Curso-Taller Implicaciones de la Nueva Legislación de los Residuos Dra. Cristina Cortinas de Nava
¿A quién aplica y cómo aplica la nueva Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos? A QUÍEN APLICA: A todos los tipos de residuos A todos los tipos de generadores, incluyendo al Gobierno CÓMO APLICA: Bajo la responsabilidad compartida, pero diferenciada, de todos los sectores en la gestión de los residuos Dando prioridad a la prevención y valorización de los residuos sobre el confinamiento que es la última opción
COMPARACIÓN DE LOS VIEJOS Y NUEVOS PARADIGMAS EN LOS QUE SE BASA LA NUEVA LEGISLACIÓN DE LOS RESIDUOS Antes el peso de la carga de brindar los servicios de manejo de residuos sólidos urbanos recaía por completo en las autoridades municipales. En la actualidad el peso de la carga del manejo de los residuos se comparte de manera diferenciada con quienes los generan y manejan (principios de responsabilidad compartida y del que contamina paga).
¿Cómo aplica la nueva Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos la participación intersectorial? Artículo 35 .- El Gobierno Federal, los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, en la esfera de su competencia, promoverán la participación de todos los sectores de la sociedad en la prevención de la generación, la valorización y gestión integral de residuos, para lo cual: I. Fomentarán y apoyarán la conformación, consolidación y operación de grupos intersectoriales interesados en participar en el diseño e instrumentación de políticas y programas correspondientes, así como para prevenir la contaminación de sitios con materiales y residuos y llevar a cabo su remediación;
Ejemplo de Grupo Intersectorial RED MEXICANA DE MANEJO AMBIENTAL DE RESIDUOS (Redes formadas hasta el año 2001) BC Redes conformadas SON CHIH COAH NL BCS SIN DGO TAMPS ZAC QRO SLP NAY YUC GTO TLAX AGS HGO JAL Q. ROO MICH CAMP COL PUE VER TAB GRO MEX DF OAX CHIS MOR
ORIGEN DE LA REMEXMAR 1996 Creación de la REMEXMAR en México, por el Instituto Nacional de Ecología de la SEMARNAP, en respuesta a la invitación de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y de la Agencia Alemana GTZ para formar parte de la RED PANAMERICANA DE MANEJO AMBIENTAL DE RESIDUOS (REPAMAR)
Propósito de la Creación de la REPAMAR y de la REMEXMAR Promover el fortalecimiento de la capacidad de gestión de los residuos en los países de América Latina y el Caribe, y de las entidades federativas de México, mediante el intercambio de información, conocimientos y experiencias a través de medios electrónicos (Internet) y desarrollo de actividades de interés común
PAÍSES MIEMBROS DE LA REPAMAR www.repamar.org ARGENTINA BRASIL COLOMBIA COSTA RICA ECUADOR PANAMÁ PERÚ MÉXICO
Carácter de las Redes Se trata de redes intersectoriales, no gubernamentales, integradas por representantes de todos los sectores interesados en la gestión de los residuos: autoridades gubernamentales de los distintos órdenes de gobierno, legisladores, industria, empresas de servicios, academia, organizaciones civiles, asociaciones profesionales, entre otros
Carácter de las Redes La adhesión a las redes es voluntaria La regla básica de la participación en la red es el respeto mutuo y el interés en tomar parte activa en los proyectos que se desarrollen en ésta Las reuniones de los miembros se constituyen en foros de análisis, deliberación, propuesta de proyectos y acciones, e información sobre los avances logrados en los mismos
OBJETIVOS PARTICULARES DE LA REMEXMAR Intercambiar información, conocimientos y experiencias Desarrollar capacitación Promover investigación interdisciplinaria sobre el tema Realizar proyectos de demostración Identificar líneas prioritarias de acción en apoyo a autoridades federales, estatales y municipales Organizar la participación ciudadana Asesorar y brindar asistencia técnica
ESTRUCTURA DE LA REMEXMAR CENTRO NACIONAL COORDINADOR CENTRO NACIONAL DE INFORMACIÓN REMEXMAR ENTES COOPERANTES NÚCLEOS TÉCNICOS
Reglas de Operación La integración inicial de la Mesa Directiva y designación de los coordinadores de la misma y del centro de información, se hace por propuesta de voluntarios que deseen asumir el papel correspondiente, si sólo hay un candidato para cada puesto se acepta y si hay más de uno se vota Una vez conformadas las redes, sus integrantes establecen sus propias reglas de operación, que incluyen la rotación de los cargos Las redes se suelen certificar ante Notario para adquirir personalidad jurídica La meta es que las redes se vuelvan sustentables económicamente y operacionalmente
PROBLEMAS QUE MOTIVAN LA REGULACIÓN Y CONTROL DE LOS RESIDUOS SESIÓN I PROBLEMAS QUE MOTIVAN LA REGULACIÓN Y CONTROL DE LOS RESIDUOS
CAUSAS QUE SUBYACEN LA GENERACIÓN DE RESIDUOS En la naturaleza los procesos biológicos prácticamente no generan desechos porque son cíclicos Los residuos en la sociedad moderna son el resultado de las formas de consumo y producción que adoptan modelos lineales
RELACIÓN DE LA GENERACIÓN DE RESIDUOS URBANOS, EL PRODUCTO INTERNO BRUTO (PIB), EL GASTO EN CONSUMO PRIVADO (GCP), Y LA REGULACIÓN PREVENTIVA DE RESIDUOS 80 90 100 110 120 130 140 150 160 1980 1985 1990 1995 Índice 1980=100 PIB Generación de residuos municipales GCP Fuente: Manual de Referencia de la OCDE sobre Prevención Estratégica de Residuos.2000
ORÍGEN Y UNIVERSO DE RESIDUOS A REGULAR Y CONTROLAR RESIDUOS DE PRODUCTOS DE CONSUMO Y SUS ENVASES RESIDUOS DE PROCESOS EXTRACTIVOS RESIDUOS DE LA MANUFACTURA DE PRODUCTOS RESIDUOS DE PROCESOS PRODUCTIVOS
PROBLEMAS AMBIENTALES Y SANITARIOS A RESOLVER La emisión de gases con efecto de invernadero como el metano. Incendios en los basureros. Formación de lixiviados y contaminación de suelos y cuerpos de agua. Proliferación de fauna nociva.
PROBLEMAS SOCIALES Y ECONÓMICOS ASOCIADOS AL MANEJO DE LOS RESIDUOS Deterioro del paisaje. Devaluación de propiedades. Costos asociados a su recolección, tratamiento y disposición final.
Fallas en la asignación de precios Modelos de producción y consumo POSIBLES CAUSAS DE LA GENERACIÓN Y PROBLEMAS QUE OCASIONAN LOS RESIDUOS Fallas en la asignación de precios Modelos de producción y consumo Ineficiencias productivas Falta de cultura Carencia de infraestructura suficiente y ambientalmente adecuada No aplicación de la Ley
EVOLUCIÓN DE LAS LEGISLACIONES DE RESIDUOS Y NUEVA LEGISLACIÓN SESIÓN II EVOLUCIÓN DE LAS LEGISLACIONES DE RESIDUOS Y NUEVA LEGISLACIÓN
BASES DE LA PRIMERA GENERACIÓN DE LEGISLACIONES SANITARIAS DE LOS RESIDUOS Las primeras legislaciones en el mundo y en México tuvieron un enfoque sanitarista basado en el control de los residuos orgánicos contaminados con agentes patógenos (excretas humanas y animales) para prevenir epidemias, a través de “servicios de limpia” a cargo de autoridades locales.
BASES DE LA SEGUNDA GENERACIÓN DE LEGISLACIONES AMBIENTALES DE LOS RESIDUOS La revolución industrial se acompañó de la generación de volúmenes considerables de residuos que ejercen una presión excesiva sobre el ambiente y rebasan la capacidad de las autoridades locales para manejarlos por lo que se aplica el principio “el que contamina paga” y se asigna la responsabilidad de su manejo a los generadores, como en el caso de los residuos peligrosos en México.
BASES DE LA TERCERA GENERACIÓN DE LEGISLACIONES AMBIENTALES DE LOS RESIDUOS La innovación y desarrollo tecnológicos están contribuyendo a la introducción continua al comercio de nuevos productos de amplio consumo cuyo manejo al final de su vida útil plantea retos significativos, por lo que se ha asignado la responsabilidad a los productores (e importadores, distribuidores y comercializadores) de ocuparse de ellos y de reciclarlos en la medida de lo posible, como en la nueva legislación mexicana
Manuales para Regular los Residuos con sentido común: Publicaciones de la Cámara de Diputados durante la LVIII Legislatura en las que se sustentó la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (disponibles gratuitamente en: www.cristinacortinas.com) Hacia un México sin Basura: Bases e implicaciones de las legislaciones sobre residuos, 2001 Manuales para Regular los Residuos con sentido común: Manual 1: Introducción y técnica regulatoria, 2002 Manual 2: Contaminación por residuos. Prevención y remediación, 2002 Manual 3: Valorización de residuos, participación social e innovación en su gestión, 2003 Manual 4: Guías para facilitar la interpretación de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 2003 Los Contaminantes Orgánicos Persistentes. Una visión regional, 2003
Antecedentes de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos La iniciativa de ley fue presentada por un partido político ante la Cámara de Diputados en noviembre 2001 Dos nuevas iniciativas de leyes de residuos fueron propuestas en la Cámara de Senadores por otros dos partidos políticos en 2002 Se decidió dictaminar juntas las tres iniciativas e integrarlas en una sola que fue aprobada unánimemente en ambas cámaras en abril de 2003 La Ley General se publicó el 8 de octubre de 2003 y entró en vigor en enero 2004
¿Qué persigue la nueva legislación ambiental de los residuos? Proteger el bien común, en relación con los riesgos al ambiente y la salud que conlleva la generación y manejo de los residuos, de la manera más razonable, económica, efectiva, transparente, equitativa, participativa y socialmente aceptable.
¿Qué persigue la nueva legislación ambiental de los residuos? Lograr el aprovechamiento sustentable de los recursos induciendo la prevención de la generación de residuos y la valorización de aquellos que no se puedan evitar, a través de su reutilización, reciclado y recuperación de la energía contenida en ellos
VISIÓN ACTUAL NO HAY MEJOR RESIDUO QUE EL QUE NO SE GENERA MATERIA PRIMA QUE NO SE CONVIERTE EN PRODUCTO NO ES NEGOCIO
VISIÓN ACTUAL ATACAR LOS PROBLEMAS DE RAÍZ UTILIZAR EL ENFOQUE PREVENTIVO INDUCIR LA INTERNALIZACIÓN DE LOS COSTOS AMBIENTALES QUE IMPLICA LA GENERACIÓN Y EL MANEJO DE LOS RESIDUOS
VISIÓN ACTUAL IMPONER LA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA PERO DIFERENCIADA DE TODOS LOS SECTORES EN LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS
Jerarquía de las Formas de Manejo de los Residuos REDUCCIÓN REUSO Y RECICLAJE CO-PROCESAMIENTO TRATAMIENTO FÍSICO QUÍMICO INCINERACIÓN CONFINAMIENTO
SEGÚN EL SEGUNDO ARTICULO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL: ¿Qué implicaciones tiene la Ley General respecto a otras disposiciones legales sobre residuos? SEGÚN EL SEGUNDO ARTICULO TRANSITORIO DE LA LEY GENERAL: Se derogan todas las disposiciones jurídicas que se opongan al contenido de esta Ley.
OBJETO, PRINCIPIOS Y ENFOQUE DE LA NUEVA LEGISLACIÓN SESIÓN III OBJETO, PRINCIPIOS Y ENFOQUE DE LA NUEVA LEGISLACIÓN
OBJETO DE LA NUEVA LEGISLACIÓN DE LOS RESIDUOS Garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación .
PRINCIPIOS SUBYACENTES REALIDAD GRADUALIDAD FLEXIBILIDAD
PRINCIPIOS CLAVES Corresponde a quien genere residuos, la asunción de los costos derivados del manejo integral de los mismos y, en su caso, de la reparación de los daños
PRINCIPIOS CLAVES La valorización de los residuos para su aprovechamiento como insumos en las actividades productivas La disposición final de residuos limitada sólo a aquellos cuya valorización o tratamiento no sea económicamente viable, tecnológicamente factible y ambientalmente adecuada
Enfoques Estratégicos Gestión Integral de Residuos: Conjunto articulado e interrelacionado de acciones normativas, operativas, financieras, de planeación, administrativas, sociales, educativas, de monitoreo, supervisión y evaluación, para el manejo de residuos, desde su generación hasta la disposición final, a fin de lograr beneficios ambientales, la optimización económica de su manejo y su aceptación social, respondiendo a las necesidades y circunstancias de cada localidad o región
Enfoques Estratégicos Manejo Integral: Las actividades de reducción en la fuente, separación, reutilización, reciclaje, co-procesamiento, tratamiento biológico, químico, físico o térmico, acopio, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos, individualmente realizadas o combinadas de manera apropiada, para adaptarse a las condiciones y necesidades de cada lugar, cumpliendo objetivos de valorización, eficiencia sanitaria, ambiental, tecnológica, económica y social
Modelo de Manejo Integral de los Residuos Sólidos (MIRES)
DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS Y DE GENERADORES SESIÓN IV DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS Y DE GENERADORES
TIPOS DE RESIDUOS Y DE GENERADORES A LOS QUE APLICA LA NUEVA LEGISLACIÓN TRES TIPOS DE RESIDUOS: Sólidos Urbanos Manejo Especial Peligrosos CUATRO TIPOS DE GENERADORES: Domicilios Establecimientos Microgeneradores Pequeños Generadores Grandes Generadores
DEFINICIÓN DE RESIDUO Material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final conforme a lo dispuesto en esta Ley y demás ordenamientos que de ella deriven.
Implicaciones de la Definición de Residuo Permite distinguir los residuos de la basura, la cual debe limitarse a contener aquellos residuos para los cuales no se dispone en la actualidad de medios para su reciclaje o tratamiento ambientalmente efectivo, económicamente viable y tecnológicamente factible.
Implicaciones de la Definición de Residuo Permite inducir al generador a buscar opciones para el reúso o el reciclaje de sus residuos, ya sea dentro de sus propias instalaciones o intercambiándolos con otros interesados en aprovecharlos como insumos, con lo cual dejan de ser considerados como residuos.
DEFINICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Los generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus envases, embalajes o empaques; los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de establecimientos o en la vía pública que genere residuos con características domiciliarías, y los resultantes de la limpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean considerados por esta Ley como residuos de otra índole.
Implicación de la definición de residuos sólidos urbanos Limita este tipo de residuos a los relacionados con el consumo de materiales, productos, envases y embalajes.
DEFINICIÓN DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Son aquellos generados en los procesos productivos, que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos o como residuos sólidos urbanos, o que son producidos por grandes generadores de residuos sólidos urbanos.
Implicaciones de la definición de residuos de manejo especial 1. Por primera vez, una legislación general establece bases regulatorias para el control de los residuos de PROCESOS de todas las actividades productivas no peligrosos 2. Para fines de gestión, se incluyen en este rubro los residuos de materiales y productos de CONSUMO así como de envases y embalajes, que constituyen residuos sólidos urbanos, pero que se generan en grandes volúmenes (alrededor de 30 kilogramos diarios)
NUEVA DISTRIBUCIÓN DE LOS RESIDUOS DE JURISDICCIÓN LOCAL RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (domiciliarios y pequeños generadores) Residuos sólidos urbanos de grandes generadores RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL Residuos de procesos productivos
ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES LOCALES EN RELACIÓN CON LA NUEVA DISTRIBUCIÓN DE LOS RESIDUOS La gestión de los residuos sólidos urbanos generados a nivel domiciliario y por pequeños generadores es responsabilidad de los Municipios La gestión de los residuos sólidos urbanos generados por grandes generadores es responsabilidad de las autoridades estatales
ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES LOCALES EN RELACIÓN CON LA NUEVA DISTRIBUCIÓN DE LOS RESIDUOS La gestión de los residuos de manejo especial generados en los PROCESOS de las distintas actividades productivas es responsabilidad de las autoridades estatales
SUBCLASIFICACIÓN DE RESIDUOS PREVISTA EN LA LEY GENERAL Los residuos sólidos urbanos podrán subclasificarse en orgánicos e inorgánicos con objeto de facilitar su separación primaria y secundaria, de conformidad con los Programas Estatales y Municipales para la Prevención y la Gestión Integral de los Residuos, así como con los ordenamientos legales aplicables.
Implicaciones de la subclasificación de residuos La separación en la fuente de los residuos con fines de reciclaje, hace necesario introducir en el reglamento de la Ley General definiciones que apliquen en todo el país que faciliten dicha separación y permitan uniformizar el código de colores e identificación de contenedores para los distintos tipos de residuos
Sugerencias de Subclasificación de Residuos Sólidos Urbanos Residuos orgánicos putrescibles: Son aquellos restos de alimentos, plantas y animales, que se pudren o descomponen rápidamente desprendiendo malos olores, los cuales son objeto de acopio, almacenamiento y recolección selectiva o separada; Residuos orgánicos de lenta degradación: Son aquellos que tardan en biodegradarse, como el papel, el cartón, los plásticos, la madera o los textiles de fibras naturales o fabricadas con materiales sintéticos derivados del petróleo, los cuales son objeto de acopio, almacenamiento y recolección selectiva o separada; Residuos inorgánicos: Son aquellos que no son biodegradables como el vidrio, los materiales cerámicos y los metales ferrosos o no ferrosos, los cuales son objeto de acopio, almacenamiento y recolección selectiva o separada;
Separación Secundaria MODALIDADES DE SEPARACIÓN DE RESIDUOS PREVISTAS EN LA LEY GENERAL Separación Primaria Separación Secundaria Acción de segregar los residuos sólidos urbanos y de manejo especial en orgánicos e inorgánicos Acción de segregar entre sí los residuos sólidos urbanos y de manejo especial que sean inorgánicos y susceptibles de ser valorizados
Implicaciones de la subclasificación de residuos inorgánicos Si sólo se plantea la separación primaria en residuos orgánicos e inorgánicos, habrá que señalar que, para fines de gestión, los primeros contienen a los residuos orgánicos putrescibles y los segundos a residuos orgánicos de lenta biodegradación y a los residuos inorgánicos no biodegradables
SUBCLASIFICACIÓN DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL PREVISTA EN LA LEY GENERAL Los residuos de manejo especial se clasifican como se indica a continuación, salvo cuando se trate de residuos considerados como peligrosos en esta Ley y en las normas oficiales mexicanas correspondientes. Residuos de rocas Residuos de Servicios de Salud Residuos pesqueros, agrícolas, silvícolas, forestales, avícolas, ganaderos Residuos de Servicios de Transporte Lodos de plantas de tratamiento de aguas residuales
SUBCLASIFICACIÓN DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL PREVISTA EN LA LEY GENERAL Residuos de tiendas departamentales o centros comerciales generados en grandes volúmenes. Residuos de la construcción. Residuos tecnológicos. Otros que determine la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Implicaciones de la subclasificación de residuos de manejo especial Se prevé que los grandes generadores y/o los generadores de grandes volúmenes de este tipo de residuos utilicen el sistema de manifiestos para hacer el seguimiento de su generación y manejo.
Implicaciones del Llenado de Manifiestos de Generación y Manejo de Residuos de Manejo Especial Será necesario subclasificar cada uno de los tipos de residuos de manejo especial de los PROCESOS productivos, en distintas clases acordes a las características que sean importantes para fines de manejo seguro y ambientalmente adecuado, por lo que se sugiere consultar el Catálogo Europeo de Residuos u otros catálogos similares, para elaborar los listados correspondientes.
¡SI CONSUMIMOS PRODUCTOS PELIGROSOS, GENERAMOS RESIDUOS PELIGROSOS!
DEFINICIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS Son aquellos que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio, de conformidad con lo que se establece en esta Ley;
Implicaciones de la definición de residuo peligroso 1. Al hacer los inventarios correspondientes habrá que considerar los residuos en estado sólido, semisólido y los líquidos y gases contenidos en recipientes, considerados como peligrosos 2. Cuando los suelos contaminados se movilicen fuera del sitio en el que se encuentran para ser tratados deben manejarse como peligrosos
RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS UNIVERSO DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS 1 a 2% son peligrosos RESIDUOS DE LA MANUFACTURA DE PRODUCTOS 10 a 15 % son peligrosos RESIDUOS DE LA PRODUCCIÓN RESIDUOS DE PROCESOS EXTRACTIVOS ¿Cuántos son peligrosos?
GENERADORES Y GENERACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS 2 a 5 % de los Generadores generan alrededor del 90 % de los residuos 95 a 98 % de los Generadores generan 10 % de los residuos
OBJETIVOS DE LA SUBCLASIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS PREVISTOS EN LA LEY GENERAL La Secretaría agrupará y subclasificará los residuos peligrosos, sólidos urbanos y de manejo especial en categorías, con el propósito de elaborar los inventarios correspondientes, y orientar la toma de decisiones basada en criterios de riesgo y en el manejo de los mismos.
LA SUBCLASIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS DEBERÁ ATENDER A LA NECESIDAD DE: Identificar las fuentes generadoras, los diferentes tipos de residuos, los distintos materiales que constituyen los residuos y los aspectos relacionados con los mercados de los materiales reciclables o reciclados, entre otros, para orientar a los responsables del manejo integral de residuos.
OTROS CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN Estado físico y propiedades o características inherentes, que permitan anticipar su comportamiento en el ambiente; Fuentes generadoras, los diferentes tipos de residuos, los distintos materiales que constituyen los residuos y los aspectos relacionados con los mercados de los materiales reciclables o reciclados Fuentes generadoras de los residuos cuya disposición final pueda provocar salinización e incrementos excesivos de carga orgánica en suelos y cuerpos de agua
PROCEDIMIENTO PARA CLASIFICAR RESIDUOS SUJETOS A PLANES DE MANEJO La clasificación de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, sujetos a planes de manejo se llevará a cabo de conformidad con los criterios que se establezcan en las normas oficiales mexicanas que contendrán los listados de los mismos y cuya emisión estará a cargo de la Secretaría (Semarnat).
CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS La clasificación de un residuo como peligroso, se establecerá en las normas oficiales mexicanas que especifiquen la forma de determinar sus características, que incluyan los listados de los mismos y fijen los límites de concentración de las sustancias contenidas en ellos, con base en los conocimientos científicos y las evidencias acerca de su peligrosidad y riesgo.
PRIORIDADES DE GESTIÓN LOS GRANDES GENERADORES QUE GENEREN GRANDES VOLÚMENES DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y DE MANEJO ESPECIAL PERO…¿Qué tan grande es GRANDE?
DEFINICIÓN DE GENERADOR PREVISTA EN LA LEY GENERAL Persona física o moral que produce residuos, a través del desarrollo de procesos productivos o de consumo.
DEFINICIÓN DE GRAN GENERADOR Persona física o moral que como resultado de sus actividades produzca residuos de manejo especial en cantidades iguales o superiores a 10 toneladas al año (cerca de 30 toneladas al día), en peso bruto total, o su equivalente en otra unidad de medida.
DEFINICIÓN DE PEQUEÑO GENERADOR Persona física o moral que como resultado de sus actividades produzca residuos de manejo especial en cantidades menores a 10 toneladas al año e iguales o superiores a 400 kilogramos anuales, en peso bruto total, o su equivalente en otra unidad de medida.
DEFINICIÓN DE MICROGENERADOR Establecimiento industrial, comercial o de servicios que genere una cantidad de hasta cuatrocientos kilogramos de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida.
TAREA PENDIENTE Definir qué se entiende por residuos generados en grandes volúmenes y establecer nuevas definiciones de generadores de residuos (que requieran ser controlados prioritariamente)
PROPÓSITOS DE LA NUEVA CLASIFICACIÓN DE GENERADORES DE RESIDUOS Distribuir los costos de transacción que implica la administración de los residuos de conformidad con la dimensión de la contribución de las fuentes generadoras a su generación.
PROPÓSITOS DE LA NUEVA CLASIFICACIÓN DE GENERADORES DE RESIDUOS Hacer más eficiente la gestión de los residuos otorgando prioridad al control de quiénes generan el mayor volumen de residuos. Establecer obligaciones diferenciadas de acuerdo con el volumen y características de los residuos generados.
PROPÓSITOS DE LA NUEVA CLASIFICACIÓN DE GENERADORES DE RESIDUOS Aprovechar las ventajas que ofrecen los criterios de economía de escala para lograr el manejo costo-efectivo de los residuos generados en grandes volúmenes.
PROPÓSITOS DE LA NUEVA CLASIFICACIÓN DE GENERADORES DE RESIDUOS Incentivar a los grandes generadores a minimizar, valorizar o intercambiar los residuos generados en grandes volúmenes sujetándolos a planes de manejo acordes con los principios de prevención y protección del ambiente y la salud.
IMPLICACIONES PARA LOS GRANDES GENERADORES DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Dado que los residuos sólidos urbanos generados en grandes volúmenes son considerados como residuos de manejo especial, corresponde a los generadores asumir la responsabilidad y el costo de su manejo ya sea mediante autoservicios, empresas privadas o públicas prestadoras de servicios autorizadas, lo cual se espera induzca su minimización.
INSTRUMENTOS CLAVES DE GESTIÓN SESIÓN V INSTRUMENTOS CLAVES DE GESTIÓN
INSTRUMENTOS CLAVES DE GESTIÓN Diagnóstico Básico TIPOS, VOLÚMENES Y FRECUENCIA DE RESIDUOS GENERADOS GRANDES FUENTES GENERADORAS CAPACIDAD INSTALADA PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SITIOS CONTAMINADOS CON RESIDUOS
INSTRUMENTOS CLAVES DE GESTIÓN PAGO VARIABLE POR MANEJO DE RESIDUOS PROGRAMAS PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS,
INSTRUMENTOS CLAVES DE GESTIÓN PLANES DE MANEJO DE CORRIENTES DE RESIDUOS PRIORITARIOS SISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL
INTERNALIZACIÓN DE COSTOS Y FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Determinación transparente de costos del manejo de los residuos. Asignación diferenciada y gradual de cuotas de manejo. Aplicación de los ingresos al fortalecimiento de los servicios de limpia. Incentivos a quien separe residuos valorizables Incorporación del sector informal a los sistemas de gestión integral.
La política local en materia de residuos CONTENIDO DEL PROGRAMA ESTATAL DE PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS El diagnóstico básico La política local en materia de residuos La definición de objetivos y metas Los medios de financiamiento Los mecanismos para fomentar la vinculación entre los programas municipales La asistencia técnica que en su caso brinde la SEMARNAT
¿Qué es un Plan de Manejo? Es un instrumento de gestión cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la valorización de residuos sólidos urbanos, residuos de manejo especial y residuos peligrosos específicos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, con fundamento en el Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de Residuos, diseñado bajo los principios de responsabilidad compartida y manejo integral
¿Qué se entiende por Sistemas de Manejo Ambiental? El conjunto de medidas adoptadas a través de las cuales, se incorporan criterios ambientales en las actividades cotidianas de una organización, con el objetivo de minimizar su impacto negativo al ambiente, mediante el ahorro y consumo eficiente de agua, energía y materiales, y que alienta con sus políticas de adquisiciones la prevención de la generación de residuos, su aprovechamiento y su manejo integral.
DISPOSICIONES DE LA LEY SOBRE SISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL Artículo 7.- Son facultades de la Federación: XVIII. Formular, establecer y evaluar los sistemas de manejo ambiental del gobierno federal, que apliquen las dependencias y entidades de la administración pública federal; Artículo 9.- Son facultades de las Entidades Federativas: XIV. Formular, establecer y evaluar los sistemas de manejo ambiental del gobierno estatal; Artículo 34.- Los sistemas de manejo ambiental que formulen y ejecuten las dependencias federales, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, se sujetarán a lo que se establece en la presente Ley.
INDICADORES PARA EVALUAR EL DESEMPEÑO DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS NÚMERO DE FUENTES GENERADORAS VOLÚMENES DE GENERACIÓN Y TIPOS DE RESIDUOS CONTAMINACIÓN AMBIENTAL, DAÑOS A LA SALUD Y A LA BIOTA LEGISLACIÓN, FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES, INVERSIONES, CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURA, PARTICIPACIÓN SOCIAL, EDUCACIÓN PRESIÓN ESTADO IMPACTOS RESPUESTA
EJEMPLOS DE MECANISMOS PARA IMPULSAR LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Creación de redes intersectoriales Establecimiento de alianzas entre sectores (por ej. Academia-Industria) Desarrollo de proyectos piloto de gestión de residuos en los que intervengan distintos sectores
Ejemplo de Red Intersectorial La Red Mexicana de Manejo Ambiental de Residuos (REMEXMAR) se creó en 1996 y formó Núcleos Técnicos (redes locales) intersectoriales en 22 entidades federativas, incluyendo el Distrito Federal, las cuales se están reactivando en la actualidad para apoyar la aplicación de la Ley General
DIFERENCIAS ENTRE PLANES DE MANEJO SESIÓN VI DIFERENCIAS ENTRE PLANES DE MANEJO
¿Cómo surge la idea de incorporar los planes de manejo en la gestión ambiental de los residuos? Al identificarse que existe una multiplicidad de tipos de residuos, con características muy diferentes, que se generan en cantidades variables y se manejan en entornos que difieren en su vulnerabilidad a sus efectos negativos sobre la salud y el ambiente. Al reconocer que las autoridades ambientales no tienen capacidad para dictar normas de manejo ambiental a un universo tan variado de residuos y condiciones de manejo.
¿Cómo surge la idea de incorporar los planes de manejo en la gestión ambiental de los residuos? Al considerar que quienes están involucrados en la generación de residuos son quienes están en una posición mejor para conocer las circunstancias en las que se generan, las características de los mismos y los riesgos que conlleva su manejo. Al reconocer que el manejo seguro y ambientalmente adecuado de los residuos corresponde a quienes los generan directa o indirectamente.
¿Qué oportunidades se abren con el desarrollo de planes de manejo? 1. Hacer más eficientes los procesos productivos en los que se generan grandes volúmenes de RESIDUOS que representan pérdidas económicas y riesgos ambientales, elevando su competitividad
¿Qué oportunidades se abren con el desarrollo de planes de manejo? 2. Que los productores, importadores, exportadores, distribuidores y comercializadores, asuman la responsabilidad de los PRODUCTOS DE CONSUMO en cuyo comercio están involucrados, aceptando la devolución de aquellos que la ley prevea que les sean retornados al final de su vida útil.
¿Qué oportunidades se abren con el desarrollo de planes de manejo? 3. Disminuir la cantidad de residuos que van a parar a los sitios de disposición final controlada o al ambiente
¿Qué oportunidades se abren con el desarrollo de planes de manejo? 4.Repartir el peso de la carga de la gestión de los residuos entre todos los involucrados en su ciclo de vida integral 5. Promover la internalización de los costos ambientales que conlleva la generación y manejo de los residuos, particularmente los generados en grandes volúmenes
¿Cómo pueden servir los planes de manejo en el desarrollo de la normatividad ambiental? Los planes de manejo exitosos pueden servir de base para la formulación de normas, siempre y cuando: 1.Logren los objetivos ambientales que persigue la legislación en la materia 2.Introduzcan formas innovadoras, más fáciles, económicas y socialmente aceptables de manejo de los residuos 3.Sean aplicables de manera general al manejo de los residuos o productos posconsumo a los cuales involucraron
¿Qué fines legales persiguen los planes de manejo? Promover la prevención de la generación y la valorización de los residuos así como su manejo integral, a través de medidas que reduzcan los costos de su administración, faciliten y hagan más efectivos, desde la perspectiva ambiental, tecnológica, económica y social, los procedimientos para su manejo; Establecer modalidades de manejo que respondan a las particularidades de los residuos y de los materiales que los constituyan;
¿Qué fines legales persiguen los Planes de Manejo? Atender a las necesidades específicas de ciertos generadores que presentan características peculiares; Establecer esquemas de manejo en los que aplique el principio de responsabilidad compartida de los distintos sectores involucrados, y Alentar la innovación de procesos, métodos y tecnologías, para lograr un manejo integral de los residuos, que sea económicamente factible.
¿Cuántos tipos de Planes de Manejo están previstos en la nueva Legislación? Para los RESIDUOS sólidos urbanos y de manejo especial generados en grandes volúmenes Para los RESIDUOS peligrosos listados en la Ley y en las NOMs Para PRODUCTOS de consumo que al desecharse se convierten en residuos sólidos urbanos, de manejo especial y peligrosos
¿Quiénes deben formular los Planes de Manejo? Los productores, importadores, exportadores y distribuidores de los productos que al desecharse se convierten en los residuos peligrosos a los que hacen referencia las fracciones I a XI del artículo 31 de esta Ley y los que se incluyan en las normas oficiales mexicanas correspondientes; Los generadores de los residuos peligrosos a los que se refieren las fracciones XII a XV del artículo 31 y de aquellos que se incluyan en las normas oficiales mexicanas correspondientes,
¿Quiénes deben formular los Planes de Manejo? III. Los grandes generadores y los productores, importadores, exportadores y distribuidores de los productos que al desecharse se convierten en residuos sólidos urbanos o de manejo especial que se incluyan en los listados de residuos sujetos a planes de manejo de conformidad con las normas oficiales mexicanas correspondientes.
Restricciones al Establecer Planes de Manejo Art. 29.- En todo caso, al formular los planes de manejo aplicables a productos de consumo, se evitará establecer barreras técnicas innecesarias al comercio o un trato discriminatorio que afecte su comercialización.
Criterios para Priorizar Residuos Sujetos a Planes de Manejo I. Que los materiales que los componen tengan un alto valor económico; II. Que se trate de residuos de alto volumen de generación, producidos por un número reducido de generadores; III. Que se trate de residuos que contengan sustancias tóxicas, persistentes y bioacumulables, y IV. Que se trate de residuos que representen un alto riesgo a la población, al ambiente o a los recursos naturales.
Cómo se Formularán los Planes de Manejo Artículo 32.- Los elementos y procedimientos que se deben considerar al formular los planes de manejo, se especificarán en las normas oficiales mexicanas correspondientes, y estarán basados en los principios que señala la presente Ley.
Registro de Planes de Manejo Artículo 33.- Las empresas o establecimientos responsables de los planes de manejo presentarán, para su registro a la Secretaría, los relativos a los residuos peligrosos; y para efectos de su conocimiento a las autoridades estatales los residuos de manejo especial, y a las municipales para el mismo efecto los residuos sólidos urbanos, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y según lo determinen su Reglamento y demás ordenamientos que de ella deriven.
¿Qué implicaciones tiene que los planes de manejo no estén sujetos a autorización? 1. Para quienes los formulan es una ventaja pues tendrán toda la libertad de diseñarlos como mejor les convenga, siempre y cuando permitan el manejo seguro y ambientalmente adecuado de los residuos. 2. Para las autoridades ambientales significa que se evita una abrumadora cantidad de trabajo para evaluar técnicamente la multitud de planes de manejo que se espera se formulen.
¿Qué formas de control de los planes de manejo están previstas? 1. Los planes de manejo deben ser hechos del conocimiento público y estar disponibles para ser evaluados por asesores de la autoridad 2. Las autoridades verificadoras del cumplimiento de la Ley pueden verificar que los planes permiten el manejo seguro y ambientalmente adecuado de los residuos y, en caso contrario, resolverán que no apliquen y, en su caso, podrán ejercer sanciones si provocan daños ambientales
Responsabilidad de las Autoridades Estatales II. Diseñar e instrumentar programas para incentivar a los grandes generadores de residuos a reducir su generación y someterlos a un manejo integral; III. Promover la suscripción de convenios con los grandes generadores de residuos, en el ámbito de su competencia, para que formulen e instrumenten los planes de manejo de los residuos que generen;
Responsabilidad de Autoridades Estatales IV. Integrar el registro de los grandes generadores de residuos en el ámbito de su competencia y de empresas prestadoras de servicios de manejo de esos residuos, así como la base de datos en la que se recabe la información respecto al tipo, volumen y forma de manejo de los residuos; V. Integrar la información relativa a la gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial , al Sistema Nacional de Información Ambiental y Recursos Naturales; VI. Elaborar, actualizar y difundir el diagnóstico básico para la gestión integral de residuos sólidos urbanos y de manejo especial;
Responsabilidad de las Autoridades Estatales Artículo 98.- Para la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos de manejo especial, las entidades federativas establecerán las obligaciones de los generadores, distinguiendo grandes y pequeños, y las de los prestadores de servicios de residuos de manejo especial, y formularán los criterios y lineamientos para su manejo integral.
Aspectos claves sobre Planes de Manejo aplicables a productos posconsumo Es posible que ya estén sujetos a planes de manejo similares en otros países con los que México comercia (algunos de los cuales con los que ya ha establecido tratados comerciales) o incluso en México (aunque no se trate propiamente de los planes con las características previstas en la ley, como en el caso de acumuladores de autos o envases de PET), por lo cual conviene conocer en qué consisten dichos planes.
Aspectos claves sobre Planes de Manejo aplicables a productos posconsumo Se deberán establecer mecanismos para que los planes apliquen tanto a los productos fabricados en el país como a los de importación (lo cual permite anticipar problemas respecto al comercio de productos importados ilegalmente). Se deberá evitar la adopción de medidas que puedan constituirse en barreras injustificadas al comercio de dichos productos de una entidad federativa a otra o a su comercio internacional.
SESIÓN VII RESIDUOS PELIGROSOS SUJETOS A PLANES DE MANEJO Y GENERADOS POR MICROGENERADORES
Productos de Consumo que al Desecharse se convierten en Residuos Peligrosos Sujetos a Planes de Manejo Aceites lubricantes usados; Disolventes usados; Convertidores catalíticos de vehículos automotores; Acumuladores de vehículos automotores conteniendo plomo; Baterías eléctricas a base de mercurio o de níquel-cadmio; Lámparas fluorescentes y de vapor de mercurio; Aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo; Fármacos (medicamentos caducos); Plaguicidas y sus envases;
Residuos peligrosos sujetos a Planes de Manejo Compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados; Lodos de perforación base aceite, provenientes de la extracción de combustibles fósiles y lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas residuales cuando sean considerados como peligrosos; La sangre y los componentes de ésta, sólo en su forma líquida, así como sus derivados; Las cepas y cultivos de agentes patógenos Los residuos patológicos y Los residuos punzo-cortantes que hayan estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas
¿Qué problemas se plantean para la implantación de los planes de manejo de residuos peligrosos listados en la Ley? Algunos de ellos pueden considerarse al mismo tiempo como PRODUCTOS POSCONSUMO bajo la responsabilidad de: a) productores, importadores, exportadores, distribuidores y comercializadores y b) generadores de RESIDUOS DE PROCESOS productivos
¿A quién corresponde establecer planes de manejo de aceites usados? 1. A los productores, importadores, exportadores, distribuidores y comercializadores de los productos comerciales, que pueden establecer conjuntamente las redes de acopio, transporte, reciclaje y/o co-procesamiento energético y a quienes sus clientes al menudeo devolverán los aceites usados 2. A quienes los generan en sus PROCESOS productivos en grandes volúmenes
¿A quién corresponde establecer planes de manejo de lámparas fluorescentes, acumuladores, pilas, fármacos? A los productores, importadores, exportadores, distribuidores y comercializadores de estos productos, que pueden establecer conjuntamente las redes de acopio, transferencia, transporte, reciclaje, tratamiento y/o disposición final y a quienes sus clientes devolverán los productos usados
¿A quién corresponde establecer planes de manejo de envases vacíos de plaguicidas ? A productores, importadores, exportadores, distribuidores, comercializadores, de productos plaguicidas que se consumen en México y a los consumidores de actividades agrícolas y otras que se establezcan en la normatividad correspondiente, quienes deben devolverlos a los centros de acopio comprendidos en los planes de manejo, después de someterlos al triple lavado, de ser el caso
¿Qué elementos se deben considerar al formular Planes de Manejo de productos que se convierten en residuos peligrosos? Los procedimientos para su acopio, almacenamiento, transporte y envío a reciclaje, tratamiento o disposición final, que se prevén utilizar; Las estrategias y medios a través de los cuales se comunicará a los consumidores, las acciones que éstos deben realizar para devolver los productos del listado a los proveedores o a los centros de acopio destinados para tal fin, según corresponda;
¿Qué elementos se deben considerar al formular Planes de Manejo de productos que se convierten en residuos peligrosos? Los procedimientos mediante los cuales se darán a conocer a los consumidores las precauciones que, en su caso, deban de adoptar en el manejo de los productos que devolverán a los proveedores, a fin de prevenir o reducir riesgos; y Los responsables y las partes que intervengan en su formulación y ejecución.
¿Qué elementos se deben considerar al formular Planes de Manejo de productos y residuos peligrosos? En caso de que los planes de manejo planteen formas de manejo contrarias a esta Ley y a la normatividad aplicable, el plan de manejo no deberá aplicarse.
¿Qué procedimientos se deben seguir en relación con los Planes de Manejo? Las empresas o establecimientos responsables de los planes de manejo presentarán, para su registro a la Secretaría, los relativos a los residuos peligrosos;
Otros residuos peligrosos sujetos a Planes de Manejo La Secretaría (Semarnat) determinará, conjuntamente con las partes interesadas, otros residuos peligrosos que serán sujetos a planes de manejo, cuyos listados específicos serán incorporados en la norma oficial mexicana que establece las bases para su clasificación.
¿Qué plazo se fijó para formular los Planes de Manejo previstos en la Ley? ARTÍCULO TRANSITORIO OCTAVO.- Los responsables de formular los planes de manejo para los residuos peligrosos a los que hace referencia el artículo 31 de este ordenamiento, contarán con un plazo no mayor a dos años para formular y someter a consideración de la Secretaría dichos planes.
¡SI CONSUMIMOS PRODUCTOS PELIGROSOS, GENERAMOS RESIDUOS PELIGROSOS!
EJEMPLOS DE RESIDUOS PELIGROSOS GENERADOS EN LOS HOGARES Medicamentos caducos Limpiadores o desmanchadores a base de cloro o disolventes orgánicos Pinturas conteniendo disolventes orgánicos y/o metales tóxicos Plaguicidas Pilas y baterías conteniendo plomo, mercurio, arsénico o cadmio
TIPOS DE MICROGENERADORES DE RESIDUOS PELIGROSOS Domicilios que consumen esporádicamente y desechan productos que contienen materiales peligrosos Establecimientos industriales, comerciales y de servicios
DEFINICIÓN LEGAL DE MICROGENERADOR Establecimiento industrial, comercial o de servicios que genere una cantidad de hasta cuatrocientos kilogramos de residuos peligrosos al año o su equivalente en otra unidad de medida;
APOYO A MICROGENERADORES A TRAVÉS DE PLANES DE MANEJO Artículo 48.- Las personas consideradas como microgeneradores de residuos peligrosos están obligadas a registrarse ante las autoridades competentes de los gobiernos de las entidades federativas o municipales, según corresponda; sujetar a los planes de manejo los residuos peligrosos que generen y que se establezcan para tal fin.
Obligaciones de los microgeneradores: Artículo 48.- Continúa Obligaciones de los microgeneradores: … llevar sus propios residuos peligrosos a los centros de acopio autorizados o enviarlos a través de transporte autorizado, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
REGULACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS GENERADOS EN PEQUEÑAS CANTIDADES Artículo 49.- La Secretaría, mediante la emisión de normas oficiales mexicanas, podrá establecer disposiciones específicas para el manejo y disposición final de residuos peligrosos por parte de los microgeneradores y los pequeños generadores de estos residuos, en particular de aquellos que por su peligrosidad y riesgo así lo ameriten.
CONTROL DE MICROGENERADORES Artículo 45.- …El control de los microgeneradores de residuos peligrosos, corresponderá a las autoridades competentes de los gobiernos de las entidades federativas y municipales, de conformidad con lo que establecen los artículos 12 y 13 del presente ordenamiento.
CONVENIOS O ACUERDOS DE COORDINACIÓN Artículo 12.- La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir con los gobiernos de las entidades federativas convenios o acuerdos de coordinación, con el propósito de asumir las siguientes funciones, de conformidad con lo que se establece en esta Ley y con la legislación local aplicable:
Funciones de Entidades Federativas Establecidas Mediante Acuerdos o Convenios La autorización y el control de las actividades realizadas por los microgeneradores El control de los residuos peligrosos que estén sujetos a los planes de manejo; El establecimiento y actualización de los registros que correspondan en los casos anteriores La imposición de las sanciones aplicables, relacionadas con los actos a los que se refiere este artículo.
RESIDUOS PELIGROSOS DOMICILIARIOS Artículo 23.- Las disposiciones del presente Título no serán aplicables a los residuos peligrosos que se generen en los hogares en cantidades iguales o menores a las que generan los microgeneradores, al desechar productos de consumo que contengan materiales peligrosos, así como en unidades habitacionales o en oficinas, instituciones, dependencias y entidades, los cuales deberán ser manejados conforme lo dispongan las autoridades municipales responsables de la gestión de los residuos sólidos urbanos y de acuerdo con los planes de manejo que se establezcan siguiendo lo dispuesto en este ordenamiento.
RESIDUOS PELIGROSOS DOMICILIARIOS Artículo 23.- continúa …La Secretaría, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, promoverá acciones tendientes a dar a conocer a los generadores de los residuos a que se refiere este precepto, la manera de llevar a cabo un manejo integral de éstos.