CUIDADOS ALTERNATIVOS PARA LOS NIÑOS SIN FAMILIA

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
POLITICA DE EMPLEO PARA COSTA RICA
Advertisements

AUTORIDAD SOCIAL EN ARGENTINA: ASPECTOS POLÍTICO-INSTITUCIONALES QUE DIFICULTAN SU CONSTRUCCIÓN Fabián Repetto Santiago de Chile, 10 de agosto 2004.
Informe de Jame Coleman
Convenio número 98 Sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva María Marta Travieso Servicio de Libertad Sindical.
SEMINARIO SOBRE LEGISLACIÓN MIGRATORIA Conferencia Regional sobre Migración (CRM) Ciudad de Guatemala, 16 de Febrero, 2007 Red Regional de Organizaciones.
EDUCACIÓN DE CALIDAD PARA TODOS: UN ASUNTO DE DERECHOS HUMANOS
Historia y Actualidad de las Directrices
LA PROTECCION INTEGRAL DE NIÑOS Y LA LEY DE SALUD MENTAL
SUBSECRETARÍA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
“un reto de amor …. Compartir tu familia”.
Ley General de Educación
Los jóvenes participan en la elaboración de políticas públicas todos los jóvenes somos iguales tenía miedo a compartir con chicos con capacidades.
LA DENUNCIA DE VIOLENCIA FAMILIAR Víctima o denunciante según la eexposición de motivos de las Reglas de Brasilia Cualquier persona en condición de vulnerabilidad.
Pensar el proceso desde la autonomía de los Niños Niñas y Adolescentes
La toma de decisiones debe tener lugar mediante un procedimiento judicial o administrativo con garantías legales incluyendo representación legal para el.
Objetivos del Taller: percibir la practica de la institucionalización realizada sin un proyecto de vida –previo- como una privación de libertad innecesaria.
El Derecho a la Educación
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Y GRUPOS VULNERABLES.
I Objetivos y características de la educación básica.
El Ciclo Urbano del Agua
Las competencias Parentales: reflexiones para la evaluación e intervención profesional Docente: Paola Rojas Marín Escuela de Trabajo Social UCSH 2010
EL DERECHO DEL NIÑO A SER ESCUCHADO
DEPARTAMENTO DE DERECHOS Y RESPONSABILIDAD JUVENIL.
1 CONFLICTO CON LA LEY Instituto Interamericano del Niño.
Universidad del Desarrollo Empresarial y Pedagógico
Comparación entre paradigmas María Silvia Villaverde
Protección de derechos a nivel local
CABA, 15 de mayo de 2014 Ley para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas ( )
Acreditación de carreras de grado
CONVENIO 169 DE LA O.I.T. SOBRE PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES 1989 (Ratificado por Bolivia en 1991)
Políticas públicas integrales hacia la primera infancia
EDUCACION PARVULARIA FUNDACION INTEGRA
La perspectiva de necesidades y derechos y la salud de la niñez
CONSTRUIR OTRO PARAGUAY PARA LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES.
Ciclo de Coloquios 2013 La importancia de la familia en los primeros años de vida del niño. Lic. Beatriz Scarone 23 de abril de 2013 Montevideo – Uruguay.
ANTEPROYECTO DE LEY DEL TERCER SECTOR DE ACCIÓN SOCIAL CONSEJO DE MINISTROS 23 ENERO de enero
Dra. Doris Ma. Arias Madrigal
Ley EJECUCION DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD Abog. Ivana Montserrat.
OBSERVACIÓN GENERAL 5 DEL COMITÉ DE DERECHOS DEL NIÑO
“El apoyo a la familia en sus funciones primordiales, un eje fundamental de la reforma del Sename” Servicio Nacional de Menores Ministerio de Justicia.
25 Aniversario Convención sobre los Derechos del Niño
INSTRUMENTOS PARA EL PODER LOCAL Y LA CIUDADANA
POLÍTICAS PÚBLICAS Y GÉNERO DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS SERNAM Mayo de 2004.
SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIÓN SOBRE POLÍTICAS PÚBLICAS
Setiembre 2004 I.N.A.U Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.
79a Reunión Ordinaria del Consejo Directivo del Instituto Interamericano del Niño Gobierno de Nicaragua.
Asociación Chilena de Municipalidades JURISPRUDENCIA DEL TC RELATIVA A TRANSPARENCIA Rodrigo Barrientos Nunes, Abogado.
Mónica González Contró Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM
Financian: Solicita:Colaboran: Asturias.  Presentación del estudio  Introducción a la calidad de la gestión en los centros educativos  Análisis DAFO.
MINISTERIO DE JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS RAADHH Reunión de Altas Autoridades Competentes en Derechos Humanos.
Nueva Institucionalidad de Justicia Juvenil Capacidad Técnica del servicio, evaluación de programas y servicios y difusión de innovaciones. 2.-Gestión.
Poder judicial Chile es una república democrática, al decir del artículo 4º de la Constitución Política. Rige un Estado de Derecho,. Al Poder Judicial.
Datos e indicadores para monitoreo de casos de violencia basada en género, políticas de género y efectividad institucional Consejo Nacional de las Mujeres.
Derechos de la infancia, migración
1 Reformas en el Nivel Provincial de Gobierno Estado de Situaci ó n y Desaf í os 10º Seminario de Federalismo Fiscal Gerardo Uña* Buenos Aires, 26 de Noviembre.
D° Parentales Antonio Riquelme Presenta (Intermediate)
Módulo de Fundamentos 2 Enfoques basados en los derechos del niño
Módulo de Fundamentos 1 Comprendiendo a la niñez
Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal Dirección de Descentralización.
DERECHOS HUMANOS DE LOS NIÑOS Y METAS DEL MILENIO
XLII SEMINARIO INTERNACIONAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO - Asociación Internacional de Presupuesto Público - Guido Rangugni Asociación Argentina de Presupuesto.
Consuelo Moreno RED MAYOR Puntos a tratar ¿Qué son los Derechos Humanos? Persona Mayor como sujeto de DDHH Necesidad de una Convención Convención Interamericana.
ACIDEPBA Cuestiones relevantes en el ámbito educativo del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).
INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE CULTURA Y TURISMO DE CUNDINAMARCA.
CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LA MUJER BELEM DO PARA.
Velásquez Ruiz Leslie Angelly. La Delincuencia.- es un conjunto de infracciones de fuerte incidencia social cometidas contra el orden público. Esta definición.
MEDIDAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA MEDIDAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA.
Nacional: /06 CABA: 2110/06 Antecedentes legales de la ESI en la CABA Ordenanza / 84 Ordenanza / 93.
MEDIACIÓN FAMILIAR Proyecto de Investigación e Intervención en la Residencias de Primera Acogida Bueno Rodrigo, Yanire Guzmán Montoya, Natalia Pinto Llorens,
Transcripción de la presentación:

CUIDADOS ALTERNATIVOS PARA LOS NIÑOS SIN FAMILIA Familia ampliada Familia de acogida o familia sustituta Cuidados alternativos en hogares con características y pautas de organización familiar. Institucionalización en hogares públicos o privados.

INSTRUMENTOS JURIDICOS La Convención de los Derechos del Niño CDN Las directrices de las Naciones Unidas para el cuidado alternativo de N, N y A aprobada en el año 2010. La ley 26.061 Leyes provinciales La Costumbre

LAS DNU CDN ESTABLECEN QUE SERAN APLICABLES A LAS SIGUIENTES SITUACIONES Niños/as sin cuidado parental: todo niño que no viva al menos con uno de sus padres por cualquier razón . No acompañados si no están bajo el cuidado de otro familiar o adulto que por ley o costumbre sea responsable de ello. Separados si son separados de un tutor, pero que esté acompañado de otro familiar.

El informe de UNICEF de Argentina en políticas alternativas El primer instrumento que se generó con la ley 26.061 fue el Memorando 86/2006 que regula, transforma y adecua las practicas institucionales al sistema de protección integral. En el se plasmaron las siguientes premisas: Restringir separaciones de niños, niñas y adolescentes de su medio familiar en situaciones extremas. Garantizar que se efectúe por el menor tiempo posible. Que dentro de las instituciones sean respetados los derechos de los niños.

LOS DATOS DE CORRIENTES Corrientes…….565 niños se encuentran sin cuidados parentales. Al momento de elaborar el informe los datos suministrados por la autoridad de aplicación se explicaron como aproximados, pero que es mayor porque en los Institutos se ingresan por orden judicial y por voluntad de los padres sin ningún tipo de control.

MODALIDADES Institutos: son dispositivos de alojamiento en los cuales los recursos edilicios, humanos y económicos son estatales (municipal, provincial o nacional). Institutos privados: aquellos que fueron creadas y son gestionadas de acuerdo con los fines de una ONG, fundaciones o asociación civil. Familas de acogimiento o similares. Se trata de familias que alojan niños en su propio hogar, en otros son pequeños hogares se contrata a una señora o matrimonio cuidador a tales fines.

LAS DNU establecen las siguientes modalidades y naturaleza jurídica Cuidado informal: todo acuerdo provisto en un entorno familiar por el cual el niño es cuidado por familiares o amigos de manera continua y estable. Cuidado formal: dispuesto por autoridad administrativa o judicial y también comprende el provisto en instituciones publicas o privadas. SEGÚN EL ENTORNO DONDE SE BRINDA. Acogimiento por familiares. Acogimiento familiar: familias sustitutas Cuidado institucional: es el contexto grupal no fliar.

EXISTENCIA DE ESAS MODALIDADES Familias en sistemas de cuidados familiares 63% Instituciones públicas 13% Instituciones privadas 21% Instituciones privadas no conveniadas 51% (pagina 26)

La relación entre las autoridades administrativas y judiciales El informe da cuenta al respecto: Existe tensión entre ambas autoridades Los profesionales de la justicia y del área administrativa se reconocen como partes enfrentadas. El trabajo transversal que propone la ley se ve desdibujado por las prácticas culturales de distribución del poder. Estas situaciones se ven mas acentuadas en provincias que solo adhirieron a la ley y no cuentan con órganos descentralizados. Por el contrario se ve una mejor resolución en los casos en aquellas que alcanzaron la sanción de su propia ley.(pag.37 del informe).

LA FALTA DE CONTROL A LAS ONG QUE ALOJAN N,N y A sin CONVENIOS CON EL ESTADO Estas organizaciones no tiene control de ninguna autoridad estatal provincial, municipal, nacional. Dictan sus propias normas e interpretan la ley 26.061 a modo arbitrario. Estas ONG carecen de equipos técnicos adecuados y las tareas son realizadas por personal voluntario sin formación. Esta condición es absolutamente azarosa y no garantiza la vigencia de la CDN.

LA INSTITUCIONALIZACION VS. LA DESINSTITUCIONALIZACION La institucionalización no es un aspecto negativo per se, pero se transforma en un práctica desdeñable cuando se la usa indiscriminadamente. El estado debe proveer y fomentar instituciones relativas a la niñez alentando nuevas y mejores condiciones y modalidades. Que puedan ser recursos disponibles, respetuosos de los derechos y como modo de restitución de derechos vulnerados.

LOS PROFESIONALES Y LA FUNCION PUBLICA Es importante el rol del evaluador, del equipo técnico. La crítica en el informe está dada por la homogeneidad discursiva, el uso de definiciones o conceptos técnicos repetidos en todos los casos. Las teorías psicológicas universitarias acerca de la niñez están articuladas bajo lógicas evolucionistas que desconocen las realidades socio históricas de al comunidad. Las evaluaciones de la función materna o función paterna que articula una familia estrechan la posibilidad de contar con un marco de análisis mas consistente e integral. Las familias evaluadas se tranforman en objeto de estudio en una mera constatación de certezas profesionales, reproducen la estimagtización y la deshistorización para confirmar teorías académicas.

CONCLUSIONES La mayor cantidad de N, N y A en el país se encuentran alojadas en hogares privados. Las familias de acogimiento es la modalidad mas usada, pero solo alojan el 13% de los niños sin cuidados parentales. De un total de 14.700. El hallazgo mas relevante es la tensión entre el Poder Judicial y Administrativo. La pobreza como causa del ingreso fue superada, sin embargo los N, N y A separados de sus familias pertenece a la clase más baja y vulnerable. El poder judicial no resuelve en el tiempo razonable la situación de los N, N y A, lo que no permite que la medida excepcional sea provisoria o temporal. La dificultad económica o presupuestaria es el gran obstáculo para el desarrollo a largo plazo de políticas alternativas.