No al maniqueísmo: una alternativa para la equidad

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Transcripción de la presentación:

No al maniqueísmo: una alternativa para la equidad Foro: educación, salud y descentralización en juego Francisco Piedrahita Plata Universidad Icesi Noviembre 2 de 2006

No al maniqueísmo Autonomía, gasto social y responsabilidades de los entes territoriales en la Constitución de 1991 Necesidad de esos valores constitucionales La reforma de 2001 y el Parágrafo Transitorio #3 (Escenario #1) Lo que quiere el Gobierno Central (Escenario #2) Una alternativa para la equidad (Escenario #3)

Constitución Política de Colombia TÍTULO I: DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Artículo 1: Colombia es un Estado Social de derecho organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales…

Constitución Política de Colombia TÍTULO II: DE LOS DERECHOS, LAS GARANTÍAS Y LOS DEBERES Capítulo 2: De los derechos sociales, económicos y culturales Art. 44: … derechos fundamentales de los niños … Art. 49: … la salud y el saneamiento ambiental Art. 51: … vivienda digna Art. 52: … el deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social Art. 67: … la educación Art. 70: … la cultura

Constitución Política de Colombia TÍTULO XI: DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL Capítulo 1: De las disposiciones generales Artículo 287: Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses dentro de los límites de la Constitución y la Ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos: Gobernarse por autoridades propias. Ejercer las competencias que les corresponden. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Participar en las rentas nacionales.

La nueva Colombia según la Constitución de 1991 En realidad, la Asamblea quiso crear una forma intermedia de Organización Estado Centralista Estado Federalista Forma Intermedia Constitución de 1886 Constitución de 1991 EEUU o Brasil

Constitución Política de Colombia TÍTULO XII: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE LA HACIENDA PÚBLICA Capítulo 1: De las disposiciones generales Art. 334: … El estado intervendrá para … asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos.

Constitución Política de Colombia TÍTULO XII: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE LA HACIENDA PÚBLICA Capítulo 3: Del presupuesto Art. 350: … el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación. … el presupuesto de inversión no se podrá disminuir porcentualmente con relación al año anterior … Se trató de eliminar por acto legislativo en 2003

Constitución Política de Colombia TÍTULO XII: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE LA HACIENDA PÚBLICA Capítulo 4: De la distribución de recursos y de competencias Arts. 356, 357, 358, 360 y 361 dieron cuerpo al cuarto derecho que implica la autonomía según el art. 287, el de participar en las rentas nacionales; y asignaron determinadas competencias y responsabilidades en salud, educación, saneamiento ambiental y otros gastos sociales a los entes territoriales

Constitución Política de Colombia Artículo 356: Salvo lo dispuesto por la Constitución, la ley, a iniciativa del Gobierno, fijará los servicios a cargo de la nación y de los departamentos, distritos y municipios. Para efecto de atender los servicios a cargo de estos y proveer los recursos para financiar adecuadamente su prestación, se crea el sistema general de participaciones de los departamentos, distritos y municipios …

Constitución Política de Colombia Artículo 356 (cont.): … Los recursos del sistema general de participaciones se destinarán a la financiación de los servicios a cargo de departamentos, distritos y municipios, dándole prioridad al servicio de salud y a los servicios de educación preescolar, primaria, secundaria y media, garantizando la prestación de los servicios y la ampliación de cobertura …

Constitución Política de Colombia Artículo 357: El monto del sistema general de participaciones se incrementará anualmente en un porcentaje igual al promedio de la variación porcentual que hayan tenido los ingresos corrientes de la nación durante los cuatro años anteriores …

Constitución Política de Colombia Artículo 358: Para los efectos contemplados en los dos artículos anteriores, entiéndase por ingresos corrientes los constituidos por los ingresos tributarios y los no tributarios con excepción de los recursos de capital.

Constitución Política de Colombia TÍTULO XII: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE LA HACIENDA PÚBLICA Capítulo 4: De la distribución de recursos y de competencias Art. 365: Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado … Art. 366: Será objetivo fundamental de la actividad del Estado la solución de las necesidades insatisfechas de salud, educación, de saneamiento ambiental y de agua potable. … el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación.

No al maniqueísmo Autonomía, gasto social y responsabilidades de los entes territoriales en la Constitución de 1991 Necesidad de esos valores constitucionales La reforma de 2001 y el Parágrafo Transitorio #3 (Escenario #1) Lo que quiere el Gobierno Central (Escenario #2) Una alternativa para la equidad (Escenario #3)

Necesidad de esos valores constitucionales La gente alrededor del mundo está demandando mayor autodeterminación e influencia en las decisiones de los gobiernos. Cerca del 95% de todas las democracias tienen ahora gobiernos subnacionales elegidos popularmente y países grandes y pequeños, ricos y pobres, están trasladando poderes políticos, fiscales y administrativos a los niveles subnacionales de gobierno. Informe de Desarrollo Mundial 1999-2000 Banco Mundial

Necesidad de esos valores constitucionales Los servicios que proporciona el Gobierno Central deberían beneficiar a la Nación entera u ofrecer economías de escala substanciales; por ejemplo, defensa nacional, relaciones exteriores, política monetaria o la preservación de un mercado nacional unificado. Por otra parte, las unidades subnacionales deberán proveer bienes públicos locales Informe de Desarrollo Mundial 1999-2000 Banco Mundial

Necesidad de esos valores constitucionales ¿Por qué existe el Sistema General de Participaciones? La respuesta es: para hacer política de gasto público en salud, educación y saneamiento básico. Lo que importa es lograr esos objetivos de política Alberto Carrasquilla, Ministro de Hacienda Entrevista, Revista Dinero, Julio 21 de 2006

Necesidad de esos valores constitucionales “El siglo XXI será el siglo de la educación” Educación, la agenda del siglo XXI, PNUD, marzo de 1998 “Cantidad sin Calidad” Informe de Progreso Educativo en América Latina, PREAL, marzo de 2006 Educación inicial, preescolar y media, infraestructura escolar, jornada completa, computadores, capacitación de docentes, etc. “Agoniza la salud”. Editorial principal de El Tiempo, octubre 8 de 2006 “12,9 millones toman agua impotable en el país”. Informe de El Tiempo, octubre 6 de 2006

Los argumentos del Gobierno Central: sofismas y eufemismos En Colombia, los ingresos tributarios territoriales alcanzan magnitudes importantes: 19% del total y muy concentrados Antes del AL 01 de 2001, entre 1999 y 2000 se produjo reducción del 4% en las participaciones: única en 70 años Estabilidad: promedio de 4 años Crecimiento real e incremento de participaciones per cápita: mezquino (2 y 1%), comparado con el de ICN (8%) Avance de cobertura educativa: no relacionada con Acto Legislativo y problema de calidad Incremento de afiliados al régimen subsidiado de salud: no relacionado con Acto Legislativo y problema de calidad Tecnología de coordinación: eufemismo por Centralización

Constitución Política de Colombia Aclaración Semántica (del Diccionario de la RAE) A pesar de la claridad del texto de la Constitución, se sigue hablando de las “transferencias” del Gobierno Central a las entidades territoriales. Hay una gran diferencia: Transferir: Ceder o renunciar en otro el derecho, dominio o atribución que se tiene sobre una cosa. Participar: Tomar uno parte en una cosa.

No al maniqueísmo Autonomía, gasto social y responsabilidades de los entes territoriales en la Constitución de 1991 Necesidad de esos valores constitucionales La reforma de 2001 y el Parágrafo Transitorio #3 (Escenario #1) Lo que quiere el Gobierno Central (Escenario #2) Una alternativa para la equidad (Escenario #3)

El SGP según el diseño original: 53. 5% para el Gobierno Central y 46 El SGP según el diseño original: 53.5% para el Gobierno Central y 46.5% para entidades territoriales y gasto social

La reforma del SGP 2001 Artículo 357: Par. Trans. 3. Al finalizar el periodo de transición el porcentaje de los ingresos corrientes de la nación destinado para el sistema general de participaciones será como mínimo el porcentaje que constitucionalmente se transfiera en el año 2001.

El SGP y la reforma de 2001: la participación de las entidades territoriales baja 7 años y, al final, por el Par. #3, vuelve al nivel de 2001 (Escenario #1)

La Aritmética del SGP ¿Por qué baja la participación de las entidades territoriales durante los 7 años? Porque los Ingresos Corrientes de la Nación (ICN) crecen, en pesos constantes, a una tasa mucho mayor que 2 ó 2.5%. Mientras entre 1980 y 2005 la Economía (PIB) creció, en promedio, al 3.5% por año, los ICN crecieron, en promedio, al 6.6% por año. Entre 2000 y 2006 han crecido a ¡más del 8% por año!

La Aritmética del SGP: 8% 16.9%

No al maniqueísmo Autonomía, gasto social y responsabilidades de los entes territoriales en la Constitución de 1991 Necesidad de esos valores constitucionales La reforma de 2001 y el Parágrafo Transitorio #3 (Escenario #1) Lo que quiere el Gobierno Central (Escenario #2) Una alternativa para la equidad (Escenario #3)

La reforma del SGP El Gobierno Central y el Senado han acordado en primeros debates que se mantenga el sistema actual con pequeños ajustes; SGP crece a inflación +4% en 2008 y 2009, a inflación +3.5% en 2010 y a inflación +3% de 2011 a 2019 (Escenario #2).

La reforma del SGP: lo que pretende el Gobierno Central (Escenario #2)

La reforma del SGP: lo que pretende el Gobierno Central (Escenario #2) Según esta propuesta, en 2019, al SGP le correspondería sólo 23.47% de los ICN y el compromiso constitucional con la educación habría bajado a 13.2% de los ICN y a menos “del 10% del presupuesto general de gastos” aprobado en en el Plebiscito de hace 50 años. ¡Y ahora dizque estamos en la sociedad del conocimiento!

No al maniqueísmo Autonomía, gasto social y responsabilidades de los entes territoriales en la Constitución de 1991 Necesidad de esos valores constitucionales La reforma de 2001 y el Parágrafo Transitorio #3 (Escenario #1) Lo que quiere el Gobierno Central (Escenario #2) Una alternativa para la equidad (Escenario #3)

La reforma del SGP: una reforma para la equidad (Escenario #3) El camino alternativo consiste simplemente en eliminar el Parágrafo Transitorio # 3... … y volver al espíritu de lo pactado en la reforma de 2001; lo establecido en el art. 357 (Escenario #3). El Gobierno Central mantendría la participación ganada en los 7 años de transición (aprox. 10%) … … y el SGP volvería a crecer al ritmo de los Ingresos Corrientes Nacionales

La reforma del SGP: una reforma para la equidad (Escenario #3)

Comparación de Escenarios El siguiente cuadro compara los Escenarios #s 2 y 3 y calcula la diferencia para el SGP. Supone que los ICN en 2008 valdrán $55.1 Billones en pesos de 2006 y que seguirán creciendo al 6% por año en términos reales.

Comparación de Escenarios Supone que la participación del SGP en los ICN habrá bajado, al término del periodo de transición, al 31.26%. Los recursos para el SGP en el Escenario #2 crecen según propuesta aprobada inicialmente en el Senado; y en el Escenario #3 son el 31.26% de los ICN.

Comparación de Escenarios   Recursos para SGP Años ICN Escenario #2 Prop Gobierno/ Senado Escenario #3 Particip. 31.26% Diferencia 2006 48.9 16.4 0.0 2007 52.0 16.8 2008 55.1 17.5 17.2 -0.3 2009 58.4 18.2 18.3 0.1 2010 61.9 18.8 19.4 0.5 2011 65.6 20.5 1.1 2012 69.6 20.0 21.8 1.8 2013 73.8 20.6 23.1 2.5 2014 78.2 21.2 24.4 3.3 2015 82.9 25.9 4.1 2016 87.9 22.5 27.5 5.0 2017 93.1 29.1 6.0 2018 98.7 23.8 30.9 7.0 2019 104.6 24.6 32.7 8.2 Cifras en billones de pesos constantes de 2006

Participación Gobierno Central Participación Entes Territoriales (SGP)

La reforma del SGP: una reforma para la equidad Proyecto de Acto Legislativo por el cual se reforma la Constitución Nacional Artículo único. Derógase el Parágrafo Transitorio 3o. Del Artículo 357 de la Constitución.