INTRODUCCION A LA REFORMA POLITICA ELECTORAL 2014

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Transcripción de la presentación:

INTRODUCCION A LA REFORMA POLITICA ELECTORAL 2014

INTRODUCCION A LA REFORMA POLITICA ELECTORAL 2014 La reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014 representa una transformación sustancial del sistema electoral mexicano, pues modifica las atribuciones, naturaleza y alcances de la autoridad electoral federal y establece nuevas formas de interacción y espacios de coordinación entre ésta y el resto de las instancias involucradas.

INTRODUCCION A LA REFORMA POLITICA ELECTORAL 2014 La reforma constitucional en materia político-electoral conforma un nuevo sistema electoral nacional: Instituto Nacional Electoral (INE)

Instituto Nacional Electoral (INE) Aumenta el número de consejeros electorales federales de nueve a once con una duración de 9 años en el cargo (Art. 41, V, A) Sube el porcentaje de votación para que un partido conserve su registro: del dos al tres por ciento. Se acorta el tiempo entre la elección presidencial y la toma de protesta del candidato ganador: del 1° de diciembre se cambia al 1° de octubre. 3%

INE Se establece paridad absoluta en las candidaturas para el Congreso federal: deberán ser mitad hombres y mitad mujeres . Se elimina la prohibición de hacer campañas negativas (denigración), pero se conserva la proscripción a las expresiones de calumnia a las personas.

INE Se permite la reelección consecutiva de legisladores federales y locales. La Procuraduría General de la República (PGR) se convierte en Fiscalía General y tendrá dos fiscalías especializadas: delitos electorales y combate a la corrupción.

INE y organismos electorales locales Al INE se le otorgan facultades para participar en los procesos electorales locales, que implicará nuevas responsabilidades compartidas y mecanismos de coordinación entre la autoridad nacional y los organismos públicos locales. Sé ocupara de la geografía electoral local, nombrar a los consejeros electorales de los órganos locales y organizar un sistema nacional en materia de servicio profesional electoral, entre otras.

INE y organismos electorales locales Los institutos electorales locales homologarán su número de consejeros a siete, todos nombrados directamente por el INE para un periodo de siete años sin reelección. Art. 116, IV, c), 3

INE y organismos electorales locales Tanto para las elecciones federales como para las locales que el INE decida atraer, articulará las actividades de preparación y ejecución de la jornada electoral, con el funcionamiento de las casillas y designación, visita y capacitación de sus funcionarios. artículos Octavo transitorio y 41, V, Apartado C

INE y organismos electorales locales Por su parte, los organismos locales conservan atribuciones sobre la impresión y producción de documentos y materiales electorales. Todo ello, implica una estrecha vinculación con la autoridad nacional en todas las etapas del proceso electoral en que existan trabajos coordinados.

INE y organismos electorales locales Las leyes secundarias tendrán que definir con precisión la nueva relación jurídica que existirá entre los organismos públicos locales electorales y el INE.