Estudiantes con orientación e identidad sexual MINEDUC 2019

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Transcripción de la presentación:

Estudiantes con orientación e identidad sexual MINEDUC 2019

PALABRAS CLAVES LGTBI: Lesbianas, Gays, Trans, Bisexuales, Intersexuales, etc. NNJ: Niños, niñas y jóvenes. DDHH: Derechos Humanos. DD: Derechos. Sujeto de derechos: Dignidad: Transición sexual: Maltrato infanto-juvenil: Toda acción u omisión que genere menoscabo en la salud física – psíquica de NNJ.

INFORMEMONOS SOBRE LA SEXUALIDAD

SEXUALIDAD La sexualidad es un aspecto fundamental de las personas. Es inherente y propia de los/as seres humanos, nos permite relacionarnos corporal y afectivamente con nosotros mismos y los/as demás. Este término hace referencia a un aspecto fundamental del ser humano, que se expresa en todo lo que hacemos (Ardila, Stanton y Cubillos, 1993).Por lo tanto, hablamos de todo lo que tiene que ver con: el cuerpo y sus reacciones, con la afectividad y la expresión de emociones, con el placer y el deseo, con la necesidad de vinculación con las demás personas, con la auto- aceptación y la autoestima, con la comunicación y con el desarrollo integral y sano de las personas.

Identidad sexual y de género SEXUALIDAD Género Identidad sexual y de género Sexo Son las características sociales y culturales que la sociedad ha determinado para diferenciar a hombres y mujeres; es sentirse femenino o masculino. Tiene que ver con los órganos sexuales (pene, vagina o intersexual) y con la composición cromosomática que nacimos (XX y XY) Auto-percepción que cada persona tiene sobre si mismo en relación a su cuerpo, los rasgos físicos que lo represente, sus gustos, intereses y preferencias. Es como alguien se define en su SER hombre o SER mujer. Esto no está siempre vinculado al sexo biológico

GÉNERO Son las características sociales y culturales que la sociedad ha determinado para diferenciar a hombres y mujeres; es sentirse femenino o masculino, dentro de un conjunto de ideas, creencias, pensamientos, gustos y atribuciones. Esto es enseñado y transmitido fundamentalmente, por la familia, la escuela y los medios de comunicación, a través de ellos y los valores que representan, se define y reproduce lo femenino o masculino.

GÉNERO NO ES IGUAL A SEXO Sexo hace referencia a la genitalidad y composición cromosomática definida al nacer. Por otro lado, el género tiene que ver con la identificación femenina y masculina, según nuestros intereses, gustos, preferencias. Es algo interno de cada quien. El género no siempre esta condicionado al sexo, es decir, hay personas que nacen con genitales masculinos, sin embargo se definen mujeres, y viceversa. Estas personas son transgénero. También esta la coincidencia entre el sexo y género, estas personas se definen como cisgéneros.

IDENTIDAD DE GÉNERO Auto-percepción que cada persona tiene sobre si misma en relación a su cuerpo, los rasgos físicos que la represente, sus gustos, intereses y preferencias. Es como alguien se reconoce; SER hombre o SER mujer. Esto no está condicionado por el sexo. La identidad de género de las personas es una cosa totalmente natural donde todos debemos tener respeto y tolerancia hacia todos los seres humanos, permitiendo que todos seamos y nos mostremos tal y cual somos. Todos tenemos derecho a NO sentirnos discriminados y nadie nos puede humillar por nuestra identidad de género.

Estudiantes LGTBI EN EL SISTEMA EDUCATIVO CHILENO En Chile ha ocurrido una reforma educacional, que ha ido construyendo nuevos propósitos colectivos, con fin de encaminarnos hacia una sociedad más integrada, con mayor inclusión y justicia social. MINEDUC a levantado esta reforma basándose en principios orientadores, que cobran relevancia a aquellas diversidades que históricamente han sido excluidas y discriminadas, como los son las diversidades sexuales y de género.

LGBT EN EL SISTEMA EDUCATIVO CHILENO Chile a fortalecido un marco normativo producto de la necesidad de contar con instrumentos que resguarden los derechos de las personas pertenecientes a grupos históricamente vulnerados, entre ellos los LGBT (Lesbianas, gays, bisexuales, trans, etc) mediante estrategias globales para eliminar toda forma de discriminación en espacios educativos.

PRINCIPIOS ORIENTADORES MINEDUC Dignidad del humano: Tiene como principio rector el pleno desarrollo de la personalidad humana y el respeto a la dignidad de los estudiantes. Interés Superior de NNJ: Garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención, para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social. NO discriminación arbitraria: “La no discriminación constituye un principio básico, relativo a la protección de los DDHH”

PRINCIPIOS ORIENTADORES MINEDUC Desarrollo pleno, libre y seguro de la sexualidad, la afectividad y género: La sexualidad se construye a través de la interacción entre sujeto y estructuras sociales. El desarrollo pleno de la sexualidad es esencial para el bienestar individual, interpersonal y social. “Los derechos sexuales, son aquellos que permiten a todos ejercer plenamente su sexualidad como fuente de desarrollo personal y decidir autónomamente sobre su vivencia, sin discriminación ni malos tratos por su orientación sexual o identidad de género.” (MINEDUC, 2018)

MINEDUC (INTERNACIONAL) MARCO NORMATIVO MINEDUC (INTERNACIONAL) Declaración Universal de los DDHH (Derechos humanos). Convención Americana de los DDHH. Convención de los DD de NNJ (Niños, niñas y jóvenes). YogyKarta: Tiene como objetivo guiar las obligaciones de los Estados partes, respecto a la protección, respeto y promoción de los DDHH de los/as LGTB. Para eliminar la discriminación y violencia basada en la orientación sexual e identidad de género. Chile se adhiere en el 2006 junto a otros 24 países.

MARCO NORMATIVO MINEDUC (NACIONAL) En Mayo del 2016 Chile firma en Paris, comprometiéndose con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; UNISECO. Que plante “Llamamiento Ministerial la acción para una educación inclusiva y equitativa para todos los educandos en un ambiente exento de discriminación y violencia” (MINEDUC,2018)

MARCO NORMATIVO MINEDUC (NACIONAL) Ley Nº 20.370: Ley general de educación. Ley Nº 845: Inclusión escolar. Ley Nº 20.536: Violencia escolar. Ley Nº 20.911: Plan de formación ciudadana. Ley Nº 20.609: Medidas sobre discriminación.

“La convención de los DD de NNJ indica que los establecimientos educacionales, en tanto cumplen una función pública, tiene la responsabilidad de definir procedimientos con el objetivo de brindar atención oportuna, pertinente y proteger a NNJ, así como de brindar orientación a familias y resguardar que no se generen dinámicas de vulneración de DD. Por ellos se hace necesario definir conceptos a tratar de acuerdo al marco normativo, para que la comunidad escolar tenga conocimiento y realice una adecuada intervención para no repetir maltrato infanto-juvenil.” (MINEDUC, 2018)