SENTENCIA C-858 DE 2006 Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del Decreto 1295 de 1994. Declarar INEXEQUIBLES los.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Advertisements

Sistema General de Riesgos Laborales
ARGUMENTOS OPORTUNOS EN CASO DE UNA INSPECCIÓN DEL INPSASEL
PERU: LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
RESPONSABILIDAD PATRONAL EN RIESGOS PROFESIONALES
CONSTITUCION NACIONAL. Art. 25
ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES
1. Firma acta de constitución COPASO
INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
HISTORIA CLÍNICA RESOLUCIÓN 1995/99 MIN. PROTECCIÓN SOCIAL
ING. INDUSTRIAL – CONTADOR PUBLICO CENTRO DE COMERCIO Y SERVICIO
Ing. Flavio Ventura Silva
Instituto de Seguridad Laboral. 02 ¿Qué es el Instituto de Seguridad Laboral? Es un organismo público que administra el Seguro Social contra Accidentes.
IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN, PREVENCIÓN, INTERVENCIÓN Y MONITOREO DE LA EXPOSICIÓN A FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL A NIVEL ORGANIZACIONAL CLAUDIA PATRICIA.
09/04/2017 Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.
Dr. JESUS PALOMINO CERVANTES
INSPECCIONES PLANEADAS
LEY 100/1993 La Ley 100 de 1993 establece la legislación de cuatro frentes generales: * El Sistema general de Pensiones,  * El Sistema General de.
LA EXCELENCIA EN EL TRABAJO
EL COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
1 PROYECTO DE LEY NÚMERO 103 DE 2008 SENADO “por medio del cual se reforma el sistema de riesgos profesionales y se dictan otras disposiciones en materia.
ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES Otorgada mediante el DECRETO NUMERO 1295 DE conferidas por el numeral.
INVESTIGACION DE INCIDENTES Y ACCIDENTES DE TRABAJO
Lo que debes saber de este seguro.
Ministerio de la Protección Social
Secretaría de Salud Pública Municipal
HISTORIA CLINICA.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL COPASO Y/O VIGIA
CIPAS SALUD, SEGURIDAD Y PREVENCIÓN SALUD OCUPACIONAL NIVEL1 – UT-
DORIS LOAIZA DANILO LOAIZA
SISTEMA DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA
COPASO COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL.
Deiby Ojeda Amay Ing. Industrial – Contador Publico. Esp. S.O.
DIEGO MAURICIO CORREA MONTOYA
ACCIDENTES DE TRABAJO. Un accidente de trabajo es el que sucede al trabajador durante su jornada laboral o bien en el trayecto al trabajo o desde el trabajo.
RESOLUCION 3673 DE 2008 Por la cual se establece el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas La tarea de trabajo en alturas está considerada como.
RESOLUCIÓN 2646 de 2008 FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO
GESTIÓN DEL MÉDICO DEL TRABAJO.
Luz Karime Chavarro C Síndrome del conducto carpiano pasó del 27% del total de diagnósticos en el año 2001 al 32% en el Tendencia a incrementar.
DERECHOS Y DEBERES FRENTE A LOS RIESGOS LABORALES
JUNIOR GARCIA V. GESTIÓN DE MERCADEO PRESENTADO POR:
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES (DECRETO LEY 1295 DE 1994 y otros relacionados con el COMITÉ PARITARIO DE SST.
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CHETUMAL SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA DIVISIÓN DE ESTUDIOS PROFESIONALES.
CONCEPTOS BÁSICOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Universidad Mesoamericana Lic. Ricardo Arriaga Mata
Conceptos sobre SALUD OCUPACIONAL. Dra. Cindy nieto
MARCO LEGAL DE LA SALUD OCUPACIONAL EN COLOMBIA
VS SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)
¿COMO INVESTIGAR INCIDENTES Y ACCIDENTES LABORALES?
Daniel Santiago Uribe Ortiz
DECRETO LEY 1295 DE 1994.
NOTIFICACION Y REPORTE DE ACCIDENTES o INCIDENTE DE TRABAJO
Coordinación de Seguridad Industrial Julio
Proyectos de Infraestructura del Perú – PDI – 2015
ESTRUCTURA RESOLUCION 1401 DE 2007
DEFINICIÓN COMPENSACIÓN Y LABORALES El módulo Compensación y Laborales maneja los diferentes conceptos de devengo, deducciones de la empresa, definiéndolos.
RESOLUCION NUMERO 1401 DE 2007 Enfermeras especialistas en SO
RESOLUCIÓN 1016 DE 31 DE MARZO – 1989 SE REGLAMENTA LA ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y FORMA DE LOS PROGRAMAS DE SALUD OCUPACIONAL QUE DEBEN DESARROLLAR.
IMPORTANTE… Te invitamos a revisar cada mes KOALAS PREVIENE donde encontrarás temas importantes relacionados con la salud en el trabajo. Pueden ver a continuación,
Investigación de Accidentes Paola Alexandra Muñoz Esp
AFILIACIÓN AL SGSSS.
Mintrabajo ¿Cuáles son las facultades del Inspector de Trabajo y Seguridad Social?
DECRETO 1295 de 1994.
PROFESOR : L. JAVIER BERDUGO PALMA SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES DECRETO 1295 – 22 DE JUNIO DE 1994 DEFINICIÓN : Conjunto de entidades públicas.
INDUCCIÓN Y REINDUCCIÓN EN SALUD OCUPACIONAL
Antes Decreto 1295/94Después Ley 1562/2012 Salud OcupacionalSeguridad y Salud en el Trabajo Programa de salud ocupacionalSistema de Gestión de la Seguridad.
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. RESOLUCIÓN 1401 DE MAYO DEL 2007
REPORTE E INVESTIGACION DE ACCIDENTES E INCIDENTES TRABAJO
SURATEP es la ARP de su Empresa y todos sus empleados pueden beneficiarse de los programas y prestaciones de servicios en salud ocupacional, prevención.
Transcripción de la presentación:

SENTENCIA C-858 DE 2006 Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 9, 10 y 13 (parcial), del Decreto 1295 de 1994. Declarar INEXEQUIBLES los numerales 9, 10 y 13 en la expresión "En forma voluntaria" del Decreto Ley 1295/94.

DECISION 584 C.AN 1- n) Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Las legislaciones de cada país podrán definir lo que se considere accidente de trabajo respecto al que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa.

RESOLUCIÓN 2346 DE 2007 Expedida el 16 de Julio de 2007 por el Ministro de la Protección Social. Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el contenido y manejo de las historias clínicas ocupacionales.

EVALUACIONES MEDICAS OCUPACIONALES 1- Evaluación médica pre-ocupacional 2- Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas: Programadas Cambios de ocupación 3- Evaluación médica de egreso 4- Otras (post- incapacidad o por reintegro) Obligatorias para empleadores públicos y privados

EVALUACIONES PREOCUPACIONALES Se realizan antes de contratación para determinar condiciones de salud física, mental y social Perfil del cargo. Objetivo: Evaluar aptitud desempeño eficiente sin perjuicio su salud o terceros. Médico remite solo certificado médico indicando restricciones o recomendaciones.

EVALUACIONES PERIODICAS A- Programadas : monitoreo factores de riesgo e identificación precoz alteraciones salud trabajador y patologías comunes. Tipo, magnitud y frecuencia exposición al igual que estado de salud del trabajador. B- Cambios de ocupación: por cambios tareas, ambiente, funciones o nuevos riesgos. Basados en PVE.

EVALUACIONES DE EGRESO Se realizan al término relación laboral Objetivo: valorar y registrar condiciones de salud al momento retiro del trabajador. Nota: si en la evaluación se encuentra enfermedad o secuelas de eventos profesionales no diagnosticados, el empleador reportará a administradoras y estas inician determinación origen.

CONTENIDO EVALUACIÓN MEDICA 1- Fecha, sitio 2- Evaluador 3- Empleador (generales, actividad económica) 4- Administradoras SGSSI 5- Identificación y sociodemográficos Wr. 6- Anamnesis completa 7- Tiempo oficio 8- Listado factores de riesgo 9- Datos resultantes examen físico 10 – Impresión diagnóstica

RESPONSABILIDAD EVALUACIONES Realizadas por médicos especialistas. El médico deberá entregar al trabajador copia de cada evaluación (con recibido). Estarán en su totalidad a cargo del empleador (IPS, EPS o particulares). Si como resultado de evaluación hay Dx de patología común o profesional, el médico remite a servicio de salud. Si se presume EP, patrono la reporta a ARP

HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL Conjunto único de documentos privados, obligatorios y sometidos a reserva, en donde se registran cronológicamente las condiciones de salud de una persona, los actos médicos y procedimientos ejecutados por equipo de salud. Contiene y relaciona antecedentes laborales y exposición a riesgos durante vida laboral, además de monitoreos ambientales. Forma parte de la historia clínica (reserva).

RESERVA En ningún caso el empleador podrá tener acceso a la historia clínica ocupacional. Amparada principio confidencialidad. Acceso A- Orden autoridad judicial B- Autorización escrita del interesado C- Solicitud del médico, previo consentimiento del trabajador D- Por calificador PCL previa autorización Wr.

GUARDA La EPS a la cual está afiliado o se vaya a afiliar el trabajador tendrá la guarda y custodia de las evaluaciones médicas ocupacionales y de la historia clínica ocupacional, las cuales serán anexadas a la historia clínica general. Los resultados de las evaluaciones deben remitirse dentro de los dos meses siguientes

DIAGNOSTICO DE SALUD Objetivo: Apoyo PVE y subprogramas. Información sociodemográfica población Información antecedentes exposición Información exposición laboral actual Sintomatología reportada por trabajadores Resultados monitoreo biológico Diagnósticos población trabajadora Análisis, conclusión, evaluación Recomendaciones Dx. No podrá contener datos personales ni individualizados de cada uno de los trabajadores

RESOLUCIÓN 1401 DE 2007 Aplicable a todos los actores del sistema general de riesgos profesionales. Objeto Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar investigación de incidentes y accidentes de trabajo para identificación de causas e implementación de correctivos

OBLIGACIONES APORTANTES Conformar equipo investigador Investigar todos los accidentes e incidentes (15 dias). Adoptar metodología y formato Registrar información en el formato Implementar medidas correctivas Proveer recursos para implementar corrección Seguimiento medidas implementadas Establecer indicadores de control Remitir a ARP investigaciones graves Llevar archivos de investigaciones

OBLIGACIONES ARP Asesoría a sus afiliados Desarrollar e implementar metodología Remitir formatos aprobación Minprotección Suministrar formatos Analizar y complementar investigaciones Capacitar equipo investigador Participar en investigaciones Emitir conceptos técnicos sobre investigaciones Realizar seguimiento medidas de control Remitir informe semestral Ministerio Informar sobre resultados de investigaciones

EQUIPO INVESTIGADOR Integrado por: 1- Jefe inmediato o supervisor 2- Representante del COPASO o VIGIA 3- Encargado desarrollo PSOE. Cuando no tenga debe conformar equipo Accidente grave: profesional con licencia en salud ocupacional

CASOS NO CONTRATO DE TRABAJO Trabajadores en misión, asociados o independientes serán tanto de la empresa de servicios personales y de la usuaria. El correctivo deberá establecerse para cada una. Los aportantes podrán utilizar metodología acorde con sus necesidades.

INFORME DE INVESTIGACION Contenido: variables Resolución 156/05 Categorías analíticas (ANSI) Descripción del evento (soportes) Causas del accidente o incidente (básicas e inmediatas) Compromiso medidas de intervención Datos investigación (fecha, investigadores, lugar, representante legal, testigos, etc).

REMISIÓN INVESTIGACIONES Aportante ARP (15 días ocurrencia del evento). ARP Evalúa, complementa 15 días Emite concepto hábiles En caso mortal: ARP remite informe 10 días hábiles siguientes Minprotección. Sanciones

FORMATO INVESTIGACIÓN 1- DATOS DE LA EMPRESA Razón social…… NIT……. ARP……. Direcciones (admón y centros de trabajo)….. Tarifas por centros trabajo, dependencias…, valor aportes ……, Gerente, administrador S.O

Información del trabajador Nombre, identificación Edad, sexo, estado civil Nivel de escolaridad Cargo, actividad desempeñada Tiempo en el cargo, en el oficio, en la empresa, en la dependencia. Tipo de vinculación ……….

INFORMACION ACCIDENTES DATOS SOBRE EL ACCIDENTE Fecha Día de la semana, hora (jornada) Turno Actividad propia del oficio? Autorizado? Clase de accidente Incapacidad inicial ….

VERSIONES Versión del accidentado Versión de testigos Versiones de terceros (?) VERSION DEL GRUPO INVESTIGADOR

INFORME DE INVESTIGACION Claridad circunstancias de modo, tiempo y lugar. Responde categorías analíticas Descripción concreta, ordenada en el tiempo, del evento. Que ocurrió después? Conclusiones

ANALISIS DE CAUSAS CAUSAS BASICAS CAUSAS INMEDIATAS A- Factores personales B- Factores del trabajo, técnicos, de la organización. CAUSAS INMEDIATAS A- Ambientales Subestándar B- Actos Subestándar

RECOMENDACIONES Fuente, medio e individuo. Específicas Cronograma realización (responsables, fechas, etapas) Verificación Remisión ARP o Ministerio

OTROS Soportes documentales Correspondencia relacionada Firmas responsables Codificación (?)

Los documentos que comprende son: Resolución 2844 de 2007 : Por la cual se adoptan las Guías de Atención Integral de Salud Ocupacional basadas en la evidencia Guías De Atencion Integral Basadas En La Evidencia Para Desordenes Musculoesqueleticos (Dme) Relacionadas Con Movimientos Repetitivos De Miembros Superiores (Sindrome De Tunel Carpiano, Epicondilitis Y Enfermedad De Dequervain (Gati-Dme) Guía De Atencion Integral Basada En La Evidencia Para Hipoacusia Neurosensorial Inducida Por Ruido En El Lugar De Trabajo (Gati-Hnir) Guías De Atencion Integral Basada En La Evidencia Para Neumoconiosis (Silicosis, Neumoconiosis Del Minero De Carbon Y Asbestosis (Gati – Neumo) Guías De Atención Integral Basada En La Evidencia Para Hombro Doloroso (Gati – Hd) Relacionada Con Factores De Riesgo En El Trabajo Guías De Atención Integral Basada En La Evidencia Para Dolor Lumbar Inespecífico y Enfermedad Discal relacionados con la Manipulación Manual de Cargas y otros Factores de Riesgo en el Lugar de Trabajo (GATI DLI ED)

Decreto 3758-sep-07 GOBIERNO AMPLIA PLAZO A COOPERATIVAS Y COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO PARA AJUSTARSE AL DECRETO 4588 Modifica plazo CTA - Decreto 2417 de 2007 El Gobierno nacional determinó ampliar hasta el 30 de mayo de 2008, el plazo establecido para que las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado ajusten sus estatutos y los regímenes de trabajo y compensaciones a lo dispuesto en el Decreto 4588 de 2006 y la Ley 1151 de 2007. El nuevo término también opera para presentar las solicitudes de aprobación de los regímenes ante el Ministerio de la Protección Social y de registro ante la Superintendencia de la Economía Solidaria y demás superintendencias que vigilen y controlen la actividad especializada de éstas. En materia de afiliación a cajas de compensación familiar, se hace referencia a la Ley 1151 de 2007 o Plan Nacional de Desarrollo, que en el tema de Sistema de Protección Social señala: “Como partes del sistema de seguridad social integral, las Cajas de Compensación Familiar podrán extender la totalidad de los beneficios, entre ellos, los de subsidios y programas sociales, a los asociados a las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado, para lo cual, se deberá contemplar previamente en sus estatutos la afiliación al Sistema de Previsión Social incluido el de compensación y el pago de los aportes respectivos de acuerdo con lo dispuesto en la ley para el sector dependiente.