R ECONOCIMIENTO DE PRÁCTICAS DE GÉNERO Y DE VIOLENCIA EN EL ÁMBITO DE LAS RELACIONES HUMANAS.

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DERECHOS Son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo.
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Transcripción de la presentación:

R ECONOCIMIENTO DE PRÁCTICAS DE GÉNERO Y DE VIOLENCIA EN EL ÁMBITO DE LAS RELACIONES HUMANAS

MARCO INTERNACIONAL

Igualdad y No Discriminación Igualdad y No Discriminación principios trascendentales del derecho internacional de los DH Discriminación hacia las mujeres: Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en lo político, económico, social, cultural y civil (CEDAW) Igualdad: No es considerar a todas las personas semejantes o iguales. Es reconocer que existe valor igual entre todas ellas, independientemente de sus características o diferencias

La igualdad significa tener las mismas oportunidades. En este punto la igualdad es un piso a partir del cual las mujeres pueden ser reconocidas como iguales y ser tratadas normativamente como iguales, en el sentido de que cada persona vale igual que cualquier otra persona. Cada mujer vale igual que otra mujer y cada hombre, en tanto que cada hombre vale igual que cada hombre y cada mujer. Es el principio de la igual valía de las personas, que es uno de los derechos humanos universales fundantes. Marcela Lagarde (1997)

El principio igualdad de género se fundamentan en el reconocimiento de las mujeres como sujetas de derechos y por ende, de los Derechos Humanos. ici El principio igualdad de género se fundamentan en el reconocimiento de las mujeres como sujetas de derechos y por ende, de los Derechos Humanos. ici

A NTECEDENTES DE LOS DD.HH. DE LAS ♀ La lista oficial registra La Declaración de Derechos de 1689, Inglaterra La Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789, Francia La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948 La Declaración Universal de Derechos Humanos La Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica”, 1969 La Declaración de Viena de 1993 Generalmente no incluye la Declaración de los derechos de la mujer y la ciudadana de 1789 (Olympia de Gouges

Antecedentes de los DD.HH. de las ♀ Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) Es el documento marco principal para la lucha por los DDHH en todo el mundo. Adoptada el 10 de Diciembre de 1948 Señala los derechos básicos y las libertades fundamentales a los que tienen derecho en cualquier parte, todas las personas sin distinción alguna. Su lenguaje es androcentrista

. ♀ DH de las ♀ empiezan a ocupar un lugar más importante en el sistema de Naciones Unidas : ♀. padres I Conferencia Mundial de Derechos Humanos (1968), Teherán. Importancia de los derechos humanos de las ♀. Se acordó tomar medidas para promoverlos. Se reconoce por 1ª. vez el derecho de los padres a “determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos” 1975 Cuatro años después, NNUU estableció el año 1975 como el año Internacional de la Mujer

Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, “los derechos humanos de la mujer son parte inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos y por tanto, su participación en condiciones de igualdad en las sociedades y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo y todas las formas de violencia contra la mujer deben ser promocionadas ” Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, Marca un hito: “los derechos humanos de la mujer son parte inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos y por tanto, su participación en condiciones de igualdad en las sociedades y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo y todas las formas de violencia contra la mujer deben ser promocionadas ” Durante este Decenio fueron convocadas otras dos conferencias: la Conferencia Mundial de las NNUU para la Mujer en Copenhague (1980) y la Conferencia para comprobar y evaluar los resultados del Decenio de la Mujer de las NNUU: Igualdad, Desarrollo y Paz en Nairobi (1985) Entre NNUU estableció la década como Decenio de la Mujer, dedicada a mejorar la condición de las mujeres

Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña, 1989 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, 1994 (Convención de Belem do Pará IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, 1995 (Plataforma de Acción de Beijing) Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (Programa de Acción de El Cairo) – 1994

Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, 1981 (CEDAW) Por primera vez: - Obligación de los Estados partes, de eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer - Define Discriminación Todos los poderes del Estado deben evitar en todas sus actuaciones, la discriminación de las mujeres

Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, 1981 (CEDAW) Arto. 1: Discriminación contra la mujer Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera - La discriminación incluye la violencia contra las mujeres por ser mujeres o porque les afecta en forma desproporcionada - La violencia incluye la privación de libertad y actos que ocasionan daños o sufrimientos físicos, mentales o sexuales

E STRUCTURA DE LA CEDAW Arto. 1: Arto. 1: Define Discriminación Artos. 2-4: Artos. 2-4: Naturaleza de la obligación estatal, mediante leyes, políticas públicas y programas que el Estado debe desarrollar para eliminar la discriminación Arto. 5-16: Arto. 5-16: Áreas (pol.eco. Social y cultural) en que los gobiernos están obligados a eliminar la discriminación Arto Arto : Comité CEDAW Arto : Arto : Administración y procedimientos para la firma, ratificación, adhesión y funcionamiento de la misma

P ROTOCOLO F ACULTATIVO CEDAW Para reforzar la aplicación de la Convención y fortalecer la protección de los DH de las Mujeres Mecanismo legal por medio del cual los Estados podrían rendir cuentas si fallan en el cumplimiento de los compromisos asumidos al ratificar la CEDAW Permite acceso a instancias internacionales de DH Proceso inició en 1994 Nicaragua aún no lo ha ratificado

Convención de Belem do Pará Su importancia principal radica en que es el primero y único instrumento legal en el mundo de carácter vinculante, sobre la violencia de género En su preámbulo afirma que “la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer, el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades ”

Convención de Belem do Pará Arto. 1: Violencia contra la mujer es cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado Reitera la protección de todos los derechos humanos de la mujer Establece que los Estados partes deben tomar medidas y políticas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia Violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica y determina tres ámbitos de ocurrencia: la comunidad, la familia, el Estado