Mayo 2009 JORNADAS DÍA DEL EMPRENDEDOR. Cooperativas Sociedades Laborales Empresas I+E Autónomos.

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Transcripción de la presentación:

mayo 2009 JORNADAS DÍA DEL EMPRENDEDOR

Cooperativas Sociedades Laborales Empresas I+E Autónomos

AYUDAS DIRECTAS AL EMPRENDEDOR SUBVENCIONES PROYECTOS Y EMPRESAS I + E EMPRESAS ECONOMÍA SOCIAL AUTÓNOMOS PAGO ÚNICO

Empresas de Economía Social

¿ Qué son las empresas de Economía Social? Existen dos tipos de sociedades: cooperativas y laborales. Las sociedades cooperativas: - Se crean con un mínimo de tres socios trabajadores. - Poseen una estructura y funcionamiento democrático. - Sólo pueden contratar trabajadores, sean temporales o indefinidos por un número de horas/año nunca superior al 30 por 100 del total de horas/año realizadas por los socios trabajadores. Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas ( B.O.E nº 170, de 17/7/99). Las sociedades laborales: - Se forman con un mínimo de tres socios, de los cuales por lo menos dos deben ser trabajadores. -La mayoría del capital social es propiedad de los socios trabajadores y ninguno de los socios puede poseer acciones o participaciones sociales que representen más de la tercera parte del capital social. - El número de horas-año trabajadas por los trabajadores contratados por tiempo indefinido que no sean socios, no podrá ser superior al 25 por 100 del total de horas-año trabajadas por los socios trabajadores cuando la sociedad tiene menos de veinticinco socios trabajadores. Ley 4/1997, de 24 de marzo, de sociedades laborales ( B.O.E nº 72, de 25/3/1997)

EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL (SUBVENCIONES) Incorporación Socios Trabajadores Inversiones en Activo Fijo Gastos de Puesta en Marcha Asistencia Técnica

COOP. Y SOC.LAB. SUBVENCIONES PARA LA INCORPORACIÓN DE SOCIOS TRABAJADORES COLECTIVOS: Subvención para la incorporación a la entidad como socios trabajadores o de trabajo de desempleados inscritos como demandantes de empleo, que estén incluidos en alguno de los siguientes colectivos: a)Desempleados menores de 25 años b)Desempleados mayores de 45 años c)Desempleados de larga duración d)Desempleados a quienes se les haya reconocido el abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único para su incorporación como socio a la entidad que solicita la subvención. e)Mujeres desempleadas que en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento, se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo f) Desempleados discapacitados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. g)Desempleados en situación de exclusión social h)Trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal, no superior a 24 meses. También Desempleados no inscritos como demandantes de empleo.

REQUISITO PREVIO: Estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. CUANTÍA: Por incorporación a jornada completa : por cada persona perteneciente a los colectivos reseñados anteriormente en las letras a), b), c), d) y h) si además la persona incorporada es mujer o pertenece al colectivo de la letra e) en el caso de desempleados discapacitados en el caso de desempleados en situación de exclusión social. Por incorporación a tiempo parcial : -La subvención será proporcional a la duración de la jornada de trabajo.

SUBVENCIONES DIRECTAS PARA LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES EN ACTIVO FIJO EN COOPERATIVAS, SOCIEDADES LABORALES, EMPRESAS CALIFICADAS COMO I+E Y EMPRESAS DE INSERCION A entidades CONSTITUIDAS COMO MAXIMO DOS AÑOS ANTES de la fecha de apertura del primer plazo de la convocatoria correspondiente al año en que se presenta la solicitud. CONDICIONES: - Estar de alta en el IAE - Tener al menos dos puestos de trabajo de carácter indefinido. GASTOS SUBVENCIONALES : Podrán ser objeto de subvención las inversiones realizadas entre la fecha de cierre de presentación de solicitudes del año anterior, y el 30 de noviembre del año en que se presenta la solicitud, en: - terrenos y bienes naturales, - construcciones e instalaciones técnicas, - maquinaria, utillaje y mobiliario, - equipos para procesos de información, - elementos de transporte, excepto turismos, e - inmovilizado inmaterial vinculado a las TIC. CUANTÍA: El importe de la subvención no podrá rebasar el 50% del coste de adquisición del activo, excluidos los impuestos, con un máximo de euros.

COOP. Y SOC.LAB. SUBVENCIONES PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA MODALIDADES: Subvenciones para: - Contratación de directores o gerentes. - Estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros. - Informes económicos y auditorías. - Asesoramiento en distintas áreas de gestión empresarial. CUANTÍA: El importe de la subvención será del 50% del coste de la actuación, no pudiendo en ningún caso superar los

GASTOS SUBVENCIONALES: Se subvencionan los gastos para la puesta en marcha de entidades constituidas a partir de la fecha establecida en cada convocatoria anual, entendiéndose como fecha de constitución la fecha de inscripción en el correspondiente Registro. Podrán ser objeto de la subvención los siguientes gastos: Gastos de constitución: -honorario de letrados, notario y registradores, -asesoramiento previo a la constitución de la empresa. Gastos de licencia de apertura del local: -elaboración del proyecto, -tasas. -Gastos corrientes generados durante los 9 primeros meses de funcionamiento de la empresa: - alquiler del local, - publicidad, - servicios externos (Asesoría). CUANTÍA: La cuantía de esta subvención será como máximo de por entidad solicitante. SUBVENCIONES PARA FINANCIAR LOS GASTOS DE LA PUESTA EN MARCHA DE COOPERATIVAS, SOCIEDADES LABORALES, EMPRESAS CALIFICADAS COMO I+E Y EMPRESAS DE INSERCION

Empresas I+E

¿Qué son empresas I+E? Son aquellas que cumplen con los siguientes requisitos : Que se trate de una empresa de nueva creación, es decir o un proyecto empresarial o una empresa recién constituida sin haber iniciado su actividad. Que tenga viabilidad técnica, económica y financiera. Que genere empleo de carácter indefinido. Que tenga carácter innovador. Que una Corporación Local o Comunidad Autónoma preste su apoyo al proyecto. Que no supere los 25 trabajadores.

PROYECTOS Y EMPRESAS I + E (subvenciones) FinancieraGerencial Asistencia Técnica Contratación indefinida CALIFICACIÓN

I+E SUBVENCIONES FINANCIERAS CARACTERÍSTICAS: Dirigidas a reducir los intereses de préstamos para inversiones. -Se subvencionará hasta 3 puntos del tipo de interés. -Los préstamos para ser subvencionados, deben ser concedidos por las entidades de crédito que tengan suscrito un convenio con el SCE I+E APOYO A LA FUNCIÓN GERENCIAL MODALIDADES: -Ayuda por tutoría para que el promotor pueda recibir apoyo en sus actividades de dirección. -Ayuda por formación para que el promotor pueda mejorar sus conocimientos en técnicas empresariales. -Ayuda por elaboración de informes o estudios para que el promotor pueda obtener mejor información de su entorno empresarial. CUANTÍA: El 75% del coste con un límite de ,24 sumadas las tres modalidades anteriores.

I+E ASISTENCIA TÉCNICA PARA CONTRATACIÓN DE EXPERTOS TÉCNICOS DE ALTA CUALIFICACIÓN CARACTERÍSTICAS: Subvenciones dirigidas a cubrir carencias bien identificadas para el desarrollo de la actividad empresarial. Se subvencionará el 50% de los costes laborales totales correspondientes a un año con un límite de ,36 I+E SUBVENCIONES POR CONTRATACIÓN INDEFINIDA DE DESEMPLEADOS CARACTERÍSTICAS: -Se subvencionará 4.808,10 por cada contrato indefinido a jornada completa o la parte proporcional si se realiza a tiempo parcial. -Si el contrato se realiza a tiempo parcial y posteriormente se modifica a tiempo completo, podrá percibirse la diferencia. I+E SUBVENCIONES PARA COOP. Y SOC.LAB. CARACTERÍSTICAS: -Se subvencionará 4.808,10 por cada socio trabajador que siendo desempleado se integre en la sociedad con carácter indefinido a jornada completa, o la parte proporcional si se realiza a tiempo parcial.

Autónomo

FOMENTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO (subvenciones) Subvención Establecimiento Financiera Asistencia Técnica FormaciónPago Único

SUBVENCIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADOR AUTÓNOMO O POR CUENTA PROPIA CARACTERÍSTICAS: - Se subvencionan personas que, previamente a la fecha de inicio de su actividad como trabajador autónomo, se encuentran desempleadas e inscritas en las correspondientes oficinas como demandantes de empleo. - La solicitud podrá presentarse entre los 3 meses anteriores y los 6 meses posteriores al inicio de la actividad. El importe de la subvención se establece en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos: a) para desempleados en general. b) para jóvenes desempleados de 30 o menos años. c) para mujeres desempleadas d) para desempleados con discapacidad, que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%. e) para mujeres desempleadas con discapacidad, que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 %. -En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de los puntos c) y e) se incrementarán en un 10%. - En todo caso, el beneficiario deberá realizar una inversión en inmovilizado fijo por cuantía no inferior a 5.000, sin incluir impuestos. ORDEN TAS/ BOE 7 junio 07-Todo el año

AUTÓNOMOS SUBVENCIONES FINANCIERAS CARACTERÍSTICAS: - El objeto de estas subvenciones es reducir los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa. Se logra el equivalente a la reducción de hasta 4 puntos del interés, graduándose el importe de la subvención igual que en el caso de la subvención por establecimiento, según colectivos. -Las entidades financieras deberán tener suscrito convenio con el SCE -El beneficiario deberá realizar una inversión por la totalidad del préstamo (75% en inmovilizado, en cuantía no inferior a 5.000, y 25% en activo circulante, sin incluir impuestos). ORDEN TAS/ BOE 7 junio 07-Todo el año AUTÓNOMOS SUBV. PARA ASISTENCIA TÉCNICA CARACTERÍSTICAS: - El objeto de estas subvenciones es la financiación parcial de la contratación, durante la puesta en marcha de la empresa, de los servicios externos necesarios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, así como para la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga. - La cuantía de esta subvención será de hasta el 75 % del coste de los servicios prestados con un tope de ORDEN TAS/ BOE 7 junio 07-Todo el año

AUTÓNOMOS SUBV. PARA FORMACIÓN CARACTERÍSTICAS: El objeto de esta subvención es la financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación, a fin de cubrir las necesidades de formación del trabajador autónomo, durante la puesta en marcha de la empresa. -La cuantía de esta subvención será de hasta el 75 % del coste de los cursos recibidos con un tope de ORDEN TAS/ BOE 7 junio 07-Todo el año

REQUISITOS SUBVENCION AUTÓNOMOS : El solicitante deberá estar inscrito como demandante de empleo en el SPEE hasta el momento del inicio de la actividad (alta de autónomo ) El beneficiario deberá realizar una inversión de 5000 en inmovilizado (sin incluir impuestos) No haber ejercido la misma o similar actividad en los seis meses inmediatamente anteriores al nuevo alta por el que pide la subvención. Hallarse al corriente en las obligaciones tributarias estatales, autónomicas y con la Seguridad Social. ( Requisito general para todas las subvenciones).

PAGO ÚNICO

Ser titular del derecho a la prestación contributiva por desempleo. La solicitud de P.U. se puede presentar conjuntamente a la solicitud de alta inicial o reanudación de la prestación por desempleo, o en cualquier momento posterior. deberá ser de fecha anterior a la fecha de inicio de la actividad como trabajador autónomo La solicitud de P.U. deberá ser de fecha anterior a la fecha de inicio de la actividad como trabajador autónomo, o a la de constitución de la sociedad laboral o cooperativa, o a la de incorporación a las mismas. No se tendrá derecho a percibir el P.U. cuando la situación legal de desempleo provenga de una reducción de la jornada de trabajo, de un expediente de regulación de empleo que suspenda la relación laboral o cuando se percibe la prestación por ser trabajador fijo discontinuo. No haber percibido el P.U. en los 4 años inmediatamente anteriores No haber percibido el P.U. en los 4 años inmediatamente anteriores. el número de mensualidades de prestación pendientes de percibir sea igual o superior a 3 (90 días). A fecha de solicitud se requiere que el número de mensualidades de prestación pendientes de percibir sea igual o superior a 3 (90 días). La edad de jubilación opera como causa de extinción de la prestación. No se podrá percibir para instalar la empresa o realizar la inversión en el extranjero. No se podrá reconocer el P.U. si en el momento de la solicitud el trabajador se encuentra en incapacidad transitoria No se podrá reconocer el P.U. si en el momento de la solicitud el trabajador se encuentra en incapacidad transitoria o baja por maternidad. No se podrá reconocer cuando, a la fecha de solicitud, el derecho a la prestación esté suspendido por cualquier causa. Si el trabajador hubiese reclamado contra la extinción de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud de P.U. deberá ser posterior a la resolución de tal procedimiento. Si el trabajador hubiese reclamado contra la extinción de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud de P.U. deberá ser posterior a la resolución de tal procedimiento. Los trabajadores extranjeros, a excepción de los nacionales de la UE/Espacio Económico Europeo, deberán presentar la correspondiente autorización para trabajar. REQUISITOS: PAGO ÚNICO (P.U.)

60 % 40 % PAGO UNICO MODIFICADO POR EL REAL DECRETO 1975/2008, DE 28 DE NOVIEMBRE

SERVICIOS DE CREACIÓN DE EMPRESAS

SCE CÁMARAS DE COMERCIO CONFEDERACIONES EMPRESARIALES FUNDACIONES UNIVERSITARIAS AEDL FEDERACIÓN CANARIA DESARROLLO RURAL ORGANIZACIONES SINDICALES (FUNDESCAN)

MICROCRÉDITOS MICROCRÉDITO SOCIAL Importe: hasta euros Plazo de amortización: hasta 6 años Carencia: hasta 12 meses (opcional) Interés: entre un 4,5% y un 6,67% Beneficiarios: personas que sufren exclusión social y/o financiera. Precisan de una tutorización en la elaboración de su plan de empresa. LA CAIXA-CAJACANARIAS-LA CAJA DE CANARIAS

Muchas gracias por su atención