MAXIMO AYALA GUTIERREZ

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Transcripción de la presentación:

MAXIMO AYALA GUTIERREZ GESTION DE RIESGO DE DESASTRES Y ADAPTACION AL CAMBIO CLIMATICO DE CIUDADES MAXIMO AYALA GUTIERREZ Huanuco, julio de 2019

Las Ciudades Unidades Territoriales donde se concentran: población, infraestructuras, bienes, servicios y economías de escala. Presenta oportunidades: Trabajo, servicios de educación, servicios de Salud, de ocio, de Inversión….. «La ciudad ofrece toda una serie de ventajas, también inconvenientes».

Conseguir que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles

INDECI, 2007. Plan Nacional de Operaciones de Emergencia - SINADECI

Marco Normativo para la Gestión del Riesgo de Desastres y Cambio Climático.

En el articulo 195º 1. Constitución Política del Perú Numeral 6. Es función municipal planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. 2. Política de Estado. Política N° 32 Acuerdo Nacional Esta política será implementada por los organismos públicos de todos los niveles de gobierno, con la participación activa de la sociedad civil y la cooperación de internacional, promoviendo una cultura la prevención y contribuyendo directamente en el proceso de desarrollo sostenible a nivel nacional, regional y local. Gestión de Riesgo de Desastres Gestión de Recurso Hídrico Ordenamiento y Gestión Territorial

GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES 3. Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres –SINAGERD (19 de febrero del 2011) D.S. N° 048-2011-PCM Reglamento de la Ley N° 29664 Ley del SINAGERD (25.MAY.2011) Estructura del SINAGERD Responsable de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres en lo que corresponde a los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo y reconstrucción. ente rector PCM CEPLAN Responsable de coordinar, facilitar y Consejo Nacional de GRD. (MINISTEROS) supervisar la formulación e implementación Nacional y el de la Política Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación CENEPRED INDECI GRUPO DE TRABAJO PLATAFORMA DE DEFENSA CIVIL GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES SOCIEDAD CIVIL, FUERZAS ARMADAS, ENTIDADES PRIVADAS

4. Decreto Supremo Nº 111-2012-PCM Decreto Supremo que incorpora la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como Política Nacional de obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional 5. Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres PLANAGERD 2014 - 2021 Constituyen instrumentos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres Objetivo nacional: Desarrollar el conocimiento del riesgo Evitar y Reducir las condiciones de riesgo de los medios de vida de la población con un enfoque territorial. Desarrollar capacidad de respuesta ante emergencias y desastres Fortalecer la capacidad para la recuperación física, económica y social Fortalecer las capacidades institucionales para el desarrollo de la gestión del riesgo de desastres Fortalecer la participación de la población y sociedad organizada para el desarrollo de una cultura de prevención Reducir la vulnerabilidad de la población y sus medios de vida, ante el riesgo de desastres.

Establece: Procedimientos y responsabilidades 6. Resolución Directoral N° 005-2012-EF/63.01 (06de julio de 2012) Lineamientos para la Formulación de Proyectos de Inversión Pública de Apoyo al Desarrollo Productivo y de Prevención de Desastres. 7. Decreto Supremo N° 074-2014-PCM Decreto que aprueba la Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastres o Peligro Inminente, en el marco de la Ley N° 29664 del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Establece: Procedimientos y responsabilidades

Planes establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades 8. Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades TÍTULO V: LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES CAPÍTULO I: LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECÍFICAS GENERALES ARTÍCULO 73.- MATERIAS DE COMPETENCIA MUNICIPAL Establece la condición de exclusiva o compartida de una competencia. Planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Promover, permanentemente la coordinación estratégica de los planes integrales de desarrollo distrital. Promover, apoyar y ejecutar proyectos de inversión y servicios públicos municipales que presenten, objetivamente, externalidades o economías de escala de ámbito provincial. Emitir las normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo así como sobre protección y conservación del ambiente. Planes de Desarrollo Local Planes Integrales de desarrollo Plan de Desarrollo Municipal Concertado Plan de Desarrollo Municipal Plan Integral de Desarrollo Sostenible Local Planes de Desarrollo Económico Plan de Desarrollo Económico Local Plan Estratégico de Desarrollo Económico Local Sostenible Planes Institucionales Plan de Desarrollo Institucional Plan de Desarrollo de Capacidades Planes Territoriales Plan de Acondicionamiento Territorial Provincial. Planes Urbanos Plan de Desarrollo Urbano Plan de Desarrollo Distrital Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos Plan Especifico Plan de Renovación Urbana Planes Rurales Plan de Desarrollo Rural Plan Rural Distrital Planes Ambientales Instrumentos de Gestión Ambiental Local Plan Local Ambiental Planes establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades

9. LEY Nº 29869 Ley de Reasentamiento Poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable DECRETO SUPREMO Nº 115-2013-PCM. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29869, Ley de Reasentamiento Poblacional para las Zonas de Muy Alto Riesgo no Mitigable ZONA DE ACOGIDA ZONA LIBERADA Se declara de necesidad pública e interés nacional el reasentamiento poblacional de las personas ubicadas en zonas de muy alto riesgo no mitigable dentro del territorio nacional.

10. DS N° 011-2006-VIVIENDA Reglamento Nacional de Edificaciones Modificaciones: DS N° 00-2011-VIVIENDA Decreto Supremo No. 003-2016-VIVIENDA DECRETO SUPREMO QUE MODIFICA LA NORMA TÉCNICA E.030 “DISEÑO SISMORRESISTENTE” DEL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES, APROBADA POR DECRETO SUPREMO N° 011-2006-VIVIENDA, MODIFICADA CON DECRETO SUPREMO N° 002-2014-VIVIENDA Esta Norma establece las condiciones mínimas para que las edificaciones diseñadas según sus requerimientos tengan un comportamiento sísmico acorde con los principios: Evitar pérdidas de vidas Asegurar la continuidad de los servicios básicos Minimizar los daños a la propiedad. Se aplica al diseño de todas las edificaciones nuevas, al reforzamiento de las existentes y a la reparación de las que resultaran dañadas por la acción de los sismos.

Presupuesto para actividades del Gestión de Riesgo de Desastres 11. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto En el Capítulo IV “Presupuesto por Resultados (PpR)” en el Título III, “Normas Complementarias para la Gestión Presupuestaria”. Artículo 79.- Presupuesto por Resultados (PpR) Decreto Supremo Nº 304-2012-EF Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Directiva N° 003-2015-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en el Marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017”. Para el año 2016, se han establecido 142 Programas Presupuestales; siendo el 068 Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencia por Desastres Presupuesto para actividades del Gestión de Riesgo de Desastres El Financiamiento del la Gestión de Riesgo de Desastres, se ejecuta a través del Programa Presupuestal 068 Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres. Fuente: MEF

NO TITULACION EN ZONAS DE ALTO RIESGO 12. Decreto Supremo 020-2015-VIVIENDA, que modifica el artículo 18 del Reglamento de Formalización de la Propiedad (aprobado por DS 013-99-MTC), 31.12.2015 Tiene por objeto eliminar la titulación en zonas de riesgo no mitigables, garantizando que únicamente se realice el saneamiento físico legal de los predios de posesiones informales que no se encuentren ubicados en zonas de riesgo, o carentes de condiciones de higiene y salubridad. NO TITULACION EN ZONAS DE ALTO RIESGO 13. Mediante el Decreto Supremo Nº 018-2015-VIVIENDA (10.12.2015), El MVCS establece los criterios para otorgar bonos de vivienda en beneficio de la población asentada en zonas de muy alto riesgo en el país que quiera reubicarse. Los beneficiarios de atención extraordinaria del Bono Familiar Habitacional (BFH) serán los pobladores cuya vivienda se ubica en zonas de muy alto riesgo no mitigable, identificada y declarada por el gobierno local correspondiente (marco Ley Nº 29869). Además, serán beneficiarios los pobladores con vivienda colapsada o inhabitable a causa de los daños ocasionados por emergencias o desastres.

14. Decreto Supremo N° 012-2015-VIVIENDA, Se aprueba procedimiento para la entrega de Módulos Temporales de Vivienda en casos de Declaratoria de Estado de Emergencia y Situación de Emergencia. Permita realizar acciones de respuesta orientadas a propiciar una oportuna y adecuada atención de los damnificados cuyas viviendas se encuentren colapsadas o inhabitables. Esta infraestructura es temporal. 15. Resolución Ministerial N°172-2014-VIVIENDA, aprobación del Reglamento Operativo del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos. Desarrollar, a través de la entrega del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos, intervenciones de reforzamiento estructural de la viviendas; acondicionando un espacio denominado “cuarto seguro”. Ley N° 30191 – Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre. Creación del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos.

BANCO DE PROYECTOS DE VIVIENDA 16. LEY N° 29090 – LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES Especial consideración a las zonas de: Patrimonio cultural, Protección ecológica Riesgo Reserva nacional Inversión pública para equipamiento Reserva para obras viales Riberas de ríos, lagos o mares, con limites no determinados por INRENA, INDECI y/o La Marina de Guerra del Perú Alta dificultad de dotación de servicios públicos Prototipos de Viviendas Progresivas Planos de 80 modelos de viviendas; planos de cuatro especialidades(Arquitectura, estructura, Sanitaria y Eléctrica) BANCO DE PROYECTOS DE VIVIENDA Licencia Edif. Modalidad “A”

17. DECRETO LEGISLATIVO N° 1356 17. DECRETO LEGISLATIVO N° 1356 . QUE APRUEBA LA LEY GENERAL DE DRENAJE PLUVIAL Objeto: ordenar las acciones de las autoridades competentes en el desarrollo y la sostenibilidad de las infraestructuras de drenaje pluvial. Finalidad: Establecer el marco general para impulsar el desarrollo y la sostenibilidad de las inversiones que sirvan para la recolección, transporte, almacenamiento y evacuación de las aguas pluviales, a fin de evitar inundaciones. NORMA OS.060 DRENAJE PLUVIAL URBANO El objetivo de la norma, es establecer los criterios generales de diseño que permitan la elaboración de proyectos de Drenaje Pluvial Urbano. Comprenden: La recolección, transporte y evacuación a un cuerpo receptor de las aguas pluviales que se precipitan sobre un área urbana.

18. LEY Nº 30754 LEY MARCO SOBRE CAMBIO CLIMÁTICO Objeto: establecer los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para la gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático. Finalidad: reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático, aprovechar las oportunidades del crecimiento bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, con enfoque intergeneracional. Disponen la prepublicación de Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2018-MINAM

Por no Instalar ni convocar comité de seguridad ciudadana 18. LEY Nº 30779 LEY QUE DISPONE MEDIDAS PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION DE RIESGO DE DESASTRES (SINAGERD) 05.06.2018 Objeto: Declarar de interés nacional y urgente necesidad publica el fortalecimiento del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD). Sanciones para Alcaldes y Gobernadores que incumplan sus funciones en materia de gestión de Riesgo de Desastres: Por no Instalar ni convocar comité de seguridad ciudadana Por no cumplir con las funciones en materia de defensa civil.

Estimación (Evaluación) de Riesgo en Ámbitos Urbanos Estudios Territoriales para Establecer el Riesgo a Nivel Urbano

LA VULNERABILIDAD ES CONSTRUCCION SOCIAL: OCUPACION DE SUELO Y CRECIMIENTO URBANO SIN PLANIFICACION

EXPOSICION OCUPACION URBANA EN AREAS INSEGURAS SUELOS INESTABLES: Pendiente >30%, Sistema constructivo inadecuado UBICACIÓN EN BORDE DE RIO: Sin respetar las fajas marginales

OCUPACION URBANA EN AREAS INSEGURAS Abril, 2010 Exposición Ambo Ocupación Urbana en cono de deyección de quebradas. 104 viviendas afectadas, se declaro la zona como campo santo.

Exposición Quebrada Quebrada Quebrada Quebrada

OCUPACION URBANA EN AREAS INSEGURAS Exposición Exposición Belén Ocupación en cauces de ríos: No se considera los periodos de retorno de caudales máximos. EXPOSICION Ocupación en fallas geológicas y suelos con licuefacción de suelo: Información se encuentra en Cuadrángulo geológico (INGEMMET), Mapas de Peligro (Programa Ciudades Sostenibles-INDECI)

OCUPACION URBANA EN AREAS INSEGURAS Exposición Ocupación sobre áreas con reptación de suelos: En terrenos con pendiente, suelos poco consolidado y presencia de precipitaciones. Estudiado por INGEMMET

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAS Y EDIFICACIONES FRAGILES FRAGILIDAD PROBLEMA DE CONSTRUCCIÓN: Sin habilitaciones urbanas y sin Licencias de Construcción; no se respeta el Reglamento Nacional de Edificaciones.

CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAA SIN ANALISIS DE RIESGO FRAGILIDAD

FRAGILIDAD

INSTALACIONES PRECARIAS FRAGILIDAD INSTALACIONES PRECARIAS

Identificación Peligro y Vulnerabilidad; ayuda a la Gestión del Riesgo de Desastres

El Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), identifica mas de 60 zonas críticas y vulnerables a huaicos y derrumbes hasta fines del 2006.

2009

2010

2017

Enfoque de Gestión de Riesgo de Desastres en Ciudades

Exposición Fragilidad Resiliencia

Riesgo Peligros / Amenaza Vulnerabilidad Naturales Antrópico Vulnerabilidad Riesgo SI “evento ocurre” ENTONCES “Hay un desastre” Riesgo = ƒ (Peligro, Vulnerabilidad)

ENFOQUE DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES PARA LAS CIUDADES Peligro Vulnerabilidad V. Física V. Social V. Organización V. Institucional V. Económica V. Cultural V. Ecológica Riesgo SI “evento ocurre” ENTONCES Exposición Fragilidad Resiliencia MVCS Trabaja en Reducir “Desastre” 15

La Gestión del Riesgo de Desastres (GdRD) Proceso de adopción de políticas, estrategias y prácticas orientadas a reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos. Implica intervenciones en los procesos de planeamiento del desarrollo y Ocupación territorial para reducir las causas que generan vulnerabilidades.

COMPONENTES DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES PROSPECTIVA Acciones que se planifican y realizan con el fin de evitar y prevenir el riesgo futuro. GESTIÓN REACTIVA Acciones destinadas a enfrentar los desastres, ya sea por un peligro inminente o por la materialización del riesgo. CENEPRED INDECI GESTIÓN CORRECTIVA Acciones que se planifican y realizan con el objeto de corregir o mitigar riesgo existente.

PROCESOS DE LA GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES 1 ESTIMACIÓN 4 PREPARACIÓN 2 PREVENCIÓN 5 RESPUESTA 3 REDUCCIÓN 6 REHABILITACIÓN 7 RECONSTRUCCIÓN

Acciones preliminares para lograr Ciudades Seguras PLANIFICAR AUTORIZAR SUPERVISAR Control Urbano; Participación de los Actores Implementación OCU; Plataforma de Denuncias Habilitaciones Urbanas; Licencias de Construcción Ley 29090; RNE PDC; PAT; PDU; Planes de GDRD. DS. 022-2016-VIVIENDA

Gracias por su atención