ARCHIVOS JUDICIALES.

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Transcripción de la presentación:

ARCHIVOS JUDICIALES

Artículo 5 “Cada provincia dictará para sí una constitución bajo el sistema representativo, republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional y que asegure su administración de Justicia, su régimen Municipal y la educación primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno Federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones”.

Artículo 38 “Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos o cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El estado contribuye el sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de dirigentes. Los partidos Políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio”.

Artículo 41. “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que: las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generar prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica y a la información y a la educación ambiental. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección y a las provincias las necesarias para complementarlas sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales…….”  

Artículo 43 “ Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una Ley. En el caso el Juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva. Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización. Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad que consten en registros o bancos de datos públicos o los privados destinaos a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la suspensión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquellos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística.   Cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegitimo en la forma o condiciones de detención, o en la desaparición forzada de personas, la acción de habeas corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera a su favor y el juez resolverá de inmediato, aún durante la vigencia del estado de sitio”.

# Protección del patrimonio Cultural. # Derecho a la información pública

La Provincia de Buenos Aires ha sido una de las pioneras en este nuevo sistema ya que en el año 1998 modifica su sistema tradicional de la Provincia para embarcarse en cambios profundos, pasando a un sistema garantista de vanguardia en esta época.

  Desaparece el Juez de instrucción y crece en gran medida, como consecuencia el rol del Ministerio Público Fiscal, ya que ahora va a ser el encargado de la investigación a través de la IPP que vendría a ser como la antigua instrucción sumarial.

Con esta modificación ya no se debe contar con un solo Archivo, sino dos con características diferentes. Uno que va a concentrar la totalidad de las causas que llegan a juicio y otro de las IPP que no llegan a esa instancia, siendo el 90 % de la totalidad de las que se inician.

¿Que es un Archivo?

Este abandono no se debe a una causa espacial, habla del abandono y el error u horror en la elección de las personas que se van a desempeñar en este lugar de trabajo.

La capacitación en forma permanente es una de las claves sustanciales para hacer el trabajo en la forma apropiada

Pero que es en realidad un Archivo

DOCUMENTO + ORGANIZACIÓN+ SERVICIOS

La misión del poder Judicial es administrar justicia, esta misión se ve plasmada por la generación de un documento que habitualmente conocemos como expediente, por lo tanto un expediente va a ser un soporte que contiene información y que culmina con una resolución que sería el acto final de dictado de una actividad que administra justicia mediante la aplicación de las normas jurídicas vigentes.

Archivalia o fondo Secciones Sub Secciones Series Sub Series

Marketing Archivístico

La tarea del archivo nace desde que se planifica el primer documento

Pero que es un documento?

Un emisor, que es quien emite el mensaje Un receptor que es quien lo recibe La información o mensaje, que es un conjunto de datos que se quieren dar a conocer.

El mensaje está compuesto por el soporte y signos comprensibles por el receptor.

Documentos Dispositivos (voluntad de obediencia) Poder Legislativo: Leyes Poder Ejecutivo: Decretos Resoluciones Poder Judicial: Sentencias. Banco Central- circulares Iglesia-Bulas Policía-Edictos

- Documentos Testimoniales o Registrables (solo registrados son válidos) Registro de la Propiedad Automotor Registro Inmobiliario Registro Nacional de las personas. Patentes y Señales

Documentos meramente probatorios. Documentos contables Cartas, Oficios, Telegramas Informes técnicos.

Clasificación por la tradición Documental   -Original -Copias: Simples o Certificadas. -Borrador: es un documento provisional, previo al original. Minuta: Boceto de temas.

Clasificación por su función - Documentos Sustantivos: son los que produce la institución en el desarrollo de sus actividades y que cuentan con fecha, firma y sello. - Documentos facilitativos, que son los que sirven a las funciones de apoyo administrativo de las instituciones. Todos pagan sueldos Llevan legajos de personal Libros de Contabilidad

Según su grado de accesibilidad   Inaccesible para los usuarios, en aquellos casos en que los documentos e encuentren en el primer y segunda etapa del Ciclo Vital Accesibles, los que han llegado a la tercer etapa, de guarda Permanente o históricos Restringidos: son aquellos que por razones de seguridad, o disposición, o por el estado del documento no se pueden acceder a ellos.

Ciclo Vital

Primera edad comprende la planificación y su tramitación. - Aquí se tiene pensada la información que se quiere verter. - El soporte que se va a utilizar. - El recorrido necesario y seguro para que la información llegue al lugar indicado

Segunda Etapa Momento de vigencia y plazo precausional : es el momento en que el documento se encuentra en su período de vigencia. Porque puede perder vigencia: -Vence el plazo establecido -Porque nace uno nuevo que anula o modifica el anterior -O porque desaparece su objetivo. Nunca un documento debe ser destruido durante el período de vigencia. Además del plazo de vigencia los buenos archiveros deben adoptar una vez finalizado el plazo, deben prever un plazo precausional a fin de resguardar su información por posibles: -Reclamos administrativos - O servir de soportes jurídicos para elaborar un nuevo documento.  

Tercera etapa o fase permanente o histórica Una vez transcurrido el plazo precausional se procede a realizar la selección de los documentos, algunos por su valor serán destruidos y otros pasaran a formar parte del archivo histórico, como patrimonio histórico cultural de la institución. Esta etapa es fundamental para valorizar, conservar y resguardar aquellos documentos que son de guarda permanente, y estos documentos que sabemos que van a ser de guarda permanente, de esta manera desde su origen el documento será cuidado desde sus inicios.

Uno de los documentos que en un volumen impresionante genera la actividad Judicial es el expediente.

Es fundamental que cada archivo posea un reglamento mediante el cual se regule la actividad interna, los servicios, tránsito de expedientes y su expurgo si es que correspondiere.