REGIMEN FISCAL DE LOS NEGOCIOS INTERNACIONALES Aproximación a sus principios fundamentales
Fuentes de derecho interno y derecho internacional PODERES DE IMPOSICIÓN Fuentes de derecho interno y derecho internacional
FUENTES DE DERECHO TRIBUTARIO INTERNO Fuente política: Soberanía estatal Fuentes jurídicas Constitución Normas de nivel nacional (Leyes) Normas de nivel subnacional Estados, provincias o departamentos Municipalidades
FUENTES DE DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL Tratados según la forma (Multilaterales o bilaterales) Acuerdos o instrumentos complementarios (anteriores o posteriores) Prácticas seguidas en la aplicación de tratados Trabajos preparatorios Tratados según el objeto Doble tributación (Bilaterales o multilaterales) Derechos humanos
FUENTES DE DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL Derecho consuetudinario internacional Práctica constante entre Estados Reconocida como legalmente vinculante Jurisprudencia internacional
IMPUESTOS CON IMPACTO INTERNACIONAL Sobre el transacciones internacionales Derechos de aduana (importación o exportación) Tasas portuarias y aeroportuarias Tasas sobre servicios de telecomunicaciones Sobre las transacciones domésticas Impuesto a las ventas Productor Vendedor al detal o al por mayor IVA
IMPUESTOS CON IMPACTO INTERNACIONAL Sobre las propiedades Impuestos a las herencias Impuestos sobre la tierra Sobre los ingresos Impuestos de renta y complementarios Patrimonio Ganancias ocasionales Remesas Contribuciones a la seguridad social
POLÍTICA TRIBUTARIA INTERNACIONAL Recaudación suficiente, justa y eficiente Evitar que distorsione o impida actividades económicas debido a carga tributaria excesiva para empresas que operan en el país (nacionales o extranjeros) incentivos a empresas y ciudadanos que operan fuera del país (nacionales o extranjeros) Competir por empleos, inversión, tecnología e ingresos tributarios
DIFERENCIAS EN TRIBUTACIÓN Países en desarrollo Tarifas más bajas Enfasis en: impuestos indirectos impuestos al comercio internacional impuestos sobre transacciones Países desarrollados Tarifas más altas Enfasis en impuestos directos
INCENTIVOS TRIBUTARIOS Competencia Tipos Sobre la tarifa: Exenciones, reducciones o diferimientos de impuestos (“Tax Holidays”) Sobre la base Deducciones especiales: Depreciación acelerada Créditos tributarios Motivos Desarrollo regional Política sectorial Protección del medio ambiente Estímulo a la beneficencia
LIMITACIONES A LA POTESTAD TRIBUTARIA Inmunidades Estados Actividades Personas Otras personas de derecho internacional público Organismos de derecho internacional público Otras entidades activas en la esfera internacional Iglesias, Fundaciones
ORGANISMOS INTERNACIONALES Y TRIBUTACIÓN Regionales o sectoriales Organización de cooperación económica y desarrollo (OECD) Unión Europea (UE) Acuerdo Norteamericano de Libre Comercio (NAFTA) Globales Naciones Unidas (NU) Fondo Monetario Internacional (FMI) Banco Mundial (BM) Organización Mundial del Comercio (OMC) Consejo de Cooperación Aduanera (CCA)
JURISDICCIÓN TRIBUTARIA Por razón de la persona Principio de la residencia de la persona Conexión entre una persona y un sistema tributaria Por protección de nacionales Contra la aplicación extraterritorial de leyes extranjeras Por razón del territorio Principio del origen de la renta Conexión entre una renta y un territorio Por extensión del territorio Areas marinas y submarinas
PRINCIPIOS DE CONEXION TRIBUTARIA Individuos Nacionalidad (EE.UU) Presencia (Impuestos indirectos) Residencia (Impuesto sobre la renta) Duración (Regla de los 183 días por año) Requisitos adicionales Domicilio (Impuesto de sucesiones) Uno (“Common Law”) Varios (Derecho Civil) Lugar de empleo o de negocios (Impuestos sobre las empresas)
PRINCIPIOS DE CONEXION TRIBUTARIA Personas jurídicas: Lugar de Constitución (Donde se establece) Residencia (Desde donde se dirigen las operaciones) Sede (Donde se encuentra la oficina principal) Actividades Principales (Donde se desarrollan sus negocios más importantes) Accionistas Mayoritarios (Donde se encuentran quienes la controlan) Domicilio
OTROS PRINCIPIOS DE CONEXION TRIBUTARIA Por razón de la actividad Transporte internacional Aerolíneas Navieras Finanzas internacionales Bancos Otros intermediarios financieros
DOBLE TRIBUTACIÓN Elementos Alivio (Unilateral o por tratado) Dos o más Estados Dos o más Impuestos comparables Hecho imponible Base gravable Mismo contribuyente Mismo período gravable Alivio (Unilateral o por tratado) Exenciones Créditos Totales Parciales Deducciones Diferimientos
TRATADOS SOBRE DOBLE TRIBUTACIÓN (OECD) Ambito de aplicación Residentes de uno de los Estados que realizan actividades en los dos Estados Estado de la residencia prevalece sobre Estado de la fuente Tributación sobre renta mundial en el Estado de la residencia Estado de residencia ofrece alivio si ocurre doble tributación
TRATADOS SOBRE DOBLE TRIBUTACIÓN Competencia del Estado de la residencia Ilimitada Utilidades Regalías Ganancias ocasionales Servicios personales Pensiones Limitada Dividendos Intereses Competencia del Estado de la fuente Ilimitada Finca raíz Instalaciones de negocios Limitada Dividendos Intereses
TRATADOS SOBRE DOBLE TRIBUTACIÓN Determinación de impuestos cubiertos actividades cubiertas (p. ej. transporte internacional) territorios cubiertos Modificación de reglas sobre retenciones en la fuente Intercambio de información tributaria Exclusiones
Utilización en negocios internacionales PARAISOS FISCALES Utilización en negocios internacionales
CARACTERISTICAS PRINCIPALES Beneficios para no residentes: Impuestos bajos o inexistentes sobre una categoría importante de ingresos (Mónaco?) Estabilidad política (Líbano? Dubai? Panamá? Antillas Holandesas? Hong Kong?) Experiencia (Bermuda? Labuan? Mauricio? Islas Cook?) Objetivos de los no residentes: Reducir costo de las transacciones interferencia de las autoridades gubernamentales
CARACTERISTICAS SECUNDARIAS Libertad cambiaria Regulación y supervisión conforme a parámetros internacionales Mano de obra Costo de vida Clima
CRIMINALIDAD INTERNACIONAL Países más afectados Turks y Caicos Bahamas Panamá Chipre Gibraltar Malta Usos posibles Facilitación de transacciones criminales Lavado de utilidades criminales
TAMAÑO DEL MERCADO Principales destinos Suiza: 36% Reino Unido: 15% Estados Unidos: 12% Islas del Canal: 6% Luxemburgo: 6% Hong Kong: 5% Caribe: 10% Resto del mundo: 11% 2.6 millones de “millonarios en dólares” con activos por US$11 trillones “Onshore”: US$8.5 trillones “Offshore”: US$2.5 trillones (Crecimiento anual del 10%)
DECADENCIA EN LA MORALIDAD DE LOS CONTRIBUYENTES Variantes regionales, profesionales y de clase (Reino Unido - R.U.) Investigación de un mayor número de contribuyentes (España) Evasión permanente y “respetable” (Italia) Amnistías tributarias (Grecia) Nuevas medidas anti-evasión (Países de alta tributación)
ECONOMIAS SUBTERRANEAS Sectores principales Agricultura Construcción Servicios básicos Comercio informal Micro o fami-empresas Finca raíz Seguros Transporte Empleo informal: Empleados públicos Profesionales independientes Desempleados Pensionados Estudiantes
CRITERIOS DE SELECCIÓN (IRS) Impuestos bajos o inexistentes comparados con los de EE.UU. Estricta confidencialidad de información comercial y financiera Servicios modernos de transporte y comunicación Oportunidades de reducción de impuestos a través de tratados
LISTA NEGRA Países sin impuesto sobre la renta Europa Andorra Campione Mónaco (salvo para ciudadanos franceses) Caribe Bahamas Bermuda Islas Cayman Turks y Caicos
LISTA GRIS I Países con bajo impuesto sobre la renta Caribe Antillas Holandesas Anguilla Antigua y Barbuda Barbados Belice Grenada Islas Vírgenes (EE.UU y R.U.) Montserrat St. Kitts y Nevis St. Vincent Europa Gibraltar Islas del Canal Isla de Man Liechtenstein
LISTA GRIS II Países con importantes beneficios fiscales Europa Austria Holanda Luxemburgo Suiza América Costa Rica Panamá
EJEMPLO 1: Islas Vírgenes (US) Sociedades y accionistas: Exentos de impuestos sobre la renta y sucesiones Impuesto de registro: US$1.000 Individuos: Visa de inmigrante por generación de empleo Inversión de US$500.000 Empleo de 10 personas
EJEMPLO 2: Panamá Tratamiento tributario preferencial Exención de impuestos sobre renta extranjera (incluidos distribución de dividendos o participaciones, intereses y comisiones) Sin retención en la fuente para dividendos o regalías pagados por empresas en la Zona Franca de Colón Derecho Societario: No exige Capital mínimo o reserva legal Directivos residentes en Panamá Estados financieros auditados u otros informes a autoridades Panameñas.
HERRAMIENTAS DE PLANEACIÓN FISCAL INTERNACIONAL Prácticas corrientes en el mundo de los negocios internacionales
COMPAÑÍAS “HOLDING” - I Controlan compañías industriales o comerciales a través de su capital accionario Financian a las compañías del grupo Reciben ingresos de las compañías del grupo (dividendos, intereses, regalías)
COMPAÑÍAS “HOLDING” - II Reinvierten los ingresos recibidos, para: Obtener ingresos adicionales, o Realizar préstamos a los accionistas mayoritarios Distribuyen los ingresos entre los accionistas mayoritarios
EUROBONOS Características Bonos ofrecidos internacionalmente Se prohibe ofrecerlos o venderlos a residentes en el país de la moneda en que se denominan Intereses pagaderos sin retención en la fuente Condiciones especialmente favorables: Largo Plazo (7 a 10 años) Al portador y libremente negociables
CLASES DE EUROBONOS Según la tasa de interés Según la moneda A tasa fija (alrededor del 80% del mercado) A tasa variable (alrededor del 15% del mercado) Convertibles en acciones Según la moneda Dólares (alrededor del 30%) Yen (alrededor del 15%) Francos Suizos, Marcos Alemanes, Libras Esterlinas, Euros
COMBINACIÓN “HOLDING” Y EUROBONOS Compañías activas en las Antillas Holandesas Shell Merrill Lynch Thyssen-Bornemisza Siemens Exxon Sears Coca-Cola Pepsi-Cola Paraísos preferidos Europa Holanda Liechtenstein Luxemburgo Suiza América Antillas Holandesas Bahamas Bermuda Islas Cayman
CANALIZACION DE REGALÍAS Problema: Empresa que opera en el País A: Alta retención en la fuente por regalías pagaderas a empresa en País B Baja retención en la fuente por regalías pagaderas a empresa en País C Estrategia: Orientar las regalías hacia el País B en lugar de C a través de compañías intermediarias exentas de impuestos
LEASING En algunos países, el arrendatario es considerado propietario para efectos tributarios y puede calcular depreciación En otros países, el arrendador también puede calcular depreciación (Alemania, R.U. y EE.UU.) Una compañía “holding” en un paraíso fiscal puede recibir la renta por el equipo arrendado (Antillas Holandesas, Islas del Canal y Suiza)
FONDOS “OFFSHORE” Características Compañías de inversión en valores (acciones, bonos) Emiten y recompran sus propias acciones El valor de cada acción es el valor de mercado de los valores en el fondo Cuenta con Administradores Custodios (Trustees) Asesores financieros
FONDOS “OFFSHORE” Ventajas Evitar impuesto sobre la renta o ganancias ocasionales por sustitución en los valores invertidos Evitar el impuesto de sucesiones Diferir el impuesto en el país de origen de la inversión hasta que esta se liquide
FONDOS “OFFSHORE” Ventajas Confidencialidad frente a: Acreedores Cónyuges Empleados Autoridades tributarias Asegurada mediante Registro de inversionistas reservado Compañías intermediarias Ausencia de tratados de intercambio de información
BANCA “OFFSHORE” Características Del entorno Libertad cambiaria Régimen fiscal favorable Sin impuesto sobre las utilidades por operación “offshore” Sin retenciones en la fuente por intereses Encaje bajo o inexistente Regulación efectiva De la operación bancaria Captar depósitos de no residentes para realizar préstamos a no residentes Puede coexistir con banca “onshore”
BANCA “OFFSHORE” Importancia Tamaño del mercado 1993: US$6.51 trillones 1995: US$7.93 trillones Principales centros R.U. (17%) Japón (14%) Bahamas, Bahrein, Islas Cayman, Hong Kong y Singapur (22%)
BANCA “OFFSHORE” Acuerdo de Basilea Después de BCCI Supervisión consolidada País de la compañía matriz es el principal responsable País del banco “offshore” puede limitar o terminar sus actividades si considera inadecuada la supervisión Ninguno de los dos países está obligado a ofrecer apoyo estatal Entre el Banco Ambrosiano y el BCCI División de responsabilidades País de la compañía matriz debe supervisar solvencia País del banco “offshore” debe supervisar liquidez Ninguno de los dos países está obligado a ofrecer apoyo estatal
BANCA “OFFSHORE” Otras formas de regulación Grupo de supervisores bancarios de centros “offshore” (19 países) Aumentar cooperación para la supervisión Intercambiar información sobre capitalización Grupo de trabajo sobre operaciones financieras (26 países de América Latina y el Caribe) [CFATF] Prevención del lavado de dinero Cooperación con investigadores de otros países Confiscación de depósitos
BANCA “OFFSHORE” EE.UU. Permitida desde 1981 Exenta de restricciones aplicables a la banca “onshore” Límites a intereses sobre cuentas a la vista Encajes elevados Impuestos estatales (Nueva York, Miami, Houston, Chicago, Los Angeles y San Francisco) Ventajas limitadas en cuanto a: Privacidad Decisiones políticas (Irán, Panamá)
SECRETO BANCARIO Utilización Cuentas cifradas Ventajas Conocidas solo de su titular y las personas con quien comparta el número Desventajas Incapacidad o muerte del titular sin compartir el número Descubrimiento en el curso de investigaciones por violaciones tributarias o cambiarias o delincuencia internacional
SECRETO BANCARIO Protección Sanciones penales por violación del secreto bancario Bahamas Belice Islas Cayman Liechtenstein Luxemburgo Panamá Suiza Secreto limitado (Austria) Para cuentas en dinero No para cuentas en valores
SECRETO BANCARIO Cooperación judicial Mediante tratados (EE.UU) De intercambio de información tributaria (TIEAs): Barbados, Bermuda, Costa Rica, Dominica, República Dominicana, Grenada, Guyana, Honduras, Jamaica, México, Perú, St. Lucia, Trinidad y Tobago De asistencia judicial mutua (MLTAs) Por acción unilateral (Suiza) En casos de investigación criminal en el exterior En casos de clientes sospechosos
SECRETO BANCARIO El caso de Panamá Tres tipos de licencias bancarias General: “Onshore” y “Offshore” Internacional: “Offshore” Activos: Mínimo US$500 millones Representación Obligación de declarar: Ingreso al país o transacciones de más de US$10.000 en efectivo
SEGUROS CAUTIVOS Importancia Compañías que aseguran los riesgos de sus propietarios Unicamente, o En conjunto con otros riesgos Sectores principales Petróleo Aviación Periodismo Salud Tamaño del mercado 3.500 en el mundo Principalmente en: Bermuda Islas Cayman Islas del Canal También en algunos estados de EE.UU Colorado Tenessee Vermont Nueva York
SEGUROS CAUTIVOS Regulación Regulación es responsabilidad del país de la compañía cautiva Requisitos de capital varían Grupo de supervisores de operaciones internacionales de seguros Bermuda, Islas Cayman, Islas del Canal, Aruba, Bahamas, Barbados, Turks y Caicos, Islas Vírgenes (R.U.)
SEGUROS CAUTIVOS Utilización En paraísos fiscales, para la compañía cautiva Las primas recibidas: no están sujetas a impuestos, o cuentan con un tratamiento preferencial Los dividendos distribuidos: no están sujetas a retención en la fuente En países de alta tributación, para los accionistas de la compañía cautiva: Primas pagadas son deducibles: si se pagan a una compañía cautiva, y si se cumplen las normas sobre transacciones entre partes relacionadas
BANDERA DE CONVENIENCIA - Importancia Características Registro naviero abierto a no residentes Ausencia de controles cambiarios o tributarios Países preferidos: Panamá Liberia Nuevos competidores Antillas Holandesas Bahamas Bermuda Hong Kong Isla de Man
BANDERA DE CONVENIENCIA - El negocio naviero Etapas Financiación Construcción Abanderamiento Operación Seguridad Normas del país de la bandera Tratados Operación: Conforme a las normas del país de la bandera Separación: Administración Propiedad “formal” Propiedad “real” Modalidades contractuales: Leasing Lease-back Charter
BANDERA DE CONVENIENCIA - Ventajas Confidencialidad Razones tributarias Razones políticas (Israel, Sudáfrica) Tripulaciones de conveniencia Sin restricciones de nacionalidad Costos laborales reducidos Ausencia de presión sindical Sin contribuciones a la seguridad social
PUERTOS LIBRES Y ZONAS FRANCAS - Ventajas Tratamiento aduanero preferencial Exención o reducción de derechos de importación o exportación impuestos a las ventas y al consumo Exención o reducción de impuestos Sobre la renta y complementarios sobre ingresos generados en actividades del área Sobre propiedades inmuebles en el área Incentivos laborales y crediticios Servicios de transporte y comunicaciones
PUERTOS LIBRES Y ZONAS FRANCAS - Tipos Turísticas 1955: Freeport (Bahamas) Exportación 1947: Shannon (Irlanda) Transbordo 1913: Colón (Panamá) Desarrollo regional Países desarrollados Países en desarrollo (México)
PUERTOS LIBRES Y ZONAS FRANCAS - Competencia Internacional A pesar de los esfuerzos de armonización Unión Europea Comunidad Andina Comunidad Centroamericana CARICOM Interna Entre estados federales (EE.UU) Entre municipalidades
COMPAÑÍAS DE EXPORTACIÓN FSC (EE.UU) Establecidas en posesiones americanas (excepto Puerto Rico) países que han suscrito un TIEA Con actividad manufacturera en el exterior Tarifa del impuesto sobre la renta: Hasta 29%
SERVICIOS GERENCIALES Relocalización de empresas Incentivos: Por instalación de oficinas Por realización de actividades “preparatorias o auxiliares” a la instalación Tratamiento preferencial para: Cinematografía (Canadá) Disqueras
MEDIDAS ANTI-EVASIÓN Panorama general
PRECIOS DE TRANSFERENCIA - I Principios de la OECD (1979 y 1984) Intercambio de información entre autoridades tributarias Revisión de transacciones internacionales entre compañías relacionadas para asegurar que se realizan sobre bases comerciales (“arm’s length”)
PRECIOS DE TRANFERENCIA - II Reasignación de rentas si la transacción no es comercialmente aceptable Determinación de precios aceptables por las autoridades tributarias Por comparación con precios de bienes o servicios negociados entre partes independientes Por análisis de precios de reventa o de costos de producción
PRINCIPIO DE ABUSO DEL DERECHO “Sustancia prevalece sobre forma” Por mandato legal (EE.UU, Francia, Alemania, Holanda, España, Suiza) o interpretación jurisprudencial (R.U.) Autoriza desconocer transacciones realizadas solo para evadir impuestos (sin ningún otro beneficio para las partes)
TRATADOS DE DOBLE TRIBUTACIÓN Entre países de alta tributación y paraísos fiscales Evitarlos (para forzar al paraíso fiscal a cambiar sus prácticas o a suscribir tratados de intercambio de información), o Suscribirlos (incluyendo cláusulas que impiden su uso por no-residentes)
OTROS TRATADOS Bilaterales y multilaterales Dificultades Políticas Soberanía estatal Poderes tributarios de estados federales Jurídicas Equivalencia de conceptos Valor probatorio Ejecución de obligaciones tributarias extranjeras Tratados de intercambio de información (Modelo OECD) Comparación de información tributaria recopilada por dos o más autoridades tributarias Auditorías simultáneas
POLICÍA TRIBUTARIA INTERNACIONAL Acuerdo OECD para Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Tributarios (INTERFIPOL) Acceso a la información antes de iniciar investigaciones criminales Intercambio de información a espaldas del contribuyente Obtención de información confidencial Independiente de armonización de la legislación interna
TRIBUTACIÓN UNIFICADA Considerar un grupo de compañías como un solo contribuyente Exigir declaraciones tributarias sobre ingresos en todo el mundo Distribuir el impuesto con base en fórmulas proporcionales conforme a asignación geográfica de Ingresos Utilidades Nómina
SOLICITUD DE INFORMACIÓN Obstáculo Leyes de protección de la confidencialidad Responsabilidad del Estado por manejo de información tributaria Leyes nacionales contra la aplicación extraterritorial de leyes extranjeras Solicitud unilateral Compañías nacionales con negocios en el exterior Compañías extranjeras con negocios en el país
REGIMEN PENAL EE.UU Obligación de informar anualmente sobre cuentas en el exterior cuyo valor exceda US$10.000 Multas de hasta US$500.000 y 5 años de prisión por utilizar cuentas bancarias en el exterior para evasión Funcionarios americanos puede capturar sospechosos de evasión fiscal en el exterior, incluso en violación de derecho internacional (Corte Suprema de EE.UU)
CONTRA COMPAÑÍAS CONTROLADAS Utilidades no distribuidas de la subsidiaria se presumen recibidas por accionistas de la matriz, para evitar Partición de ingresos Diferimiento de impuestos por dividendos no distribuidos Alivio fiscal a las ganancias ocasionales Pagos ilegales de compañías controladas se consideran distribuciones de dividendos a los accionistas de la matriz
CONTRA FONDOS “OFFSHORE” Presumir que la compañía matriz percibe todo o parte de las utilidades del fondo (sobre todo si es administradora, custodia y asesora del mismo) Presumir que la administración del fondo se ejercita en el país de la matriz Limitaciones a la promoción del fondo en el país de la matriz
CONTRA SEGUROS CAUTIVOS (EE.UU) Presunción de “sociedad controlada en el extranjero” Elimina los beneficios tributarios Impuesto al consumo sobre las primas
DIFICULTADES INVESTIGATIVAS Garantías del debido proceso Secreto profesional (abogados, contadores) El Estado que busca información en otro Estado debe probar que los hechos que investiga son delito en ambos (Excepción: EE.UU y países del Caribe) Falta de personal local y reticencia a permitir el ingreso de personal extranjero
TÉCNICAS CUESTIONADAS De ataque Conversaciones informales con empleados Investigación de viajes a paraísos fiscales Espionaje industrial (incluida sustracción de documentos) Recompensas a los denunciantes Inspecciones intempestivas De defensa Obtención de información de las autoridades tributarias con fundamento en leyes de acceso a la información en archivos oficiales
REFORMAS LEGALES Ultimo recurso Ofrecer incentivos similares a los de los paraísos fiscales Cambiar la carga de la prueba La autoridad tributaria puede exigir al contribuyente que pruebe que ciertas transacciones no se realizaron únicamente para evadir impuestos
TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL DE INDIVIDUOS Características generales
CRITERIOS BÁSICOS Residencia y origen de la renta Tributación sobre renta nacional y extranjera Remesa efectiva Exenciones parciales Tarifas preferenciales Tributación sobre renta nacional Residencia para efectos fiscales: Regla de los 183 días Otros requisitos: Tiempo mínimo continuo en el extranjero Limitaciones en viajes al país de origen
EXPATRIADOS Incentivos ofrecidos Finalidad: Atraer profesionales: De alto nivel Bien pagados Generar empleo Exención o reducción de impuestos Reembolsos de impuestos libres de impuestos
ARTISTAS Y DEPORTISTAS - Problemática Ingresos altos pero irregulares Planeación fiscal Establecimiento de una sociedad El artista o deportista como Accionista: Recibe dividendos Empleado: Recibe salario Medidas anti-evasión Reglas sobre transacciones entre partes relacionadas Retenciones en la fuente Presunciones en contra de paraísos fiscales
MILLONARIOS - Problemática Transferencia de activos a “holdings” o “trusts” Distribución de dividendos diferida Conversión de rentas en activos Liquidación del “holding” o “trust” Venta de acciones en el “holding” o “trust” Medidas anti-evasión Estados Unidos Gran Bretaña Alemania
CIUDADANOS AMERICANOS - Tratamiento Gravados sobre todas sus rentas, independientemente de la residencia Exentos parcialmente sobre rentas extranjeras si permanecen en el exterior 330 días en un período de 12 meses Exentos en los primeros US$70.000 Pueden deducir los costos de vivienda en el exterior si su empleador no los cubre Puede solicitar un crédito o una deducción sobre los impuestos pagados en el exterior
CIUDADANOS AMERICANOS - Tratamiento Cambio de ciudadanía o residencia Si el IRS considera que el cambio fue realizado para evadir impuestos puede continuar exigiéndolos por 10 años más Promedio anual de impuesto federal: US$100.000 Patrimonio: US$500.000 Declaraciones tributarias Obligatorias para ciudadanos residentes en el exterior
EMIGRACIÓN - Herramienta de planeación fiscal? Obstáculos en el país de origen Impuestos de salida o de expatriados Restricciones cambiarias Obstáculos en el país de destino Visas o permisos de residencia o trabajo Limitaciones a la compra de finca raíz Soluciones Pensiones portátiles Actualizadas conforme a la inflación Libres de retenciones en la fuente Segundos pasaportes