RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA

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Transcripción de la presentación:

RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA GRAN ALIANZA PARA EL FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO EMPRESARIAL JUNTOS CONTRIBUIMOS CON EL DESARROLLO DEL PAÍS Para uso restringido de las entidades participantes del Convenio Marco No. 5211540. Todos los derechos reservados. Ninguna parte de esta presentación puede ser reproducida o utilizada en ninguna forma o por ningún medio sin permiso del Comité de Coordinación y Control.

TEMAS DE LA CAPACITACIÓN Qué es Responsabilidad Tributaria Impuestos Nacionales, Departamentales y Municipales D. 1609 Creación de Empresas El CREE y el IVA en la Reforma Tributaria Sanciones Identificación del panorama de obligaciones tributarias de la empresa Herramientas de Análisis 7.1 Planeación tributaria (¿Qué es y para qué sirve?) 7.2 Liquidador de Impuestos Taller

RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA MEJORAR LOS NIVELES DE PLANEACIÓN TRIBUTARIA EN LAS EMPRESAS Y DE RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA La responsabilidad tributaria es el nivel de compromiso de la empresas frente al cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Esta característica pretende observar el comportamiento de la operación y su respuesta frente a las obligaciones tributarias generadas; así como el nivel de compromiso del empresario para responder oportunamente a dichas obligaciones.

OBJETIVOS DE LA SOLUCIÓN Entender la responsabilidad tributaria empresarial como un elemento clave del buen gobierno de la empresa. Tener un conjunto de herramientas que permitan identificar las obligaciones tributarias de la empresa y a partir de estas conclusiones poder construir la planeación tributaria de la organización. Dimensionar el impacto del no cumplimiento de las responsabilidades tributarias de la empresa.

EL IVA EN LA REFORMA TRIBUTARIA IMPUESTO A LAS VENTAS: De acuerdo con la reforma tributaria actual el impuesto a las ventas del período fiscal inmediatamente anterior se paga de forma bimensual, cuatrimestral o anual. Esta estacionalidad va directamente ligada con el valor de las ventas representado en UVT de acuerdo con los siguientes rangos.

EL IMPUESTO DE RENTA CREE EN LA REFORMA TRIBUTARIA REDUCCIÓN DE PARAFISCALES Y CREACIÓN DEL IMPUESTO DE RENTA PARA LA EQUIDAD CREE: La reforma Tributaria estimó que para flexibilizar la contratación de personal de manera formal en las empresas, se reduce un 13,5% el costo de los parafiscales que debe asumir el empleador en la contratación de empleados con salarios inferiores a los 10 salarios mínimos mensuales. Con esta medida se reducen los impuestos que gravan el empleo desde el 29,5% y se deja en 16,0%. y en su reemplazo se establece el Impuesto de Renta para la Equidad (CREE) con el cual se busca financiar entidades como el Sena y el ICBF.   Para el año gravable 2013 se debe liquidar un Impuesto de Renta para la Equidad a la tarifa del 9% para los años2013., 2014 y 2015. A partir del año 2016 la tarifa es del 8% Con el Decreto 862 de 2013 se estableció un valor de retenciones a título de renta (CREE) que de acuerdo con la posición arancelaria define una tarifa que va entre el 0.3 y el 1,5.

EL IMPUESTO DE RENTA CREE EN LA REFORMA TRIBUTARIA

SANCIONES UNA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA: Es aquella que está en cabeza de toda persona natural o jurídica que habiendo realizado un hecho, este mismo es generador de un impuesto o tributo. La sanción tributaria, es la pena o multa que en el caso Colombiano, el legislador ha determinado imponer a toda persona natural o jurídica que estando sometido a una obligación tributaria realiza evasión o incumplimiento de la misma. Las sanciones tributarias varían en cuanto a monto y tipo incluso llegando a constituirse en sanciones privativas de la libertad como es el caso de la no declaración y pago de los impuestos del IVA y Retención en la Fuente ya que en cierto momento podría configurarse el delito de peculado por apropiación ya que tanto el IVA como las Retenciones hacen parte de los recursos de la nación y las empresas simplemente hacen las veces de agente retenedor. Por tal razón y con base en el código de comercio tanto el representante legal como quienes cumplen las funciones de administración pueden llegar a ser responsables de este hecho y acreedores de dicha sanción penal. 1. Tomado del Estatuto Tributario

SANCIONES EL ARTÍCULO 643 ESTATUTO TRIBUTARIO: Sanción por no declarar: En el caso de no declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, equivale al veinte por ciento (20%) del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos de quien realiza el incumplimiento, y que corresponde al periodo no declarado, o al veinte por ciento (20%) de los ingresos brutos registrados en la última declaración de renta presentada. Se toma el que al liquidar represente el mayor valor. En el caso no declaración del impuesto sobre las ventas, equivale al diez por ciento (10%) de las consignaciones bancarias o ingresos brutos de quien persiste en su incumplimiento y que corresponde al periodo no declarado, o al diez por ciento (10%) de los ingresos brutos registrados en la última declaración de ventas presentada. Se toma el que al liquidar represente el mayor valor. 1. Tomado del Estatuto Tributario

SANCIONES EL ARTÍCULO 643 ESTATUTO TRIBUTARIO: 3. En el caso de que la omisión se refiera a la declaración de retenciones, equivale al diez por ciento (10%) de los valores girados o al total de los costos y gastos de del período correspondiente al incumplimiento, o al ciento por ciento (100%) de las retenciones registrados en la última declaración de retenciones presentada. Se toma el que al liquidar represente el mayor valor. 4. En el caso de que la omisión se refiera a la declaración del impuesto de timbre, la sanción por no declarar será equivalente a cinco (5) veces el valor del impuesto que ha debido pagarse. 1. Tomado del Estatuto Tributario

SANCIONES Parágrafo 1o. Cuando la Administración de Impuestos disponga solamente de una de las bases para practicar las sanciones a que se refieren los numerales de este artículo, podrá aplicarla sobre dicha base sin necesidad de calcular las otras. Parágrafo 2o. Si dentro del término para interponer el recurso contra la resolución que impone la sanción por no declarar, el contribuyente, responsable o agente retenedor, presenta la declaración, la sanción por no declarar se reducirá al diez por ciento (10%) del valor de la sanción inicialmente impuesta por la Administración, en cuyo caso, el contribuyente, responsable o agente retenedor, deberá liquidarla y pagarla al presentar la declaración tributaria. En todo caso, esta sanción no podrá ser inferior al valor de la sanción por extemporaneidad, liquidada de conformidad con lo previsto en el artículo 642. 1. Tomado del Estatuto Tributario

HERRAMIENTAS DE LA SOLUCIÓN EMPRESARIAL HERRAMIENTA 1- IDENTIFICACIÓN DEL PANORAMA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LA EMPRESA Consiste en: Determinar la relación de obligaciones tributarias que debe atender la empresa. Permitirá: Determinar la planeación tributaria de la empresa. ¿Cómo Funciona?: Se establecen la relación de impuestos, exenciones y beneficios de la empresa de acuerdo con su objeto social y tamaño. Consulte en: http://www.dian.gov.co/dian/15servicios.nsf/etributario?openview http://colombia.eregulations.org/default.aspx?lang=es&target=ListOfSteps&sectionid=84&regid=660&Id=61

HERRAMIENTAS DE LA SOLUCIÓN EMPRESARIAL HERRAMIENTA 2- LIQUIDADOR DE IMPUESTOS Consiste en: Establecer los valores de impuestos que debe pagar la empresa y los beneficios tributarios a los que tiene derecho para determinar así su impacto en caja. Permitirá: Tener un flujo de egresos tributarios proyectados. ¿Cómo Funciona?: A través del uso de la herramienta se puede establecer la liquidación de los principales impuestos que las empresas deben cancelar.

HERRAMIENTAS DE LA SOLUCIÓN EMPRESARIAL

TALLER Con la siguiente información de estados financieros resuelva: Construya el ejercicio de prospectiva financiera de la empresa. Realice el análisis de Impuestos y su impacto en la liquidez de la empresa. Con la información y análisis anterior, por favor plantee conclusiones sobre la situación de la empresa.