Lic. Lizzie Medrano de Gamberale Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) Lic. Lizzie Medrano de Gamberale
Naturaleza y Alcance Standares mínimos de protección. Los Miembros podrán establecer libremente el método adecuado para aplicar las disposiciones del ADPIC de acuerdo con su propio sistema y práctica jurídica.
El ADPIC incorpora disposiciones de las siguientes convenciones: PARIS BERNA IPIC ROMA
COBERTURA Derecho de autor y derechos conexos Art. 9 al 14 ADPIC Convenio de Berna (1971) Convención de Roma Marcas de fábrica o de comercio, incluidas las marcas de servicios Art. 15 al 21ADPIC Convenio de Paris (1967) Indicaciones geográficas Art. 22 al 24 ADPIC Competencia desleal (Art.10bis C. Paris) Dibujos y modelos industriales Art. 25 y 26 ADPIC Patentes Art. 27 al 34 ADPIC
COBERTURA Esquemas de trazado (topografías) de los circuitos integrados Art. 35 al 38 ADPIC Tratado sobre la Propiedad Intelectual respecto de los Circuitos Integrados. Información no divulgada, incluidos los secretos comerciales Art. 39 ADPIC Competencia desleal (Art.10bis C. Paris) Control de las prácticas anticompetitivas en las licencias contractuales Art. 40 ADPIC
La propiedad intelectual (DPI) Derechos de Autor Obras artisticas y literarias. Programas de computadora y bases de datos. Derechos Conexos Artistas intérpretes o ejecutantes. Productores de fonogramas (grabaciones de sonido). Organismos de radiodifusión Propiedad Industrial Marcas de fábrica o de comercio. Diseños industriales. Patentes. Protección de las variedades vegetales. Topografias (esquemas de trazados) de circuitos integrados. Información no divulgada.
DECLARACION MINISTERIAL DE DOHA NEGOCIACIONES DECLARACION MINISTERIAL DE DOHA Art. 23.4: Sistema multilateral de notificación y registro de indicaciones geográficas de vinos: a) negociación debe finalizar en la Conferencia Ministerial de Cancún; b) ampliación a otros productos (ej: café Antigua)/ Declaración Relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública (WT/MIN(01)/DEC/2): Solución al problema de licencias obligatorias en los países sin capacidad de producción.
NEGOCIACIONES EXAMENES Art. 27.3: patentabilidad o no patentabilidad de las invenciones de plantas y animales y la protección de las obtenciones vegetales mediante patentes o un sistema eficaz sui generis (UPOV). Art. 71.1: Examen de aplicación del ADPIC.
Declaración Ministerial de Doha El Consejo de los ADPIC deberán tener en cuenta: la relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio sobre la Diversidad Biológica; la protección de los conocimientos tradicionales y el folclore; y otros nuevos acontecimientos pertinentes señalados por los gobiernos de los países Miembros en el examen del Acuerdo sobre los ADPIC.