dumping muy altos

Reconocimiento de Economía de Mercado Esta situación es reconocida tanto por el GATT así como el Protocolo de Adhesión La calificación que hace México, al igual que EUA y la UE de economía centralmente planificada es arbitraria y se basa en términos abstractos Sin embargo en el caso de México los requisitos para seleccionaron el país sustituto son más estrictos

Reconocimiento de Economía de Mercado De acuerdo al índice de libertad económica del Heritage Foundation de EUA, China ocupa el lugar 112 mientras que la India y Rusia, que son considerados por EUA como economías de mercado, ocupan los lugares 121 y 122 respectivamente

Investigaciones por Subsidios Anteriormente las investigaciones por prácticas desleales han sido principalmente por subsidios Recientemente los EUA han iniciado investigaciones por subsidios contra China

Investigaciones por Subsidios En el caso de EUA las alternativas para iniciar casos por subsidios contra China han sido 2: Determinar que China es una economía de mercado y aplicarle la legisación de subsidios, lo que no ha hecho a la fecha Iniciar las investigaciones sin reconocer que China es una economía de mercado La OMC no impide la segunda alternativa Con base en esta última es que EUA haya iniciado los caso de subisdios contra China

Investigaciones por Subsidios China acordó al adherirse a la OMC eliminar los subisidios a las exportaciones así como aquellos sujetos a requisitos de desempeño o a contenido nacional. China listó 24 programas en el Protocolo y el compromiso de eliminar tres al adherirse a la OMC De los 24 programas, hay subsidios directos a empresas del estado con pérdidas y otros subisidios indirectos que son : Préstamos preferenciales Aranceles preferenciales Beneficios fiscales por ubicación, desempeño en las exportaciones y utilización de insumos nacionales.

Acciones de la Secretaría de Economía Inicio Revisiones Negoció con los Sectores y con China Se firmó el Acuerdo México –China Se concluyeron las revisiones

Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Popular de China en matera de Medidas de Remedio Comercial Firmado el 1 de junio de 2008 Entró en vigor el 15 de Octubre de 2008 Mantener la protección a productos sensibles Medidas vigentes hasta diciembre del 2011 Nueva cláusula de paz bajo la cual México no impondrá cuotas compensatorias a los productos sujetos a las Medidas de Remedio Comercial

Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Popular de China en matera de Medidas de Remedio Comercial “QUINTO.- El presente Acuerdo no aplicará para las fracciones 6109.10.01, 6109.90.01, 6109.90.99 y 6110.20.99, a menos que la Secretaría de Economía publique un Aviso en el Diario Oficial de la Federación informando que el Acuerdo es aplicable a dichas fracciones en sus propios términos”

Amparo contra el Acuerdo de Medidas de Transición Actos Reclamados: De La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, Asia-Pacífico y de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Senadores: La Discusión y aprobación, en sesión de 20 de junio de 2008, del Decreto por el que se aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de los estados Unidos Mexicanos y de la República Popular China en Materia de Medidas de Remedio Comercial” Del Secretario de Economía la firma el “Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y de la República Popular China en Materia de Medidas de Remedio Comercial”, en Arequipa Perú el 1 de junio de 2008. Del Presidente de la República, la inminente eliminación mediante Decreto Presidencial de las cuotas compensatorias a las 4 fracciones arancelarias. Del Director del DOF, la inminente publicación del Acuerdo

ANTECEDENTES: DEMANDA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA ELIMINACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. Determinó sobreseer el Juicio de Garantías. De conformidad con las fracciones V y VI del artículo 73 de la Ley de amparo, pues el acuerdo combatido no afecta el interés jurídico de la quejosa, ni le causa perjuicio alguno. Conoció de la Revisión el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

DEMANDA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA ELIMINACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS 6109.10.01 (T-shirts y camisetas, de punto, de algodón), 6109.90.01 (T-shirts y camisetas, de punto, de fibras sintéticas o artificiales), 6109.90.99 (T-shirts y camisetas, de punto, los demás) y 6110.20.99 (jerseys), “pullovers”, cardiganes, chalecos y artículos similares, de punto, los demás. Autoridades Responsables: La Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, Asia-Pacífico y de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Senadores. Senado de la República. El Secretario de Economía. El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El Director del Diario Oficial de la Federación

Del Director del DOF, la inminente publicación del Acuerdo. DEMANDA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA ELIMINACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS ” Actos Reclamados: De La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, Las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, Asia-Pacífico y de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Senadores: La Discusión y aprobación, en sesión de 20 de junio de 2008, del Decreto por el que se aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de los estados Unidos Mexicanos y de la República Popular China en Materia de Medidas de Remedio Comercial” Del Secretario de Economía la firma el “Acuerdo entre el Gobierno de los estados Unidos Mexicanos y de la República Popular China en Materia de Medidas de Remedio Comercial”, en Arequipa Perú el 1 de junio de 2008. Del Presidente de la República, la inminente eliminación mediante Decreto Presidencial de las cuotas compensatorias a las 4 fracciones arancelarias. Del Director del DOF, la inminente publicación del Acuerdo.

DEMANDA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA ELIMINACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS SENTENCIA Análisis del interés Jurídico de la quejosa JUZGADO DE DISTRITO Es menester que tenga una tutela jurídica que se regule bajo determinados preceptos legales Si es un Amparo vs Leyes, lo puede solicitar en dos momentos: a) Por la vigencia de la Ley, o b) por el primer acto de aplicación, cuando la inconstitucionalidad depende del acto en concreto y no del ordenamiento jurídico. En este caso, la firma y ratificación del Acuerdo no le causa perjuicio alguno, por no haber sido publicado y no tener vigencia No existir obligados Jurisprudencia 3a./J. 9/94, de la Tercera Sala de la anterior integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, consultable en la página 17, del Tomo 76, Abril de 1994, que a la letra dice:--- “LEYES, AMPARO CONTRA. EL INTERES JURIDICO PARA INTERPONERLO NO SE ACREDITA CON AFIRMAR QUE SE ESTARA BAJO SUS SUPUESTOS

DEMANDA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA ELIMINACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS ” TRIBUNAL COLEGIADO El a quo no observó los principios de exhaustividad y congruencia que rigen en el dictado de las sentencias de amparo. Lo anterior, por el hecho de que a la fecha en que se interpuso el Juicio de Garantías el acto reclamado no había sido promulgado, siendo un requisito sine qua non para su obligatoriedad. Tuvo como cierto tal acto inminente, derivado de la condición dispuesta en el propio Acuerdo, en el sentido de que las cuotas compensatorias se eliminarían a más tardar el quince de octubre de dos mil ocho. Además, el 13 de octubre de 2008 se publicó en el DOF el Acuerdo y al día siguiente, la resolución por la cual se eliminan las cuotas compensatorias. La SCJN ha sostenido que el Juicio de amparo es procedente en contra de actos inminentes, con la condicionante de que así lo demuestren los actos previos. Las Autoridades responsables no acreditaron previamente a la suscripción del Acuerdo, que se haya iniciado el procedimiento establecido por la LCE, el RLCE para revocar las medidas antidumping.

DEMANDA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA ELIMINACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS ” SE RESUELVE: PRIMERO.- Se REVOCA la resolución recurrida dictada por la juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal. SEGUNDO.- No se sobresee en dicho juicio de garantías, por los motivos expuestos en el considerando quinto de este fallo. TERCERO.- La Justicia de la Unión AMPARA y PROTEGE a *****, sociedad anónima de capital variable, por los motivos expuestos en el último considerado de la presente ejecutoria.

COMUNICADO DE PRENSA DE LA SE DEMANDA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA ELIMINACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS COMUNICADO DE PRENSA DE LA SE Por virtud de la sentencia judicial, las cuotas compensatorias para esas cuatro fracciones arancelarias no fueron eliminadas y continúan vigentes. Sin embargo, tampoco gozan del beneficio de la medida de transición. El procedimiento administrativo continuó para esas cuatro fracciones arancelarias y sigue en curso. La SE aún no emite una resolución definitiva al respecto. El resto de las cuotas compensatorias fueron revocadas el 15 de octubre de 2008 y la sentencia referida no tiene los efectos de restablecerlas, porque no fueron objeto de la demanda de la empresa quejosa ni, por lo mismo, del juicio de amparo. La sentencia referida no aborda la legalidad del Acuerdo celebrado entre México y China.

Conclusiones ¿Cuáles son las formas de cumplimiento que tiene la SE? ¿Cuáles son las consecuencias?

Conclusiones Sin embargo, la actual administración considera necesario eliminar las barreras al comercio para eliminar la competitividad. Dejar de ver a China como enemigo verlo como un socio comercial

guruchurtu@uyaa.com Tel 9000-2676 Muchas Gracias guruchurtu@uyaa.com Tel 9000-2676