OBLIGACIONES DEL USUARIO Blgo. César Pereda Vásquez Resp. Vigilancia Calidad Sanitaria de Piscinas en la DISA IV Lima Este
Base Legal: Decreto Supremo Nº 007-2003-SA Reglamento Sanitario de Piscinas
TÍTULO VIII: OBLIGACIONES DEL USUARIO Artículo 64: Cumplimiento de Normas de Uso Artículo 65: Cumplimiento de Disposiciones
Artículo 64: Cumplimiento de Normas de Uso Todo Usuario cumplirá con las Normas Internas para el uso de las Piscinas.
Artículo 65: Cumplimiento de Disposiciones Previo al ingreso del estanque deberán tomar baño de ducha. No podrán hacer uso del estanque, las personas que padezcan una enfermedad transmisible. Los residuos que generen serán dispuestos en las papeleras. No podrán utilizar objetos o productos que puedan ocasionar accidentes o contaminar el agua. No podrán comer o beber dentro del agua o en la zona de paseo perimetral de la piscina No se permitirá el ingreso de animales a las instalaciones Otras que establezca la entidad administradora.
www.limaeste.gob.pe cpereda@limaeste.gob.pe MUCHAS GRACIAS!