Capacidad jurídica y las personas con discapacidad psicosocial

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Transcripción de la presentación:

Capacidad jurídica y las personas con discapacidad psicosocial Tina Minkowitz

CDPD Artículo 12 “Los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida. “Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.”

CDPD Artículo 12 2 “Los Estados Partes asegurarán que en todas las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica se proporcionen salvaguardias adecuadas y efectivas para impedir los abusos…. Esas salvaguardias asegurarán que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, que no haya conflicto de intereses ni influencia indebida, que sean proporcionales y adaptadas a las circunstancias de la persona, que se apliquen en el plazo más corto posible y que estén sujetas a exámenes periódicos por parte de una autoridad o un órgano judicial competente, independiente e imparcial. Las salvaguardias serán proporcionales al grado en que dichas medidas afecten a los derechos e intereses de las personas.”

El modelo de la toma de decisiones con apoyo La capacidad jurídica incluye la capacidad de goce y la capacidad de obrar Las personas con discapacidad tienen el derecho de ejercer su capacidad jurídica en base de igualdad con los demás En la toma de decisiones con apoyo, la persona con discapacidad toma sus propios decisiones, no es un tipo de capacidad jurídica restringida Las personas de apoyo deben respetar los deseos de una persona con discapacidad y no actuar en su nombre en contra de su voluntad

Discapacidad psicosocial Cambio de paradigma hacia el modelo social de la discapacidad psicosocial Experiencias, dolores, tristezas, crisis, que provoquen más o menos dificultad en la vida de la persona La respuesta de la sociedad puede ser inclusiva o exclusiva Dejar atrás el modelo médico que considera nuestras experiencias como patología

Asuntos y desafios Eliminar los tratamientos forzosos y el internamiento forzoso Asegurar el acceso a los apoyos necesarios para vivir como la persona quiera Apoyo en la toma de decisiones Apoyo en la vida diaria Servicios y/o tratamientos psicológicos y/o médicos Deben considerarse como un tipo de apoyo y proporcionarse solamente con el consentimiento libre e informado propia de la persona

El programa “PO-Skåne” Ombus personal – programa en Suecia Un tipo de apoyo en la toma de decisiones Dirigido a las personas con discapacidad psicosocial que sean aislados y viven en un mundo simbólico 3 etapas de trabajo: Contactar a una persona, desarrollar una relación con ella y preguntar si ella quiere que la otra sea su PO Hablar, consejar, asistir a reclamar sus derechos

PO-Skåne 2 Solamente a la orden de la persona con discapacidad No comparten la información de las personas beneficarias con las autoridades civiles Hay medidas para reclamar en contra del PO si hay conflictos Muy exitoso – resulta en una mejor calidad de vida y menos instancias de internamiento en hospital

Desafios Las personas con discapacidad psicosocial son excluidas de los procesos políticos, por discriminación y por las leyes y practicas que las discriminen (como la interdicción y el tratamiento forzoso) Debemos un proceso de la “democracia deliberativa” para elaborar políticas y estrategias nuevas (Gabor Gombos)

Los mecanismos del derecho internacional El Relator Especial de la ONU contra la tortura considera la situación de personas con discapacidad en su recien Informe: “Las personas con discapacidad suelen estar segregadas de la sociedad en instituciones, por ejemplo cárceles, centros de atención social, orfanatos e instituciones de salud mental. Se les priva de su libertad durante largos períodos de tiempo, e incluso toda la vida, ya sea contra su voluntad o sin su consentimiento libre e informado. En esas instituciones, las personas con discapacidad suelen ser objeto de vejaciones incalificables, desatención, formas graves de restricciones y reclusión, además de violencia física, mental y sexual….

Informe del Relator contra la Tortura 2 “Las personas con discapacidad son sometidas a experimentos médicos y tratamientos médicos alteradores e irreversibles sin su consentimiento (por ejemplo, esterilizaciones, abortos e intervenciones encaminadas a corregir o aliviar una discapacidad, como el electrochoque y la administración de fármacos psicotrópicos, en particular los neurolépticos). “Preocupa al Relator Especial que en muchos casos esas intervenciones, cuando se practican en personas con discapacidad, pasen inadvertidas o se justifiquen y no se las considere una forma de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Tras la reciente entrada en vigor de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo, sería oportuno examinar el marco contra la tortura en relación con las personas con discapacidad.”

Informe del Relator contra la Tortura 3 “En el artículo 12 se reconoce su derecho a disfrutar de capacidad jurídica en igualdad de condiciones en todos los aspectos de la vida, como por ejemplo decidir el lugar de residencia y la aceptación de tratamiento médico, y en el artículo 25 se reconoce que la atención médica de las personas con discapacidad debe basarse en su consentimiento libre e informado. Por consiguiente, en el caso de las normas anteriores no vinculantes, como los principios de 1991 para la protección de los enfermos mentales y para el mejoramiento de la atención de la salud mental, conocidos como los Principios sobre salud mental (resolución 46/119 de la Asamblea General, anexo), el Relator Especial observa que la aceptación de tratamiento involuntario y el encierro involuntario va en contra de lo dispuesto en la Convención.”

Significativa La ONU presta atención a las violaciones de nuestros derechos humanos de manera que refleje las experiencias de las personas con discapacidad Podemos utilizar los mecanismos de monitoreo (el Relator Especial, los comites de monitoreo de los tratados, etc.) para fortalecer nuestras demandas de derechos humanos Una estrategia complementaria con la estrategia de desarrollar reformas legislativas y programas de apoyo

Información tminkowitz@earthlink.net www.wnusp.net http://www2.ohchr.org/english/issues/disability/torture.ht m (el Informe es disponible en español y otros idiomas)