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XIV Jornadas de Empresas de Inserción andaluzas Las Empresas de Inserción como apuesta segura hacia el empleo y el desarrollo territorial SITUACIÓN ACTUAL.

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Presentación del tema: "XIV Jornadas de Empresas de Inserción andaluzas Las Empresas de Inserción como apuesta segura hacia el empleo y el desarrollo territorial SITUACIÓN ACTUAL."— Transcripción de la presentación:

1 XIV Jornadas de Empresas de Inserción andaluzas Las Empresas de Inserción como apuesta segura hacia el empleo y el desarrollo territorial SITUACIÓN ACTUAL EN LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN DESDE UN PUNTO DE VISTA JURÍDICO- LEGAL Peligros, 22 de junio de 2012 José Antonio López Díaz

2 NORMATIVA - Estatal: Ley 44/2007 reguladora de las empresas de Inserción. - Autonómica: Decreto 193/2010, de 20 de abril por el que se regula la calificación y se crea el Registro de Empresas de Inserción en Andalucía. Las Empresas de Inserción son aquellas sociedades mercantiles o sociedad cooperativa que realizan cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios, cuyo objeto social tenga como finalidad la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social como tránsito al empleo ordinario.

3 REQUISITOS a) Estar promovidas o participadas por entidades promotoras, que tienen que ser entidades sin ánimo de lucro o entidades de derecho público. b) Encontrarse inscrita en Registro de Empresas de Inserción. c) Mantener en cómputo anual un porcentaje de trabajadores en proceso de inserción de al menos el 30% durante los tres primeros años de actividad y de al menos el 50% del total de la plantilla a partir del cuarto año. d) No realizar actividades económicas distintas a las de su objeto social. e) Aplicar, al menos, el 80% de los resultados o excedentes disponibles obtenidos en cada ejercicio a la mejora o ampliación de sus estructuras productivas y de inserción. f) Presentar anualmente un Balance Social de la actividad y auditoria contable. h) Contar con los medios necesarios..

4 COLECTIVOS DE LA LEY - Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción. - Jóvenes mayores de 18 años y menores de 30, procedentes de Instituciones de Protección de Menores. - Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social. - Internos de centros penitenciarios cuya situación le permita acceder a un empleo, excepto los incluidos en el campo de aplicación de la Relación Laboral Especial de los penados en instituciones penitenciarias, así como los liberados condicionales y ex reclusos. - Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.

5 AMPLIACIÓN DE COLECTIVOS a) Mujeres víctimas de violencia de género procedentes de casas de acogidas o programas de protección. b) Personas emigrantes retornados a Andalucía con graves necesidades personales o familiares. c) Personas que tengan a su cargo una familia monoparental y presenten graves necesidades personales o familiares. d) Personas desempleadas mayores de 50 años que hubiesen permanecido inscritas de forma ininterrumpida como demandante de empleo en una oficina de los SPE durante, al menos doce meses. e) Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, en un grado igual o superior al 33%. f) Personas que presenten una situación de exclusión similar a las relacionadas en los párrafos anteriores, a propuesta del SAE.

6 CALIFICACIÓN DE EMPRESA DE INSERCIÓN A) Provisional.- Cuando la empresa de inserción cumpla los requisitos: -Inscrita en el Registro correspondiente. -Centro de Trabajo en Andalucía. -Objeto social: Inserción sociolaboral. -Estar participadas por entidades promotoras. -Contar con los medios necesarios. B) Definitiva.- Cuando se acredite los restantes requisitos en el plazo no superior al año desde la calificación provisional: - Aplicación del 80% de los excedentes. - Mantener el porcentaje de personas en situación de exclusión. - Auditoría contable y presentar Balance Social.

7 REGISTRO DE EMPRESA DE INSERCIÓN Las Empresas de Inserción vendrán obligadas a presentar en el Registro la siguiente documentación: - Documentación acreditativa de las modificaciones estatutarias que afecten a su calificación, una vez inscritas en los Registros competentes a su forma jurídica. - El plan de actividades y el presupuesto de cada año con anterioridad al inicio del mismo. - Las cuentas anuales y el informe de gestión y una memoria de actividades y el balance social y auditoría contable correspondiente a cada ejercicio económico. - La documentación acreditativa de las modificaciones cuantitativas y cualitativas que afecten al porcentaje mínimo de personas trabajadoras en inserción.

8 SITUACIÓN DE FUTURO ORDEN DE INCENTIVOS.- 1.- Subvenciones destinadas a financiar la inversión en inmovilizado realizada para la creación de puestos de trabajo para la contratación de personas en situación de exclusión social en EI o por la creación de EI. 2.- Ayudas destinadas al mantenimiento de puestos de trabajo de carácter estable para personas en situación de exclusión social. 3.- Subvenciones financieras destinadas a reducir los intereses de los préstamos concedidos las EI. 4.- Subvenciones para la contratación de personal directivo que contribuya a garantizar la viabilidad técnica, económica y financiera de la empresa de inserción. 5.- Subvenciones para la contratación de personal técnico en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción. 6.- Subvenciones destinadas a sufragar los gastos derivados de la realización de auditorías contables y de gestión por las EI.

9 SITUACIÓN DE FUTURO CLÁUSULAS SOCIALES EN LICITACIONES PÚBLICAS.- 1.- Reserva de mercado o mercado tutelado en contratos menores y negociados sin publicidad y cuantía vinculada a la reserva. 2.- Impulsar cláusulas sociales y ambientales en aquellos contratos no sometidos a reserva social en cada una de las fases de la contratación: Objeto, adjudicación y ejecución. 3.- Impulsar la contratación administrativa como elemento de cambio en materia de empleo.

10 GRACIAS POR SU ATENCIÓN Advocare Abogados C/ Asunción, 78, 3 Izq (41011) Sevilla Tel.: 954 560 382, Fax: 954 224 969 admon@advocareabogados.com www.advocareabogados.com


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