BENEFICIOS SOCIALES.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
SALARIOS LEGISLACIÓN LABORAL.
Advertisements

BUCARAMANGA, COLOMBIA AGOSTO 25 , 2012
RÉGIMEN LABORAL DE LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS. CPC RAUL RAMIREZ RAMIREZ2 REMUNERACIÓN BÁSICA ASIGNACIÓN ESCOLAR ASIGNACIÓN POR SEPELIO BONIFICACIÓN.
Régimen Laboral. REMUNERACIÓN BÁSICA ASIGNACIÓN ESCOLAR ASIGNACIÓN POR SEPELIO BONIFICACIÓN POR ALTITUD BONIFICACIÓN POR ALTURA BONIFICACIÓN POR CONTACTO.
Federación Académicos Universidades Estatales
ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS ACADÉMICOS UNIVERSIDAD DE TALCA - AFAUTAL
Seminario: Gratificaciones Legales
Seminario: Vacaciones
Compensación por Tiempo de Servicios CTS
¿Pagar sólo comisiones sin un salario básico es legal?
Trabajo sucesivo o por Turnos
DERECHO LABORAL II: JORNADA DE TRABAJO
DR. JIMMY MÁRQUEZ MORENO
Empleo domestico en Chile
PERU: LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
JORNADA LABORAL Y RETRIBUCIÓN.
“Todo lo que necesitamos saber en nuestra condición de
JORNADA DE TRABAJO.
JORNADA LABORAL 2012.
Universidad Mesoamericana Lic. Ricardo Arriaga Mata
JORNADA DE TRABAJO Derecho Laboral.
II. Derechos extendidos a los beneficiarios del CAS Remuneración mínima vital. Jornada máxima: 8 horas diarias y/o 48 horas semanales. Horas en sobretiempo.
TRABAJADORAS DEL HOGAR
Mejoras a la Ley de las/los Trabajadores del Hogar
Las leyes sobre trabajo doméstico de mujeres en Paraguay
Gestores Voluntarios de COFIDE
COMPORTAMIENTO HUMANO II
ATENCION EMBARAZADAS!! Es importante que leas lo que se te explica a continuación y que sepas que si estas embarazada gozas de los siguientes beneficios...
La jornada laboral La jornada laboral es el tiempo diario, semanal o anual que un trabajador dedica a la ejecución de su actividad laboral.
Dra. Mirta Noemi Userpater
LOS DERECHOS SUJETOS A NEGOCIACIÓN COLECTICVA
NICOLE RIVERA VEGA 4to B tm
Departamento de Recursos Humanos – SILSA
SITUACIÓN PROFESIONAL Y DERECHOS LABORALES DEL BIÓLOGO
Derechos de los trabajadores
REGIMEN LABORAL DE LA AGRO EXPORTACIÓN Dr. Germán Lora Álvarez 5 de diciembre de 2012.
Gratificaciones y otros pagos al trabajador
LICENCIA ANUAL Y SALARIO VACACIONAL
REGIMEN DE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SERVICIOS
PREGUNTAS TEST JORNADA LABORAL
EJERCICIOS DE CALCULO DE CTS
REGÍMENES LABORALES EN EL PERÚ
Postnatal Subsecretaría del Trabajo. Postnatal Subsecretaría del Trabajo Marzo 2011 Una demanda ignorada desde los años 90 Que la protección social reconozca.
Aumentos Negociación Colectiva: Incluye: Costos Mensualizados. Aumentos Siguientes de Beneficios .- Sueldo Base: $ (Sep-14).- Bono Especial de Productividad:
EL TRABAJO FORZOSO EN EL AMBITO SOCIO LABORAL FORESTAL
LOS DERECHOS LABORALES
3.- Protección a la Maternidad
COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL Equipo de Representación de los Trabajadores en el BPS Leyes relativas a la Seguridad Social aprobadas en el año 2013 Dr.
REMUNERACIÓN Concepto.- Nuestra legislación laboral nos alcanza algunas definiciones, como puede verse del artículo 6 de la Ley de Productividad y Competitividad.
Costos de Mano de Obra UTN 11/04/2017.
Monday, April 20, 2015 Presenter’s Name COSTO LABORAL.
Reducción Legal de Jornada Laboral
AGRO EXPORTACION: Importancia del Régimen Laboral Germán Lora Alvarez Noviembre, 2011.
LEGISLACIÓN LABORAL Dr. Francisco Rojas Rodríguez.
REGIMEN DE LOS TRABAJADORES DEL HOGAR JUAN CARLOS CHÁVEZ PAUCAR.
CUESTIONARIO SOBRE LA JORNADA LABORAL
UNIDAD I Tema 3.3. BENEFICIO A LOS EMPLEADOS
REGIMEN LABORAL DEL TRABAJADOR A TIEMPO PARCIAL JUAN CARLOS CHÁVEZ PAUCAR.
PRESTACIONES SOCIALES
 Es la unidad económica que se encuentra constituida por una persona natural o jurídica bajo cualquier forma societaria (Ley General de Sociedades)
COMEX Políticas Laborales y Generación de Empleo Junio 2006 Alberto Varillas C. E STUDIO A URELIO G ARCIA S AYAN- A BOGADOS.
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores
DIRECCIÓN DEL TALENTO HUMANO Aspectos Básicos de Legislación laboral NORMATIVIDAD VIGENTE C P C Código Sustantivo del Trabajo Reforma al Código laboral:
DERECHO INDIVIDUAL I LAS GRATIFICACIONES
Dr. Juan José Freniche CP T°363 F°103. Datos del empleador Datos del trabajador Detalle de la remuneración Otros datos obligatorios.
Sueldos y Sobresueldos
Suspensión Perfecta e Imperfecta en el contrato de Trabajo.
LIQUIDACIÓN DE SUELDOS
FORMALIZACIÓN LABORAL ¿ QUE SUPONE LA INFORMALIDAD EN EL AMBITO LABORAL? Empresas, trabajadores y actividades fuera de los marcos legales. En el ámbito.
Transcripción de la presentación:

BENEFICIOS SOCIALES

Remuneración Mínima Vital REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN Si: S/. 750.00 en la medida que laboren 4 o más horas diarias

Remuneración Mínima Vital REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA Si: S/. 750.00 en la medida que laboren 4 o más horas diarias

Remuneración Mínima Vital REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA Si: S/. 750.00 en la medida que laboren 4 o más horas diarias

Compensación por tiempo de servicio-CTS REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN SI: 1 remuneración mensual + 1/6 de las gratificaciones legales por cada año de servicios, depositada en dos armadas semestrales: 15 de mayo y 15 de noviembre – TUO D. Legislativo N° 650

Compensación por tiempo de servicio-CTS REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA no

Compensación por tiempo de servicio-CTS REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA SI: 15 remuneraciones diarias + 1/6 de las gratificaciones legales por cada año de servicios (hasta un máximo de 90 Remuneraciones Diarias), depositada en dos armadas semestrales: 15/05 y 15/11 – TUO D. Leg. N° 650

Descanso Semanal Obligatorio REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN SI: (D. Legislativo N° 713)

Descanso Semanal Obligatorio REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 713)

Descanso Semanal Obligatorio REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 713)

Feriados No Laborables REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN Si: (D. Legislativo N° 713)

Feriados No Laborables REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 713)

Feriados No Laborables REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 713)

Vacaciones REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN SI: 30 días al año – D. Legislativo N° 713)

Vacaciones REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA SI: 15 días al año – D. Legislativo N° 713)

Vacaciones REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA SI: 15 días al año – D. Legislativo N° 713)

Reducción descanso Vacacional REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN SI: 15 días al año – D. Legislativo N° 713)

Reducción Descanso Vacacional REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA SI: 07 días al año – art. 37 D. S N° 008-2008-TR

Reducción Descanso Vacacional REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA SI: 07 días al año – art. 37 D. S N° 008-2008-TR

Vacaciones Truncas REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN Si: (D. Legislativo N° 713)

Vacaciones Truncas REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 713)

Vacaciones Truncas REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 713)

Gratificación de Fiestas Patrias y Navidad REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN Si: 1 remuneración – Ley N° 27735, Reglamento D.S. N° 005-2002-TR y modificatoria D.S. N° 017-2012-TR

Gratificación de Fiestas Patrias y Navidad REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO EMPRESA NO

Media remuneración en cada oportunidad Gratificación de Fiestas Patrias y Navidad REGIMEN LABORAL ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA Si: Media remuneración en cada oportunidad

JORNADA MAXIMA REGIMEN GENERAL, MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA Si: 8 horas diarias o 48 horas a la semana

SEGURO SOCIAL DE SALUD REGIMEN GENERAL Y PEQUEÑA EMPRESA Si: ESSALUD 9% – lo aporta en su integridad el empleador

SEGURO SOCIAL DE SALUD REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA Si: Existen dos alternativas: (i) Sistema Semisubsidiado del SIS; o, (ii) ESSALUD 9%

SISTEMA PENSIONARIO REGIMEN GENERAL Y PEQUEÑA EMPRESA ONP 13% o AFP 10% más comisiones – lo aporta en su integridad el trabajador

SISTEMA PENSIONARIO REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA Existen dos alternativas: (i) Sistema de Pensiones Sociales (SPS) que es semisubsidiado; o, (ii) ONP, AFP

PARTICIPACION DE UTILIDADES REGIMEN GENERAL Y PEQUEÑA EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 892)

Participación de Utilidades REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA NO

SEGURO DE VIDA REGIMEN GENERAL Y PEQUEÑA EMPRESA Si: Obligatorio a partir del 4to año de trabajo – Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, D. Leg. N° 688

SEGURO DE VIDA REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA NO

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo REGIMEN GENERAL Y PEQUEÑA EMPRESA Si: Para actividades de alto riesgo, de acuerdo a la Ley N° 26790 y al Decreto Supremo N° 003-98-SA

SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA NO

Asignación Familiar REGIMEN LABORAL GENERAL O COMUN 10% de la RMV – Ley N° 25129

Asignación Familiar REGIMEN LABORAL ESPECIAL MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA NO

Indemnización por vacaciones no gozadas REGIMEN COMUN, MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA Si: (D. Legislativo N° 713)

Indemnización por despido arbitrario REGIMEN GENERAL O COMUN Si: Un sueldo y medio por cada año de servicios o por cada mes completo que falte para culminar el contrato, de ser el caso, con un tope de 12 remuneraciones

Indemnización por despido arbitrario REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA Si: 10 remuneraciones diarias por cada año de servicios completos, con un tope de 90 remuneraciones diarias

Indemnización por despido arbitrario REGIMEN ESPECIAL PEQUEÑA EMPRESA Si: 20 remuneraciones diarias por cada año de servicios completos, con un tope de 120 remuneraciones diarias

Derecho Colectivo REGIMEN GENERAL O COMUN Y PEQUEÑA EMPRESA (Decreto Supremo N° 010-2003-TR y Reglamento de la Ley)

Derecho Colectivo REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA NO

Trabajo en sobre tiempo REGIMEN GENERAL, PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA Si: Recargo a convenir, de lo contrario por las dos primeras horas 25% adicional, y a partir de la tercera hora 35% adicional – Decreto Supremo N° 007-2002-TR

Jornada Nocturna REGIMEN GENERAL Y PEQUEÑA EMPRESA Si: Sobretasa del 35% de la RMV

Jornada Nocturna REGIMEN ESPECIAL MICRO EMPRESA Si: Sobretasa del 35% de la RMV. No: cuando la jornada laboral se desarrolle habitualmente en horario nocturno

Licencia Pre y Pos natal REGIMEN GENERAL, PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA Si: 45 días naturales de descanso pre natal y 45 días de descanso post natal. Tratándose de nacimiento múltiple el descanso post natal se extiende por 30 días adicionales – Decreto Supremo N° 005-2011-TR

Licencia por Paternidad REGIMEN GENERAL, PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA Si: Licencia remunerada por 4 días hábiles consecutivos, en caso de alumbramiento del cónyuge o conviviente – Ley N° 29409

Licencia por Adopcion REGIMEN GENERAL, PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA Si: Licencia remunerada por 30 días naturales, siempre que el niño a ser adoptado no tenga más de 12 años de edad – Ley N° 27409

Amílcar rodríguez del aguila GRACIAS Amílcar rodríguez del aguila amilrodela@outlook.es Setiembre de 2014