Programas de Seguridad e Higiene Industrial

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Transcripción de la presentación:

Programas de Seguridad e Higiene Industrial Comisiones de Seguridad e Higiene

Seguridad e Higiene en el Trabajo Es la aplicación en los centros de trabajo de políticas, normas, conocimientos, técnicas y´prácticas, con objeto de preservar, proteger y promover la vida y la salud de los trabajadores.

Objetivos Seguridad en el trabajo Evitar y prevenir accidentes Evitar y prevenir molestias, daños a la salud y enfermedades laborales Higiene en el trabajo

Características de la Seguridad e Higiene Carácter preventivo. Carácter multidiscipinario. Necesidad de contar con personal técnico. Independencia y autonomía profesional del personal dedicado a la salud ocupacional. Necesidad de contar con instalaciones especializadas (centros de documentación, laboratorio de teoxicología, etc.).

Funciones de la seguridad e Higiene en el Trabajo Vigilar el medio ambiente de trabajo. Identificar, evaluar, prevenir y controlar los riesgos porfesionales específicos en cada centro de trabajo. Vigilar la salud de los trabajadores. Realizar exámenes de ingreso, periódicamente y específicos a los trabajadores para conocer la evolución de su estado de salud a través del tiempo de trabajo.

Funciones de la seguridad e Higiene en el Trabajo Informar, educar, formar y asesorar a trabajadores y patrones en relación a la identificación, evaluación, prevención y control de los riesgos de trabajo.

Importancia de las Comisiones de Seguridad e Higiene

El patrón puede conocer sobre El cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene. El mantenimiento de las instalaciones y maquinaria. La aplicación de políticas de seguridad e higiene.

El patrón puede conocer sobre La aplicación del programa preventivo de seguridad e higiene. La efectividad de la capacitación en seguridad e higiene. La eficiencia de los sistemas de información al trabajador. El manejo adecuado delequipo deprotección personal.

El Trabajador puede Denunciar las esviaciones a la normatividad en seguridad, higiene y ecología. Proponer mejoras al proceso de trabajo. Participar en las actividades de seguridad e higiene.

El Sindicato puede Vigilar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores en el campo de la seguridad e higiene.

Las Autoridades Laborales pueden Percatarse, através de las actas de la Comisión, de los riesgos mayores que están presentes en la empresa y adecuar las acciones correspondientes con mayor efectividad.

BASES LEGALE DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Artículo 123 de la Constitución de los Estados Unidos mexicanos El patrón esta obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negocio, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de maquinas, instrumentos y materiales de trabajo, ……….

BASES LEGALE DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Ley Federal del Trabajo Artículo 47. Son causas de recisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad del patrón………… Artículo 51. Son causa de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador……..

BASES LEGALE DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:…………………. Artículo 134. Son obligaciones de los trabajadores:……………………. Artículo 135. Queda prohibido a los trabajadores: Artículo 153-F. La capacitación y el adiestramiento deberán tener por objeto

BASES LEGALE DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Artículo 512. En los reglamentos de esta ley en los instructivos de las autoridades laborales expidan con base en ellos se fijarán las medidas necesarias……….. Artículo 512-D. Los patrones deberán efectuar las modificaciones que ordenan las Autoridades del trabajo a fin de ajustar el establecimiento, instalaciones……………………………

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO Artículo 130. En los centros de trabajo con sien o más trabajadores, el patrón deberá elaborar un diagnóstico de las condiciones de seguridad e higiene que prevalezcan en ellos,…………………..

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Ley Federal del trabajo Artículo 509 Artículo 510 Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Artículo 123 Artículo 124 Artículo 125 Artículo 126

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE NOM-019-STPS CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Obligaciones del patrón. a) Participar en la integración y vigilar el funcionamiento de la Comisión, nombrando a sus representantes conforme a la presente norma

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Proporcionar a los integrantes de la Comisión la capacitación y adiestramiento en materia de seguridad e higiene necesarios para el ejercicio de sus funciones. Proporcionar a la Comisión la información que le solicite sobre los procesos de trabajo, las materias primas

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Y sustancias en los mismos, las incidencias, accidentes y enfermedades de trabajo y el resultado de las investigaciones practicadas con motivo de los riesgos ocurridos. Realizar las actividades de capacitación y orientación sobre seguridad e higiene en el trabajo propuestas por la Comisión

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES Designar a los representantes que integrarán a la Comisión, a través del sindicato, seleccionándolos mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. A falta de sindicato, la mayoría de los trabajadores realizarán la designación respectiva. Participar como miembros de las Comisiones, cuando sean designados,

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Y apoyar el funcionamiento de la Comisión proporcionándoles información sobre condiciones peligrosas que existan en el centro de trabajo y la requerida para la investigación de accidentes y enfermedades de trabajo.

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Atender las recomendaciones de seguridad e higiene que le señale la Comisión de acuerdo a la normatividad y a las disposiciones técnicas en la materia. INTEGRGACION El patrón deberá formalizar la constitución de la Comisión en sesión con los miembros que se hayan seleccionado

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE Y con la representación del sindicato, si lo hubiera. En esta sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener la información requerida. Esta documentación deberá ser exhibida cuando la autoridad laboral así lo requiera.

FUNDAMENTOS LEGALES DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE ASUNTOS NO PREVISTOS. En caso de existir situaciones no definidas en la presente Norma, las partes podrán acudir entre la autoridad laboral competente para que resuelva lo procedente y ésta deberá dar respuesta en un lapso de 15 días hábiles.