MEDIDA DE LA PRESTACION

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Transcripción de la presentación:

MEDIDA DE LA PRESTACION

MEDIDA DE LA PRESTACION Concepto: La Medida de la Prestación de los seguros, es la forma establecida ya predeterminada, en que va a indemnizar cada una de las ramas a los asegurados, cuando se produzca un siniestro. En la Argentina tenemos tres medidas de la prestación: Prorrata Primer Riesgo Absoluto Primer Riesgo Relativo

MEDIDA DE LA PRESTACION Coberturas “a prorrata” Primer riesgo absoluto y relativo Es importante conocer la diferencia entre este tipo de condiciones ya que es el asegurado el que se siente engañado al momento de la indemnización, ya que al momento del siniestro él cree que se le va a pagar un cien por ciento y resulta que el contrato es a prorrata y no a primer riesgo. Es el productor asesor de seguros el que debe explicar en forma correcta. En los seguros patrimoniales probablemente sea éste el concepto que el profesional del seguro debe tener más claro, dada su incidencia directa en la determinación de la indemnización, es en esto seguros donde se dan los conflictos más habituales y todos obedecen a falta de asesoramiento. En algunos casos el asegurado puede elegir la forma de contratar, por lo tanto si se le dice que es opcional y de le deja claro y además si se le explica al asegurado con ejemplos el PAS va a evitar muchos dolores de cabeza.

MEDIDA DE LA PRESTACION Medida de la Prestación Es importante tener en cuenta en la estructura de la póliza la forma en que se va a liquidar el siniestro, a esto lo llamamos “Medida de Prestación” Las más conocidas y utilizadas son: Medida de la Prestación Prorrata A Primer Riesgo Absoluto A Primer Riesgo Relativo

MEDIDA DE LA PRESTACION Prorrata o Regla Proporcional Cuando el seguro se contrata a prorrata, la aseguradora indemnizará al asegurado en caso de siniestro de daño parcial, considerando la proporción o porcentaje que existe de comparar el valor asegurado con el valor asegurable (o valor real). En esta forma de prestación se tiene en cuenta la relación que existe entre el valor real del bien asegurado y la suma asegurada. Si el valor del bien excede la suma asegurada, el asegurador solo está obligado a indemnizar el valor real del daño sufrido,( art. 61 ley de seguros), sin embargo si el valor del bien es inferior a la suma asegurada, la indemnización se hará en la misma proporción existente entre ambos importes (art. 65 L.S.).

MEDIDA DE LA PRESTACION Prorrata: Es la más común y la más económica, se utiliza la regla proporcional. Se relaciona la suma asegurada con la suma asegurable, de coincidir, estamos ante un correcto aseguramiento y se indemniza el 100% del siniestro. Si existe un infraseguro, hay que determinar la proporción, y aplicar ésta al daño ocasionado. Por ejemplo: suma asegurada de 75 y suma asegurable de 100, se pagará el 75% del siniestro.

MEDIDA DE LA PRESTACION La indemnización se calcula como: INM: indemnización V.A: Valor asegurado V.R: Valor real STRO: Siniestro La relación ideal es cuando: V.A = V.R

MEDIDA DE LA PRESTACION Ejemplo de la Medida de la Prestación Prorrata o regla proporcional: Seguro de Incendio El asegurado contrata una póliza de incendio para su vivienda particular por una Suma Asegurada de $150.000.-, cuando en realidad el valor asegurable (o sea el valor real) es de $200.000.- Sucede un siniestro amparado por la cobertura del contrato de seguro, y se determina que el monto de los daños es de $80.000.- Conceptualmente, el asegurado realizó una contratación amparando solamente el 75 % del valor real, por lo que éste porcentaje (o proporción: 150.000.- / 200.000.- x 100) la aseguradora se lo aplica al monto del daño para determinar cuál es el monto a indemnizar. En el ejemplo propuesto, la indemnización que recibe el asegurado es de $60.000.- (o sea 80.000.- x 75 %)

MEDIDA DE LA PRESTACION A Primer Riesgo Absoluto Derivado de poder pactarse en contrario y aunque importa un encarecimiento en la prima, es posible no considerar la relación entre la suma asegurada y la asegurable indemnizando el 100% del siniestro. De esto se trata la cobertura de primer riesgo absoluto: se indemnizará la pérdida real ocasionada y como techo máximo la suma que se contrató en la póliza.

MEDIDA DE LA PRESTACION Ejemplo de la Medida de la Prestación Primer riesgo Absoluto: Seguro de Robo de Contenido en un Comercio El asegurado contrata una póliza de robo para su negocio de venta ropa y calzado por una Suma Asegurada de $20.000, considerando que en el caso de que se produjera un evento, ésta sería la cantidad estimada que le podrían sustraer (teniendo en cuenta que el total de su stock asciende a la suma de $180.000) A los efectos de su mejor comprensión, vamos a proponer tres escenarios diferentes de siniestros, indicando en cada caso que es lo que indemniza la aseguradora.

MEDIDA DE LA PRESTACION La aseguradora indemniza $ 13.000. El monto de lo robado asciende a la suma de $ 13.000 La aseguradora indemniza $ 20.000. El monto de lo robado asciende a la suma de $ 20.000 La aseguradora indemniza $ 20.000. --Puesto que ésta es la suma indicada en la póliza-- El monto de lo robado asciende a la suma de $ 25.000

MEDIDA DE LA PRESTACION A Primer Riesgo Relativo Modalidad de medida de la prestación. El asegurado indemnizará el daño hasta el límite de la suma asegurada, siempre que el valor asegurable declarado no sea inferior al momento del siniestro a su valor real. Si el valor real del bien al momento del siniestro excediera el monto del valor asegurable declarado, el asegurador solo indemnizará el daño en la proporción que resulte de ambos valores. INM: Indemnización V.A.D: Valor asegurado declarado V.R: Valor real STRO: Siniestro

MEDIDA DE LA PRESTACION Ejemplo de la Medida de la Prestación Primer Riesgo Relativo: Seguro de Robo de Mercaderías El asegurado contrata una póliza de robo para las mercaderías de su negocio que es una concesionaria de venta de autos (la mercadería son autos nuevos, usados, y/o repuestos). El Asesor le solicita que, en base a su experiencia y conocimiento de su negocio, le informe cuánto es lo máximo que le pueden robar en un solo evento, a lo que el asegurado responde que esta suma puede estar en $1.000.000.- (esto recibe el nombre de Suma Asegurada) La siguiente pregunta del asesor es que le indique cuánto es el total que tiene en stock actual, considerando toda la mercadería (autos nuevos, usados y/o repuestos), informando el asegurado que de acuerdo a su inventario el total es de $ 8.000.000. Esta suma recibe el nombre de valor asegurable declarado o valor declarado en póliza.

MEDIDA DE LA PRESTACION A partir de estos dos datos, el asesor le indica que se confeccionará una póliza de Robo de mercaderías a Primer Riesgo Relativo, con una Suma asegurada de $1.000.000, en una Relación Aseguradora de 1/8 (es decir que asegura una parte de ocho (8) veces más que es el total del stock). Como se puede observar, el Valor Declarado NO está en la póliza, pero surge de multiplicar la suma asegurada por la relación aseguradora. Sucedido el siniestro, se presenta el liquidador quien solicita toda la información pertinente para determinar cuál era el stock real al momento del siniestro. Aquí pueden presentarse dos situaciones diferentes, que determinarán el cómo se indemnizará al asegurado (primer riesgo absoluto o prorrata) A los efectos de su mejor comprensión, vamos a mostrar las dos alternativas posibles, proponiendo además tres escenarios diferentes de siniestros, indicando en cada caso que es lo que indemniza la aseguradora.

MEDIDA DE LA PRESTACION El liquidador establece que el valor real del stock al momento del siniestro es de $ 7.950.000.-, por lo cual corresponde indemnizar a Primer Riesgo Absoluto (Si al momento del siniestro el valor real es igual o menor al valor establecido como declarado al inicio de la contratación). La aseguradora indemniza $ 800.000. a - Monto del siniestro $ 800.000 La aseguradora indemniza $ 1.000.000 b - Monto del siniestro $ 1.000.000. Límite de suma asegurada en póliza c - Monto del siniestro $ 1.500.000

MEDIDA DE LA PRESTACION 2. El liquidador establece que el valor real del stock al momento del siniestro es de $10.000.000, por lo cual corresponde indemnizar a Prorrata (esto es porque el valor Declarado es menor que el real). El porcentaje o proporción equivale al 80% (8.000.000 / 10.000.000 x 100) La aseguradora indemniza $ 640.000. a - Monto del siniestro $ 800.000 La aseguradora indemniza $ 800.000 b - Monto del siniestro $ 1.000.000. La aseguradora indemniza $ 1.000.000 Límite de suma asegurada en póliza c - Monto del siniestro $ 1.500.000