EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

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Transcripción de la presentación:

EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TEMA 19 EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Fases del procedimiento administrativo El procedimiento administrativo es la forma de actuar en materia administrativa y su incumplimiento puede llegar a invalidar el acto. Las fases del procedimiento son: iniciación, desarrollo, instrucción, terminación y ejecución Los ciudadanos participan en el procedimiento mediante los documentos de los ciudadanos: solicitudes, denuncias, alegaciones y recursos Cada documento se utiliza en una fase del procedimiento administrativo.

De oficio denuncia Iniciación solicitud A instancia de parte alegaciones Actos de instrucción informes pruebas Desarrollo audiencia Impulso de oficio Anormal Terminación Normal resolución recursos

Iniciación del procedimiento administrativo Se puede realizar: de oficio o a instancia de parte De oficio: la realiza la administración por iniciativa del órgano competente, de una orden superior o por denuncia. A instancia de particular: normalmente a través de una solicitud que debe contener la siguiente información: Identificación: nombre apellidos DNI Hechos, razones y peticiones Lugar y fecha de presentación Firma del solicitante Órgano al que se dirige Documentos que acompaña (en cualquier soporte) Medios y lugar de notificación elegido por el interesado

Inicio : la solicitud Al presentar la solicitud, el ciudadano puede exigir un recibo que acredite la fecha de presentación y la documentación entregada. Si el procedimiento se inicia por un grupo de interesados que pretende resolver un asunto idéntico, se puede realizar en un sola solicitud identificando a todos y a su representante En ocasiones en las que se estime que habrá un gran número de solicitudes, éstas pueden estar normalizadas y serán entregadas gratuitamente por la administración Se presentarán en los registros de cualquier órgano administrativo si existe el oportuno convenio de colaboración. También en las oficinas de correos y en las representaciones diplomáticas La presentación de la solicitud inicia el cómputo de tiempo.

La solicitud: subsanación y mejora Cuando una solicitud contiene errores o no está debidamente cumplimentada se requerirá al interesado para que en un plazo de 10 días subsane la falta o entregue los documentos necesarios. Este plazo puede ampliarse si la documentación a presentar requiere más tiempo. Redacción: Utilizar 1º o 3º persona del singular (expone, solicita) Evitar los tratamientos honoríficos Evitar términos que indiquen subordinación o sumisión Estructurar el contenido en apartados para facilitar la claridad.

Estructura de la solicitud Encabezamiento: nombre apellidos DNI Exposición: explicación de los motivos por los que se realiza la solicitud. Se puede hacer referencia a las normas que la amparan. Si se exponen diversos hechos se hará en párrafos separados Solicitud: se expone de forma clara y concisa. Si se solicitan varias cosas, en párrafos separados. Información complementaria: en ocasiones se puede acompañar con otra información que se estime conveniente. Lugar y medio de notificación Lugar fecha de presentación y firma Titular del órgano, centro o unidad al que se dirige.

LA DENUNCIA Documento a través del cual cualquier ciudadano pone en conocimiento de la administración la existencia de hechos que puedan iniciar un procedimiento. Debe contener los siguientes datos: Encabezamiento: nombre apellidos y DNI del denunciante Denuncia: indicará el órgano al que se dirige seguido de la exposición de los hechos que se denuncian. Relación de documentos que se aportan Lugar y medio de notificación Lugar, fecha de presentación y firma Titular del órgano al que se dirige y ubicación. Escrito en la parte inferior con letras mayúsculas.

Desarrollo del procedimiento El impulso: el procedimiento sometido a criterio de celeridad será impulsado de oficio, es decir, sin necesidad de que el interesado inste a la realización de cualquier trámite. El titular del órgano es el responsable de la tramitación y podrá nombrar un instructor que se encargue de promover todos los trámites en el plazo establecido. Actos de instrucción: son los necesarios para pronunciar la resolución: Alegaciones: los ciudadanos tienen derecho a formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase anterior al trámite de audiencia. Alegaciones ordinarias Informes: en ocasiones es necesario solicitar informes a otros órganos de la administración. Se emitirán en un plazo de 10 días indicando si es o no vinculante.

Desarrollo del procedimiento Las pruebas: son los medios de acreditar los hechos que tienen relevancia en el procedimiento. La administración podrá realizar las pruebas oportunas y los ciudadanos podrán proponer pruebas para que sean realizadas por la administración. Audiencia y vista: este trámite se produce cuando el expediente se supone finalizado. El interesado puede aportar nuevos documento o alegaciones que considere oportunos. Son la última oportunidad de influir en el resultado. Las alegaciones realizadas en el trámite de audiencia son similares a las anteriores.