REGIMEN LABORAL PARA LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION

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Transcripción de la presentación:

REGIMEN LABORAL PARA LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION Dr. RAÚL ENRIQUE ALTAMIRA GIGENA Profesor Titular Plenario Universidad Nacional de Córdoba rauleag@fibertel.com.ar

Antecedentes- Necesidad del Estatuto Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) (18.04.1967) L. 17.258 (04.05.1967) . L.22.250 (11.07.1980) Transitoriedad-falta vocación permanencia, Alta rotación, contratación por tarea u obra. Modificación constante del plantel obrero Inestabilidad – Prima la permanencia o continuidad, Desplazamiento habitual del lugar de trabajo, Pérdida derechos laborales y SS por falta estabilidad 7. Gravitación de las condiciones climáticas 8. Incidencia del trabajo en altura, riesgoso o peligroso

Trabajo en las empresas constructoras Profesionales Universitarios (autónomo) Locación civil Régimen previsional Provincial Profesional Auto seguro para accidentes – enfermedades Carece de seguro obligatorio de desempleo. Personal Superior (dependiente) LCT Cobertura de la seguridad social: Régimen previsional L.24.241 y 26.425 SIPA Sistema de obras sociales L.23.660 y 19.032 Régimen de asignaciones familiares L 24.714 Protección al desempleo . LE 24013, Art.. 111/ 127 Cobertura infortunios del trabajo LRT 24.557 – 26.773 * Régimen de asociaciones sindicales L.23.551 3

Empleados administrativos – técnicos- capataces y maestranza de empresas constructoras LCT. CCT. 151/75 Cobertura de la seguridad social: Régimen previsional L.24.241 y 26.425 SIPA Sistema de obras sociales L.23.660 y 19.032 Régimen de asignaciones familiares L 24.714 Protección al desempleo . LE 24013, Art.. 111/ 127 Cobertura infortunios del trabajo LRT 24.557 – 26.773 * Régimen de asociaciones sindicales L.23.551 En las EMPRESAS CONSTRUCTORAS B: 4 4

Operarios y Albañiles en la empresas constructoras. Ley 22.250 (17.05.80)- derogó L. 17.258 (1967) Decretos Reglamentarios 1342/81 – 1309/96 Resoluciones del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) CCT. 76/75 Cobertura de la seguridad social: Régimen previsional L.24.241, 26.425 SIPA y 26.494 Sistema de obras sociales L.23.660 y 19.032 Régimen de asignaciones familiares L 24.714 Protección al desempleo . L.25.371 y 24.013 Cobertura infortunios del trabajo LRT 24.557-26.773 * Régimen de asociaciones sindicales L.23.551 5

Ámbito personal de aplicación (art.1º) El empleador de la construcción ejecute obras de ing. o arq.; nuevas, modificación, reparación, conservación o demolición, El que elabore elementos o efectúe trabajos destinados exclusivamente para las tareas anteriores 6

Excavaciones en obras ingeniería, minería, Actividades laborales comunes necesarias de distinguir en la aplicación de normas del trabajo Excavaciones en obras ingeniería, minería, Pintura que la fabrican y las que lo colocan, Tendido de cables los que lo fabrican y lo que lo instalan o colocan en las obras, Impermeabilización de techos, lo que fabrican y los colocadores, 7

Excluidos del estatuto (art.2º) Personal de dirección, administrativos, técnicos, profesionales, jerárquicos y de supervisión, Propietario de inmueble - no sea empleador de la industria de la construcción-construya, repare o modifique su vivienda individual La administración pública nac., pcial, municipal, entes estatales Empresas o sociedades del Estado 8

Fondo de Cese Laboral Art. 14. Ley 25.371/01 Remplaza indemnización por extinción LCT (art. 15 último párrafo del Estatuto) Se debate la naturaleza jurídica: a.- Es una garantía por el tiempo de servicio, b.- es una capitalización de la antigüedad, c.- son salarios diferidos en la percepción d.- es una compensación por tiempo de servicio e.- es una protección de la extinción del CT. 9

Disposiciones especiales Suspensión por 20 días en el año (art.27) Lic. por enfermedad y accidente Inculpable (Art.. 21 y 22) no se incrementa por cargas de familia, No existe uniformidad en aplicar 4to. Párr.. Art.212 LCT Indemnización fallecimiento trabajador (Art..26 y 15 EST.) Extinción relación omitiendo cumplir fondo de cese genera indemnización prevista en la última parte del art. 18 Omisión del trabajador de retirar la libreta – Consejo Nacional de Educación Técnica Omisión del empleador de entregar la libreta de aportes – mora automática, Art. 18 10

Disposiciones Especiales (continuación) 8. Aplicación de las indemnizaciones de los art. 8, 9 y 10 Ley de Empleo 24.013 9. Contratación y subcontratación, art. 32 Estatuto 10. Aplicación supletoria LCT 11. Infracciones y sanciones por incumplimiento Por no inscribir al trabajador en el IERIC Por no entregar constancia del pago de las contribuciones Por no inscribirse el patrón en el IERIC 11

Aplicación SUPLETORIA de la LCT Art. 35 Estatuto Prueba de la existencia del CT. Derechos y deberes de las partes Otorgar certificado trabajo y remuneración Art.80 Facultad judicial fijar retribuciones (Art.56) Mora automática en pago salario (Art.128) Cumplir recaudos en documentación laboral Deber de seguridad Derecho a la no discriminación Jornada, licencias y vacaciones pagas Actualización de los créditos laborales 12

Prestaciones por desempleo L Prestaciones por desempleo L.25371 para trabajadores de la construcción Aplicación supletoria de la Ley de Empleo 24013 Prestación económica por desempleo: art 4º y 5º Prestación médica asistencial según “PMO” Prestación de las asignaciones familiares 13

DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES Necesidad de la Existencia – Obligación Genérica – arts. 62-63 LCT, art. 1198 CC. El trabajo en la antigüedad La comunidad empresa La buena fe Colaboración Solidaridad Responsabilidad: Aut. Adm. de Aplic. (MTESS) Empleador Dirigentes sindicales trabajador