ENFOQUE SOCIAL DE LOS RECURSOS HIDRICOS.

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Transcripción de la presentación:

ENFOQUE SOCIAL DE LOS RECURSOS HIDRICOS. Movimiento Mundial “Agua y Juventud” Carlos Franco Pacheco Perú chorrillosmejor@hotmail.com

(Tomado de Basadre, Jorge: Historia de la República del Perú.) EL AGUADOR

Antecedentes Generales Globales Declaración de Dublín sobre el Agua y el Desarrollo Sostenible (1992) Tratados relacionados Tratado de Cooperación Amazónica (1978) Convenio Marco sobre la Diversidad Biológica (1992) Ramsar (1971) Tratado Antártico ( 1959) y su Protocolo ambiental (1991) Declaraciones Vinculadas Declaración de Estocolmo, 1972 Declaración de Río, 1992 Declaración de Bosques, 1992 Declaración de Malmo, 2000 Declaración de Manaos 1992

Declaración de Dublín Firmada en el marco de la Conferencia Internacional sobre el Agua y el Medio Ambiente (Dublín, Irlanda, enero de 1992), evento preparatorio de la CNUMAD (Río 92) Constituye un llamado a “un enfoque radicalmente nuevo a la evaluación, al aprovechamiento y a la gestión de agua dulce” que requiere de “un compromiso político y a una participación que abarque desde las altas esferas del gobierno hasta las comunidades más elementales” a nivel local, nacional e internacional

Declaración de Dublín 1. El agua dulce es un recurso finito y vulnerable, esencial para sostener la vida, el desarrollo y el medio ambiente La gestión eficaz de los recursos hídricos requiere de un enfoque integrado que concilie el desarrollo económico, social y la protección de los ecosistemas naturales La gestión eficaz establece una relación entre el uso del suelo y el aprovechamiento del agua en la totalidad de una cuenca hidrográfica o un acuífero

Declaración de Dublín 1. El agua (recurso natural) debe preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras (Principio 2, Estocolmo) y para proteger la biodiversidad (CBD, art. 6º, b) El agua depende de los bosques y los bosques del agua (Declaración sobre Bosques, Río 92 Principios 4 y 2 b) La planificación y gestión del agua implica utilizar racionalmente los recursos hídricos amazónicos (TCA, art. 5º, Declaración de Manaos, V) conservar los humedales y las aves acuáticas incluidos en la lista RAMSAR (art. 3,2) y el ambiente antártico (PTA, 3, b, ii), y luchar contra la desertificación (CLD, art. 4, d, art. 5, b)

Declaración de Dublín 2. El aprovechamiento y la gestión del agua debe inspirarse en un planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los responsables de las decisiones a todos los niveles Los responsables de las políticas y el público en general deben cobrar mayor conciencia de la importancia del agua Las decisiones habrían de adoptarse al nivel más elemental apropiado: consultas públicas y participación de usuarios en la planificación y ejecución de proyectos sobre el agua

Declaración de Dublín 2. Educar e informar en cuestiones ambientales (Declaración de Estocolmo, Principio 19) para la conservación de la biodiversidad (CBD, art. 13), y la amazonía (Declaración de Manaos, 3) Derecho de participación, información y justicia ambiental (Declaración de Río, Principio 10, Declaración de Malmo, 7)

Declaración de Dublín 3. La mujer desempeña un papel fundamental en el abastecimiento, la gestión y la protección del agua Esto no se incluye en las instituciones y regulaciones. Por eso se requieren políticas efectivas que aborden las necesidades de la mujer y la preparen y doten de la capacidad de participar, en todos los niveles, en programas de recursos hídricos, incluida la adopción de decisiones y la ejecución, por los medios que ellas determinen

Declaración de Dublín 3. El papel de las mujeres es reconocido por el Principio 20 de la Declaración de Río Un papel parecido es reconocido en el manejo de los bosques (Declaración de Bosques, art. 2, d) y para todos los temas ambientales bajo el concepto de perspectiva de género (Declaración de Malmo, art. 19)

Declaración de Dublín 4. El agua tiene un valor económico en todos sus diversos usos en competencia a los que se destina y debería reconocérsele como un bien económico Reconocer el derecho fundamental de todo ser humano a tener acceso a un agua pura y al saneamiento a un precio asequible Sin valor económico se promueve el derroche y el deterioro ambiental. Incorporado adecuadamente incentiva un aprovechamiento eficaz, equitativo, ambientalmente sostenible

Declaración de Dublín 4. La Convención sobre los Derechos del Niño (art. 24º) establece que las Partes buscarán la plena implementación de los derechos del niño de contar con el más alto estándar de salud posible a través de la provisión de agua potable limpia, tomando en consideración los peligros y riesgos de la contaminación ambiental y un derecho similar se reconoce a las mujeres (art. 14º, h, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer) Observación General N.° 15 sobre el derecho al agua, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, interpretación jurídica oficial presentada en 2002 por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las NNUU, órgano supervisor de la aplicación del Pacto

Declaración de Dublín 4. En el Pacto no se menciona directamente el derecho al agua, pero está incluido en el derecho a un nivel de vida adecuado y en el derecho a la salud, recogidos en sus art. 11 y 12, dentro del concepto de interdependencia de derechos La Observación no es vinculante directamente, pero sí es una “interpretación oficial” de un tratado (vinculante) Los Estados Partes deberán recurrir a “todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de medidas legislativas”, para dar cumplimiento a las obligaciones que deriven del Pacto

Sinergias entre tratados El recurso agua es un concepto articulador del accionar de varios tratados internacionales Convención Marco de las Naciones sobre el Cambio Climático (1992) Convención Marco de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica (1992) Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación en los Países afectados por Sequía Grave o Desertificación (1994)

Otros principios(NPA) El agua es sagrada (Dimensión espiritual). Protegerlos de las reglas y juego de mercado. El agua un bien comunitario (Todos los seres vivos deben tener acceso libre y ninguno debe contaminar) El agua tiene un lugar en la naturaleza. La matriz del agua: la abundancia del agua de cada lugar es el sustento de la biodiversidad y de la cultura de los pueblos.

Otros principios RED VIDA: El derecho al agua es intrínseco al DERECHO A LA VIDA, como se consigna en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El agua no es una mercancía, y ninguna persona o entidad tiene el derecho de enriquecerse con ella Un futuro con disponibilidad segura de agua depende del reconocimiento , respeto y protección de los derechos de las poblaciones indígenas y originarias que conservan y reproducen los conocimientos tradicionales de conservación de fuentes, las poblaciones campesinas y pesqueras y de sus conocimiento tradicionales.

Otros principios RED VIDA: Cualquier sistema político institucional que limite o permita la exclusión de las personas al acceso al agua potable violenta los Derechos Humanos. Rechazamos las políticas de las instituciones financieras internacionales como el BID,FMI y BM que condicionan sus prestamos y cooperación a la privatización del agua. El agua debe ser totalmente excluida de las negociaciones de la OMC, el ALCA y los TLC, y no debe ser considerada como materia de “bienes”, “servicios” o “inversiones”, en ningún acuerdo internacional , regional o bilateral.

Otros principios RED VIDA: Un factor fundamental es el impulso a la RESISTENCIA contra la privatización del agua y de los servicios públicos de agua. El agua permite la interacción entre los seres humanos y el agua son parte integrante del territorio. Para garantizar servicios públicos con calidad y equidad, la gestión debe basarse en principios como la justicia social, sustentabilidad, equidad genérica y universalidad. La gestión del agua es indisociable de la gestión del territorio.

Otros principios RED VIDA: La inequidad existente entre hombres y mujeres en el acceso , manejo y derechos exige desarrollar una política y practicas que eliminen tales inequidades. La mejor manera de garantizar el derecho humano al agua parte de que los gobiernos asuman públicamente el compromiso de garantizar dichos derechos. El control ciudadano es central para la construcción de un modelo nuevo y alternativo de la gestión del agua.

Nueva Cultura del agua. ¿Por qué Nueva? Antes: Consumista No valora el agua (dispendiosa) Visión segmentada y sectorial Autoritaria Centralista Enfoque de oferta (Agua como bien económico) Visión de corto plazo.

Nueva Cultura del agua. ¿Por qué Nueva? Es un derecho humano Sostenible Democrático Visión Integral Descentralizado Factor de integración e identidad Bien público y social

Gracias Mayor información: chorrillosmejor@hotmail.com +511-99588408