UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL Curso: DEFENZA NACIONAL Tema: PODERES DEL ESTADO Alumno: GONZALES TARAZONA JORGE EUCLIDES
PODERES DEL ESTADO PERUANO El Estado peruano está conformado por tres poderes: El Poder Ejecutivo Representado por el Presidente de la República El Poder Legislativo Representado por el Presidente del Congreso El Poder Judicial Representado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia
PODER EJECUTIVO Palacio De Gobierno Del Perú
PODER EJECUTIVO Es el encargado de ejercer el gobierno, hacer cumplir las leyes e impulsar a la sociedad las políticas de Estado. Lo conforman: La Presidencia de la República: Presidente de la Republica Despacho Presidencial Vicepresidentes de la Republica Consejo de Ministros Presidente del Consejo de Ministros o Primer Ministro Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros Ministros del Estado Ministerios Entidades publicas del Ejecutivo adscritas a un Ministerio Organismos públicos ejecutores Organismos públicos especializados Organismos reguladores (OSINERGMIN,OSITRAN,OSIPTEL,SUNASS). Organismos técnicos especializados. Programas adscritas a un Ministerio Proyectos Especiales adscritas a un Ministerio Empresas Publicas adscritas a un Ministerio Organigrama
Presidente De La Republica Corresponde al Presidente de la Republica: Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales. Representar al Estado, dentro y fuera de la República. Dirigir la política general del Gobierno. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República Convocar a elecciones Generales Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Despacho Presidencial Brinda asistencia técnica y administrativa al Presidente de la República para el cumplimiento de sus competencias y funciones. Como: Conducir y administrar la gestión documentaria correspondiente al Despacho Presidencial. Brindar asesoramiento especializado en asuntos protocolares en todas las actividades, eventos o cualquier tipo de encuentro en las que participe el Presidente de la República en el país o el exterior, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando corresponda. Coordinar y gestionar la seguridad del Presidente y Vicepresidentes de la republica. Otras funciones que le sean asignadas.
Vicepresidentes De La Republica Según el Artículo 111°.De La Constitución Política Del Perú “El Presidente de la República se elige por sufragio directo… Junto con el Presidente de la República son elegidos, de la misma manera, con los mismos requisitos y por igual término, dos vicepresidentes. “ Según el Artículo 115°.De La Constitución Política Del Perú Por impedimento temporal o permanente del Presidente de la República, asume sus funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el Segundo Vicepresidente. Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso. Si el impedimento es permanente, el Presidente del Congreso convoca de inmediato a elecciones.
CONSEJO DE MINISTROS Es un órgano constitucional conformado por la reunión de todos los ministros de Estado de la República del Perú. Se encuentra presidido por el presidente del Consejo de Ministros del Perú, quien es nombrado directamente por el presidente del Perú.
CONSEJO DE MINISTROS Coordina las políticas nacionales de carácter multisectorial, y las formula en su respectivo ámbito de competencia.(Ministerios) supervisa las acciones de los organismos públicos, organismos reguladores, oficinas adscritas, consejos, comisiones y entidades del ejecutivo que tienen como función impulsar el desarrollo a través de diversos sectores. Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros Según Articulo N° 21° Ley Orgánica Del Poder Ejecutivo El Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros es la autoridad administrativa inmediata al Presidente del Consejo de Ministros y tiene las funciones y atribuciones de Viceministro. Presidencia Del Consejo De Ministros
MINISTERIOS Son órganos constitucionales del Poder Ejecutivo encargados de las diversas áreas de desarrollo del país. Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR Ministerio de Defensa - MINDEF Ministerio de Economía y Finanzas - MEF Ministerio de Educación - MINEDU Ministerio de Energía y Minas - MINEM Ministerio del Interior - MININTER Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- MINJUSDH Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP
MINISTERIOS Ministerio de la Producción - PRODUCE Ministerio de Relaciones Exteriores - MRE Ministerio de Salud - MINSA Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcción - MVCS Ministerio del Ambiente - MINAM Ministerio de Cultura Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS
MINISTERIOS Organismos Públicos Ejecutores Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (INBP) Oficina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI) Organismos Públicos Especializados Técnicos Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES) Organismo de Derecho Público Fondo de Aseguramiento En Salud de la Policía Nacional del Perú (SALUDPOL) Órgano Ejecutor Policía Nacional del Perú (PNP) Ministerio del Interior (MININTER)
MINISTERIOS De conformidad con la Ley – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Los organismos públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de Derecho Público y tienen competencias de alcance nacional. Estos organismos están adscritos a un Ministerio y para su creación y disolución se debe hacer por Ley a iniciativa del Poder Ejecutivo. Pueden ser de dos tipos: Organismos Públicos Ejecutores. Organismos Públicos Especializados. En ambos casos, su reorganización, fusión, cambio de dependencia o adscripción se debe acordar por voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Organismos Públicos
ORGANISMOS PUBLICOS EJECUTORES Entidades públicas autónomas del Poder Ejecutivo, con funciones específicas dentro de su rama. Estos se crean cuando existen condiciones como la necesidad de contar con una entidad con administración propia debido a la magnitud de las operaciones o para la prestación de servicios específicos. Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI Archivo General de la Nación - AGN Biblioteca Nacional del Perú - BN Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERU Instituto Geofísico del Perú- IGP Instituto Geográfico Nacional- IGN Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
ORGANISMOS PUBLICOS ESPECIALIZADOS Tienen independencia para ejercer sus funciones con arreglo a su Ley de Creación. Están adscritas a un ministerio. Organismos Reguladores Actúan en ámbitos especializados de regulación de mercados o para garantizar un adecuado funcionamiento de mercados no regulados, asegurando cobertura de atención en todo el territorio nacional. Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL Superintendencia Nacional de Servicios y Saneamiento - SUNASS
ORGANISMOS PUBLICOS ESPECIALIZADOS Organismos Técnicos Especializados Los Organismos Técnicos Especializados se crean, por excepción, cuando exista necesidad de planificar, supervisar o ejecutar y controlar políticas de Estado de largo plazo, de carácter multisectorial o intergubernamental que requieran un alto grado de independencia funcional. Autoridad Nacional del Agua - ANA Autoridad Portuaria Nacional - APN Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR) Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN Instituto del Mar del Perú - IMARPE Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGENMET Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI Oficina de Normalización Previsional - ONP
ORGANISMOS PUBLICOS ESPECIALIZADOS Organismos Técnicos Especializados Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales (OSINFOR) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud Superintendencia del Mercado de Valores - SMV Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC) Superintendencia Nacional de Migraciones
Programas Los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen. Sólo por excepción, la creación de un Programa conlleva a la formación de un órgano o unidad orgánica en una entidad. PRONABEC,adscrito al Ministerio De Educación COMPRALE AL PERU,adscrito al Ministerio De Producción TRABAJA PERU, adscrito al Ministerio De Trabajo Y Promoción Del Empleo VAMOS PERU, adscrito al Ministerio De Trabajo Y Promoción Del Empleo PROVIAS NACIONAL, adscrito al Ministerio De Transportes Y Comunicaciones
Proyectos Especiales Los Proyectos Especiales son un conjunto articulado y coherente de actividades orientadas a alcanzar uno o varios objetivos en un período limitado de tiempo, siguiendo una metodología definida. Sólo se crean para atender actividades de carácter temporal por lo que, cumplido su objetivos, en caso de ser necesario, sus actividades se integran en órganos de línea de una entidad nacional o, por transferencia a una entidad regional o local, según corresponda. Ministerio de transportes y comunicaciones Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 (PEJP) Presidencia Del Consejo De Ministros Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú (Bicentenario)
Empresas Publicas En el caso que el sector privado no está en capacidad de brindar determinados servicios u ofrecer ciertos bienes considerados de interés público. Sólo en ese supuesto, y autorizado por ley expresa, el Estado participa en el mercado de manera subsidiaria. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (VIVIENDA) Fondo Mivivienda S. A. (FMV S.A.) Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) Ministerio de Energía y Minas (MINEM) Petróleos del Perú (PETROPERU) Empresa de Electricidad del Perú S.A. (ELECTROPERU) Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. (ELECTROCENTRO)
PODER LEGISLATIVO Palacio Legislativo Del Perú
PODER LEGISLATIVO Artículo 90° De La Constitución Política Del Perú El Poder Legislativo reside en el Congreso de la República, el cual consta de cámara única. El Congreso esta formado por una sola cámara de 130 miembros actualmente que son congresistas elegidos por sufragio directo y en distrito múltiple proporcionalmente a la población de cada Región.
PODER LEGISLATIVO Art.102 De La Constitución Política Del Peru Emitir leyes y resoluciones legislativas, así como interpretar, modificar o derogar las existentes. Velar por el respeto de la Constitución y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitución. Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General. Autorizar empréstitos, conforme a la Constitución. Ejercer el derecho de amnistía. Aprobar la demarcación territorial que proponga el Poder Ejecutivo. Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, siempre que no afecte, en forma alguna, la soberanía nacional. Autorizar al Presidente de la República para salir del país. Ejercer las demás atribuciones que le señala la Constitución y las que son propias de la función legislativa. Funciones del Congreso:
PODER LEGISLATIVO La Organización Parlamentaria: El Pleno. El Consejo Directivo. La Junta de Portavoces. La Presidencia. La Mesa Directiva. Las Comisiones Los Grupos Parlamentarios. El Servicio Parlamentario Oficialía Mayor. Dirección General Parlamentaria. Dirección General de Administración Estructura Del Congreso Peruano
Organización Parlamentaria El Pleno Es la máxima asamblea deliberativa de Representantes que integran el Parlamento. Es la instancia donde se debaten y toman decisiones de acuerdo a las normas constitucionales, legales y reglamentarias. Este órgano de decisión es el más importante del Parlamento, en el que se reportan los proyectos de ley dictaminados por las comisiones a fin de ser aprobados o desestimados.
Organización Parlamentaria El Consejo Directivo Es un órgano de decisión conformado por los Representantes de los grupos parlamentarios denominados portavoces y por los miembros de la Mesa Directiva. Atribuciones: Adoptar acuerdos y realizar coordinaciones para el adecuado desarrollo de las actividades del Congreso. Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno, definiendo los proyectos que se tratarán en la orden del día de la sesión, poniéndolas en conocimiento de los Congresistas veinticuatro horas antes del inicio de la sesión. Fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda de la sesión del Pleno.
Organización Parlamentaria La Junta de Portavoces. Está compuesta por los integrantes de la Mesa Directiva y por un portavoz por cada grupo parlamentario. Tienen un voto proporcional al número de miembros que componen su bancada. Funciones : Elaborar el cuadro de comisiones para su aprobación por el Consejo Directivo Exoneración de los trámites de envío a comisiones, la ampliación de la agenda de la sesión y la determinación de prioridades en el debate.
Organización Parlamentaria La Presidencia. En el Parlamento peruano este cargo es elegido por un periodo legislativo (1 año). Actualmente la elección del Presidente se realiza conjuntamente con los integrantes de la Mesa Directiva, todo en un mismo proceso electoral. Dicha elección es por mayoría simple. Funciones y Atribuciones: Articulo N° 32 Del Reglamento Del Congreso Representar al Congreso, y recibir los honores que corresponde a su investidura. Presidir las sesiones del Pleno del Congreso, de la Comisión Permanente, y de la Mesa Directiva, concediendo el uso de la palabra, haciendo guardar el orden y dirigiendo el curso de los debates y las votaciones, conforme a las normas procesales constitucionales, legales y reglamentarias. Someter a consideración del Consejo Directivo la agenda de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, el cuadro de conformación de las Comisiones y de la Comisión Permanente y cualquier plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y la productividad del Congreso.
Organización Parlamentaria Mesa Directiva. La Mesa Directiva del Congreso peruano está integrada por el Presidente y cinco Vicepresidentes. Está facultada para presidir y dirigir los debates del Pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo. Asimismo supervisa la política administrativa – financiera del Congreso, así como el nombramiento de los altos funcionarios del Parlamento Las Comisiones. Las Comisiones son grupos de trabajo especializados de Congresistas, cuya función principal es el seguimiento y fiscalización del funcionamiento de los órganos estatales y, en particular de los sectores que componen la Administración Pública. Según Artículo 35° Del Reglamento Del Congreso, existen cuatro tipos de comisiones: Comisiones Ordinarias Comisiones De Investigación Comisiones Especiales Comisiones De Ética Parlamentaria
Organización Parlamentaria Las Comisiones. Comisiones Ordinarias Encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Congreso, con prioridad en la función legislativa y de fiscalización. Comisiones De Investigación Encargadas del estudio, la investigación y el dictamen de los asuntos puestos en su conocimiento en aplicación del artículo 97° de la Constitución Política. Artículo 97°.- El Congreso puede iniciar investigaciones sobre cualquier asunto de interés público Comisiones Especiales Constituidas con fines protocolares o ceremoniales o para la realización de cualquier estudio especial o trabajo conjunto con comisiones del Gobierno, según acuerde el Pleno a propuesta del Presidente del Congreso. Comisiones De Ética Parlamentaria Encargada de promover la Ética Parlamentaria, prevenir actos contrarios a la misma, absolver las consultas que se le formulen y resolver en primera instancia las denuncias que se formulen de acuerdo con el Código de Ética Parlamentaria.
Organización Parlamentaria Las Comisiones. Comisión permanente la Constitución Política del Perú y el Reglamento del Congreso señalan el rol de la Comisión Permanente durante el funcionamiento ordinario del Congreso, durante el receso y en el período de disolución del Parlamento. Esta comisión está presidida por el Presidente del Congreso e integrada por no menos de veinte Congresistas elegidos por el Pleno. Los Vicepresidentes de la Mesa Directiva pasan a formar parte de la vicepresidencia de la Comisión Permanente Le corresponde acusar a las autoridades y funcionarios del Estado por infracción de la Constitución o delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.(Art.99° de la Constitución Política del Perú) Del mismo modo esta Comisión no puede ser disuelta por el Presidente de la República (Art. 134° de la Constitución Política del Perú).
Organización Parlamentaria Los Grupos Parlamentarios. El reglamento del Congreso, en su artículo 37°,lo define como “el conjunto de congresistas que comparten ideas o intereses comunes. Se constituyen con un mínimo de seis Congresistas y se registran en la Oficialía Mayor...cada grupo parlamentario elegirá un directivo – portavoz titular o más y un suplente, según corresponde a su proporcionalidad...”
Servicio Parlamentario El servicio parlamentario, tal como lo establece el art. 26º del Reglamento del Congreso, es un órgano de apoyo y asesoría administrativa de los Congresistas de la República. Cumple un rol técnico, imparcial y no partidario.
Servicio Parlamentario La Oficialía Mayor. Según El Reglamento Del Congreso, en el artículo 38° La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor del Congreso, nombrado por acuerdo del Consejo Directivo a propuesta del Presidente del Congreso, dando cuenta al Pleno. Dispone de una Secretaría Técnica y tiene las siguientes funciones y atribuciones: Organizar y dirigir el servicio parlamentario e informar al Consejo Directivo y a la Mesa Directiva sobre el estado y desarrollo de los procedimientos parlamentarios, la administración y el estado de la economía del Congreso, cuando se le solicite. Preparar la agenda de las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo, y asistir al Presidente y a los miembros de la Mesa durante el desarrollo de las mismas
Servicio Parlamentario La Dirección General Parlamentaria. Es un órgano dependiente de la Oficialía Mayor y está a cargo del Director General Parlamentario, el mismo que tiene la responsabilidad del trámite de los proyectos de ley, organizar la agenda del pleno, del Consejo Directivo y de la Comisión Permanente. Este funcionario reemplaza al Oficial Mayor en caso de ausencia. La Dirección General de Administración Es un órgano que depende de la Oficialía Mayor. Está a cargo de un Director General de Administración y tiene por responsabilidad administrar los recursos físicos, humanos y tecnológicos, los servicios, el control patrimonial, la contabilidad y la ejecución presupuestal del Congreso, entre otras atribuciones.
PODER JUDICIAL Palacio De Justicia De Lima
PODER JUDICIAL El Poder Judicial esta constituido por una organización jerárquica de instituciones, que ejercen la potestad de administrar justicia, que emana del pueblo. Cuyos niveles jerárquicos son los siguientes: Corte Suprema de Justicia Tiene competencia en todo el territorio de la republica. Corte Superior de Justicia Tiene competencia en todo el distrito Judicial. Juzgados Especializados o mixtos Cuya competencia es, aproximadamente, provincial. Juzgados de Paz Con competencia distrital.
Corte Suprema De Justicia Es el máximo órgano jurisdiccional del Perú. Su competencia se extiende a todo el territorio del país, siendo su sede el Palacio de Justicia ubicado en la ciudad de Lima. La Corte Suprema se compone por ocho Salas Supremas: Sala Civil Permanente Sala Civil Transitoria Sala Penal Permanente Sala Penal Transitoria Sala Constitucional y Social Permanente Primera Sala Constitucional y Social Transitoria Segunda Sala Constitucional y Social Transitoria Tercera Sala Constitucional y Social Transitoria
Corte Suprema De Justicia Cada Sala Suprema está integrada por cinco Jueces Supremos, los que eligen un Presidente de entre ellos. La Corte Suprema se encuentra integrada tanto por Jueces Supremos Titulares y Jueces Supremos Provisionales, quienes sustituirán a los titulares en caso de vacancia, licencia o impedimento. El Presidente de la Corte Suprema de Justicia es el jefe máximo del Poder Judicial de la República del Perú,
Corte Superior De Justicia Es el segundo nivel jerárquico en que se organiza el Poder Judicial. Sólo se encuentran bajo la autoridad de la Corte Suprema de la República y es, en la mayoría de procesos, el último organismo que conoce de un proceso. Ubicadas en los 34 distritos judiciales que actualmente funcionan en el país, usualmente se corresponden territorialmente con cada Región del Perú. La conforman las siguientes salas: Sala Civil Sala de Familia Sala Laboral Sala Penal Sala de Derecho Público Sala Contencioso Administrativa. Salas Mixtas.
Juzgados Especializados En cada Provincia por lo menos hay un Juzgado Especializado o Mixto, su sede es la Capital de Provincia y su competencia provincial salvo disposición distinta de la Ley, son más de una de la misma especialidad, que se distinguen por numeración correlativa. Juzgado Civil Juzgado Penal Juzgado de Trabajo Juzgado de Familia Juzgados de Derecho Público Juzgado de Contencioso Administrativo Juzgado Anticorrupción
JUZGADOS DE PAZ Los Juzgados de Paz constituyen el menor nivel jerárquico en que se encuentra organizado el Poder Judicial. Cada distrito del país cuenta con un juzgado de paz. Sin embargo existen juzgados que, atendiendo a motivos de carga procesal, engloban más de un distrito; así como distritos que, por los mismos motivos, tienen más de un juzgado de paz. Los juzgados de paz tienen competencia sobre temas de menor cuantía o de menor gravedad (sólo faltas penales, no pueden conocer delitos) y no se subdividen en especialidades grandes.
JUZGADOS DE PAZ Los juzgados de paz se dividen en dos tipos: Juzgados de Paz Letrados En los que el juez es un abogado y resuelve aplicando el derecho nacional. Juzgados de Paz (anteriormente llamado "Juzgado de Paz no Letrado") En los que el juez no es abogado sino un ciudadano que goce de prestigio. Este juez no se encuentra obligado a aplicar el derecho nacional sino también su criterio de justicia y equidad. Este tipo de juzgados solo existen en localidades alejadas que no tienen fácil acceso o no están comprendidas dentro de la competencia de un juzgado de paz letrado. El período de sus funciones tiene una duración de cuatro años pudiendo ser reelegido.
JUZGADOS DE PAZ ¿Quiénes pueden ser jueces de paz? 1.Ser peruano de nacimiento y mayor de 25 años. 2. Acreditar que reside por más de tres años continuos en la circunscripción a la que postula. 3. Saber leer y escribir. 4. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley. 5. Tener ocupación conocida. 6.Tener dominio, además del castellano de la lengua que predomine en el lugar donde va a ejercer el cargo. 7. Tener conducta intachable y reconocimiento en su comunidad.
Bibliografía Constitución Política del Perú Reglamento del Congreso de la República. Ley Orgánica Del Poder Ejecutivo - Ley N° 29158