SALVAGUARDIAS.

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Transcripción de la presentación:

SALVAGUARDIAS

CONTENIDO Salvaguardias en el marco de la ALADI Régimen Vigente – Res. 70 del C.R. Mecanismo de Notificación de Medidas de Salvaguardia - Res. 336 del C.R. Salvaguardias en el marco de los Acuerdos suscritos al amparo del TM80 Salvaguardias vigentes Desafíos Resolución 66 (XV) Actual proceso negociador

Resolución 70 del C.R. La Resolución 70 del Comité de Representantes, constituye el Régimen Regional vigente desde el 27.04.87 Características generales Supletorio – Art. 13 Causales previstas – Art. 1 y 12: Por desequilibrios de la balanza de pagos global Por importaciones que se realicen en cantidades o condiciones que causen a amenacen causar perjuicios graves a los productores nacionales Por la existencia de un déficit calificado de un país miembro en el intercambio intrarregional – autorización del C.R.

Resolución 70 del C.R. Trato Especial y Diferenciado a los PMDER: No se puede aplicar salvaguardias a las importaciones originarias de los PMDER para corregir desequilibrios de la balanza de pagos – Art. 2 Aplicación de salvaguardias sólo en los casos que los perjuicios graves sean ocasionados por importaciones originarias de los PMDER y siempre que no signifique una reducción del consumo habitual del país importador – Art. 10

Consultas en el ámbito del C.R. Resolución 70 del C.R. Adopción de SV por B.P. Comunicación al C.R. Consultas en el ámbito del C.R. Procedimiento previsto – Art. 3 al 5: 1 año prorrogable 7 días desde su 60 días desde la 1 año más adopción comunicación A Con la finalidad de: Atenuar los efectos de la medida Prorrogar por 1 año más la medida, en cuyo caso debe iniciar las consultas 60 días antes del vencimiento del plazo original, debiendo concluirse antes de su finalización.

Resolución 70 del C.R. Procedimiento previsto – Art. 6 al 8: B Adopción de SV preferencial Comunicación a los países a través del C.R. Comunicación al C.R. Negociaciones con países signatarios Procedimiento previsto – Art. 6 al 8: 1 año prorrogable 7 días desde su 60 días desde la por un nuevo adopción comunicación período igual y consecutivo B Con la finalidad de: Mejorar las condiciones del cupo libre de salvaguardia – Art. 7 Prorrogar por 1 año más la medida, en cuyo caso debe iniciar las negociaciones 60 días antes del vencimiento del plazo original, debiendo concluirse antes de su finalización.

Resolución 336 del C.R. La Resolución 336 del Comité de Representantes, de fecha 24.09.08, aprueba el Mecanismo de Notificación de Medidas de Salvaguardia Preferenciales Finalidad: Promover la transparencia en la región Sistematizar las salvaguardias en una base de datos Qué deben notificar los países – Art. 1: El inicio de una investigación La adopción o no de una salvaguardia sea provisional o definitiva La modificación o prórroga de una salvaguardia

Resolución 336 del C.R. Cómo – Art. 2: Medidas notificadas en 2009: Notificación a la S.G. S.G comunica al resto de países S.G. publica un Informe Anual S.G. registra la medida en la BBDD Cómo – Art. 2: Medidas notificadas en 2009: Ecuador: salvaguardia por desequilibrio de la balanza de pagos adoptada el 22.01.09 (no vigente a la fecha) Colombia: salvaguardia a las importaciones de películas flexibles de PVC, originarias de Brasil (vigente hasta el 26 de junio de 2011).

Resolución 336 del C.R.

Resolución 336 del C.R.

Salvaguardias en los Acuerdos En los Acuerdos suscritos al amparo del TM80, se distinguen 3 situaciones: Acuerdos que remiten a la Resolución 70 del C.R AR.CYT Nº 7; ACE 22 (Chile – Bolivia); ACE 23 (Chile – Venezuela); ACE 24 (Chile – Colombia); ACE 51 (Cuba – México); ACE 63 (Uruguay – Venezuela); ACE 65 (Chile – Ecuador) b) Acuerdos con un régimen propio de salvaguardias AR.NAM Nº 1 (Bolivia); AR.NAM Nº 2(Ecuador); AR.NAM Nº 3 (Paraguay); AR.PAR Nº 4 - Res. 5 (II)

Salvaguardias en los Acuerdos ACE 33 (Colombia – México); ACE 35 (MERCOSUR – Chile); ACE 36 (MERCOSUR – Bolivia); ACE 38 (Chile – Peru); ACE 40 (Cuba – Venezuela); ACE 41 ( Chile – México); ACE 42 (Chile – Cuba); ACE 46 (Cuba – Ecuador); ACE 47 (Bolivia – Cuba); ACE 49 (Colombia – Cuba); ACE 50 (Cuba – Peru); ACE 53 (Brasil – México); ACE 58 (MERCOSUR – Peru); ACE 59 (MERCOSUR – CAN); ACE 60 (México – Uruguay); ACE 62 (MERCOSUR – Cuba.); ACE 66 (Bolivia – México); APR. 29 (Ecuador – México); APR 38 (México – Paraguay) c) Acuerdos que si bien tienen un régimen propio, no permiten la aplicación de salvaguardias entre sus miembros ACE 18 (MERCOSUR - Dec. 4/97)

Salvaguardias vigentes PAÍS APLICABLE A: NORMA VIGENCIA BR Coco seco, sin cáscara, incluso rallado (N.C.M 0801.11.10) Res. CAMEX Nº 51 – D.O. 28/07/10 Cir. SECEX Nº 42 – D.O. 17/02/06 Res. CAMEX Nº 19 – D.O. 27/07/06 Cir. SECEX Nº 9 – D.O. 16/02/06 Res. CAMEX Nº 19 – D.O. 31/07/02 Vigente hasta el 31/08/12 CO Películas flexibles de PVC con un contenido de plastificantes superior o igual al 6% en peso (N.C.M. 3920.43.00.00) Decreto Nº 2373 – D.O. 47.392 de 26/06/09 Vigente hasta el 26/06/11

Desafíos En el XV Consejo de Ministros celebrado el 29 de abril de 2009 se aprobó la Resolución 66 que encomienda al CR: Actualizar la Res. 70 “…el cual constituirá, siempre que las Partes así lo acuerden, el marco normativo aplicable, de la forma más amplia posible, a los Acuerdos suscritos en la ALADI y teniendo en cuenta los principios establecidos en el Artículo 3 del Tratado de Montevideo 1980 – Art. 1   Mediante un proceso de compatibilización y armonización con la normativa contenida en los Acuerdos “…tomando como base los trabajos efectuados sobre la materia y la Resolución 70 del Comité de Representantes, en aquellos aspectos que las Partes identifiquen, preservando el Tratamiento Preferencial Efectivo para los PMDER…”   

¿Porqué actualizar la Res. 70? Desafíos ¿Porqué actualizar la Res. 70? se aplica a muy pocos Acuerdos (abril de 1987) contiene vacíos legales: procedimiento de investigación notificaciones y consultas cap. de definiciones (daño o amenaza de daño grave) Aspectos no contemplados, relevantes para algunos países miembros: salvaguardias provisionales obligación de compensar aplicación de sv. por parte de una Unión Aduanera     

Proceso negociador Por lo expuesto y en cumplimiento a lo encomendado en la Res. 66 (XV), se realizaron 4 Reuniones de Negociación en la que participaron todos los países miembros: I RN – julio 2009 II RN – octubre 2009 III RN – diciembre 2009 IV RN – mayo 2010 V RN – 22 al 24 de noviembre de 2010 Objetivo: Terminar de negociar el Proyecto de Régimen sobre Salvaguardias Preferenciales que cubra los vacíos que contiene la Res. 70.

Técnico del Departamento de Acuerdos y Negociaciones MUCHAS GRACIAS!! CECILIA IGLESIAS Técnico del Departamento de Acuerdos y Negociaciones SECRETARIA GENERAL ciglesias@aladi.org www.aladi.org