CONVENIO INTERNACIONAL 102 OIT PRESTACIONES MINIMAS

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Referencias a la parte VIII Convenio 102 OIT – ”Norma Mínima y aplicación por EsSalud Fabio Durán Valverde OIT.
Advertisements

CONVENIO MULTILATERAL XVII CUMBRE IBEROAMERICANA
Maternidad Grupo TRACK Tema 6 Iñigo Ramos Endika López de Davalillo
Calculo de la prestación económica BOST
Tema 4: Incapacidad Temporal EJERCICIO 11
CÁLCULO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN EN LA MODALIDA NO CONTRIBUTIVA
PENSIÓN DE JUBILACIÓN Bost.
Convenio sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación núm. 87 María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical OIT.
Director en Representacion de los Trabajadores en el B.P.S
CONVENIO INTERNACIONAL 102 (OIT) PRESTACIONES MINIMAS
INCAPACIDAD TEMPORAL Y DESEMPLEO.
DERECHOS, LEGISLACIÓN Y PROCEDIMIENTOS
EQUIDAD EN LOS BENEFICIOS DEL SISTEMA S UPERINTENDENCIA DE P ENSIONES VII J ORNADA SISTEMA DE PENSIONES EN CHILE S ANTIAGO, 14 DE SEPTIEMBRE DE 2011.
PROYECTO DE CONVENIO IBEROAMERICANO
REGLAMENTACIÓN DE LA LEY
Normas de OIT relativas a la Seguridad Social
La OIT y la seguridad social: normas internacionales en seguridad social Los sindicatos y la seguridad social en el Perú Lima, Perú –setiembre 2005.
CPC Elio F. Zurita Morales, MI
Instituto Mexicano Del Seguro Social
OBLIGACIONES LABORALES EN COLOMBIA
Normas de OIT relativas a la Seguridad Social
Oficina Internacional del Trabajo Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España Taller de Género y Protección Social para sindicalistas.
SEGURIDAD SOCIAL CONVENIO 102.
Convenio OIT sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (núm. 102)
La Reforma Tributaria. Equilibrio entre las Prestaciones no Contributivas y las Contributivas   EC Gabriel Lagomarsino.
CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL
“Taller Formativo de Seguridad Social para sindicalistas argentinos”
Oficina Internacional del Trabajo Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España Seminario Sindical sobre Mujeres Migrantes Trabajadoras.
Taller: “Herramientas Básicas de Derecho Laboral para Empresarios y Administradores de Recursos Humanos” Terminación del Contrato de Trabajo e Infracciones.
PROGRAMA NACIONAL DE EMPLEO POR HORA
Ley Título II – Capítulo II Promoción y protección del empleo registrado.
ACCIONES A DESARROLLAR DESDE LA PLATAFOMA SINDICAL PARA LA RATIFICACION DEL CONVENIO O LA SUSCRIPCION DEL MISMO.
Sociedades Mercantiles
Pilares básicos del sistema de pensiones
FACULTAD DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS
Agrupación Nacional de Empleados Fiscales
Cotización Previsional Contratos a Honorarios
ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA INDUSTRIAL CURSO: GESTION DE LA CALIDAD ING.ELIZABETH FERG 1.
Aspectos Legales de la Expatriación
REQUISITOS A CUMPLIR PARA SER UNA ASOCIACIÓN ACREDITADA ANTE LA ASOCIACIÓN ACTUARIAL INTERNACIONAL 22 Noviembre
Principios Fundamentales
Normas de OIT relativas a la Seguridad Social Oficina Internacional del Trabajo.
Seguridad social en el Perú
SISTEMA GNERAL DE PENSIONES
EL CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL
REGLAS GENERALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CHILE: TRABAJADORES DEPENDIENTES E INDEPENDIENTES Y EXCEPCIONES PREVISTAS POR LA LEY.
ESE HOSPITAL SAN RAFAEL DE FACATATIVÁ SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA
SEGURIDAD SOCIAL Johan Álvarez Higuera Erika Daniela Duarte Acevedo
CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL.
Situación del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo -SCTR Principios de aseguramiento de riesgos del trabajo y situación actual Fabio Durán Valverde.
N ORMAS DE OIT RELATIVAS A LA S EGURIDAD S OCIAL Organización Internacional del TrabajoOrganización Internacional del Trabajo.
Cobertura México IMSS 1946 < 3 por ciento 1952 < 5 por ciento 1958 < 9 por ciento 1964 < 18 por ciento 1970 < 25 por ciento.
UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Diplomatura Relaciones Laborales Diplomatura Relaciones Laborales D. Fco. Javier Fernández.
PRESTACIONES MINMAS.  Extender la cobertura de la Seguridad Social es vital para el combate a la pobreza, herramienta efectiva para lograr una mejor.
PRESTACIONES ECONÓMICAS
Derecho de la Seguridad Social. Eduardo Vidal.. Definición de Seguridad Social. La Seguridad Social es el sistema legal que busca precaver la ocurrencia.
1 International Labour Office SEGUNDO CURSO SUBREGIONAL “Políticas de migración y su gobernanza: Un enfoque basado en los derechos” La protección social.
Principales convenios de OIT relativos a la seguridad y la salud en el trabajo
LA SEGURIDAD SOCIAL.
Derecho del Trabajo II.
AFILIACIÓN AL SGSSS.
Derecho internacional de la seguridad social Convenios de la OIT y convenios multilaterales.
© International Training Centre of the ILO Centro Internacional de Formación de la OIT 1 El Convenio 102 de norma mínima de Seguridad.
¡BUEN DIA ! ¡BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS!. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL KATY GIL RED SINDICAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE HONDURAS.
C102 Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 Formación Sobre Seguridad Social para Dirigentes Sindicales Montevideo -Uruguay, 01 al 11.
Banco de Previsión Social Banco de Previsión Social Instituto de Seguridad Social DIRECCION TECNICA PRESTACIONES Montevideo, Junio de 2010.
1 Sistemas de Seguridad Social y los trabajadores y las trabajadoras, los trabajadores y las trabajadoras, Trabajo Decente y Salarios CONVENIO 102.
Importancia de la ratificación del Convenio 102, en particular por los países de las Américas en el actual contexto de crisis económica, financiera, social.
Que es el P.O.S. Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el Sistema General de Seguridad Social en Salud de.
Transcripción de la presentación:

CONVENIO INTERNACIONAL 102 OIT PRESTACIONES MINIMAS Dra. Rosario OIZ Equipo de Representación de los Trabajadores en el Instituto de Seguridad Social de uruguay Montevideo, setiembre 2008

Convenios sobre seguridad social CIT 102 – normas mínimas CIT 118 – igualdad de trato CIT 157 – conservación de derechos adquiridos

Convenio 102 (1952) 44 Ratificaciones en total Perú – 23/08/1961 No lo ratificaron: Uruguay Paraguay Colombia Honduras República Dominicana

Ramas de Prestaciones Asistencia Médica Prestaciones Económicas de Enfermedad Prestaciones por Desempleo Prestaciones por Vejez Prestaciones por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional Prestaciones Familiares Prestaciones por Maternidad Prestaciones por Invalidez Prestaciones por Sobrevivencia

Convenio modular Ramas - 3 ramas de las 9 una que sea desempleo, vejez, accidente de trabajo, invalidez o sobrevivencia. Porcentaje de personas 50% de los asalariados trabajadores, o al 20% de los residentes.

Convenio modular Ingresos mínimos. Porcentaje mínimo del ingreso anterior o un monto mínimo determinado en relación con el nivel de salarios del país Período mínimo Duración mínima de atención de la contingencia

Articulo 3º Podrá acogerse, total o parcialmente, todo País Miembro cuya economía y recursos médicos sean poco desarrollados. Estos Países reducirán su cobertura mínima al 50% de los asalariados de empresas industriales que tengan por lo menos 20 trabajadores más el cónyuge y los hijos.-

Otros aspectos Principio de igualdad de trato entre nacionales y extranjeros Financiación solidaria – impuestos o contribuciones – los que menos tienen pagan menos Participación en la gestión de representantes de las personas protegidas.

I. Prestación Asistencia Médica Enfermedad Asistencia médica en general Los especialistas médicos Productos farmacéuticos La internación Embarazo Parto Consecuencia de ambos (Salud de la Madre) Beneficiarios Grupo A

II. Prestación Monetaria de Enfermedad Duración Durante toda la contingencia Podrá limitarse a 26 semanas Podrá no pagarse los 3 primeros días Por art 3, se puede reducir a 13 semanas Monto mínimo de la prestación Lo que establecen en las tablas del convenio TABLA Beneficiarios Grupo C

III. Prestación Desempleo La imposibilidad de obtener un empleo estando apto para trabajar Beneficiarios Grupo B Requerimiento Tiempo mínimo de aportación. Duración De 13 a 26 semanas en 1 año. Monto mínimo de la prestación

Personas Comprendidas: IV. Prestación Vejez Llegar a la vejez en las mejores condiciones de vida Objetivo Cubrir a todos los residentes una vez alcanzado los 65 años de edad con excepciones (pueden ser más) Consiste en el pago de una suma de dinero periódica. El monto de dicha partida se establece de acuerdo a un cálculo previsto por el convenio También genera el derecho si reúne una cantidad de trabajo mínimo 30 años de actividad para los trabajadores 20 años de residencia Personas Comprendidas: Grupo C

V. Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional Incapacidad para trabajar Pérdida de la capacidad para tener un ingreso Los perjuicios que tiene la viuda para mantener los ingresos Consiste en la Asistencia médica en general, odontológica, internación domiciliaria u hospitalaria, especialistas, y medicamentos (para que el trabajador se recupere (REHABILITACIÓN) para que se reintegre al trabajo. Una partida periódica de dinero según tablas del convenio. Personas Comprendidas: Grupo B parte 1 y 3 Benef

VI. Prestaciones Familiares Tener hijos a cargo Es un prestación económica. Su pago es periódico Se tiene que cumplir con condiciones que el convenio prevé Se relaciona con: Un mínimo en el trabajo Un mínimo de residencia en el país Monto de la prestación 3% salario trabajador art. 66 x nº de hijos de asalariados 1,5% salario x nº de hijos de todas los residentes Personas Comprendidas: Grupo C Benef

VII. Prestaciones Maternidad Embarazo Parto Consecuencia de ambos (Salud de la Madre) Tipo de Prestación Asistencia medica pre y pos parto. Tiene que garantizar el reintegro de la trabajadora a su actividad. Prestación Económica previo período de calificación. Puede limitarse a 12 semanas o mientras la trabajadora no pueda reintegrase a la actividad Existen otros convenios referidos a este tema (3.103, 183) Personas Comprendidas: Asalariadas o cónyuges Grupo C Benef

VIII. Prestación Invalidez Es una prestación económica Se paga en forma periódica Se prevén condiciones diferente para la Población Asalariada y los Residentes Asalariados según arts. 65 y 66 Residentes según art. 67 Personas Comprendidas: Grupo C Benef

IX. Prestación de Sobrevivientes Es una partida económica para la viuda y los hijos. La prestación consiste en el pago de una suma de dinero que será distinto según que se considere a los efectos de determinar los montos si son asalariados o residentes Al determinar el monto de la prestación se tienen en cuenta los ingresos de la viuda. Duran todo el transcurso de la contingencia o hasta ser sustituída por una prestación vejez

PAGOS PERIÓDICOS AL BENEFICIARIO TIPO TABLA

Beneficiarios Grupo A Por lo menos al 50% de los Asalariados, cónyuge e hijos Categorías de la PEA, por lo menos 20% del total de residentes, hijos y cónyuges Debe alcanzar por lo menos al 50% de los residentes Amparados en el art. 3 Grupo B Por lo menos al 50% de los Asalariados Residentes con limite económico según ingresos determinados en artículo 67 Amparados en el artículo 3 Grupo C Por lo menos al 50% de los Asalariados, cónyuge y a sus hijos Categorías de la PEA, por lo menos 20% del total de residentes, hijos y cónyuges Residentes con limite económico según ingresos determinados en artículo 67 Amparados en el art. 3

Resumen Es el convenio más importante ratificado por 43 países no por Mercosur Divide a la Seguridad Social en 9 prestaciones (excluye vivienda , educación, etc.) Establece mínimos flexibles, modulares, no rígidos. Tiene que cumplir con 3 prestaciones y dentro de ellas por lo menos 1 de la III a la VII Tiene que cubrir un % mínimo de personas Compromiso de cubrir 50% de asalariados o 20% de residentes Garantiza de esas 3 contingencias un % mínimo del ingreso anterior Exige una duración mínima de las prestaciones Establece el principio de igualdad entre nacionales y extranjeros pudiendo exigir reciprocidad. Exige en el Art.. 71 financiación solidaria y colectiva, por impuestos, contribuciones o ambos. No recarga a las personas más necesitadas. Establece que la administración o gestión de la Seguridad Social debe estar a cargo de instituciones públicas o reglamentadas por ellas, y en este caso con la participación de los protegidos o beneficiarios

CONVENIO INTERNACIONAL 118 OIT IGUALDAD DE TRATO Dra. Rosario OIZ Equipo de Representación de los Trabajadores en el Instituto de Seguridad Social de uruguay Montevideo, setiembre 2008

Ratificaciones Convenio del año 1968 Ratificado por Uruguay No lo ratificaron Argentina Colombia Honduras Paraguay Perú República Dominicana Admite ratificación parcial

Características Aplicación a través de convenios, bi o multilaterales Establecimiento de un sistema de conservación de derechos adquiridos y en curso de adquisición Principios de totalización de periodos de cotización, empleo o residencia Cargas financieras - que institución o país, va a soportar la carga financiera Quien paga es el estado de residencia, pero puede recabar de los otros estados la compensación de lo que corresponda en la distribución a prorrata. Principio de la norma mas favorable, (art. 9) los estados podrán derogar las disposiciones del presente convenio, mediante acuerdos especiales (bilaterales o multilaterales) a reserva que las condiciones de conservación de derechos adquiridos y en curso de adquisición sean en su conjunto mas favorables.

CONVENIO INTERNACIONAL 157 OIT CONSERVACION DE DERECHOS Dra. Rosario OIZ Equipo de Representación de los Trabajadores en el Instituto de Seguridad Social de uruguay Montevideo, setiembre 2008

Ratificaciones Convenio del año 1982 No está ratificado por Argentina Colombia Honduras Paraguay Perú República Dominicana Uruguay

Características 9 ramas se puede cumplir a través de convenios multilaterales y bilaterales aplicación de la norma más favorable Parte 3 del convenio se refiere a la conservación de derechos en curso de adquisición, y por otro, Parte 4 de conservación de derechos adquiridos.

Conservación de derechos Parte 3 - conservación de derechos en curso de adquisición consagra la totalización de los periodos. Parte 4 - conservación de derechos adquiridos se preocupa del pago como se reparte el costo de ese pago quien paga las prestaciones generadas en el extranjero remite a los acuerdos bi o plurilaterales los estados en los acuerdos establecer excepciones Contiene normas de conflicto de leyes Cuál va a ser la legislación aplicable para la concesión de estos pagos o para regular la totalización de los periodos de los derechos en curso de adquisición