“CONFIAR ES BUENO, PERO CONTROLAR ES MEJOR” JANET LUDEÑA MENDOZA.

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Transcripción de la presentación:

“CONFIAR ES BUENO, PERO CONTROLAR ES MEJOR” JANET LUDEÑA MENDOZA

INTRODUCCIÓN La no aplicación del Control Interno trae consigo desorden administrativo, y por consiguiente origina malos manejos de los recursos públicos.

CAUSAS Ausencia de Manuales de Organizaciones y Funciones. La no aplicación de sanciones correspondientes en su oportunidad. Excesiva influencia política y partidaria en las decisiones gerenciales. Ausencia de capacitación al personal y a los funcionarios. Existencia de una cultura de corrupción.

Control Interno Gubernamental CONTROL PREVIO CONTROL SIMULTANEO AUTORIDADES FUNCIONARIOS SERVIDORES Responsabilidad propia de las funciones que les son inherentes, sobre la base de las normas y procedimientos que rigen las actividades de la organización. CONTROL POSTERIOR RESPONSABLES SUPERIORES DEL SERVIDOR O FUNCIONARIO EJECUTOR Cumplimiento de las disposiciones establecidas. Fomentar y Supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Ejecución de acciones de control según los planes y programas anuales. CONTROL EXTERNO CONTRALORÍA GENERAL OTROS ÓRGANOS DEL SISTEMA POR ENCARGO O DESIGNACIÓN Sistema de Control de Legalidad. Sistema de Control de Gestión. Sistema de Control Financiero. Sistema de Control de Resultados. Sistema de Control de Evaluación de Control Interno.

Sistema de Control Interno   AMBIENTE DE CONTROL EVALUACIÓN DEL RIESGO ACTIVIDADES DE CONTROL GERENCIAL INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN SUPERVISIÓN COMPONENTES

Ambiente (Significado) “CONCIENCIA DE CONTROL” AMBIENTE DE CONTROL Ambiente (Sinónimos) Atmósfera Ámbito Entorno Contexto = Ambiente (Significado) = Actitud de un grupo social o conjunto de personas respecto de algo Actitud del personal de una entidad respecto del control “Aporta disciplina y estructura, desde la fijación de objetivos hasta la supervisión” “CONCIENCIA DE CONTROL”

PRINCIPALES ELEMENTOS Sistema de Control Interno AMBIENTE DE CONTROL INTERNO PRINCIPALES ELEMENTOS NORMAS LEGALES ESPECIFICAS M O N I T R E INTEGRIDAD Y VALORES ÉTICOS Ley del Código Ética de la Función Pública – Ley N° 27815. Código de Ética de la institución. Normas sobre Probidad Administrativa dictadas por la Contraloría General de la República. Directivas internas aprobadas. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Reglamento de Organización y Funciones. Organigrama de la institución. ASIGNACION DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Manual de Organización y Funciones – MOF. Directivas y Procedimientos Internos aprobados. ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS HUMANOS Reglamento Interno de Trabajo. Normas sobre ingreso de personal al Sector Público. Directivas y/o Procedimientos COMPETENCIA PROFESIONAL Normas para la selección, contratación de personal y cobertura de plazas. ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Fortalecimiento de los Órganos de Control Institucional – Ley N° 27785 y R.C. N° 114-2003-CG .

EVALUACION DEL RIESGO El riesgo se define como la probabilidad de que un evento o circunstancias internas y/o externas afecte adversamente a la entidad. Su evaluación implica la identificación, el análisis y manejo de los riesgos que pueden incidir en el logro de los objetivos de la entidad. Asimismo, sobre la base de dicho análisis, determinar la forma en que deben ser enfrentados.

+ - Evento Oportunidad / Fortaleza Positivo Riesgo o Negativo Amenaza / Debilidad -

ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Posibilidad de que un evento desfavorable pueda afectar negativamente la habilidad de la organización para el logro de sus objetivos ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS Es el proceso para incrementar la confianza en la habilidad de una organización para anticipar, priorizar y superar obstáculos para alcanzar sus metas CONTROL INTERNO Es un proceso diseñado para proveer una seguridad razonable con respecto al logro de los objetivos de la entidad

Sistema de Control Interno EVALUACIÓN DE RIESGO ÁMBITO CLASIFICACIÓN RIESGOS POTENCIALES M O N I T R E A NIVEL INSTITUCIONAL FACTORES INTERNOS Redefinición de la política institucional. Nuevos empleados y/o rotación de personal. Sistemas de información nueva y moderna. Crecimiento rápido. Nuevas actividades. Debilitamiento del Órgano de Control Institucional. FACTORES EXTERNOS Cambios en el entorno operacional. Nuevas tecnologías. Políticas de gobierno. Entes Reguladores. Desastres naturales. A NIVEL DE ACTIVIDAD DE OPERACIÓN Incumplimiento de la normatividad. Presentación incorrecta de la información financiera y de gestión. DE INFORMACIÓN Privacidad de información. Falta de diligencia. Ausencia de información integrada. DE AUDITORÍA. Ausencia de Control.

ACTIVIDADES DE CONTROL GERENCIAL Se refiere a las acciones que realiza la Gerencia y el personal para cumplir diariamente con sus funciones. Son importantes por que implican la forma correcta de hacer las cosas, así como también el dictado de políticas y procedimientos y la evaluación de su cumplimiento, constituyen el medio para asegurar el logro de los objetivos de la entidad. Estas actividades se llevan a cabo en todos los niveles de la organización y en cada etapa de la gestión

SISTEMAS ADMINISTRATIVOS NORMAS LEGALES ESPECIFICAS ACTIVIDADES DE CONTROL GERENCIAL SISTEMAS ADMINISTRATIVOS NORMAS LEGALES ESPECIFICAS M O N I T R E CONTABILIDAD Instructivos Contables formulados por la Contaduría Pública de la Nación – R.N. 067-97-EF/93.01. Plan Contable Gubernamental. Normas para la formulación de la Cuenta General de la República. Manual de Procedimientos Contables. Directivas y/o Procedimientos internos aprobados. PRESUPUESTO Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal y su Reglamento – Ley N° 27245; D.S. 039-2000-EF. Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Normas para la formulación del Plan Estratégico Institucional. Normas para el proceso presupuestario del Sector Público. Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF. TESORERÍA Procedimientos de Pagos. Normas y Procedimientos de Tesorería. Directivas de Tesorería aprobadas por el Ministerio de Economía y Finanzas. ABASTECIMIENTOS Norma aprobada para la Administración de Almacenes – R.J. N° 335-90-INAP/DNA. Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento – D.S. N° 012-2001-PCM; D.S. N° 013-2001-PC. PERSONAL Reglamento Interno de Trabajo. Normas de Probidad Administrativas. Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento – D. Leg. N° 276; D.S. N° 005-90-PCM. Normas sobre Planillas y Remuneraciones del Personal – R.J. N° 252-INAP/DNP - D.S. N° 001-98-TR. Normas sobre Ingreso de Personal al Servicio Público – Ley N° 24241; D.S. N° 017-96-PCM. Normas sobre Salida de Personal del Servicio Público – Ley N° 24041; D.S. N° 032-72-PCM. INFORMÁTICA Normas aprobadas por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI y Presidencia de Consejo de Ministros – PCM. OBRAS Reglamento Nacional de Construcciones. T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Directivas y Procedimientos internos aprobados.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA Artículo 82º.- La Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA Artículo 81°.- Presentar anualmente el informe de auditoría practicado a la Cuenta General de la República. Fiscalizar la ejecución del presupuesto de las Regiones y Municipalidades. Artículo 199°.-

CONSTITUCIÓN POLÍTICA Facultad de iniciativa legislativa en materia de control. El principio de no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso. Artículo 107°.- Artículo 139º.- núm. 14

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la CGR LEY Nº 27785

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, promulgada el 22.JUL.2002, consta de un total de 44 artículos, 3 D.T. y 9 D.F., que se resume a continuación:. Ley N° 27785 . Titulo I - Disposiciones Generales (11 Arts.) . Titulo II - Sistema Nacional de Control (10 Arts.) . Titulo III - Contraloría General de la República (23Arts.) . Disposiciones Transitorias (3) . Disposiciones Finales (9)

Órganos del Sistema Nacional de Control El Sistema Nacional de Control, esta conformado por : LA CONTRALORÍA GENERAL, “Es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades. AUTONOMÍA Administrativa: Normativa que regula su función. Estructura orgánica. Funcional: Facultad para ejercer funciones. Elaborar programas, informes y puntos a ser auditados. Económica: Seguridad de contar con asignación presupuestal. Financiera: Facultad de solicitar recursos financieros. Art.13º Ley Nº 27785

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL ÓRGANOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Todas las unidades orgánicas responsables de la función del control gubernamental, de las entidades que se mencionan en el Art. 3° de su Ley Orgánica, sean de carácter sectorial, regional, institucional o se regulen por cualquier otro ordenamiento organizacional Las Sociedades de Auditoría Externa Independientes, cuando son designadas por la CGR y contratadas durante un período determinado, para realizar servicios de auditoría en las entidades: económica, financiera, de sistemas informáticos, de medio ambiente y otros.

Atribuciones del Sistema Formular recomendaciones Efectuar supervisión, vigilancia y verificación de la gestión y utilización de bienes del Estado Impulsar modernización y mejoramiento de gestión pública Propugnar capacitación de funcionarios

Atribuciones del Sistema Exigir a funcionarios y servidores públicos responsabilidad por sus actos. Emitir informes con sustento técnico y legal. Brindar apoyo técnico al Procurador Público

CONTROL GUBERNAMENTAL Supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública. En atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado. Art. 6º Ley Nº 27785

EL CONTROL GUBERNAMENTAL AUDITORIAS EXAMENES ESPECIALES INFORME DE AUDITORIA ACCIONES DE CONTROL NAGU L E Y N° 2 7 8 5 AREAS CRITICAS Operaciones de Endeudamiento Garantías y avales Presupuestos adicionales de obras Contrataciones y adquisiciones con carácter de secreto militar OFICIO CARTA MEMO H. RECOMENDACIÓN H. INFORMATIVA CRITERIO DE GERENCIA (Normas Internas) ACTIVIDADES DE CONTROL

Esquema de las Fases de la Auditoría Gubernamental Origen de la Auditoría: Plan Anual - Denuncia – Solicitud del Titular, Congreso - Ley Plan de Auditoria Programa de Auditoria Planeamiento de la Auditoría Comunicación de Hallazgos Ejecución del Programa de Auditoría Borrador de Informe Trabajo de Campo Emisión del Informe Informe

Resumen de los Resultados de la Auditoría Gubernamental Condiciones reportables detectadas referidas al diseño u operación del control interno Memorando de Control Interno (NAGU 3.10) Condiciones susceptibles de mejorar la gestión, sistemas y controles, y la Identificación de la Responsabilidad Administrativa Informe de Auditoría (NAGU 4.40) Según la naturaleza del hallazgo de auditoría AF Informe Corto (Auditoría Financiera SI La identificación de los Indicios razonables de Comisión de Delitos y de la Responsabilidad Civil Informe Especial (NAGU 4.50) 26 26

Esquema actual de responsabilidades y sanciones Entidad

LEY N° 29622 Publicada el 07 de diciembre de 2010. Modifica la Ley N° 27785 – LOSNC CGR. Vigencia a los 120 días de su publicación. COMPETENCIA MATERIAL Procesamiento y sanción de la Responsabilidad Administrativa Funcional (RAF), por infracciones graves y muy graves, derivadas de los Informes de Control emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control (SNC). Excepción: Las infracciones leves son de competencia del titular de la entidad.

LEY N° 29622 COMPETENCIA PERSONAL Para servidores y funcionarios públicos (definición básica de la Ley N° 27785) con prescindencia del vínculo laboral, contractual, estatutario, administrativo, civil y régimen. Excepción: Autoridades elegidas por voto popular, titulares de organismos constitucionales autónomos y autoridades con prerrogativa de antejuicio.

COLABORACIÓN REGLAMENTARIA LEY N° 29622 INFRACCIONES Por incumplimiento de disposiciones legales e internas Por trasgresión de principios, deberes y prohibiciones éticas Por realizar actos persiguiendo finalidades prohibidas Por desempeño funcional negligente o para fines distintos al interés público SANCIONES INHABILITACIÓN 1 a 5 años SUSPENSIÓN 30 a 360 días TIPIFICACIÓN COLABORACIÓN REGLAMENTARIA

ATENUANTES EXIMENTES REGLAMENTO – Decreto Supremo N° 023-2011-PCM Incapacidad mental Caso fortuito o fuerza mayor Ejercicio de deber legal, funcional o cargo Ausencia de consecuencia perjudicial Orden competente, con expresa oposición escrita ATENUANTES Subsanación voluntaria (anterior el inicio del PAS) Actuación en favor de intereses superiores Reduce de la sanción en la escala o la calificación de la infracción (incluso leve) Elimina la antijuridicidad de la conducta típica.

Reiterancia / Reincidencia: REGLAMENTO – Decreto Supremo N° 023-2011-PCM Reiterancia / Reincidencia: La infracción puede calificarse en el nivel superior de gravedad o sancionarse hasta el límite superior de la escala, cuando al administrado tenga antecedentes no rehabilitados por infracciones de igual o mayor gravedad. Rehabilitación: La rehabilitación de la sanción opera automáticamente a los tres (3) años de cumplida. Elimina toda mención o constancia de la sanción. No genera reposición en la función o cargo.

LEGALIDAD y TAXATIVIDAD Garantías GARANTÍAS LEGALIDAD y TAXATIVIDAD IMPARCIALIDAD PROPORCIONALIDAD PRESCRIPCIÓN DEFENSA