LA FORMACIÓN DE LOS ENTRENADORES DE FÚTBOL

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Transcripción de la presentación:

LA FORMACIÓN DE LOS ENTRENADORES DE FÚTBOL EN ESPAÑA Y EN EUROPA Mariano Moreno NOMBRE PONENTE

En 1944 se inició la formación En 1948 primer curso superior, Nivel-3 ENTRENADORES DE FÚTBOL TÉCNICOS DEPORTIVOS En 1944 se inició la formación En 1948 primer curso superior, Nivel-3 Como se continuó desde 1990 Ley del Deporte, Octubre 1990-Art.55 Real Decreto 594, 1994 (sin base jurídica) Real Decreto 1913, de 1997 (1º oficial) Real Decreto 320, 2000-Fútbol y F. Sala Real Decreto 1363, Octubre 2007 (actual) O.M. 1545/1999 y Orden ECD 3310, 2002 2 2

En que hemos avanzado en los últimos años en la formación. Y en el reconocimiento de los estudios de los Técnicos de Fútbol. Explicaré: La formación en España. La formación en Europa.

Al tener la formación española en sus tres niveles 1 Al tener la formación española en sus tres niveles 1.800 horas lectivas. Tratamos de demostrar que esa carga no la tienen algunas diplomaturas. Y por ello expusimos al Gobierno (CSD) esta realidad. Para una vez reconocida concediesen validez académica a esta formación.

Sobre ello empezó a trabajar una comisión de la que formé parte. Y en Febrero de 1992 apareció el primer borrador. En 1994 el primer Real Decreto 594. En 1997 el definitivo 1913. En 2000, R.D. 320 – Fútbol y F. Sala En 2007 mejorado y actual 1363.

Requisitos académicos para acceder. Técnico deportivo de grado medio. Niveles, 1 y 2. Educación Secundaria Obligatoria (ESO) O superar una prueba de carácter específico que deben convocar las CC.AA. O disponer de equivalencia: 1º Curso de Formación profesional.

Requisitos académicos para acceder. Técnico deportivo de grado superior, Nivel-3 Estar en posesión del bachillerato. O superar una prueba de carácter específico que deben convocar las CC.AA. O disponer de equivalencia: Haber superado 3º de B.U.P. 2º Curso de Formación profesional o, Acceso a Universidad mayores de 25 años.

Que dice la Orden 3310/2002 cuando falta titulación académica. Artículo 6º, punto 2º. El Ministerio de Ed. y Ciencia o el Órgano competente de las CC.AA. a) Realizarán, al menos, una convocatoria anual de prueba de carácter específico para el acceso al Nivel-1 y otra para Nivel-3, en su ámbito de competencia territorial. Y esto solo lo pueden convocar las CC.AA que tienen transferidas competencias educativas no universitarias.

Es preciso señalar al día de hoy. Que en resolución del MECD de fecha 10.04.2002 todas las formaciones de entrenadores de fútbol. Están reconocidas las realizadas por las Federaciones de Fútbol. Y es por ello. Se puede solicitar convalidación. Caducando la misma este año.

¿Qué pueden hacer todos los entrenadores que dispongan de título? Solicitar convalidación al CSD en proceso que se encuentra abierto. ¿Qué se debe acompañar en la solicitud al CSD? Solicitud del interesado. Curriculum vitae. Título que se posee. Certificado de la Escuela Nacional.

¿Qué pueden hacer todos los entrenadores que dispongan de título? Solicitar convalidación al CSD en proceso que se encuentra abierto. ¿Qué se debe acompañar en la solicitud al CSD? Solicitud del interesado. Curriculum vitae. Título que se posee. Certificado de la Escuela Nacional.

Se debe saber que: Con el título que se disponga de la RFEF. Siempre se podrá ejercer como Técnico en equipos de fútbol. En las categorías del título que se posea. Nivel-1, Hasta la categoría juvenil. Nivel-2, Hasta la categoría regional. Nivel-3, En todas las categorías.

Descripción del Perfil profesional El Título de Técnico deportivo superior en Fútbol. Acredita que su titular posee las competencias necesarias para trabajar y dirigir: La planificación y dirección de entrenamientos y competiciones de medio y alto nivel. La dirección de Escuelas de Fútbol. La actuación como profesor y formador de Técnicos deportivos. Así como en Patronatos y Empresas de servicios deportivos.

El título de Técnico Deportivo Superior permite el acceso a los siguientes estudios: Maestro en todas las especialidades. A Diplomado en: Educación social En trabajo social. Fisioterapia. Terapia ocupacional. Enfermería. Empresas y actividades turísticas. Y Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

En el Área de Gestión Deportiva. Prestando servicios en: Diversas secciones de organismos públicos y privados. En Empresas de servicios deportivos. En Escuelas de Fútbol. Como profesor en la formación de los Técnicos deportivos. Así como en centros de Técnicos deportivos oficiales autorizados.

Distintos tipos de entidades o empresas donde puede desarrollar sus funciones. Centros de alto rendimiento deportivo. Centros de tecnificación deportiva. Clubes y asociaciones deportivas de fútbol. Federaciones y Patronatos deportivos. Escuelas de formación de Técnicos.

Se debe dejar muy claro lo siguiente: De no atender las CC.AA. las obligaciones emanadas de los R.D. 320/2000 y 1363 de 2007 y O.M. todo ello vigente. La RFEF se encontrará en la obligación de convocar cursos. Siempre de entrenadores de fútbol. Aplicando sus Estatutos y Reglamento. En todas aquellas federaciones territoriales. Que no se les conceda la autorización de centro privado. Dejando muy claro que esta formación será como Entrenador de Fútbol. Y no como Técnico deportivo.

LA FORMACIÓN DE TÉCNICOS FORMACIÓN UEFA/RFEF LA FORMACIÓN DE TÉCNICOS DE FÚTBOL EN EUROPA

En Enero de 1998 firmó la RFEF con UEFA un convenio. Sobre la cualificación y reconocimiento de los Entrenadores de Fútbol. Reconociendo entonces UEFA a seis países que pudo comprobar la formación y su estructura. España, Alemania, Francia, Italia, Holanda y Dinamarca. Hoy se han incorporado más al crear sus centros de formación federativos. UEFA solo reconoce las formaciones federativas.

¿Por qué implantó UEFA este reconocimiento? En primer lugar para mejorar la formación de los Técnicos. También para obligar a las federaciones a crear centros de formación. Ayudando con técnicos y presupuesto. Después para exigir en sus competiciones titulados UEFA “Pro” prevista para 2010/2011. La comisión se creó en 1992 de la que he formado parte. Se dio el nombre de Proyecto JIRA. En honor a su primer Presidente.

¿Qué tiene conseguido España sobre este particular ¿Qué tiene conseguido España sobre este particular?, Pues esta realidad: Todos los técnicos españoles se encuentran cualificados y reconocidos por la UEFA, en sus tres diferentes niveles. En base a que en su momento (año 1998) Se incluyeron a todos en los listados que se solicitaron a la Real Federación Española. Es por ello que los españoles no tienen problema alguno para poder trabajar en el fútbol europeo. Siempre de acuerdo a la titulación que se posea.

¿Qué debe hacer el técnico español cuando tenga un contrato con equipo extranjero en cualquier categoría? Dirigirse a la Escuela Nacional solicitando certificación. Lógicamente dependiendo de la titulación que posea. La Federación que se trate le exigirá esta titulación UEFA. Y desde la RFEF se enviará esta certificación solicitada por la Federación correspondiente. Así como al técnico interesado.

Cursos realizados en Las Rozas Acceso de deportistas de alto rendimiento a las enseñanzas deportivas. Artículos 67 y 85 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación y Artículo 53 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte Quienes acrediten la condición de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento Estarán exentos de cumplir los requisitos de carácter específico para tener acceso a las enseñanzas deportivas En la modalidad o especialidad correspondiente

Finalmente señalar lo siguiente: ¿Que exige la UEFA para que esta licencia la reconozca y se encuentre en vigor? Que sea renovada cada tres/cuatro años. Asistiendo a las jornadas de actualización o reciclaje dentro de estos tiempos. Que convocará la RFEF. a través de sus centros de Técnicos de Fútbol. Y que podrán desarrollar conjuntamente la Escuela Nacional y el Comité Nacional de Entrenadores.

Muchas gracias por la atención