Sistema de Jerarquización de los Asentamientos Humanos
¿En que consiste ese Sistema? La reunión inició cuando Juan Facilín entró al salón y con mucha emotividad saludó a los presentes: Buenos días, hoy vengo a explicarles el sistema de jerarquización de los asentamientos humanos. ¿En que consiste ese Sistema?
Es una herramienta muy útil para elaborar el Plan de Ocupación Territorial, como instrumento que promueve y dinamiza la organización del territorio, la optimización funcional de los centros, redes, flujos de comunicación, de las actividades productivas y distribución de los servicios, con el propósito de generar el proceso de regionalización. ¿Cómo se conforma el Sistema de Asentamientos Humanos?
Los asentamientos humanos tienen diferente número de población, esa dimensión marca las necesidades que se deben prever y adoptar para el futuro crecimiento del núcleo urbano y rural. De acuerdo a los asentamientos del país, es necesario establecer acciones que constituyan a la base de una regionalización ajustada a las previsiones de desarrollo.
La jerarquización de los asentamientos humanos es un paso previo la regionalización, la población determina el nivel básico para el cual se prepararán las normas de ordenamiento territorial, el mínimo control preventivo, niveles deseables de equipamiento social comunitario, infraestructura, servicios públicos básicos, entre otros (Véase: “Criterios Para la Regionalización” de esta serie). ¿Por qué es necesario revisar la jerarquización de los asentamientos humanos?
¿Cómo es la jerarquización de los asentamientos humanos en Honduras? Según la Dirección General de Ordenamiento Territorial se jerarquizan así: Asentamiento Jerarquización Caracterización Rural Menos de 500 habitantes Aldeas y Caseríos cuyas características económicas están más ligadas a la productividad del suelo. Pre- urbano De 500 a 15,000 habitantes Las acciones que se pueden adoptar son las mas elementales tendientes a definir el perímetro urbano. Establece las funciones de controles preventivos y mínimos de Ordenamiento Territorial y elementos básicos de Registro de la Propiedad y de la Dirección Ejecutiva de Catastro (ventanilla de servicios complementarios). Es imprescindible delimitar las áreas urbanas, rurales como un mínimo control preventivo que permite al núcleo guiar su crecimiento espontáneo sin producir mayores distorsiones mientras no se realice la implantación de nuevas actividades cuya localización deberá preverse teniendo en cuenta el impacto de desarrollo que pueda provocar.
Asentamiento Jerarquización Caracterización Urbano De 15,001 a 300,000 habitantes Establece las funciones de Reglamentación y Controles de Usos de la Tierra, Regionalización según Plan de Ordenamiento Territorial; de Registro de la Propiedad y de la Dirección Ejecutiva de Catastro (oficinas departamentales y/o ventanilla de servicios complementarios). Metrópolis Más de 300,000 habitantes Establece las funciones completas de reglamentación y controles de usos de la tierra definidas en el Plan de Ordenamiento Territorial considerando aconsejable y necesario así como el fortalecimiento y equipamiento informático correspondiente para el Registro de la Propiedad, la Dirección Ejecutiva de Catastro y su apropiada actualización y mantenimiento catastral (oficinas regionales y/o departamentales). El establecimiento de esta tipología preliminar contribuirá al afianzamiento de la gobernabilidad y la descentralización y desconcentración territorial de la acción del estado y al fortalecimiento de la gestión de la administración municipal.
Características del Plan de Ordenamiento Territorial ¿Cuáles son las características de los Planes de Ordenamiento Territorial de acuerdo a la dimensión de la Población? Las características de los Planes de Ordenamiento Territorial de acuerdo a la dimensión de la población son: Asentamiento Características del Plan de Ordenamiento Territorial Rural Planes básicos: implican controles preventivos, necesidades de terrenos e infraestructura básica, organización de servicios municipales de planeamiento y estadísticas. La realización de los Planes de Ordenamiento Territorial e el área rural estarán dados por los gobiernos locales (la Corporación municipal y la sociedad civil) con la orientación de la Dirección General de Ordenamiento Territorial. La aprobación y aplicación por la autoridad Municipal, la Alcaldía y la Corporación Municipal. Pre- urbano Planes básicos: Implican la delimitación del área Urbana / Perímetro Urbano, controles preventivos, necesidades de terrenos e infraestructura básica, organización de servicios municipales de planeamiento y estadísticas. Se aplicará en las poblaciones urbanas de hasta 15,000 habitantes, siempre que los problemas relativos al uso del suelo y el desarrollo poblacional no presenten situaciones críticas. La realización estará a cargo del municipio y la sociedad civil con la orientación de la Dirección General de Ordenamiento Territorial. La aprobación y aplicación por la autoridad Municipal, la Alcaldía y la Corporación Municipal.
Características del Plan de Ordenamiento Territorial Asentamiento Características del Plan de Ordenamiento Territorial Urbano Planes y Ordenamiento Territorial que incluye Núcleos Intermedios: Implican normas que establecen el organismo responsable, delimitación del perímetro urbano, zonificación preventiva, necesidades de terrenos e infraestructura básica, organización de servicios municipales de ordenamiento y estadísticas. La realización estará a cargo de la oficina técnica municipal y supervisión de la Dirección General de Ordenamiento Territorial. La convalidación de la Secretaría de Gobernación y Justicia, por la Dirección General de Ordenamiento Territorial. La aprobación y aplicación por el gobierno local. Metrópolis Planes de Áreas Metropolitanas: Estos planes integrales destinados a establecer las estructuras generales de ordenamiento territorial y desarrollo de las categorías metropolitanas y conurbaciones implican regiones que cuentan con desarrollos metropolitanos, agrupamiento de dos o más ciudades de poblaciones mayores de 100,000 habitantes. La realización estará dada por las autoridades competentes, la Dirección General de Ordenamiento Territorial establecerá las estructuras y normas generales del planteamiento del área urbana, pudiendo ampliar su plantel con la contratación de equipos privados de planificadores urbanos y asesores en los aspectos que así lo requieran. El ordenamiento particularizado del uso del suelo urbano y rural de cada ciudad, puede ser realizado por oficinas municipales, equipo profesional, con participación municipal y de la sociedad civil. La convalidación será determinada por los gobiernos locales correspondientes a la Región y Gobierno Central, la Secretaría de Gobernación y Justicia y la Dirección General de Ordenamiento Territorial. La aplicación dentro de su área administrativa por organismos competentes.
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Finalizado en Marzo del año 2004. Contenido: Dirección General de Ordenamiento Territorial, Secretaría de Gobernación y Justicia de Honduras Dra. Ninfa América Espinoza, Directora General Lic. Benicia Corea, Asuntos Sociales y Económicos. Agdo. Virgilio Fortín Machado, Asesor Legal Ing. Santos Damas, Sistema de Información Geográfico. Cart. Ángel G. Hernández, Cartografía Arq. Blas Ramón Boquín, Asentamientos Humanos Arq. Giovanni Verde, Asentamientos Rurales Ninfa Menocal, Asistencia Interna Edición y Dirección: Dra. Ninfa América Espinoza, Dirección General Ordenamiento Territorial Comité de Revisión: Dr. Ian Cherrett, Oficial Principal de Desarrollo Rural para América Latina y el Caribe-FAO Ing. Carlos Roberto Mejía, Consultor Nacional Proyecto Gobernabilidad Local- FAO-Honduras Ilustraciones: Allan McDonald Comunicación: Mildred Tejada Diseño Gráfico: Ninfa América Espinoza ®Se autoriza la reproducción de este material, siempre y cuando se cite su fuente. Finalizado en Marzo del año 2004.
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