La Adopción Carlos Luis Loor.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
La conceptualización tradicional.
Advertisements

LA UNION DE HECHO Es una institución social, por la que un hombre y una mujer, con absoluta libertad de estado, se unen maridablemente, sin estar casados.
EFECTOS JURIDICOS DEL TLC EN LA LEGISLACION CHILENA.
TESIS III: DERECHO PRIVADO
DERECHO DE ALIMENTOS (Ley Sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias modificada por la ley del año 2007) Profesora: Katia.
LA ADOPCIÓN 1.
1 - ACCION DE RECLAMACION DEL ESTADO DE HIJO MATRIMONIAL
Segundas y Ulteriores Nupcias
DE LOS HIJOS CONCEBIDOS EN MATRIMONIO
Capacidad jurídica Recopilado y adaptado por JAIRO DELGADO CARREÑO.
Adopción La palabra adopción tiene su origen en el latín “adoptio ”, se entiende por adopción o filiación adoptiva al acto jurídico mediante el cual.
CIVIL PERSONAS I ANGELO VALLEJO AVILES.
LA EMANCIPACION TRABAJO FINAL DE TERCER TRIMESTRE
La adopción internacional
MATRIMONIO.
CAPITULO VIII : FIN DEL PROCEDIMIENTO LEY N° 27444
GENERO.
Integrantes: Yohana Contreras Paula Huerta Curso: 4° A
DERECHO CIVIL PERSONAS Y DERECHO DE FAMILIA
NACIONALIDAD.
Trabajo Final Trimestre 3
COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA
“Efectos económicos del matrimonio en el Código Civil y Comercial de la Nación. ********************************** Convenciones matrimoniales. Régimen.
“EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL Y LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL”
Conjunto ordenado, sistematizado y unitario de normas de derecho privado. Regulan las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, sean privadas.
Cátedra de Derecho Privado I Comisión 14 hs. UNIDAD Nº 11
ADOPCIÓN LECCIONES 6 y 7.
PERSONAS FISICAS Y MORALES PERSONALIDAD Y SUS ATRIBUTOS
Lección V Atributos de la personalidad: Son cualidades que el ordenamiento jurídico atribuye a las personas, y que forman parte de la naturaleza de éstas;
Familia.
LICDA. MORENA GUADALUPE MONTOYA P. Licda. Morena Guadalupe Montoya Polanco1.
Emancipación Víctor Suarez
 Consignación es el depósito de la cosa que se debe, hecho a virtud de la repugnancia o no comparecencia del acreedor a recibirla, y con las formalidades.
RELACIÓN CON LA PRETENSIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA Y TENENCIA
TEMA 2 LA PERSONA FÍSICA.
COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUEBLA (UNICUP)   MATERIA: FAMILIA Y SUCESIONES EXPOSICIÓN  SOBRE “ADOPCIÓN” INTEGRANTES: DIANA BERENICE LÓPEZ FLORES.
LA IMPORTANCIA DEL NOMBRE
EL MATRIMONIO y EL DIVORCIO
MEDIOS DE TÉRMINACIÓN DE LOS CONTRATOS
Introducción al Estudio del Derecho JUR1000
Expositor: Angie Reinoso Ramos
LA ADOPCIÓN Johanna Carrión.
LA FAMILIA.
Finalidad de la Acumulación
Tema: ADOPCION Nombre: Arianna Villagòmez Roca
TEMA 2 LA PERSONA FÍSICA.
DERECHO DE FAMILIA ALIMENTOS. Nació en Rosario, Argentina, en 1938 Abogado (1960) Doctor en Derecho y Ciencias Sociales (1966) Juez de la Corte Suprema.
Nuevo régimen legal del MATRIMONIO Matrimonio igualitario
Tutelas NOMBRE: ESTEFANIA ANDREA MONTENEGRO CHICA
LA ADOPCIÓN Johanna Carrión Eva Chambers.
EXPOSICION DE DERECHO CIVIL PERSONAS II. .  Art. 222 La unión estable y monógamica de un hombre y una mujer,libres de vinculo matrimonial con otra persona,
Las Guardas Testamentarias
LA ADOPCION Andrés Maruri.
REGLAS RELATIVAS AL HIJO POSTUMO (ART. 243)
TESIS I: NOCIONES GENERALES DEL DERECHO MERCANTIL
Registro Provincial de las Personas Nuevo Código Civil
ALUMNO: JORGE BAQUERIZO PROFESORA: JACQUELINE CABANILLA.
LEY APLICABLE.
EMPRESA: La Titularidad Jurídica
Uniones convivenciales
Tipo de Persona La persona.
La ADOPCIÓN. PROCESO NO CONTENCIOSO adopción de persona capaz: TRAMITE notarial (11) Rosalía Mejía Rosasco Notaria de Lima Magister en Derecho. Abril 2013.
Adopción Eduardo G. Roveda
Dra. Lucila Ortiz de Di Martino
RESPONSABILIDAD PARENTAL
CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Seccion 3° Forma y prueba del acto jurídico.
VOCACION SUCESORIA, ¿ Qué significa ? Art. 962 CC Significa Estar en posibilidad de suceder a determinada persona, y este derecho a heredar solo puede.
Tema XIII La edad Cuanto más se envejece más se parece la tarta de cumpleaños a un desfile de antorchas. Katharine Hepburn Katharine Hepburn.
Gabriela Barrios Fuenzalida Licenciada en Ciencias Jurídicas PUCV
Regímenes matrimoniales
Transcripción de la presentación:

La Adopción Carlos Luis Loor

Definiciones doctrinarias Elementos: Es un acto jurídico especial, propio del derecho de familia, Crea obligaciones, que normalmente se circunscriben a las del adoptante y del adoptado. Las relaciones que nacen de ella, son iguales o similares a las que existen entre padres e hijos.

Definición legal Art 314 C.C.: “La adopción es una institución en virtud de la cual una persona, llamada adoptante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre, señalados en este Título, respecto de un menor de edad que se llama adoptado. Sólo para los efectos de la adopción se tendrá como menor de edad al que no cumple 21 años.

Capacidad Especial Del Adoptante Universalmente se exige en todas las legislaciones que el adoptante se capaz. El consentimiento del otro cónyuge es necesario siempre que adopte una persona casada. Limite mínimo de edad que la ley exige es haber cumplido treinta años y la diferencia de edad entre padre e hijo debe ser de 14 años. (no existe limite máximo de edad)

Se impedirá de hecho la adopción por parte de un anciano que sea realmente incapaz de desempeñar sus obligaciones. El adoptante debe tener la “Libre disposición de sus bienes”, es decir que no puede adoptar un relativamente incapaz.

Prohibiciones Expresas Existen dos prohibiciones: No puede adoptar una persona célibe a otra de distinto sexo, (La Ley 83, de 1990, permite, por excepción adoptar a personas de distinto sexo del adoptante siendo este célibe viudo o divorciado, siempre que tenga más de 40 años) Y el guardador o ex-guardador no puede adoptar al pupilo o ex pupilo hasta que se hayan aprobado judicialmente las cuentas de la guarda.

Requisitos para ser adoptado El primer requisito se desprende de la misma definición de la institución: “No pueden ser adoptados sino solamente los menores de edad.”

Consentimientos Necesarios El consentimiento de los adoptantes, es irremplazable. También se requiere por regla general el consentimiento de los propios padres del adoptado o de su representante legal en su caso. Deben constar en la escritura pública los consentimientos de las 3 partes.

Forma de la Adopción Existen 3 fases en el procedimiento de la adopcion: Preparatoria La adopción propiamente dicha Y, la inscripción del acto en el Registro Civil.

Etapa Preparatoria Tiene por objeto investigar si existen impedimentos en la adopción, si es conveniente o si no causa perjuicio a otras personas. (capacidad económica y moral) Cuidado del adoptante o periodo de prueba, el código exige que este cuidado personal del adoptivo haya durado por lo menos seis meses.

La adopcion propiamente dicha Se verifica mediante un doble acto jurisdiccional el uno, y notarial el otro. El tribunal de menores autoriza la adopción, siempre y cuando se cumplan las solemnidades y requisitos, esta autorización debe constar en escritura pública con los consentimientos necesarios de las partes.

Inscripción del acto en el Registro Civil Para que surta efectos entre las partes y frente a terceros nuestra legislación exige la inscripción en el registro civil.

Efectos de la Adopción Se clasifican en: Los referentes a la potestad paterna y a la patria potestad. El nombre del adoptivo. Derecho de alimentos Derechos sucesorios Otros efectos derivados del parentesco. (permiso para contraer matrimonio)

Terminación de la adopción El codigo establece dos formas fundamentales de terminación de la adopción: Por sentencia judicial, o por acuerdo o declaración voluntaria.