EL BUEN USO DEL FIDEICOMISO EN LAS ASOCIACIONES PUBLICO PRIVADAS

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Transcripción de la presentación:

EL BUEN USO DEL FIDEICOMISO EN LAS ASOCIACIONES PUBLICO PRIVADAS Lic. Francisco J. Treviño Moreno Socio de la Firma Ríos Ferrer, Guillén-Llarena, Treviño y Rivera, S.C. Tegucigalpa, Honduras Septiembre 24 de 2010

Esquemas Tradicionales vs APP Esquema Tradicional: el esfuerzo financiero lo hace el Gobierno en el corto plazo Esquema APP: el esfuerzo financiero lo hace el Gobierno en el largo plazo Por tratarse de gasto corriente no afecta los presupuestos de inversión ni el techo de deuda Por tratarse de gasto de inversión afecta los presupuestos de inversión y se convierte en deuda Disponibilidad del financiamiento requerido Reducción de la deuda pública Traslado de riesgos al sector privado Reducción de subsidios de inversión y operación Adecuado mantenimiento y operación Mejoras en la calidad del servicio Reducción del costo de los servicios Liberación de recursos públicos Restricciones Presupuestarias Desembolso inmediato del monto de la inversión Retención de todos los riesgos Diseño y ejecución inadecuados Demoras y sobrecostos Falta de recursos para operación y mantenimiento Incertidumbre en los pagos Baja calidad de los servicios

¿PORQUÉ LAS APP? Las APP tienen su fundamento en que al poner en juego las fuerzas del mercado, es posible proveer de mejor infraestructura y servicios a la población con una menor utilización de recursos públicos, con un menor costo, en menor plazo, con más calidad, y con un efectivo traslado de riesgos al sector privado, quien está dispuesto a tomarlos a cambio de una rentabilidad razonable del capital invertido. Lo anterior permite liberar recursos públicos para atender necesidades de la población más desprotegida. Formas Tradicionales de Contratación: OBRA PÚBLICA Esquemas APP: Contratos de Administración, Arrendamiento, BOT, BOOT, BLT, Concesiones PRIVATIZACIÓN APP = DISTRIBUCIÓN ESTRATÉGICA DE LOS RIESGOS Mayor participación del Sector Público Mayor Participación del Sector Privado

FIDEICOMISO DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS Relación contractual de largo plazo entre el sector público y el sector privado, basada en la confianza mutua y la equidad, con el propósito común de desarrollar infraestructura y prestar servicios públicos con mayor eficiencia y calidad que las que alcanzaría el sector público si lo hiciera por sí mismo y a un costo significativamente menor. Asociación Público Privada Mandato fiduciario para el cumplimiento de fines específicos relacionados con un proyecto, que incluye el manejo transparente y eficiente de los recursos públicos y privados relacionados y el establecimiento de condiciones que aseguren el cumplimiento de ciertas obligaciones principales Fideicomiso

México: Carreteras bajo esquemas APP Concesiones Tradicionales Libramiento de Matehuala Libramiento de Mexicali Morelia-Salamanca Tepic-Villa Unión Libramiento de Tecpan Amozoc-Perote y Libramiento de Perote Libramiento Norte de la Ciudad de México Saltillo-Monterrey y Libramiento Poniente de Saltillo Arriaga-Ocozocoautla Puente Internacional Reynosa-McAllen “Anzaldúas” Puente Internacional Río Bravo-Donna Perote-Banderilla y Libramiento de Xalapa Libramiento de Irapuato Puente Internacional San Luís Río Colorado II Libramiento de Chihuahua Barranca Larga-Ventanilla Libramiento de La Piedad y Acceso a autopista México-Guadalajara Fuente: DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO CARRETERO SCT agosto de 2010 17 Concesiones Otorgadas

México: Carreteras bajo esquemas APP PPS (Prestación de Servicios) Irapuato-La Piedad Querétaro-Irapuato Tapachula-Talismán con Ramal a Ciudad Hidalgo Nuevo Necaxa-Tihuatlán Río Verde-Ciudad Valles Nueva Italia-Apatzingán Mitla-Entronque Tehuantepec Aprovechamiento de Activos Pacífico Norte (un activo y 2 proyectos a desarrollar) Centro-Occidente (4 activos y 4 proyectos a desarrollar) Centro (4 activos y 4 proyectos a desarrollar) En proceso de preparación Son 26 proyectos con una inversión del orden de 5,600 mdd y 2,700 kilómetros

ESTRUCTURA DE LAS CONCESIONES CARRETERAS EN MÉXICO SCT (Gobierno Federal) Licita concesión a 30 años Consorcio Ganador Crea SPE Constructor Bancos y Fondo Nacional de Infraestructura Concesionario SPC contrata contrata Crea Fideicomiso aportan Créditos, capital, derechos de cobro por la explotación y subvención Fideicomiso Irrevocable de Inversión, Administración, Garantía y Fuente de Pago Recibe y administra TODOS los recursos relacionados con el Proyecto

PARTES DEL FIDEICOMISO Fideicomitente LaEmpresa Concesionaria: Aporta Capital, Crédito, Subvención, Derechos al Cobro y las Tarifas Una Institución de Crédito Autorizada (Banco) Debe Administrar “como un buen padre de familia” Fiduciaria 1er lugar: Bancos (pago de créditos) 2º lugar: Concesionaria (pago de capital) 3er lugar: Concesionaria (pago de excedentes) 4º lugar: Gobierno Federal (pago de excedentes) 5º lugar: Gobierno Federal (remanentes) Fideicomisarios

FINES PRINCIPALES DEL FIDEICOMISO Recibir del Fideicomitente, dinero, bienes o derechos Recibir los créditos Recibir los productos de la explotación de la concesión Recibir la Subvención Hacer emisiones bursátiles Celebrar contratos Conocer los contratos de obras, operación y mantenimiento Contratar la supervisión y auditorias durante la operación Cumplir las instrucciones del comité técnico Invertir los recursos de su patrimonio Aplicar los recursos conforme a la prelación establecida Otorgar anticipos Defender el patrimonio Recibir garantías Realizar todos los actos jurídicos y actividades para el cumplimiento de su objeto Abstenerse de actuar en contra de lo establecido en el contrato de fideicomiso

EL PATRIMONIO SE INTEGRA CON: El Capital de Riesgo aportado por el Concesionario. Cualesquiera otras aportaciones en dinero o en especie que deba aportar el Concesionario. Los derechos de disposición de los Créditos y los recursos respectivos. Los derechos al cobro de la explotación de la concesión y los importes de éstos. Los importes provenientes de la ejecución de fianzas o garantías. Las indemnizaciones pagadas por cualquier aseguradora. Los recursos destinados al Fondo Conservación.  Cualquier cantidad derivada de devoluciones de impuestos.  Cualquier cantidad que el Fiduciario reciba por parte del Gobierno Federal (Subvención). Los rendimientos financieros derivados de la inversión del patrimonio fiduciario líquido.  Los Derechos de uso de cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual.  Las donaciones que reciba.  El producto de cualquier emisión de instrumentos bursátiles. El Fiduciario efectuará los pagos siempre con cargo al patrimonio del Fideicomiso.

PRELACIÓN DEL USO DEL PATRIMONIO La construcción de la Carretera Las contribuciones fiscales, incluyendo la contraprestación al Estado Los gastos de operación, mantenimiento y supervisión, honorarios fiduciarios, seguros y auditorías La constitución del Fondo de Conservación de la Carretera El servicio de los Créditos (capital e intereses) El reembolso del Capital con su TIR Los excedentes se compartirán entre el Gobierno Federal y la Concesionaria hasta el término de la concesión

COMITÉ TÉCNICO Bancos Y FNI SCT Concesionario El FNI si llevó a cabo aportaciones o para compartir excedentes Técnico Comité Bancos Y FNI SCT Concesionario Los Bancos mientras hay deuda Difícil trabajo de la autoridad

FACULTADES DEL COMITÉ TÉCNICO Vigilar el cumplimiento de los fines del Fideicomiso. Aprobar los presupuestos de operación, mantenimiento y conservación. Verificar la comprobación de los gastos.  Conocer, evaluar y modificar las políticas de explotación de la Carretera.  Conocer la aplicación del patrimonio fideicomitido.  Conocer de la disposición de los Créditos y el Capital de Riesgo. Conocer de los contratos celebrados. Instruir al Fiduciario respecto a la contratación del interventor y del auditor Aprobar la contratación de las empresas de supervisión. Instruir al Fiduciario respecto a la constitución del Fondo de Conservación.  En caso de que el Concesionario no aporte los recursos adicionales que se requieran instruir al Fiduciario para que notifique a la Secretaría.  Aprobar, las operaciones de bursatilización o la contratación de nuevos créditos.  Tendrá todas las atribuciones necesarias para el cumplimiento del objeto del Fideicomiso.

OBLIGACIONES DEL FIDEICOMITENTE Afectar en el fideicomiso el Capital de Riesgo y los Créditos Que el monto de los Créditos se mantenga en términos reales hasta su total disposición. Si se agoten los recursos para la construcción de las Obras, aportar los recursos adicionales requeridos.  Aportar los recursos económicos que el Fideicomiso pueda requerir para mantener en operación la Carretera, su conservación y mantenimiento.  Afectar al Fideicomiso los derechos al cobro y la totalidad de las cantidades resultantes de la explotación de la Concesión.

OBLIGACIONES DEL FIDUCIARIO Cubrir los gastos de construcción, explotación, operación, conservación, mantenimiento, supervisión y administración. Constituir las cuentas necesarias para administrar el patrimonio.  Aplicar los recursos conforme se establece en la Concesión.  Llevar a cabo las actividades que la Concesión y el contrato de fideicomiso le atribuyen. Incorporar al patrimonio los ingresos de la explotación de la Concesión o relacionados con ella. Defender el patrimonio y los derechos del Fideicomiso. Celebrar los actos jurídicos que requiera el objeto fiduciario. Proporcionar a la SCT cualquier información que le requiera.  Informar al Comité Técnico de los movimientos realizados en el patrimonio fideicomitido. Proporcionar la información que soliciten órganos de fiscalización sobre el uso de recursos públicos.

RESPONSABILIDAD DEL FIDUCIARIO El FIDUCIARIO no será responsable por actos o hechos: (i) Que ejecute en cumplimiento de los fines del Fideicomiso; (ii) De terceros, del Fideicomitente o los Fideicomisarios; (iii) Que constituyan caso fortuito o de fuerza mayor. Los acuerdos del Comité Técnico relevarán de toda responsabilidad al Fiduciario. Sin perjuicio de lo anterior, el Fiduciario, en caso de urgencia o de riesgo del patrimonio, deberá notificar en 72 horas al Fideicomitente, los Bancos y la SCT, con lo cual cesará su responsabilidad de notificar.

DEFENSA DEL PATRIMONIO Para la defensa del patrimonio, el Fiduciario deberá otorgar poderes, en favor de quien determine el Fideicomitente. El Fiduciario no tendrá más responsabilidad que la de formalizar tales actos. Cualquier nombramiento de apoderado deberá ser autorizado por el Presidente del Comité Técnico. Ante una situación de riesgo del patrimonio, el Fiduciario llevará a cabo las acciones inmediatas que se requieran, en tanto confiere los poderes necesarios a quienes determine el Fideicomitente, con lo cual cesará la responsabilidad del Fiduciario.

ACTUACIÓN DEL FIDUCIARIO El Fideicomitente debe defender y sacar en paz y a salvo al Fiduciario de cualquier  responsabilidad causada por actos del Fiduciario para el cumplimiento de los fines del Fideicomiso. Cualquier responsabilidad pecuniaria generada por el Fideicomitente o el Fiduciario en cumplimiento de los fines del Fideicomiso correrá a cargo del Fideicomitente. El Fiduciario no estará facultado para realizar acto alguno que sea ajeno al cumplimiento delos fines fiduciarios. Las obligaciones del asuma en ejecución del Fideicomiso o del Comité Técnico serán con cargo al Patrimonio y si no hay recursos suficientes, serán con cargo exclusivo del Fideicomitente. En ningún caso el Fiduciario está obligado a acatar instrucciones que contravengan una norma jurídica, los fines del Fideicomiso o que sean de imposible realización.

ALGUNAS CONCLUSIONES El Fideicomiso no otorga viabilidad a un proyecto ni corrige defectos en su estructuración. El Fideicomiso no soluciona debilidades en la preparación técnica, económica, financiera o legal de un proyecto. El Fideicomiso no sustituye el apoyo del poder público en la realización de un proyecto. El Fideicomiso no produce la pertinencia social o económica de un proyecto. El Fideicomiso no sustituye el apetito del mercado por un proyecto, ni balancea la distribución de riesgos vs beneficios obtenidos.

ALGUNAS CONCLUSIONES “Todo cabe en un Fideicomiso sabiéndolo acomodar”. Es muy interesante que cualquier acto jurídico o contrato introducido en un fideicomiso, tendrá como primera “envoltura” al propio fideicomiso. En México, es raro ver proyectos complejos sin la participación de uno o varios fideicomisos en su estructura de ejecución. En el caso de las concesiones carreteras, como hay aportaciones públicas, es de gran utilidad y confianza, que un banco administre los recursos y lleve las cuentas. En México, la afectación de bienes en fideicomiso no necesariamente es traslativa de dominio, lo que otorga flexibilidad al manejo de bienes públicos. Bajo la estructura del modelo mexicano, la concesión se convierte en el eje normativo y el fideicomiso en la estructura de ejecución y control a través del manejo de los recursos.

ALGUNAS CONCLUSIONES Contar con un formato de contrato de fideicomiso incorporado en el pliego de concurso, evita entrar en “situación de rehén”. El planteamiento formulado en el contrato es de la mayor relevancia, de ello depende en buena medida que funcione: debe ser elaborado por especialistas. Instituir al Fideicomiso como “caja” de todos los recursos, promueve el desarrollo bancario y permite lograr total transparencia. Lo que no pasa dentro del Fideicomiso “no existe”. La separación del manejo de cuentas es siempre recomendable. Alinear los intereses de los miembros en el Comité Técnico es un verdadero arte, pero indispensable para hacerlo operativo.

ALGUNAS CONCLUSIONES Una buena selección de Fiduciario siempre ayuda. Una política interna de compromiso con el proyecto es valor agregado. En las concesiones carreteras mexicanas el centro de imputación fiscal es la concesionaria no el Fideicomiso, que es transparente para esos efectos El Fideicomiso mantiene el secreto fiduciario, pero con ciertas obligaciones respecto del uso de recursos federales. El Fideicomiso se apoya en terceros para llevar a cabo análisis, estudios o actividades. El desarrollo de un mercado fiduciario robusto ha permitido reducir los costos y que haya competencia, donde la clave es la experiencia y el servicio La credibilidad de la figura es uno de sus principales atractivos. NO tengo duda que habrá Fideicomiso durante muchos años.

Muchas Gracias por su Atención Lic. Francisco Javier Treviño Moreno Socio Especialista en Asociaciones Público Privadas ftrevino@riosferrer.com.mx