Lineamiento de intervención defensorial en materia migratoria Sonia Cavalié Apac Lima, 7 de diciembre del 2012.

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Transcripción de la presentación:

Lineamiento de intervención defensorial en materia migratoria Sonia Cavalié Apac Lima, 7 de diciembre del 2012

Instrumentos de gestión defensorial Protocolo de actuación defensorial (PAD) Marco normativo del proceso de atención de casos e intervenciones de oficio Calificación: Consultas, quejas y petitorios. Ámbito de aplicación: Oficinas Defensoriales y Adjuntías (coordinación) Sistema de información defensorial (SID) Registro y sistematización de casos (de parte u oficio) Estadísticas y reportes de hechos vulneratorios e instituciones quejadas

Análisis del SID y propuesta del PAD con relación a casos de migrantes

Migrantes: Grupo vulnerable Incorporado en el PAD Migrante = Peruano en el exterior. Contempla solo las siguientes situaciones: Solo se registra en el SID como queja. Equivocaciones en el registro. DERECHOHECHOCONTENIDO DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES POR PARTE DEL CONSULADO Negativa o demora en la atención de los casos presentados por peruanos en el exterior por actos realizados por autoridades del exterior o terceros respecto a temas relativos a discriminación por condición de migrante, maltrato, laboral, detenidos, salud, entre otros. DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN MALTRATO EN LA ATENCIÓN E IRREGULARIDADES EN TRÁMITES ANTE CONSULADOS PERUANOS EN EL EXTERIOR Actos u omisiones por parte de autoridades peruanas en el exterior (Consulados) que generan la afectación de derechos a la buena administración de los peruanos en el extranjero. Por ejemplo: maltratos verbales o irregularidades en procedimientos administrativos. DERECHO DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA IRREGULARIDADES EN LA ELECCIÓN DE LOS CONSEJOS DE CONSULTA Barreras de participación de organizaciones de migrantes peruanos en las labores y funciones de las sedes diplomáticas representativas en el extranjero. DERECHOS LABORALES RESTRICCION AL ACCESO Y CONTINUIDAD EN EL EMPLEO Toda exigencia ilegal, arbitraria o discriminatoria, así como los actos de hostilización realizados por autoridades peruanas en el exterior (Consulados) que afectan el acceso o la continuidad de la relación laboral de los peruanos que trabajan en los Consulados. OTROS

Lineamiento de intervención defensorial en materia migratoria ( ) Objetivos: Supervisar a la administración estatal para que no afecten o vulneren derechos fundamentales. Establecer coordinaciones con instituciones involucradas (directorio). Efectuar recomendaciones. Sensibilizar a la población sobre los riesgos de la migración irregular, a través de carpas y ferias informativas. Contenido del PAD: Normativa nacional, internacional y comunitaria, así como, glosario de términos. Consideraciones previas para la atención: identificación del recurrente (familiar o migrante: peruano/a exterior o retornante, extranjero/a), de los hechos y de las instituciones involucradas. Descripción de algunas situaciones, calificación y forma de intervención.

Migrante = Peruano/a en el exterior y extranjero en el Perú. Se tendrá en cuenta la relación con otros grupos prioritarios: mujer, personas con discapacidad, pueblos indígenas, privados de libertad, menores de edad, etc. Identificar al recurrente (familiar de migrante o migrante) y al afectado Nacionalidad Calidad migratoria (turista, trabajador, familiar de residente, refugiado, etc.) Condición migratoria (regular o irregular Lugar y tiempo de residencia en el exterior o en el Perú En caso de trabajador fronterizo, indicar la residencia habitual y lugares de trabajo Incorporaciones

Identificar el tipo de afectación Acciones realizadas y resultados ante las instituciones responsables: Ministerio de Relaciones Exteriores, Digemin, Ministerio de Trabajo, Reniec, etc. Afectación originada por funcionario peruano o extranjero Identificar las instituciones de coordinación En caso de migrante peruano/a, al Consulado que tiene jurisdicción En caso de extranjero, Consulado o Defensoría del Pueblo

En el caso de Petitorios y Quejas Por funcionarios de Consulados: Se entabla contacto con la autoridad consular (vía correo electrónico, oficio, etc.). Si en el plazo de 7 días no responde se solicita información a las Sub direcciones de la Dirección de Comunidades peruanas en el exterior y asuntos consulares del MRE, según sea el caso (en copia a la Adj. DD.HH.). Recabada la información que permita un grado de certeza de la afectación, se dan recomendaciones. Por parte de instituciones peruanas distintas al MRE (Digemin, Policía, Reniec, etc.): Se evaluará si se visita la institución quejada o se solicita información. Una vez recabada la información que permita un grado de certeza de la afectación, se deberá poner en conocimiento del superior jerárquico de dicha institución el caso y recomendar acciones respectivas. Si la afectación a connacionales y/o extranjeros es originada por funcionarios peruanos

En el caso de Petitorios y Quejas Si la afectación a connacionales es originada por funcionario extranjero Se debe coordinar con el Consulado de la jurisdicción correspondiente, vía correo electrónico o a través de la Sub Dirección de Asistencia al Nacional del MRE. En caso no hubiera Consulado peruano en el lugar de los hechos, se identificará identidades púbicas o privadas de defensa de derechos humanos (ongs., Defensorías del Pueblo, etc.). Si se toma conocimiento del caso a través de medios de comunicación Se informará a la Adjuntía conforme lo señalado en el Protocolo de Actuaciones Defensoriales, en lo que respecta a intervenciones de oficio.

Vinculación con el SID Como el grupo vulneratorio migrante solo aparece en Quejas, se ha solicitado se añada una alerta en los casos de Consulta y Petitorio para identificar si el caso guarda relación con el tema migratorio. DERECHOHECHOCONTENIDO DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN NEGATIVA O DEMORA EN LA ATENCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE ORIENTACIÓN LEGAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA PRESENTADAS POR PERUANOS/AS EN EL EXTERIOR En caso hubiera negativas a recibir denuncias sobre actos discriminatorios pro su nacionalidad o condición migratoria, o por condiciones abusivas de empleo. En caso hubiera negativa en realizar visitas a connacionales en hospitales, cárceles, o hubiera demora en la atención de detenciones arbitrarias. DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN IINADECUADA ATENCIÓN POR PARTE DE LAS INSTITUCIONES VINCULADAS AL TEMA MIGRATORIO Se produce por actos u omisiones de autoridades peruanas (Consulados, Digemin, Reniec, etc.) que afectan el derecho a la buena administración de connacionales cuando se encuentran en el exterior o retornan y de los extranjeros en Perú. Ejemplo: maltratos verbales, cobros ilegales o arbitrarios fuera del TUPA. DERECHO DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA RESTRICCIONES EN EL EJERCICIO DEL DERECHO AL VOTO E IRREGULARIDADES EN LA ELECCIÓN DE LOS CONSEJOS DE CONSULTA Restricción arbitraria o ilegal que impida a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos políticos. Por ejemplo: no figurar en el padrón electoral, impedir la votación pese a que figura en el padrón. Barreras de participación de organizaciones de migrantes peruanos en las jurisdicciones consulares. DERECHO A RECIBIR INFORMACIÓN DERECHO A RECIBIR INFORMACIÓN ADECUADA Se refiere a información completa, clara y oportuna en trámites ante instituciones vinculadas al tema migratorio. Ej.: cuando no se brinda información oportna sobre los trámites que debe realizar el recurrente a fin de no perder su calidad migratoria o acceder a beneficios, como el de la Ley de Incentivos Migratorios.

Listado actual de las situaciones que pueden presentarse 1.Derecho a la buena administración: Afectaciones del derecho al debido procedimiento; dilación indebida, ausencia de notificaciones, exigencia de requisitos no señalados en el TUPA, o las instituciones brindan información incompleta o errada 2. Derecho a la identidad personal: Despojo o retención de documentos de identidad o su indebida cancelación.- se produce cuando un funcionario en abuso de su autoridad retiene o cancela sin fundamento legal el DNI, Pasaporte, Carné de extranjería o documento análogo (ej. Salvoconducto) a un/a ciudadano peruano en el Perú o a un/a ciudadano extranjero en el país. Restricciones irrazonables o ilegales o negligencia en la inscripción del nacimiento de hijos/as de parejas no casadas, de diferentes nacionalidades.

3. Derechos laborales: Incumplimiento de contratos o accidentes de trabajo sin compensación por parte de empresa extranjera ni de agencia privada de empleo peruana (empresa reclutadora).- Se califica como consulta, precisando que aún no existe norma que regule las responsabilidades de las agencias privadas de empleo que ofrecen trabajo en el exterior. Interponer buenos oficios para que el MTPE supervise dichas agencias. 4. Solicitantes de refugio. Se califica como consulta.

Gracias.