REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO

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Transcripción de la presentación:

REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO Instituto de Administración Tributaria y Aduanera - IATA REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO Abril 2012

AGENDA Concepto Operaciones por las que se debe emitir CDP, sujetos exceptuados Tipos de comprobantes de pago Sistemas de Emisión Oportunidad de emisión y entrega Requisitos y características Otros Documentos regulados Infracciones y Sanciones

¿QUÉ ES EL COMPROBANTE DE PAGO? 3 Es el documento que sustenta la venta de un bien, la prestación de un servicio o la cesión en uso de un bien. VENDEDOR CLIENTE

¿QUIENES DEBEN EMITIRLOS?              Las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos que realicen transferencias de bienes a título gratuito u oneroso:  La definición de servicios no incluye a aquéllos prestados por las entidades del Sector Público Nacional, que generen ingresos que constituyan tasas. 

¿QUIÉNES NO DEBEN EMITIR COMPROBANTES DE PAGO? Personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que no son habituales en la realización de actividades comerciales. Personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía y desperdicios y desechos metálicos y no metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas carezcan de número de RUC.

¿CUÁLES SON LOS COMPROBANTE DE PAGO? 4 Factura Boleta de venta Recibo por honorarios Liquidaciones de compra Tickets Boletos de viaje Póliza de Adjudicación Documentos autorizados Otros documentos regulados por SUNAT pero que no son comprobantes de pago: Notas de débito y notas de crédito Guía de remisión Manifiesto de pasajeros NO son comprobantes de pago: - Notas de ventas, proformas, nota de despacho, cotización, nota de pedido, boleta de pedido, etc.

TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO A UTILIZAR POR RENTA GENERADA Categoría Renta Documentación Quien emite Documento 1ra. Categoría Pagos Varios Banco de la Nación 2da. Categoría Factura Generador de Renta 3ra. Categoría - IGV Boletas de Venta Boletos de Viaje Documentos Autorizados Liquidaciones de Compra Comprador Póliza de Adjudicación Martillero Público 4ta Categoría Recibo por Honorarios 5ta. Categoría Boleta de Pago Empleador

TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO ¿CÓMO DEBEN EMITIRSE? 5 TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO SISTEMA DE EMISIÓN Factura Recibo por honorarios Boleta de venta Boleto de viaje Póliza de adjudicación Formatos impresos por imprentas autorizadas. Emisión electrónica (Factura – Recibo por honorarios. Máquinas registradoras Uso de medios informáticos Tickets Emisión sin mayor regulación, salvo algunas excepciones Documentos autorizados

FORMATOS IMPRESOS POR IMPRENTA AUTORIZADA Se descarga formulario Nº 816. Solicitar la impresión de sus CDP. Imprenta autorizada tramita solicitud ante SUNAT. Impresión de formatos impresos.

EMISIÓN DE TICKET A TRAVÉS DE MAQUINAS REGISTRADORAS Se presenta comunicación de Alta Formulario Nº 809. Emitido en original y cinta testigo. En caso de sustentar costo o gasto debe ser emitido en original y copia que deben ser identificables como tales. Las máquinas registradoras para la emisión de comprobantes de pago deben ser de “programa cerrado”, entendiéndose como tal, aquel que no permite modificaciones o alteraciones de los programas de fábrica. El número correlativo o autogenerado deberá de constar de por lo menos cuatro dígitos.

EMISIÓN DE TICKET A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÒNICOS Se presenta comunicación de Alta Formulario Nº 845. Emitido en original y cinta testigo. En caso de sustentar costo o gasto debe ser emitido en original y copia que deben ser identificables como tales. El número correlativo o autogenerado deberá de constar de por lo menos cuatro dígitos.

EMISIÓN ELECTRÓNICA DE FACTURAS A TRAVES DEL PORTAL SUNAT EL EMISOR PODRÁ: EL CLIENTE PODRÁ: Afiliarse al Sistema Descargar CDP Emitir CDP Realizar Consultas Generar Registro de Ventas Realizar Consultas

¿CUÁNDO DEBEN EMITIRSE Y OTORGARSE? 6 En la transferencia de bienes muebles, en el momento en que se entregue el bien o en el momento en que se efectúe el pago, lo que ocurra primero. En la transferencia de bienes inmuebles, en la fecha en que se perciba el ingreso o en la fecha en que se celebre el contrato, lo que ocurra primero. En la prestación de servicios, incluyendo el arrendamiento y arrendamiento financiero, cuando alguno de los siguientes supuestos ocurra primero: a) La culminación del servicio. b) La percepción de la retribución, parcial o total, debiéndose emitir el comprobante de pago por el monto percibido. c) El vencimiento del plazo o de cada uno de los plazos fijados o convenidos para el pago del servicio, debiéndose emitir el comprobante de pago por el monto que corresponda a cada vencimiento.

IDENTIFICACIÓN DE REQUISITOS DE LA FACTURA 7 RUC 20100113615 FACTURA 0003 – 000003544 FARMAX S. A. Domicilio Fiscal: Av. Del Aire No. 1421 – San Borja - Lima Punto de Emisión: Jr. Los Nogales No. 551 – San Luis – Lima EMISOR Imprenta Los Angeles EIRL RUC 10231548250 Autorización No. 3431351023 F.I. 15-12-2004 Valor de venta IGV 19% Precio de venta Adquirente: RUC: Fecha de emisión: 100.00 19.00 119.00 Servicios Generales de Alimentación S. A. 20154459875 24 de enero del 2005 CANT. DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL 4 Cajas x 20 bolsas de 150 gramos de leche en polvo “La Cremosita” S/. 29.75

IDENTIFICACIÓN DE REQUISITOS DE LA BOLETA DE VENTA FARMAX S. A. RUC 20100113615 BOLETA DE VENTA 0003 – 000003544 Domicilio Fiscal: Av. Del Aire No. 1421 – San Borja - Lima Punto de Emisión: Jr. Los Nogales No. 551 – San Luis – Lima Adquirente: RUC: 24 de enero del 2005 Fecha de emisión: PRECIO UNITARIO PRECIO TOTAL CANT. DESCRIPCIÓN 4 Cajas x 20 bolsas de 150 gramos de leche en polvo “La Cremosita” 29.75 119.00 Valor de venta IGV 19% Precio de venta S/. 119.00 Imprenta Los Angeles EIRL RUC 10231548250 Autorización No. 3431351023 F.I. 15-12-2004 EMISOR

IMPLEMENTACIÓN DE SOLUCIONES ELECTRÓNICAS INSCRIPCIÓN DOCUMENTACIÓN REGISTRO DECLARACIÓN PAGO IMPLEMENTACIÓN DE SOLUCIONES ELECTRÓNICAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FACTURA ELECTRÓNICA Solución Web SUNAT Solución Grandes Emisores LIBROS ELECTRÓNICOS Ventas y Compras Web SUNAT Programa de Libros Electrónicos DECLARACIÓN JURADA VIRTUAL SIMPLIFICAR Y FACILITAR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MEJORAS EN PROCESOS INTERNOS PROGRAMACIÓN DEVOLUCIONES BENEFICIOS TRIBUTARIOS FISCALIZACIÓN

OTROS DOCUMENTOS: NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO Razones para su emisión: Notas de Crédito: Concepto de anulaciones, descuentos, bonificaciones, devoluciones y otros Notas de Débito : Recuperar costos o gastos incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión de la factura o boleta de venta, como intereses por mora u otros. Características: Deberán contener los mismos requisitos y características de los comprobantes de pago en relación a los cuales se emitan. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquirente o usuario para modificar comprobantes de pago otorgados con anterioridad. Deben consignar la serie y número del comprobante de pago que modifican. El adquirente o usuario, o quien reciba la nota de crédito a nombre de éstos, deberá consignar en ella su nombre y apellido, su documento de identidad, la fecha de recepción y, de ser el caso, el sello de la empresa.

OTROS DOCUMENTOS: GUÍAS DE REMISIÓN Razones para su emisión: Sustentar el traslado de bienes / servicio de transporte Utilizado para entrega de mercadería en consignación El objetivo de su emisión es controlar: Origen / destino de la mercadería Sujetos involucrados Tipo de bien que se transporta Motivo del transporte

INFRACCIONES Y SANCIONES 9 INFRACCIONES Y SANCIONES Art. 174° del TUO del Código Tributario: Infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos Numeral 1 : No emitir y/o no otorgar comprobante de pago o documentos complementarios a estos, distintos a la guía de remisión. Numeral 2: Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen lo requisitos y características para se considerados como comprobante de pago o documentos complementarios a estos, distintos a la guía de remisión. Numeral 3: Emitir y/u otorgar comprobante de pago o documentos complementarios a estos, distintos a la guía de remisión, que no corresponden al régimen del deudor tributario o al tipo de operación realizada de conformidad con las leyes, reglamentos o RS de SUNAT TIPO DE SANCIÓNES QUE SE APLICA: Cierre temporal - Multa

INFRACCIONES Y SANCIONES Art. 174° del TUO del Código Tributario: Infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos Numeral 4 : Transportar bienes y/o pasajeros sin el correspondiente comprobante de pago, guía de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento previsto por las normas para sustentar el traslado. Numeral 5: Transportar bienes y/o pasajeros con documentos que no reúnan los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago o guías de remisión, manifiesto de pasajeros y/u otro documento que carezca de validez. TIPO DE SANCIÓNES QUE SE APLICA: Internamiento Temporal- Multa

INFRACCIONES Y SANCIONES Art. 174° del TUO del Código Tributario: Infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos Numeral 8: Remitir bienes sin el comprobante de pago, guía de remisión y/u otro documento previsto por las normas para sustentar la remisión. Numeral 9: Remitir bienes con documentos que no reúnan los requisitos y características para ser considerados como comprobantes de pago, guías de remisión y/u otro documento que carezca de validez. TIPO DE SANCIÓNES QUE SE APLICA: Comiso de bienes - Multa

MUCHAS GRACIAS 22