DE CONTROL Y VIGILANCIA FUNCIONES Unión, acción y trabajo

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Transcripción de la presentación:

DE CONTROL Y VIGILANCIA FUNCIONES Unión, acción y trabajo Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo FUNCIONES DE CONTROL Y VIGILANCIA

FUNCIONES DE CONTROL Y VIGILANCIA Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo FUNCIONES DE CONTROL Y VIGILANCIA IMPRESCINDIBLES PARA Supervisar el cumplimiento de la normativa Salvaguardar los intereses de los/as trabajadores/as

Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo Para los casos en que se incumple la ley por parte del/la empresario/a, tienes reconocida la competencia para efectuar denuncias a la Autoridad Laboral Según la ley, tienes reconocidas las siguientes funciones de control y vigilancia:

Como Representante de los/as Trabajadores/as debes: Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo 1. Vigilancia y control de las condiciones de seguridad e higiene en el desarrollo del trabajo en la empresa (Arts. 15, 40.2 y 43.1 C.E.; arts. 4.2 d), 19 y 64.7 a) E.T.; art. 21 Ley Prev. Riesgos Laborales y art. 40 E.B.E.P) Como Representante de los/as Trabajadores/as debes: - Velar por el cumplimiento de estas normas Contribuir a que los/as trabajadores/as asuman la importancia de la seguridad Denunciar ante el empresario y la autoridad laboral cualquier situación de riesgo para los/as trabajadores/as

Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo 2. Competencias para el ejercicio de acciones administrativas y judiciales (solicitudes, denuncias, demandas, recursos, etc.) (Arts. 64 y 65.1 E.T., art. 2.2 L.O. Libertad Sindical y arts. 6 al 10 Ley Infracciones Sociales y art.40.2 E.B.E.P) Los/as Representantes de los/as trabajadores/as y cualquier ciudadano/a, trabajador/a, sindicato, etc., puede denunciar el incumplimiento de la legislación laboral y la normativa que regula la Seguridad Social, solicitando la actuación de la Inspección de Trabajo, que garantiza la confidencialidad del origen de la denuncia.

Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo 3. Vigilancia del cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral, de seguridad social y empleo, así como el resto de los pactos, condiciones y usos en vigor en la empresa (Art. 64.7 E.T. y art.40 E.B.E.P). Esta competencia es la base para que posteriormente se pueda negociar con el/la empresario/a o denunciar cuando se estime pertinente. Con esta función, los/as Representantes deben velar por el cumplimiento de la legalidad vigente y de los distintos acuerdos que afecten a las condiciones de los/as trabajadores/as de la empresa.

Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo 4. Vigilancia y asistencia al presenciar los registros de trabajadores y sus efectos personales (art. 18 E.T.) Sólo se podrán realizar registros sobre la persona del trabajador/a, en sus taquillas y efectos particulares, cuando sean necesarios para la protección del patrimonio empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, dentro del centro de trabajo y en horario laboral. Siempre deberá desarrollarse en presencia de un/a representante o delegado/a u de otro/a trabajador/a.

Secretaría de Atención al Afiliado/a y Delegado/a Unión, acción y trabajo RECUERDA QUE: Como representante, haciendo uso de las funciones de control y vigilancia que la ley te otorga, podrás llevar a cabo tu actividad sindical dentro de la empresa para salvaguardar los intereses de los/as trabajadores/as y supervisar el cumplimiento de la normativa establecida por parte del empresario/a.