COMERCIO DE SERVICIOS COMERCIO DE SERVICIOS EN EL MERCOSUR Presentación: Gilda Arréllaga Coordinadora del Grupo de Servicios – Paraguay.

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Transcripción de la presentación:

COMERCIO DE SERVICIOS COMERCIO DE SERVICIOS EN EL MERCOSUR Presentación: Gilda Arréllaga Coordinadora del Grupo de Servicios – Paraguay

2 SERVICIOS- CLASIFICACION El término designa una amplia gama de actividades económicas clasificadas conforme a la W/120 de la OMC en 12 sectores y 155 subsectores: r Servicios prestados a las empresas, entre otros: servicios profesionales informática Investigación y desarrollo publicidad inmobiliarios arrendamientos editoriales fotográficos Investigación de mercado Encuestas de opinión

3 servicios de correos servicios de telecomunicaciones Servicios audiovisuales producci ó n de videos y pel í culas servicios de radio y televisi ó n transmision en radio y Tv Servicios de Construcción y de Ingeniería Servicios de Distribución Servicios de Enseñanza Servicios relacionados con el medio ambiente Servicios Financieros Servicios Sociales y de Salud Servicios de Turismo y relacionados con los viajes Servicios de Transporte Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos Servicios de Comunicaciones

4 Compromisos de Liberalización ACCESO A MERCADO (AM): Los Estados Parte se comprometen desmantelar toda las medidas, discriminatorias o no, comprendidas en una de las seis categorías que se enuncian a continuación. TRATO NACIONAL (TN) Los Estados Parte se comprometen desmantelar toda las medidas que discriminen entre nacionales y nacionales de los demás Estados Parte.

5 Disposiciones que deben listarse Acceso a los mercados –Limitaciones al número de proveedores de servicios,* –Limitaciones al valor de las transacciones de servicios,* –Limitaciones al número de operaciones de servicios,* –Limitaciones al número de personas físicas* –Restricciones a los tipos de persona jurídica, –Limitaciones a la participación de capital extranjero *Incluidas las limitaciones bajo la forma de prueba de las necesidades económicas Trato nacional ( de facto o de jure) –Medidas que modifiquen las condiciones de competencia en favor de los servicios o proveedores de servicios nacionales

6 Compromisos de Liberalización Nivel de Compromiso : No Consolidado: Discrecionalidad Con limitaciones: se consigna la limitación existente y no pueden establecerse en adelante regulaciones más restrictivas que las declaradas en las respectivas listas Ninguna limitación: se asume el compromiso de no contar con restricciones ni restringir el sector en adelante

7 Tipología de los modos de suministro

8 Cómo se estructuran las listas

9 Acuerdos Internacionales y el PM Organización Mundial de Comercio (OMC) Acuerdo General de Comercio de Servicios (AGCS): La nueva ronda de la OMC prevé pedidos plurilaterales y negociaciones en Reglas tales como: subsidios, reglamentación nacional, etc. MERCOSUR: Protocolo de Montevideo de Comercio de Servicios (se aprobó en 1997 y entró en vigencia para Argentina, Brasil y Uruguay el – Paraguay no goza de derechos ni obligaciones en tanto lo ratifique): En proceso de liberalización en el plazo de 10 años. Característica: Respeto a los ritmos y la búsqueda de la igualdad de condiciones. NMF incondicional y automático, sin exemciones. Arquitectura AGCS listas +. Anexos sectoriales en transporte aéreo, transporte terrestre, financieros, y modo 4.

10 Qué se negocia? Todos los sectores de servicios, se excluye sólo los servicios suministrados en ejercicio de facultades gubernamentales. Si bien el PM tiene una arquitectura de listas positivas, al relevarse el status quo de todos los sectores de servicios, salvo los sectores no regulados, se tiene actualmente un listado negativo Cómo se negocia? Liberalización progresiva mediante sucesivas rondas de negociaciones. Hemos culminado la VI Ronda, y conforme al Art. XIX del Programa de Liberalización, a partir de su vigencia tenemos 10 años para la liberalización plena, iniciándose una etapa de eliminación de restricciones regulatorias (AM y TN) y armonización

11 Se debe desregular? Se respeta el derecho de los Estados de reglamentar y establecer nuevas reglamentaciones, incluso medidas de AM y TN, conforme a sus objetivos de política nacional siempre que no menoscaben los compromisos ya asumidos. Las disposiciones sobre reglamentación nacional son de orden general, es decir se aplica estén o no comprometidos dichos sectores. Art. XIX.4: El proceso de liberalización respeterá el derecho de cada Estado Parte de reglamentar y de introducir nuevas reglamentaciones dentro de sus territorios para alcanzar los objetivos de políticas nacionales relativas al sector servicios. Tales reglamentaciones podrán regular, entre otros, el trato nacional y el acceso a mercados, toda vez que no anulen o menoscaben las obligaciones emergentes de este Protocolo y de los compromisos específicos

12 La Liberalización es total? n Sucesivas Rondas de negociaciones a efectos de completar, en un plazo máximo de diez años contados a partir de la entrada en vigor del Protocolo, la incorporación progresiva de sectores, subsectores, actividades y modos de prestación de servicios; la reducción o eliminación de los efectos desfavorables de las medidas sobre el comercio de servicios como forma de asegurar el acceso efectivo a los mercados. n Objetivo: promover el libre comercio de servicios.

13 PMCS y AGCS: textos sobre reconocimiento mutuo n PMCS (Art. XI.2): Cada Estado Parte se compromete a alentar a las entidades competentes en sus respectivos territorios, entre otras, a las de naturaleza gubernamental, así como las asociaciones y colegios profesionales, en cooperación con entidades competentes de otros EP, a desarrollar normas y criterios mutuamente aceptables para el ejercicios de actividades y profesiones pertinentes en la esfera de los servicios, a través del otorgamiento de licencias, matrículas, etc. n AGCS (Art. VII.5): Siempre que sea procedente, el reconocimiento deberá basarse en criterios convenidos multilateralmente. En los casos en que corresponda, los Miembros trabajarán en colaboración con las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales competentes, con miras al establecimiento y adopción de normas y criterios internacionales comunes en materia de reconocimiento y normas internacionales comunes para el ejercicio de las actividades y profesiones pertinentes en la esfera de los servicios.

14 Otros plus en el marco del PM n Ejercicio profesional: Educación Reconocimiento de titulos Habilitación para el ejercicio Acuerdos para otorgamiento de licencias nEducación Opción: Calidad en la Educación – Mecanismo Experimental de Acreditación. Proceso MEXA para ingeniería y medicina –Alcance e implicancias de la Acreditación Reconocimiento académico no confiere derecho al ejercicio de la profesión. n Modo 3: Facilitación Empresarial n Compras Públicas: ejecución de los contratos serán negociados en el marco del Protocolo de Montevideo

15 Habilitación de profesionales n Protocolo de Montevideo: los compromisos horizontales + los sectoriales Decisión 25/03: reconocimiento de matrícula a través de entidades fiscalizadoras n Visa MERCOSUR (Dec. 16/03): visa de trabajo requerida en Argentina y Brasil, y estaba sujeta a requisitos de proporcionalidad

16 DECISION 25/03 DISPOSICIONES GENERALES El otorgamiento de licencias, matriculas o certificados para la prestación temporal de servicios profesionales, se realizará a través de los organismos profesionales responsables del control y la fiscalización del ejercicio profesional. Entiende como servicios profesionales los prestados por profesionales universitarios o de nivel superior, y los profesionales de nivel técnico.

17 DECISION 25/03 Para la elaboración de la normativa común, las normas y directrices para el otorgamiento de licencias temporales se conformará un Grupo de Trabajo (GT) integrado por las entidades responsables de la fiscalización del ejercicio en cada profesión o agrupamiento de profesiones, o por la organización nacional que las comprenda establecida por un Estado Parte. Cuando no exista fiscalización delegada en una entidad profesional, el Grupo de Servicios, Sección Nacional designara a las entidades profesionales que conformaran el GT. Actualmente fueron habilitados GT´S para la profesión de ingenieros, arquitectos, geólogos, agrónomos, agrimensores, nutricionistas, y los corredores inmobiliarios.

18 VISA MERCOSUR Se aplica a gerentes, directores ejecutivos, administradores, representantes legales, científicos, investigadores, profesores, artistas, deportistas, periodistas, técnicos altamente calificados o especialistas y a profesionales de nivel superior que ingresen para prestar servicios en el territorio de otro Estado Parte bajo contrato para la realización de actividades remuneradas La duración de la VISA esta vinculada a la duración del contrato, respetando el límite temporal máximo de 2 (dos) años, prorrogables una vez por igual período, hasta un máximo de 4 (cuatro) años.

19 VISA MERCOSUR La concesión de la Visa MERCOSUR no estará sometida a ninguna prueba de necesidad económica ni a cualquier autorización previa de naturaleza laboral y estará exenta de cualquier requisito de proporcionalidad en materia de nacionalidad y de paridad de salarios. Se pretende armonizar tanto los costos, que deberán ser lo menos onerosos posible. Los plazos deberán ser lo mas breves posible para el otorgamiento de la Visa MERCOSUR. Los Trámites para el otorgamiento de la Visa MERCOSUR, se efectuará en la Oficina Consular que tenga jurisdicción sobre el lugar de residencia del interesado.

20 Modo 3: Facilitación Empresarial n Mecanismo aplicado a las inversiones empresariales entre los Estados Partes, por el cual se eliminan determinados requisitos de inversión mínima, y traslado de bienes de capital y personal calificado, a fin de promover y facilitar la radicación empresarial entre los Estados Parte.