Jeremy Bentham (1748 – 1832) Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho I Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
DERECHO COMPARADO I.N.D.A.E. CICLO LECTIVO 2009.
Advertisements

PROFESOR: José Bolívar METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION Realizado por: Marianni Medina C.I: Caracas:15/05/2016.
LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA MARIO BUNGE. Cap.1. EL ENFOQUE CIENTÍFICO La ciencia es un estilo de pensamiento y de acción. En la ciencia tenemos que distinguir.
PRESENTADO POR: M. ANNICCHIARICO M. DÍAZ J. GOMEZCASSERES J UBARNES.
SIGLO XVIII LA ILUSTRACIÓN. IDEAS CENTRALES Los filósofos siguen las ideas de cómo Newton aplicó la ciencia a TODO. Los ilustrados quieren aplicar la.
Depto.: Historia y C Sociales Nivel : 8º Básico Unidad 4 Depto.: Historia y C Sociales Nivel : 8º Básico Unidad 4 LA ILUSTRACIÓN.
INTRODUCCIÓN Se exponen cuestiones básicas de Derecho provenientes del Título preliminar del Código civil Título preliminar.
Aportes a la Ciencia del Derecho Natural en el Nuevo Testamento Filosofía del Derecho II Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo Castro.
República Bolivariana De Venezuela Universidad Experimental De Los Llanos Centrales Rómulo Gallegos (UNERG) Programa De Profesionalización De Enfermería.
Immanuel Kant Filosofía moderna JESUS ANGEL VALLES LULE.
AULA Y CONSTITUCIÓN ¡Formando multiplicadores de ciudadanía! PROGRAMA
ESPAÑOL MÉTODO DIRECTO GUSTAVO NUNES.
Constitución y Teoría del Estado
LIBERALISMO-NACIONALISMO
John Austin Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho I Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo Castro.
LA FILOSOFÍA EN SUS PREGUNTAS:
Introducción a sus relaciones
CONCEPTOS Y DEFINICIONES ESENCIALES
Immanuel Kant Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho II Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo.
Aportes a la Ciencia del Derecho Natural en el Antiguo Testamento
Estado, Gobernabilidad y Desarrollo (Alan Touraine)
San Agustín ( ) Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho II Licda. María José de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo.
La Escolástica y el Derecho Natural
(1632 – 1694) Filosofía del Derecho II Licda. María José de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo Castro.
La definición del Derecho en función de la coacción
La difusión de las ideas liberales
INTERPRETACIÒN DE LA LEY PENAL
Mario Bunge. La ciencia. Su método y su filosofía. 18ª. reimpr
Contexto de la interpretación constitucional
EMPIRISMO Punto de partida.
Profesora: Graciela Ramos C.
Planteamiento del problema
Derecho y Comunicación Lic. Juan Pablo Gramajo Castro
LIBERALISMO VIEJO Y NUEVO
Los derechos humanos en el Estado Moderno
Thomas Hobbes ( ) Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho II Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan.
TEORÍAS DEL BIEN O DE LO BUENO PARA SER HUMANO
APUNTES DE LEGISLACIÓN COMERCIAL I
Utilitarismo Estoicismo Hedonismo Eudemonismo. La finalidad de la acción humana es al felicidad jeremy bentham, el fundador del utilitarismo, describió.
FACTORES QUE DIERON ORIGEN A LA SOCIOLOGIA.
Modelo pragmático- utilitarista
INTRODUCCION La teoría de sistemas (TS) es un ramo específico de la teoría general de sistemas (TGS). La TGS surgió con los trabajos del alemán Ludwig.
ESCUELA DE DERECHO IDEOLOGÍA Y ESTADO Dra. Claudia M Alvarado H. Abg.
LA ILUSTRACIÓN SIGLO DE LAS LUCES Europa en el s. XVIII
Christian Thomasius Filosofía del Derecho II Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo Castro.
Taller de BL y Taller de MT
IMMANUELE KANT.
Ética utilitarista John Stuart Mill.
7. El empirismo: David Hume.(XVIII)
Filosofía común Cuarto medio
Padre de la filosofía moderna
El derecho deriva de la esencia del hombre. es la suma de potestades y prerrogativas inherentes o consustanciales al ser humano. Por tanto, el derecho.
I.N.D.A.E. DERECHO COMPARADO. ASPECTOS HISTORICOS Josef Kohler (Congreso Internacio nal de Derecho Comparado. París 1900): “El Derecho Comparado es un.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN CUANTITATIVO CRITERIOS PARA PLANTEAR EL PROBLEMA.
Opción Pública y Derecho Constitucional
Planteamiento del problema
Derecho Natural Moderno
UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN A LA ÉTICA. 1.3 OBJETO DEL ESTUDIO DE LA ÉTICA. EQUIPO 3 [SEMANA 13 (11-14 DE SEPTIEMBRE) ]
3.1.1 Generando Opinión (introducción)
La teoría del Derecho Natural en el tiempo posmoderno
Redacción Metas de Aprendizaje
Colegio de los SSCC Providencia Depto.: Historia y C Sociales Nivel : 8º Básico Unidad Temática: Estado absolutista y revolución democrática Colegio de.
La Ilustración Saint Gaspar College
ESTUDIO DE CASOS INVESTIGACIÒN CUALITATIVA. Estudio de casos Definiciones: Robert Yin (2002) lo define como un «diseño empírico que investiga un fenómeno.
1 Parte I - TEORÍAS NORMATIVAS (¿Cómo deberían ser los medios?) José Martínez Terrero. Teorías de comunicación. Universidad Andrés Bello, 2006 Síntesis.
Algunos autores distinguen entre Estado de Derecho y Estado Constitucional. Coincidiendo con Kelsen, Zagrebelsky opina que la expresión “Estado de Derecho”
OBJETIVO: Demostrar la importancia de preservar la ética del Cuadro del Sector en los momentos actuales. CONTENIDO: Elementos teórico - conceptuales de.
SUS NORMAS Y VALORES FUNDAMENTALES
El Absolutismo Colegio Stella Maris Medio Social Anderson Dominguez.
Transcripción de la presentación:

Jeremy Bentham (1748 – 1832) Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Filosofía del Derecho I Licda. María José Lamuño de Mendoza Lic. Juan Pablo Gramajo Castro

Aspectos generales Elaboró la más amplia teoría de codificación. A pesar de que en Inglaterra no se codificó. También era inglés Thomas Hobbes, más importante teórico de omnipotencia del legislador. Su pensamiento influyó a nivel mundial, menos en Inglaterra. Su influencia era continental: francesa, Ilustración. También Beccaria: Soberanía de la ley, subordinación del juez a ella, utilitarismo. Apoyó la Revolución Francesa, aunque cambió su postura luego del regicidio y la República.

Aspectos generales Aunque ilustrado, se opuso al iusnaturalismo por ser a la vez empirista. Sin embargo, comparte idea de ética objetiva de la cual pueden derivarse leyes racionales válidas para todos. Su base no es naturaleza, sino hecho empírico de que todos persiguen su propia utilidad. Misántropo, con escasa experiencia de la vida real. Abandonó la práctica forense.

Desarrollo de ideas sobre codificación 1º: Reforma y reorganización sistemática del Derecho inglés en sus distintas ramas. Crítica al common law en polémica con Blackstone. 2º: Una especie de Digesto del Derecho inglés, exponiendo sistemáticamente sus reglas constituyentes y principios fundamentales. 3º (desde 1811): reforma radical, completa codificación (Civil, Penal, Constitucional). Codificación que proyectó no era sólo para Inglaterra, sino todo el mundo civilizado. Se puso en contacto con gobernantes de varios países. Su proyecto de Código Constitucional recoge principios que inspiran Constituciones democrático-liberales del s. XIX. Fundador del radicalismo democrático del s. XIX.

Bentham y guatemala Bentham fue amigo de José Cecilio del Valle, quien tuvo influencia del pensamiento utilitarista. Se ha publicado y estudiado la correspondencia entre Bentham y del Valle. En la biblioteca de del Valle en la UFM se conservan varios libros que le envió Bentham. Entre ellos se descubrió una traducción del Código Constitucional al español, del cual no se conocen otros ejemplares. También intercambió correspondencia con José María Álvarez, a quien obsequió un pedazo de su cabello.

Crítica al common law Falta de certeza. Aunque juez está vinculado al precedente razonable, la razonabilidad es una valoración arbitraria. Retroactividad. No se basa en principio de utilidad. Juez debe resolver todo, pero no está capacitado específicamente en todos los ámbitos. No sujeto a control popular.

Codificación Debe hacerlo un individuo, no una comisión. Desconfía de jueces y abogados. Sólo individuo puede producir código con características deseables. Gobierno debe encargar redacción al ganador de un concurso público, no remunerado. Puede ser extranjero, pues está libre de prejuicios locales.

Requisitos del Código Utilitarismo: Mayor felicidad para el mayor número. Plenitud: No dejar nada al uso, costumbre, ley extranjera, derecho natural o de gentes. Si no está en código, no es ley. Redacción clara y precisa para que puedan conocerlo todos. Justificación que la acompañe (exposición de motivos), que facilite su comprensión, aplicación y enseñanza.