SECRETARÍA ACADÉMICA   Reglamento para el Ingreso, la Promoción y la Permanencia del Personal Académico de Tiempo Completo RIPPPA Mayo 22, 2014.

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Transcripción de la presentación:

SECRETARÍA ACADÉMICA   Reglamento para el Ingreso, la Promoción y la Permanencia del Personal Académico de Tiempo Completo RIPPPA Mayo 22, 2014

REGLAMENTO SECRETARÍA ACADÉMICA   Artículo 3.- El Personal Académico de Tiempo Completo de la Universidad, sin excepción, entregará anualmente, un informe de actividades y un plan de trabajo en la Dirección de su Unidad Académica. El informe de actividades y el plan de trabajo deberán ser revisados por el Consejo Técnico de la Unidad Académica, para avalar su pertinencia con el Plan de Desarrollo de la misma. El Personal Académico de Tiempo Completo no podrá participar en los procesos de promoción, permanencia o definitividad, ante la falta de entrega de su informe y plan de trabajo.

PROMOCIÓN FECHA ENTREGA SOLICITANTE EVALUA CONSEJO TÉCNICO SECRETARÍA ACADÉMICA   Las promociones únicamente podrán ser otorgadas al nivel inmediato superior dentro de cada categoría, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el reglamento. FECHA ENTREGA SOLICITANTE EVALUA CONSEJO TÉCNICO ENTREGA A SECRETARÍA ACADÉMICA EVALUACION DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA ENTREGA DE RESULTADOS Entre los meses de enero a marzo (art. 18) Abril y mayo (art. 19) El último día hábil de junio (art.19) Agosto – septiembre (art. 20). Primer semana de octubre (art. 21) En caso de que el académico haga solicitud de promoción y recontratación o definitividad, el Consejo Técnico emitirá un acuerdo por solicitud. Una vez emitido el dictamen por la Comisión Dictaminadora y no existiendo inconformidad por parte del solicitante, la Secretaría Académica informará a la Unidad Académica, al solicitante y a la Dirección de Personal, ésta última instancia expedirá el nombramiento correspondiente, el cual entrará en vigencia a partir del primero de enero del año próximo inmediato a la fecha de la evaluación. (artículo 21).

PERMANENCIA O DEFINITIVIDAD SECRETARÍA ACADÉMICA   En caso de no presentar su solicitud en el plazo establecido se dará por terminado su contrato laboral en la fecha establecida. FECHA ENTREGA SOLICITANTE EVALUA CONSEJO TECNICO ENTREGA A SECRETARÍA ACADÉMICA EVALUACION DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA ENTREGA DE RESULTADOS 80 días hábiles antes del término del contrato (art.22) 10 días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud (art. 23) Sesión ordinaria próxima siguiente a la recepción del expediente (reuniones ordinarias bimestrales) 5 días hábiles posteriores a la evaluación (art. 25 y 31) En caso de que el académico haga solicitud de promoción y recontratación o definitividad, el Consejo Técnico emitirá un acuerdo por solicitud. La Comisión Dictaminadora definirá el periodo de contratación de 1 a 3 años, con base en el desempeño del trabajador académico no definitivo de tiempo completo. (art. 26) Una vez emitido el dictamen por la Comisión Dictaminadora y no existiendo inconformidad por parte del solicitante, la Secretaría Académica informará a la Unidad Académica, al solicitante y a la Dirección de Personal, ésta última instancia emitirá el contrato con el nuevo periodo de contratación correspondiente. (art. 27)

FECHA ENTREGA SOLICITANTE RECURSO DE REVISIÓN SECRETARÍA ACADÉMICA   COMISIÓN REVISORA FECHA ENTREGA SOLICITANTE ENTREGA DE RESULTADO 5 días hábiles a partir del día siguiente de haber sido notificado de su dictamen. (art. 33) 5 días hábiles a partir de la fecha en la que se efectuó la sesión. (art. 35) Esta resolución tendrá carácter de inapelable, informándose a la Secretaría Académica quien a su vez informará a la Unidad Académica, al solicitante y a la Dirección de Personal. (art 35)

DEPARTAMENTO DE COMISIONES ACADEMICAS SECRETARÍA ACADÉMICA   INFORMES SECRETARÍA ACADÉMICA DEPARTAMENTO DE COMISIONES ACADEMICAS TEL. 329 7044 comisionesacademicas@uaem.mx