Instituto Interamericano de Derechos Humanos-IIDH

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Transcripción de la presentación:

Instituto Interamericano de Derechos Humanos-IIDH Protección internacional de los derechos humanos de las mujeres: la Convención CEDAW y su Protocolo Facultativo Isabel Torres García

Para recordar: Derechos humanos: sin distinción, universales … Obligaciones del Estado: respetar y garantizar. Es deber de los Estados no sólo no infringir directamente los derechos, también asegurar las condiciones que permitan su respeto, protección, goce y ejercicio.

Para recordar: Concepción y aplicación dh nacen con vocación universal, pero en clave masculina: hombre como centro del pensamiento, del desarrollo histórico, protagonista único y parámetro de humanidad. Perspectiva de género remite a características de mujeres y hombres definidas socialmente y moldeadas por factores culturales, siendo susceptibles de transformación (no es “natural”).

Para recordar: Derechos humanos y perspectiva de género, mirada que permite: Evidenciar que la discriminación y desigualdad limitan el goce y ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres. Visualizar inequidades construidas de manera artificial, socioculturalmente. Detectar mejor la especificidad de la protección de quienes sufren desigualdad o discriminación.

Para recordar: Brecha entre la igualdad formal y la igualdad real. Evolución y desarrollo doctrina de los derechos humanos: instrumentos que toman como punto de partida desigualdad histórica hacia las mujeres y reconocen y protegen específicamente sus derechos.

Convención CEDAW (1979) Preámbulo establece en forma explícita: Discriminación contra la mujer viola los principios de igualdad de derechos y del respeto a la dignidad humana. Máxima participación de la mujer en todas las esferas, en igualdad de condiciones con el hombre, es indispensable para el desarrollo pleno y completo de un país. La urgencia de modificar los papeles tradicionales de hombres y mujeres en la sociedad y la familia, con el fin de erradicar prácticas discriminatorias.

Convención CEDAW Discriminación (art. 1): distinción, exclusión o restricción basada en el sexo, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos de la mujer.

Convención CEDAW: aspectos fundamentales Atiende derechos de un colectivo específico: la mitad de la humanidad. Define discriminación y establece concepto de igualdad sustantiva o real tendiente cambio social. Permite realización práctica del principio de igualdad.

Convención CEDAW: aspectos fundamentales Equiparación de derechos en el ámbito público y privado. Ampliación de la responsabilidad estatal a actos que cometen personas privadas, organizaciones o empresas. Fortalece el concepto de indivisibilidad de los derechos humanos.

Convención CEDAW: aspectos fundamentales Compromete a los Estados por todos los medios apropiados y sin dilaciones, a adopción de medidas legislativas y de política pública para eliminar la discriminación (art.2). Establecer garantías jurídicas y modificar inclusive usos y prácticas discriminatorias que afecten goce y ejercicio pleno de los derechos de las mujeres (art.3).

Convención CEDAW: aspectos fundamentales Conveniencia de adopción de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de hecho entre el hombre y la mujer (art. 4). Reconoce papel de la cultura y tradiciones en el mantenimiento de la discriminación y compromete al Estado a eliminar estereotipos en los roles de hombres y mujeres.

Supervisión de la Convención Comité CEDAW: 23 personas expertas elegidas por votación secreta de lista propuesta por Edos/ a título personal y no como delegadas o representantes Edos. Facultades establecidas Convención CEDAW: examen de informes periódicos-recomendaciones/ observaciones generales.

Protocolo Facultativo Convención CEDAW (1999): aspectos fundamentales No crea nuevos derechos, ni amplía las obligaciones estipuladas en la Convención. Complementa marco jurídico de aplicación de las disposiciones Convención.

Protocolo Facultativo Convención CEDAW (1999): aspectos fundamentales Equipara a la Convención con otros instrumentos internacionales de dh (PactoDCP, Convenciones contra discriminación racial y contra tortura). Procedimientos específicos de supervisión de aplicación de la Convención, para contribuir con el Estado en cumplimiento obligaciones.

Protocolo Facultativo Convención CEDAW: aspectos fundamentales Procedimientos específicos de supervisión de aplicación de la Convención: comunicaciones e investigaciones en caso de violaciones graves o sistemáticas. Amplía facultades Comité CEDAW para esos procedimientos/ Comité emite opiniones y recomendaciones a los Estados, tendientes a corregir y reparar las violaciones de derechos.

Por qué IIDH opina a favor del Protocolo Facultativo? Establece un mecanismo de exigibilidad sin crear nuevos derechos. Suple la insuficiencia de mecanismos internacionales de implementación de la Convención CEDAW. Incrementa la capacidad de hacer justicia a las mujeres contenida en el espíritu y contenidos de la Convención.

Estatuto de Roma que crea Corte Penal Internacional Reconoce como parte de crímenes de genocidio, lesa humanidad y de guerra: violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable.

Otros mecanismos importantes OG Comité CEDAW (25), Comité DH ONU (OG N° 28), Comité DESC (OG N° 14), OC CorteIDH, informes Relatorías especiales sistemas ONU e Interamericano. Sus recomendaciones u observaciones son instrumentos para medir grado de cumplimiento del Edo en materia de igualdad y no discriminación.

Balance general de equidad de género en la región Reto fundamental en la aplicación de instrumentos de derechos humanos: acortar la brecha entre la igualdad formal y la igualdad real. Avances: gran desarrollo en el marco legal como cambios en las constituciones; eliminación disposiciones discriminatorias en legislación familiar, civil o penal; promulgación legislación sobre violencia doméstica y acción positiva; ratificación Convención CEDAW y su PF, Convención Belem do Pará.

Balance general de equidad de género en la región Desafíos: erradicación de prejuicios y estereotipos que impiden adecuada aplicación ley; construcción de cultura institucional que propicie objetivo de eliminar discriminación y desigualdad; ratificación PF CEDAW.

Balance general de equidad de género en la región Desafíos en materia de legislación: aquella dirigida a combatir la violencia sexual, el tráfico de mujeres y menores de edad; adopción del Protocolo Facultativo de la Convención CEDAW.

Balance general equidad de género en la región En materia de salud y derechos sexuales y reproductivos grandes retos, como lo demuestra la continuidad de altos índices de mortalidad materna; necesaria corresponsabilidad masculina en relación a altas tasas de fecundidad femenina, embarazo adolescente, infecciones de transmisión sexual (ITS) y SIDA. Todo ello requiere de abordaje integral e integrador.

Balance general de equidad de género en la región Avances: existencia y desarrollo organismos para adelanto de la mujer que cuentan mayoritariamente niveles jerárquicos elevados en estructura Edo; creación y fortalecimiento instituciones defensoras dh (como Ombudsman) que integran en su acción igualdad y equidad de género. Desafío: superar fragilidad institucional e insuficiencia de recursos (presupuestarios, humanos, técnicos) para desempeño eficaz de sus mandatos.

Balance general de equidad de género en la región Desafío en materia políticas públicas: que sean políticas de Edo e involucren a todas las instituciones públicas; fortalecer un enfoque de igualdad y no discriminación.

Balance general equidad de género en la región Declaración Comité CEDAW (octubre 2004) Ningún país en el mundo ha logrado igualdad completa de género, ni en leyes ni en práctica. Implementación principios Convención sigue siendo inconsistente con compromisos asumidos por Edos.

Balance general equidad de género en la región Declaración Comité CEDAW (octubre 2004) Desafíos: alcanzar igualdad legal en matrimonio, divorcio y herencias; pleno acceso a recursos económicos, a la educación y al trabajo; respeto derechos reproductivos; persistencia vcm.

Balance regional equidad de género en la región Declaración Comité CEDAW (octubre 2004): “Existencia sistemas legales múltiples con leyes consuetudinarias religiosas que gobiernan estatus personal y vida privada de las mujeres y que, en muchas ocasiones, prevalecen sobre noción de igualdad provista por Cn.”

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF Texto Convención es vago, no valora maternidad, visión mujer es unilateral Convención es uno instrumentos que más valora condición humana de las mujeres, su papel en la familia y el valor social de la maternidad (art 4, medidas positivas de protección; art 11, protección maternidad y reproducción en el trabajo; art 16, vida familiar y matrimonio).

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF Comité ha criticado Día de la Madre por considerarlo un estereotipo negativo Se ha pronunciado en numerosas oportunidades a favor del reconocimiento del valor social del trabajo familiar de las mujeres y de la maternidad. Se ha referido a que esto es tanto o más importante que los símbolos estereotipados y debería recibir igual reconocimiento familiar y social.

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF Texto Convención contiene ambiguedades jurídicas como “identidad de género” o “derechos reproductivos” Convención no menciona esos términos. Estos conceptos o criterios han circulado en conferencias mundiales y han sido adoptados por Estados (consenso internacional); o utilizado por ONU (organismo intergubernamental). Legislaciones nacionales: potestad para crear otros derechos para su ciudadanos/as.

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF Comité CEDAW promueve promiscuidad entre jóvenes al recomendar educación sexual, sin valores morales, impidiendo educación padres En algunos casos ha recomendado educación sexual, sobre todo ante altas tasas de embarazo adolescente, con madres solteras, tasas de fecundidad elevadas y asociadas con pobreza. Nunca se ha manifestado en oposición a los padres.

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF Comité ha defendido legalización aborto Tema no se menciona en Convención. Se ha abordado tema en caso de países con altas tasas mortalidad materna por elevado número de abortos clandestinos y recomendado campañas de educación sexual e información, sobre todo en materia de anticonceptivos eficaces.

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF Comité ha recomendado legalización lesbianismo/reconocimiento matrimonio entre personas mismo sexo Convención no menciona ninguno de esos temas. Comité se ha referido en dos oportunidades: para preguntar a un país si existía propósito de sancionar homosexualismo o lesbianismo; para recomendar que se eliminara de un código penal como delito.

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF Comité CEDAW es instancia supranacional, impuesta al país al firmar la Convención y el PF, por encima del orden jurídico interno No crea tribunal ni órgano supranacional. Sólo establece mecanismos de protección. Sólo facultado para dos procedimientos: comunicación e investigación. Recomendaciones no son vinculantes. Integrantes elegidas por los Estados. Autonomía integrantes protege de ser juez-parte.

Mitos y realidades Convención CEDAW y PF PF amplía derechos contenidos en la Convención CEDAW No amplía ni modifica derechos establecidos por la Convención. No crea nuevos derechos. Mecanismo protección subsidiaria a la protección nacional si Estado ha fallado en la misma – acceso a justicia.

En conclusión: Desafío de la igualdad no sólo es lograr que las mujeres accedan a los derechos de que han sido excluidas, sino que su patrimonio histórico identitario sea reconocido con el mismo peso que el masculino. No puede hablarse de auténtico desarrollo y democracia mientras persista desigualdad y discriminación hacia la mitad de la población.

En conclusión: Respeto a los derechos humanos y a sus principios básicos IGUALDAD y NO DISCRIMINACIÓN, constituye la base fundamental para el desarrollo de la sociedad y la vigencia de un Estado democrático de Derecho.

Direcciones útiles Web: www.iidh.ed.cr/comunidades/DerechosMujer www.un.org/womenwatch/daw/cedaw