La Actividad Empresarial del Estado

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Transcripción de la presentación:

La Actividad Empresarial del Estado Mag. Rossana Taquía Gutiérrez

La Actividad Empresarial del Estado La base normativa para la existencia de empresas del Estado, o de empresas en las que participa el Estado son las siguientes : La Constitución Política del Estado (artículo 60) "(…) Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal". Ley 24948 y su Reglamento Decreto Supremo N° 027-90-MIPRE Supletoriamente le son de aplicación la Ley General de Sociedades. Ley de creación de las empresas públicas.

PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Sentencia del TC del EXP. N.° 07644-2006-PA/TC El principio de subsidiaredad ha sido interpretado por este Colegiado como: “las acciones del Estado deben estar vinculadas al fomento, estimulación, coordinación, complementación, integración o sustitución, en vía supletoria, complementaria o de reemplazo, de la libre iniciativa privada.” La subsidiaredad se manifiesta como el “acto accesorio o de perfeccionamiento en materia económica, que se justifica por la inacción de la iniciativa privada” (STC 0008-2003-AI, fundamento 23, segundo párrafo).

Ámbitos de interés de la actividad empresarial del Estado Exploración, extracción, transformación y comercialización de recursos naturales. Producción de bienes y de servicios vinculados a la defensa nacional. Provisión de recursos servicios públicos y culturales Comercio de alimentos básicos para el consumo popular Actividad financiera y de seguros Comercio exterior de bienes y de servicios Consultaría de alta especilización

Requisitos para que el Estado realice actividad empresarial Actividad sea autorizada mediante Ley expresa, dejándose a reglamentaciones posteriores el establecimiento del alcance concreto de dicha actividad. La actividad empresarial sólo podrá autorizarse en tanto respondan a un alto interés público o a la conveniencia nacional. El Estado no debe involucrarse en actividades no prioritarias. La actividad empresarial del Estado solo debe tener carácter subsidiario. La participación del Estado no debe implicar una sustitución permanente de la actividad privada.

Empresa del Estado Se conoce así a aquellas organizaciones en las que el Estado participa directa o indirectamente en el capital social en un porcentaje mayor al 50 por ciento.

Actividad Empresarial del Estado Es el conjunto de acciones que desarrolla la empresa utilizando capital, y recursos humanos en un proceso productivo para alcanzar su objeto social.

Formas empresariales de actuación del Estado 1ºEmpresas de Derecho Público: Son las que se crean por ley y gozan de atributos propios de la Administración Pública (artículo 6°).   2ºEmpresas de Derecho Privado Son las constituidas originalmente o reorganizadas como sociedad anónima de acuerdo a ley, cuyo capital pertenece totalmente al Estado (artículo 7°). .

3º Empresas de economía mixta Personas jurídicas de derecho privado, en las cuales el Estado participa asociado con terceros en los capitales y en la dirección de la sociedad. El Estado tiene directa o indirectamente una participación accionaría mayoritaria que le garantiza el control de las decisiones de toda índole en los órganos de gobierno de la sociedad

Propiedad Directa e Indirecta del Estado Cuando las acciones representativas son emitidas a nombre del Estado o del organismo que lo representa Indirecta: Cuando las acciones representativas son emitidas a nombre de las empresas del Estado.

4º Accionariado del Estado Está constituido por la participación minoritaria del Estado en personas jurídicas de derecho privado diferentes a las mencionadas en los artículos 7° y 8° de la presente Ley. Para que dicho accionariado sea calificado como de "Accionariado del Estado" se requiere que las acciones sean de propiedad directa de un organismo estatal o cualesquiera de las empresas mencionadas en los artículos 6°, 7° y 8° (artículo 9°). La participación del Estado bajo esta modalidad no califica a la empresa como "Empresa del Estado" y en consecuencia no está sujeta a lo dispuesto en la Ley bajo comentario.

ENTIDAD RESPONSABLE PARA VELAR POR LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO La titular es FONAFE, Fondo Nacional de Financiamiento para la Actividad Empresarial del Estado – adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas. FONAFE es una Empresa Holding desde el año 2000 Posee como principales facultades, las siguientes:

Ejercer la titularidad de las acciones representativas del capital social de todas las empresas (creadas o por crearse) en las que participa el Estado y administrar los recursos provenientes de dicha titularidad. (II) Aprobar el presupuesto consolidado de las empresas en las que FONAFE tiene participación mayoritaria. (III) Aprobar las normas de gestión en dichas empresas. (IV) Designar a los representantes ante la Junta General de Accionistas de las empresas en las que tiene participación mayoritaria.

Bajo el ámbito de FONAFE se encuentran únicamente las empresas que cuentan con participación mayoritaria del Estado, sea que dichas empresas se encuentren activas o en proceso de liquidación. Asimismo, se encuentran bajo su ámbito las empresas que le han sido entregadas por encargo.