Claustro Universitario IX

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Transcripción de la presentación:

Claustro Universitario IX Consejo Académico de Bachillerato Sofía Zambrano Presidente Nelson Manzanero Secretario Adriana Holguín Mauricio A. Garza Gabriela Garza Imelda González Ingrid de la Piedra Olivia de Lourdes Quiroga Martín Córdova Susana Cuilty Integrantes

Objetivo Consejo Académico de Bachillerato Revisar, evaluar y proponer al Claustro IX para su aprobación, la modificación de artículos del reglamento de Prepa UDEM, referentes al código de vestimenta, permanencia y distinciones, así como la integración del programa de bachillerato general.

UNIVERSIDAD DE MONTERREY PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO ACADÉMICO DEMS Otoño 2015 REGLAMENTO ACTUAL PROPUESTA Justificación REGLAMENTO DISCIPLINARIO   Artículo 6 El estudiante debe presentar una imagen adecuada para asistir a clases o representar a la institución en actividades académicas o extraacadémicas. Se considera imagen inadecuada para asistir a clases: Usar “Short”. Portar prendas de vestir con mensajes ofensivos o en contra de la filosofía de la UDEM. Presentarse desaseado. Usar aretes en otra parte del cuerpo que no sea en el lóbulo de la oreja. Portar tatuajes visibles. Mostrar la ropa interior. En hombres, camiseta sin mangas. En mujeres, blusas con escotes pronunciados, faldas cortas o mallas como pantalones. Cualquier otro elemento de imagen que sea considerado inadecuado por las autoridades correspondientes. Respecto a la vestimenta en actividades especiales y extra académicas, el estudiante deberá acatar el reglamento propio del evento.   El estudiante debe presentar una imagen adecuada para asistir a clases o representar a la institución en actividades académicas o extraacadémicas, de acuerdo a las políticas de la Unidad.  Cada vez que se ha considerado necesario hacer un cambio al artículo anterior, la aprobación y publicación de dichos cambios toma alrededor de dos años. En este tiempo, los rápidos cambios de la moda nos superan.

REGLAMENTO ACTUAL PROPUESTA Justificación REGLAMENTO ACADÉMICO   SOBRE EL PROGRAMA DE VINCULACIÓN Artículo 17 Es un programa exclusivo para estudiantes inscritos en el quinto y sexto semestre del Bachillerato en el cual eligen cuatro cursos electivos de entre una gama que se ofrecen en el nivel profesional Es un programa exclusivo para estudiantes inscritos en el quinto y sexto semestre de PREPA UDEM, en donde los alumnos de BB y BC eligen cuatro cursos electivos, mientras que los de BI y BG eligen dos cursos electivos, dentro entre una gama de asignaturas que se ofrecen en el nivel profesional. Se precisa el número de cursos electivos de vinculación de acuerdo a las características de los diferentes tipos de bachillerato

REGLAMENTO ACTUAL PROPUESTA Justificación REGLAMENTO ACADÉMICO   SOBRE LA ACREDITACIÓN DE LOS CURSOS Artículo 25 Para obtener el título de Bachiller, el estudiante deberá contar con cinco cursos cocurriculares y un servicio social acreditados. En el caso del Programa de Bachillerato Internacional, el programa de Creatividad, Acción y Servicio que exige la Organización de dicho programa es equivalente al servicio social y tres cursos cocurriculares. SOBRE LA ACREDITACIÓN DE LOS CURSOS Para obtener el título de Bachiller, los estudiantes deberán acreditar cursos cocurriculares y el servicio social de acuerdo al siguiente esquema: Para los programas BB y BC deberán acreditar cinco cursos cocurriculares y el programa de servicio social. Para el programa de BI, deberá acreditar dos cursos cocurriculares más el programa de Creatividad, Acción y Servicio. Para el Programa de Bachillerato General  deberán acreditar cuatro cursos cocurriculares y el programa de servicio social. Diferenciar los requisitos para la acreditación de cursos por tipo de bachillerato en lo referente a los cursos cocurriculares y servicio social por programa 

REGLAMENTO ACTUAL PROPUESTA Justificación REGLAMENTO ACADÉMICO   Articulo 28. Si un estudiante cursa y reprueba tres (3) veces el mismo curso (ya sea en dos semestres regulares y uno intensivo o en tres semestres regulares) no podrá continuar su bachillerato hasta que acredite dicho curso. Artículo 28. Deberá apegarse a las políticas de apoyo académico que dicte la dirección de la unidad de bachillerato quien: Repruebe cuatro o más materias en un semestre después de exámenes extraordinarios. Acumule seis o más materias reprobadas, después de exámenes extraordinarios, en dos o tres semestres consecutivos. Actualmente los alumnos que presentan dificultades académicas no tienen la obligación de apegarse a las políticas de apoyo que ofrece la unidad. De esta manera, se estandariza el sistema de apoyo académico como alerta temprana para ayudar a los alumnos a bajar su nivel de riesgo académico y/o abandono

REGLAMENTO ACTUAL PROPUESTA Justificación REGLAMENTO ACADÉMICO   Artículo 29 Si un estudiante reprueba más de seis materias, después de exámenes extraordinarios, en un semestre causará baja académica. Si un estudiante, después de haber recibido apoyo académico de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior, reprueba cinco a más materias en un semestre, después de extraordinarios, causará baja.

SOBRE EVALUACIONES DE REGULARIZACIÓN PARA ALUMNOS DEL BACHILLERATO GENERAL (Correr la numeración a partir del artículo 53 del reglamento actual sobre evaluaciones de nivelación académica)   SOBRE EVALUACIONES DE REGULARIZACIÓN PARA ALUMNOS DEL BACHILLERATO GENERAL Artículo 53 Los exámenes de regularización, son exámenes para regularizar la situación académica del alumno del Bachillerato General. Se ofrece a los alumnos con alguna materia cursada y no acreditada en la prepa UDEM. Integrar el reglamento del BG al reglamento de PREPA UDEM manteniendo sus diferenciadores Artículo 54 Los requisitos para presentar estos exámenes son los siguientes: Tener un promedio final en la materia igual o mayor a 50. No haberse excedido en el número de faltas permitidas. Realizar los trámites administrativos en tiempo y forma Artículo 55 El alumno tiene derecho a presentar, con la autorización del Director de la Unidad, un máximo de tres exámenes en cada periodo.

SOBRE EVALUACIONES DE REGULARIZACIÓN PARA ALUMNOS DEL BACHILLERATO GENERAL (Correr la numeración a partir del artículo 53 del reglamento actual sobre evaluaciones de nivelación académica)   SOBRE EVALUACIONES DE REGULARIZACIÓN PARA ALUMNOS DEL BACHILLERATO GENERAL Artículo 56 En caso de aprobar un examen de regularización se reportará 70 como calificación final del curso.  Integrar el reglamento del BG al reglamento de PREPA UDEM manteniendo sus diferenciadores Artículo 57 Sólo se podrán presentar exámenes de regularización de materias cursadas en los 2 semestres anteriores, siempre y cuando no se hayan ofrecido esas materias en el semestre en curso. Artículo 58 En caso de no acreditar el examen de regularización en un máximo de 2 oportunidades el alumno deberá recursar la materia en cuestión, ya sea en periodo de verano o en el siguiente semestre que se ofrezca la asignatura. Artículo 59 Para cualquier situación relacionada con los exámenes de regularización, el alumno deberá dirigirse con el Director de la Unidad.

SOBRE LOS RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS Artículo 83 al 87 Artículo 83. El estudiante que concluya su programa de Bachillerato Bicultural o Bilingüe en el tiempo regular con un promedio igual o mayor a 95, ninguna materia reprobada y no tenga reporte de Pérdida de Derechos, será distinguido con Mención Honorífica.  Artículo 84. El estudiante que concluya sus estudios de Bachillerato y que haya cursado y aprobado cualquier curso de nivel avanzado será considerado Alumno Distinguido en estas materias.  Artículo 85. El estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, con un promedio igual o superior a 9.0 y menor a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos, será distinguido con Mención Honorífica.  Artículo 86. El estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, con un promedio igual o superior a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos, será distinguido con Mención Honorífica de Excelencia. Artículo 87. En cada generación de graduandos, será reconocido como Mejor Bachiller el estudiante con el promedio más alto de cada programa y de cada Unidad. Que el programa de bachillerato general tenga el mismo derecho de reconocimiento.

SOBRE LOS RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS   SOBRE LOS RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS Artículo 83 La Universidad de Monterrey otorga al estudiante de bachillerato los siguientes reconocimientos: Alumno distinguido por semestre: Haber cursado una carga académica completa correspondiente a su programa de bachillerato. No tener materias curriculares o co-curriculares reprobadas. Haber obtenido un promedio integrado de calificaciones igual o mayor a 90. Estar dentro del percentil 90 de la población total del programa académico. No haber recibido reporte de deshonestidad académica. Alumno distinguido por asignatura: : al estudiante que concluya sus estudios de Bachillerato y que haya cursado y aprobado cualquier curso de nivel avanzado será considerado Alumno Distinguido en esa materia. Homologar al reglamento de profesional lo referente al reconocimient o de alumnos distinguidos por semestre

SOBRE LOS RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS   SOBRE LOS RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS Continúa Artículo 83 Mención Honorífica: al estudiante que concluya su programa de Bachillerato Bicultural, Bilingüe o General en el tiempo regular con un promedio igual o mayor a 95, ninguna materia reprobada y no tenga reporte de Pérdida de Derechos; o bien, al estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, con un promedio igual o superior a 9.0 y menor a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos. Mención Honorífica de Excelencia: al estudiante que concluya el programa de Bachillerato Internacional sin materias reprobadas, y con un promedio igual o superior a 9.5 y no tenga reporte de Pérdida de Derechos. Mejor Bachiller: el estudiante con el promedio más alto de cada programa y de cada Unidad.