ACEPTACIÓN Y RENUNCIA DE LA HERENCIA Y LEGADO

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Fideicomiso Testamentario y Financiero Agrario Prof. Juan José Fernández Bussy.
Advertisements

 Consignación es el depósito de la cosa que se debe, hecho a virtud de la repugnancia o no comparecencia del acreedor a recibirla, y con las formalidades.
CLASES PRACTICAS ACTO JURIDICO
CONTRATOS CC 1137 Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común destinada a reglar sus derechos.
1.5. Estructura de la asociación. La Asamblea General El Consejo Directivo Otros órganos.
DERECHO DE SUCESIONES 2015-I Material de referencia
Mariela B. Castro T R A N S A C C I Ó N. Mariela B. Castro Modificaciones Metodología: reubicación normativa a Contrato Particular; Criterio del Proy.’98.
Obligaciones con pluralidad de sujeto
Los contratos inmobiliarios en la jurisprudencia registral - 2 MARTHA DEL CARMEN SILVA DÍAZ.
EL FIDEICOMISO EN LA LEY DEFINICION. NEGOCIO FIDUCIARIO Y DOMINIO FIDUCIARIO ( ART 1666) OBJETO. UNIVERSALIDADES ( ART 1670) SUJETOS QUE PUEDEN.
DERECHO DE SUCESIONES 2015-II UANCV – DERECHO – JULIACA Prof. Andrés Carita Quispe Material de referencia.
Tema XVII La donación Si tienes mucho, da mucho; si tienes poco, da poco: pero da siempre. Anónimo.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
ACCIÓN DIRECTA.  Art. 736.— Acción directa. Acción directa es la que compete al acreedor para percibir lo que un tercero debe a su deudor, hasta el importe.
HERENCIA YACENTE Art CC Si dentro de quince días de abrirse la sucesión no se hubiere presentado ninguna persona aceptando la herencia o una cuota.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
DERECHO CIVIL VIII SUCESIONES ESCUELA DE DERECHO UASF.
Tema XXIV Prescripción y caducidad El mundo teme al tiempo, pero el tiempo teme a las pirámides Proverbio árabe.
Producida la apertura de la sucesión, viene el llamamiento que se hace a una persona para suceder al difunto. Este llamamiento, que se denomina VOCACION.
En el acto jurídico que se llama TRANSMISION se distinguen TRES MOMENTOS O FASES perfectamente diferenciados : 1.La apertura de la sucesión 2.La delación.
Tema IX La disolución del matrimonio El divorcio probablemente se remonta a la misma época que el matrimonio. Yo creo, sin embargo, que el matrimonio es.
Tema VII Ineficacia e invalidez de los contratos Nunca trates de arreglar las cosas que funcionan. Las que no, de todas formas se romperán Terry Pratchett,
CESIÓN DE DERECHOS Not. Dra. Cristina N. Armella.
Tema VIII La separación de los cónyuges Cuando vuelva a casa en Cincinnati, estará Molly aguardándome. Espero que la guerra dure mucho. Les Luthiers, La.
Tema XXXII Aceptación y repudiación de la herencia Debemos tener siempre tiempo para los demás, porque no sabemos cuánto duraremos. Siempre lamentaré no.
Tema XXXIII Efectos de la aceptación de la herencia Devuélveme el don de la muerte, señora, porque sin él, un héroe no es más que un eterno maniquí, para.
Acciones sucesorias SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTITUTO DE ESTUDIOS JUDICIALES 6 de SEPTIEMBRE.
Acciones sucesorias SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INSTITUTO DE ESTUDIOS JUDICIALES 13 de SEPTIEMBRE.
PROGRAMA DE ACTUALIZACION SOBRE DERECHO SUCESORIO TEMAS RELEVANTES Y CONFLICTIVOS DE LA REFORMA Leandro Merlo
Terminación de Los Contratos
TÉRMINO DE VIGENCIA DE LA LEY
Tema XXIV Prescripción y caducidad
Curso de Derecho Laboral II (Colectivo) TERCERA CLASE Naturaleza del Derecho Colectivo de Trabajo Universidad de San Martín de Porres Facultad de.
RENUNCIA DE RAMOS CHARLA INFORMATIVa alumnos 1er año
Prof. Andrés Carita Quispe 2016-II
Tema XXXI La delación Toma su mano. Ella nos guiará en nuestro viaje. Ella nos mostrará lo que no tiene fin… ¡… sólo principio! Jim Starlin, La muerte.
Como patrimonio autónomo
LOS ACTOS DE COMERCIO-los actos jurídicos y hechos jurídicos
LEY DEFINICIÓN DOCTRINARIA: PRESCRIPCIÓN DE LA RAZÓN ORIENTADA AL BIEN COMÚN Y PROMULGADA POR QUIEN TIENE A SU CARGO EL CUIDADO DE LA COMUNIDAD (SANTO.
Tema XIV Resoluciones judiciales que modifican la capacidad de obrar
Tema XV Ineficacia e invalidez de los contratos
Los derechos subjetivos y la relación jurídica
3rd grade ,.
Tema IX La disolución del matrimonio
Temas XLIX-LII La legítima. La desheredación
M. en A. Susana Amanda Vilchis Camacho,
INSTITUCIONES JURÍDICAS DE PROTECCIÓN: PATRIA POTESTAD
EFICACIA E INEFICACIA DEL CONTRATO
EL PARENTESCO 1. I.- DEFINICIÓN: Es el vínculo que une a los miembros de una familia: es la relación que se establece entre ellos. II.- CLASES DE PARENTESCO:
EFICACIA E INEFICACIA DEL CONTRATO
Los derechos subjetivos y la relación jurídica
TÍTULO EJECUTIVO.
LEGÍTIMA DEL CÓNYUGE.
Ablativo Es el caso del Compl. Circunstancial.
LEGADO Objeto del legado Bienes determinados.- 757, 769 C.C. (772.3)
LEGADO Objeto del legado Bienes determinados C.C.
REPRESENTACIÓN.
Protección de Datos Personales enfocado a docentes, padres y tutores
DEMANDA DE EJECUCIÓN.
PATRIMONIO COMO GARANTIA COMUN DE LOS ACREEDORES
CAPITULO V DE LA PARTICIPACION SOCIAL De la Patria Potestad. Asociaciones de Padres de Familia. Consejos Escolares de participación social. Consejos Sectoriales.
INDIGNIDAD NOTAS CARATERÍSTICAS:
DERECHO REAL DE USUFRUCTO
RÉGIMEN LEGAL DE LA ACIÓN PENAL
Ética y valores 1 TEMAS: *Autonomía y heteronomía *Tarea y deber
NO ¿SI EL ACUERDO SE ADOPTA EN SEGUNDA CONVOCATORIA, DEBO PRESENTAR EL
ACCION OBLICUA O INDIRECTA. CONCEPTO DE ACCION OBLICUA: La acción oblicua es una figura jurídica que permite a los acreedores ejercitar los derechos que.
JULIO MES DE LA PATRIA.
Artículo 33 Art. 34 Art. 35 Art. 36 Art. 37. Art.38.
Transcripción de la presentación:

ACEPTACIÓN Y RENUNCIA DE LA HERENCIA Y LEGADO

ACEPTACIÓN Y RENUNCIA DE LA HERENCIA Y LEGADO APERTURA CONVOCATORIA DELACIÓN

QUIENES PUEDEN ACEPTAR O RENUNCIAR A LA HERENCIA Ver Art. 674 C.C. Aceptación de menores incapaces.- Art. 448 inc. 9 C.C. Aceptación del pupilo.- Art. 532 C.C. Aceptación del curado.- Art. 647 C.C: Aceptación del menor bajo patria potestad con discernimiento.- Art. 455 C.C: Renuncia de quien tiene la libre disposición de sus bienes.- Art. 674 C.C. Renuncia de menores incapaces.- Art. 448 inc. 4 C.C. Renuncia del pupilo.- Art. 532 inc. 1 C.C. Renuncia del curado.- Art. 568 C.C. Renuncia de uno de los cónyuges.- Art. 304 C.C:

FORMA DE LA ACEPTACIÓN Y RENUNCIA Forma solemne.- 675 C.C. E.P. Acta. ACEPTACIÓN Sin forma única.- 672 C.C Expresa: E.P. Doc. Privado. Tácita. (672, 680 C.C.) Silencio. 673, 142 C.C.

DERECHOS DEL ACREEDOR EL SUCESOR RENUNCIANTE PLAZO DE LA RENUNCIA Art. 673 C.C. ¿Desde cuándo corre el plazo señalado? DERECHOS DEL ACREEDOR EL SUCESOR RENUNCIANTE Art. 676 C.C. ¿Acción de ineficacia? ¿Acción subrogatoria u oblicua ¿Acción autónoma? 195 C.C. Plazo: 3 meses