Ley de Ilícitos Cambiarios

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Transcripción de la presentación:

Ley de Ilícitos Cambiarios Jorge Faroh Clyde & Co

Marco Regulatorio Antecedentes Entrada en vigencia el 5 de Febrero de 2003 Instrumentado en 8 Convenios Cambiarios entre el Banco Central de Venezuela y el Ministerio de Finanzas 3 Decretos Múltiples Providencias

Características Generales Restringe la Libre Convertibilidad Todas las divisas que se adquieran o vendan en el País lo deben hacer a través del Banco Central de Venezuela y los Operadores Cambiarios, previa autorización de CADIVI

Se otorgan divisas sólo para fines específicos: Deuda externa privada Repatriación de Capitales Importaciones Pagos de servicios en el exterior Viajes, etc. Exportadores deben convertir sus divisas a través del Banco Central de Venezuela a tasa oficial

Característica de no publicidad, solo la Ley del Banco Central de Venezuela, artículo 13 Ley de Ilícitos Cambiarios. (Artículo 49 numeral 6 CRBV) (Principio de Legalidad)

Ley de Ilícitos Cambiarios Objetivos Establecer sanciones por las violaciones al Sistema que solo se pueden establecer por Ley

¿Cuáles son las sanciones? Artículo 4 Ley de Ilícitos Cambiarios Principales: - Prisión - Multa Accesorios - Inhabilitación temporal o definitiva para obtener divisas - Para operar como intermediario - Funcionarios Públicos

Ley de Ilícitos Cambiarios Obligaciones Obligación de declarar importación o exportación de divisas Exportadores de bienes o servicios, más de US$10.000

Tipos Prisión + multa 1 a 3 años: Exportar, importar, comprar o vender ilegal por más de US$20.000: 2 a 6 años Adquisición fraudulenta de divisas: 3 a 7 años Destinación no autorizada: 2 a 4 años

Agravante Material Agravante material: Uso de medios electrónicos o informáticos, etc. aumento de pena de 1/3 a la mitad. Agravante personal: Funcionario Público, aumento de pena 1/3 a la mitad. Instigación a delinquir: Artículo 283 Código Penal Prisión de 1/3 parte del delito instigado.