Sobre la recepción de repuestos Se recuerda a los talleres que el reporte de la recepción de repuestos debe ser realizado a la Proveeduría el mismo día del recibo de estos en el taller. Cláusula tercera del contrato. Así mismo, se recalca la obligatoriedad de la revisión de los repuestos que reciben contra el avalúo y del reporte de cualquier diferencia a esta Proveeduría. Cláusula cuarta del contrato. IMPORTANTE: El taller no podrá sustituir ningún tipo de repuesto, sin previa autorización del Departamento de Proveeduría, tampoco podrá sustituirlos por otros que no hayan sido los entregados por el Poder Judicial o por la agencia respectiva. Igualmente, no podrá proceder a reparar piezas, que de acuerdo con el avalúo deban ser sustituidas, salvo autorización escrita del perito. Cláusula cuarta del contrato.