SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST)

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Transcripción de la presentación:

SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST)

SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Social BIENESTAR Mental TRABAJADORES Físico “Un lugar de trabajo saludable es un lugar de trabajo sano” Actividades Evitar los accidentes y enfermedades laborales

BENEFICIOS Evaluar y mejorar los resultados en la prevención de los incidentes y accidentes en el lugar de trabajo La gestión eficaz de los peligros y riesgos Supervisar procesos evaluar riesgos Aplicar mejora continua PHVA

PHVA Realizar acciones de mejora para obtener los mayores beneficios en la seguridad y salud de los trabajadores Revisar que los procedimientos y acciones implementados están consiguiendo los resultados deseados Implementación de las medidas planificadas Se debe planificar la forma de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores, encontrando qué cosas se están haciendo incorrectamente o se pueden mejorar y determinando ideas para solucionar esos problemas

ASPECTOS GENERALES DEFINICIONES

SALUD TRABAJO AMBIENTE DE TRABAJO Estado de bienestar físico, mental y social. No solo en la ausencia de enfermedad. SALUD Actividad que el hombre realiza de transformación de la naturaleza con el fin de mejorar la calidad de vida. TRABAJO Conjunto de condiciones que rodean a la persona y que directa o indirectamente influyen en su estado de salud y en su vida laboral. AMBIENTE DE TRABAJO

RIESGO FACTOR DE RIESGO INCIDENTE Probabilidad de ocurrencia de un evento. Ejemplo: Riesgo de caída o riesgo de ahogamiento. RIESGO Elemento, fenómeno o acción humana que puede provocar daño de los trabajadores, equipos o instalaciones. Ejemplo: Sobre esfuerzo, ruido, físico, monotonía. FACTOR DE RIESGO Acontecimiento no deseado el cual podría haber resultado en lesiones a las personas o instalaciones. Es decir, un CASI accidente. Ejemplo: Tropiezo o resbalón. INCIDENTE

Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo el cual produce en el trabajador daños a la salud. Ejemplo: Herida, fractura, quemadura. ACCIDENTE DE TRABAJO No se considera accidente de trabajo el sufrido mediante permisos remunerados o no. Ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas en la empresa. Producido en cumplimiento del trabajo regular, por órdenes o en representación del empleador ya sea por fuera de los horarios laborales e instalaciones de la empresa. Sucedido durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.

ENFERMEDAD LABORAL SALUD OCUPACIONAL Adquirida por la exposición a uno o varios factores de riesgo presentes en el ambiente de trabajo. ENFERMEDAD LABORAL Definida como la disciplina que busca el bienestar físico, mental y social de los empleados en sus sitios de trabajo. SALUD OCUPACIONAL

Entorno en el que viven, compañeros, familia DATOS IMPORTANTES Malas condiciones de trabajo insanas o inseguras pueden influir en la salud y la seguridad de los trabajadores Entorno en el que viven, compañeros, familia Los empleadores tienen la responsabilidad moral y jurídica de proteger a los trabajadores Un solo accidente o una mera enfermedad puede acarrear enormes perdidas financieras para los trabajadores y empleadores

PROGRAMAS eficaces de salud y seguridad en el lugar de trabajo pueden a ayudar a salvar vidas de trabajadores a disminuir los riesgos y sus consecuencias MORAL Y PRODUCTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AHORRAR DINERO A LOS EMPLEADORES

Son afiliados Obligatorios al Sistema General de Riesgos Laborales: * Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos. * Los jubilados o pensionados, incluyendo los de invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.

* El empleador está obligado a afiliar a sus trabajadores desde el momento en que nace el vínculo laboral entre ellos. * Selección: los empleadores que tengan a su cargo uno o más trabajadores deben estar afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales

Decreto 1443 Julio 3O 2014 1072 26 Mayo 2015 Implementación del Sistema de la Gestión de la seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST

DECRETO 1443 DE JULIO 31 DE 2014. "Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)" Los empleadores deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST

EL DECRETO 1072 DEL 26 DE MAYO DE 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados

Ley 1562 de 2012 que modifica el Sistema de Riesgos Laborales y enuncia cambios en la terminología así: - Sistema General de Riesgos Laborales = Sistema General de Riesgos Profesionales - Seguridad y Salud en el Trabajo = Salud Ocupacional - Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) = Programa de Salud Ocupacional - ARL = ARP

OBJETO, CAMPO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo sg-sst, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.

PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO DEFINICIÓN Conjunto de actividades dirigidas a la prevención, promoción y control de la salud de los trabajadores buscando garantizar óptimas condiciones de bienestar físico, mental y social de las personas, gestionando y vigilando la estabilidad del trabajador. Y así ubicarlos en puestos de trabajo acordes a sus condiciones psico-físicas para así mantener al personal en aptitud de producción laboral. (Resolución 1016 de 1989, Art 10)

PROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO Prevención Conjunto de actividades Promoción Salud de los trabajadores Control Garantizar óptimas condiciones de bienestar físico, mental y social de las personas gestionando y vigilando la estabilidad del trabajador……

OBJETIVOS Educar todo el personal en la forma de mantener la salud Capacitación factores de riesgo, efectos, corregirlos Ubicar al trabajador en el cargo acorde con sus condiciones psicofísicas Hacer seguimiento periódico de los trabajadores para identificar y vigilar a los expuestos a riesgos específicos Equipo de Botiquín de Primeros Auxilios

Evaluaciones Médicas Se establecerá la realización de evaluaciones médicas ocupacionales de ingreso, periódicas y de retiro HISTORIA CLINICA OCUPACIONAL Sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional Con base en el diagnóstico de Salud se establecerán las prioridades en cuanto a las patologías halladas y se diseñaran los sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional necesarios Ausentismo laboral Se implementará el ausentismo laboral con el ánimo de obtener información sobre morbimortalidad y el clima organizacional de la empresa. Capacitación: Educación en Salud, Educación según factores de riesgo

Recreación, deporte y cultura Entidades promotoras de salud, instituciones prestadoras de servicio: - Administradora de Riesgos Laborales - Caja de Compensación a las cuales están afiliados los trabajadores Visitas a los puestos de trabajo Periódicamente se harán visitas a los puestos de trabajo para seguimiento y control de los procesos y la interrelación del trabajador con ellos.

ACTIVIDADES A DESARROLLAR Evaluación ocupacional: Exámenes médicos TODA LA VIDA LABORAL, ingreso, periódicas o control y de retiro y se diligenciara la Historia clínica Ocupacional previa al diseño de los perfiles psico- fisiológicos. Diagnóstico de salud: Con base en el diagnóstico de Salud se establecerán las prioridades en cuanto a las patologías halladas y se diseñaran los sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional necesarios . Participar de un programa de prevención y control de enfermedades auditivas y desordenes musculo- esqueléticos. Vigilancia epidemiológica: un plan escrito que tiene en cuenta las características particulares de cada uno de los riesgos y de las actividades que se realizan para el control de los mismos y la conservación de la salud Reunir toda la información necesaria y actualizada. Procesar, analizar e interpretar los datos, Identificar, cuantificar, evaluar, controlar y hacer seguimiento a los riesgos laborales

Promoción y prevención de la salud: evitar, tanto los accidentes laborales, como las enfermedades laborales y las de origen común. ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y FORMATIVAS EN EL CONTROL DEL RIESGO Primeros Auxilios: Se implementará un servicio básico de Primeros Auxilios acorde con las necesidades de la empresa, con cobertura de toda la jornada laboral y formación del 10% de los empleados.

Ausentismo laboral: Elaborar estadísticas de ausentismo laboral con el ánimo de obtener información sobre morbi-mortalidad y el clima organizacional de la empresa. Desarrollar estrategias para el estudio, análisis, control del ausentismo y pérdida de tiempo laboral por causas médicas. Capacitación: Con base en los hallazgos de los puntos anteriores se desarrollan actividades de capacitación con énfasis en: Educación en Salud y Educación según factores de riesgo. Visitas a los puestos de trabajo: Periódicamente se harán visitas a los puestos de trabajo para seguimiento y control de los procesos y la interrelación del trabajador con ellos. Sistemas de Información y Registros: Con el fin de poseer información de fácil acceso, se diseñaran formatos prácticos y se establecerá la metodología de análisis estadístico para la morbi-mortalidad presentada.

SISTEMAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA (SVE)   La vigilancia epidemiológica, es un pre-requisito para los programas de prevención y control, y abarca por lo tanto todas las actividades necesarias para adquirir el conocimiento que debe fundamentar las actividades de control eficiente y eficaces. Las funciones de la vigilancia epidemiológica son: 1.      Reunir toda la información necesaria y actualizada. 2.      Procesar, analizar e interpretar los datos. 3.      Hacer las recomendaciones pertinentes que deriven de las funciones anteriores para realizar las acciones de control inmediato o a más largo plazo. 4.      En determinadas circunstancias y en funciones de las estructuras existentes y del grado de su desarrollo, la vigilancia podrá incluir funciones ejecutivas de decisión y de control.

BENEFICIOS Proteger la salud y la vida del trabajador y la de sus compañeros laborales Garantizar la productividad de la empresa a través de una fuerza laboral en buen estado de salud Garantizar el cumplimiento de las normas legales vigentes para la actividad laboral que desarrolla la empresa Planes de acción y mejoras en los procesos. Disminuir el ausentismo, ya sea por enfermedad laboral o por enfermedad de origen común. Implementar mejores sistemas de vigilancia epidemiológica

PROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL La Higiene industrial es la disciplina dedicada al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores y agentes ambientales originados en o por el lugar de trabajo. Entre sus objetivos esta el de identificar y evaluar mediante estudio ambientales periódicos, los agentes y factores de riesgos del trabajo que afecten o puedan afectar la salud de los trabajadores. Identificar, priorizar y evaluar los factores de riesgo presente en el medio laboral. Supervisar la efectividad de los sistemas de control de factores de riesgo y de los elementos de protección personal estableciendo normas de uso, mantenimiento y reposición de los mismos.

HIGIENE Es la disciplina dedicada al reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores y agentes ambientales originados en o por el lugar de trabajo, que puedan causar enfermedad e ineficiencia entre los trabajadores o entre los ciudadanos de una comunidad.

ACTIVIDADES A DESARROLLAR Para cumplir con los preceptos anteriores el programa de Higiene Industrial desarrolla las siguientes actividades: Identificar y evaluar las exposiciones de los contaminantes relacionados con las operaciones o productos, que potencialmente puedan afectar la salud de los empleados contratistas o al medio ambiente. Conducir las evaluaciones de los riesgos para la salud y definir las recomendaciones, para su control o eliminación.

Identificar las tareas peligrosas para definir la vigilancia higiénica y médica, el entrenamiento y el uso de la protección personal. Compartir con el programa de Medicina Preventiva y del Trabajo los resultados de las evaluaciones higiénicas para que, con base en los resultados, se diseñe la estrategia de vigilancia médica, integrada en los diferentes sistemas de vigilancia epidemiológica ocupacional.

PROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL La Seguridad industrial comprende el conjunto de técnicas y actividades destinadas a la identificación, valoración y al control de las causas de los accidentes de trabajo. Tiene como objetivos mantener un ambiente laboral seguro, mediante el control de las causas básicas que potencialmente pueden causar daño a la integridad física del trabajador o a los recursos de la empresa. Identificar, valorar y controlar las causas básicas de accidentes. Implementar mecanismos periódicos de monitoreo y control permanente de los factores que tengan un alto potencial de pérdida para la empresa. Elaborar y capacitar en procedimientos adecuados de trabajo con criterios de seguridad, calidad y producción.

ACTIVIDADES A DESARROLLAR Normas de seguridad y operación: Se define como un programa de elaboración de normas de seguridad y operación para cada una de las actividades que se realicen, ya sean manuales, manejo de materiales, máquinas o equipos, que presenten riesgo potencial de ocasionar pérdidas para la empresa. Permisos Especiales: Se refiere a permisos para efectuar trabajos eventuales que presenten riegos con efectos inmediatos de accidentes, incendios o explosiones, por lo cual se requiere antes de emprender la labor verificar las condiciones de seguridad presentes en el área. Demarcación y señalización de Áreas: Deberá existir una adecuada planificación y demarcación de áreas en todas las secciones de la empresa, incluyendo puestos de trabajo, áreas de almacenamiento, circulación, ubicación de máquinas y equipos contra incendio; junto con un programa para su mantenimiento .

INSPECCIONES PLANEADAS Programas de inspecciones generales: Deberá establecerse un programa de inspecciones generales a todas las áreas de la empresa, mediante el cual se mantendrá control sobre las causas básicas que tengan alto potencial de ocasionar pérdidas para la empresa. Programa de inspecciones de áreas y partes criticas: Una parte crítica es una pieza de equipo o estructura cuyo fallo va probablemente a resultar en una pérdida principal (a las personas, propiedad, proceso y/o ambiente Evaluación del programa de inspecciones: La auditoria realizada al programa de inspecciones permitirá su retroalimentación mediante la determinación del logro del propósito principal de este. Entre otros factores se tendrán en cuenta: Numero de inspecciones completadas, Calidad de los informes de inspección.

Orden y Aseo: En coordinación con los jefes de cada área se establecerán mecanismos para la implementación de un programa de orden y aseo, que sirva a su vez como motivación y concursos entre áreas. Programa de mantenimiento: Deberá implementarse un adecuado programa de mantenimiento de maquinaria, equipos y herramientas manuales principalmente de tipo preventivo a fin de evitar daños mayores que a su vez pueden causar riesgos a los trabajadores. Investigación y análisis de accidentes/ incidentes: Es el establecimiento de procedimientos para el análisis de los accidentes de trabajo tales como: reporte, investigación, responsables, análisis de causalidad, controles, seguimiento, etc. Esta actividad conlleva todo el análisis estadístico del programa de Salud Ocupacional en la compañía donde se ejecute.

PREPARACIÓN PARA EMERGENCIAS Se efectuará una adecuada selección y distribución extintores.. Elaboración de planos y diagramas indicando la ubicación de los equipos contra incendio, vías de evacuación, etc. Se establecerá un programa especial de revisión y mantenimiento de todo el sistema de protección contra incendios. En lo referente a los Recursos Humanos deberá existir una Brigada de emergencia la cual tendrá una capacitación continua. Así mismo el COPASST, deberá elaborar el Plan de Emergencia de la compañía y hará la respectiva divulgación del mismo a todo el personal, y realizará actividades como simulacros de evacuación

PROGRAMA DE FUNCIONAMIENTO COPASST Propone la participación en actividades de salud ocupacional dirigida por empleados y directivos. Vigilar el desarrollo de las actividades en materia de medicina, higiene y seguridad industrial, y las normas. Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos y las operaciones realizadas por los empleados e informar al responsable del Programa de Salud Ocupacional: Jefe Departamento de Personal sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las normas correctivas y de control. Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los empleados en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales .

EL COPASST( Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo)

Prevenir, proteger, promover la salud y seguridad en el trabajo en todos los niveles de la empresa , buscar acuerdos con directivas y responsables del sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo en función del logro de metas y objetivos concretos , divulgar y sustentar practicas saludables y motivar la adquisición de hábitos seguros. El COPASST sirve como organismo de promoción y vigilancia de la normas y reglamentos de seguridad en el trabajo dentro de la empresa, así como el cumplimientos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de la empresa.

El Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo es el organismo que debe velar por la promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional (medicina, higiene, medio ambiente laboral y seguridad industrial) dentro de la empresa, minimizando los riesgos profesionales.

NORMATIVIDAD DEL COPASST. La resolución 2013 de 1986 resuelve a todas las empresas e instituciones publicas o privadas que tengan a su servicio 10 o mas trabajadores, están obligadas a conformar un comité paritario de seguridad y salud en el trabajo (COPASST). NORMATIVIDAD DEL COPASST.

Números de representantes del comité: De 10 a 50 trabajadores, un representante por cada una de las partes. De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes. De 500 a 999 trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes. De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.

FUNCIONES DEL COPASST Investigación : Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales . Capacitación: Propines y participar en las jornadas de capacitación. Coordinación: Dependencia responsable de seguridad y salud en el trabajo, los directivos, los trabajadores y la ARL. Inspecciones: Realizar inspecciones periódicas a las instalaciones de la empresa con el fin de prevenir la ocurrencia de accidentes de trabajo, enfermedades laborales mediante la detección precoz de situaciones de riesgo.

Vigilancia: Cumplimiento por parte de los trabajadores y empleadores del reglamento de higiene y seguridad, normas y procedimientos . Participación: proponer medidas de intervención para proteger a los trabajadores y atender sugerencias en materia de seguridad y salud en el trabajo. Promoción: Promover la participación y conocimiento de las normas por la parte de la comunidad laboral, mediante actividades de divulgación.

A las reuniones del comité solo asistirán los miembros principales A las reuniones del comité solo asistirán los miembros principales. Los suplentes asistirán por ausencia de los principales y serán citados a las reuniones por el presidente del comité. El comité de medicina, higiene y seguridad industrial se reunirá por lo menos una vez al mes en la empresa y durante horas laborales.

La empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo podrá conformar varios comités de medicina, higiene y seguridad industrial para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Resolución, uno por cada establecimiento teniendo en cuenta su organización interna.

El empleador nombrará directamente sus representantes al comité y los trabajadores elijarán los suyos mediante votación libre. Los miembros del comité serán elegidos por dos años al cabo del cual podrán ser reelegidos.

En caso de accidente grave o riesgo inminente, el comité se reunirá con carácter extraordinario y con presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o determinó el riesgo, dentro de los cinco días siguientes a la ocurrencia del hecho.

Funciones del presidente del comité Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz. Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de las reuniones. Notificar por escrito a los miembros del comité sobre la convocatoria a las reuniones por lo menos una vez al mes. Preparar los temas a tratar en cada reunión. Tramitar ante la admón. de la empresa las recomendaciones aprobadas en el seno del comité, y darle a conocer sus actividades. Funciones del presidente del comité

Funciones del secretario. Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas. Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a discusión y aprobación del comité. Levar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité y suministrar toda la información que requieran el empleador y los trabajadores. Funciones del secretario.

Obligaciones del empleador. Proporcionar la elección de los representantes de los trabajadores al comité, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 2° de esta Resolución, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones. Designar sus representantes al comité de medicina, higiene y Seguridad Industrial (COPASST ). Designar al presidente del comité. Proporcionar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del comité. Estudiar las recomendaciones emanadas del comité y determinar la adopción de las medidas más convenientes e informarle las decisiones tomadas al respecto. Obligaciones del empleador.

Obligaciones de los trabajadores. Elegir libremente sus representantes al COPASST y con los reglamentos e instrucciones de servicio ordenados por el empleador. Informar al comité las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de la Salud Ocupacional en la empresa. Cumplir con las normas de medicina, higiene y Seguridad Industrial en el trabajo y con los reglamentos e instrucciones de servicios ordenados por el empleador. Obligaciones de los trabajadores.

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL El propósito de las leyes para la seguridad en el trabajo es proteger a los trabajadores.  Si los empleadores  y los trabajadores cumplen con las normas de higiene y seguridad laboral la probabilidad en la ocurrencia de incidentes y accidentes disminuye  permitiéndole al trabajador conservar su salud y por ende su productividad en el trabajo y su desarrollo psicoactivo a nivel familiar y social.    Dentro de estas series de normas y leyes que se establecen para la protección en todos los sentidos tanto de los trabajadores como de la empresa se encuentra el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.

En el reglamento de higiene y seguridad industrial se establecen normas, reglamentaciones y responsabilidades de la empresa así como de los trabajadores.   También en el reglamento se establecen claramente los factores de riesgo que se encuentran en el contexto laboral.

Todo empleador que tenga a su servicio diez o más trabajadores permanentes debe desarrollar por escrito y como documento empresarial, el reglamento de higiene y seguridad industrial.   Es por ello que todas las partes involucradas en la empresa deben respetar y participar activamente en el desarrollo, mantenimiento y modificaciones del reglamento de higiene y seguridad industrial.  En términos generales es un documento empresarial que debe ser observado y respetado por todos los funcionarios y visitantes a la misma. El entrenamiento es parte fundamental para poder llegar a una concientización del personal en el cumplimiento de las normas y la intervención constante de la empresa en el mismo es importante e imprescindible para obtener una política exitosa en relación al reglamento de higiene y seguridad.

El reglamento de Seguridad e Higiene y las leyes nacionales dan a los trabajadores el derecho a un ambiente de trabajo seguro.  Dentro de los derechos que tienen están los siguientes: 2 1 Solicitar a la empresa que elimine los riesgos o infracciones a las normas. Recibir capacitación e información sobre los peligros en el lugar de trabajo, las normas del Reglamento de seguridad e higiene y los derechos de los trabajadores. 3  Participar en las inspecciones en tu lugar de trabajo y conocer los resultados. 

Los empleadores deben mantener un lugar de trabajo seguro para los trabajadores.  Y dentro de sus deberes están los siguientes:    Obedecer las normas y reglamentos de Seguridad e Higiene.  Asegurarse de que los trabajadores tengan y utilicen equipos de seguridad y herramientas que estén en buenas condiciones.   Utilizar la señalización adecuada de acuerdo a las normas de prevención, y protección para advertir a los trabajadores sobre áreas de trabajo peligrosas.  Proporcionar exámenes médicos (ingreso, periódicos y de retiro)  y capacitación a los trabajadores cuando así se requiera.  Informar atreves de los formatos de la ARL o pagina web  de la misma los accidentes que se puedan presentar  dentro de las 72 horas posteriores a la ocurrencia del evento. Publicar el Reglamento en un lugar visible para los trabajadores, para que de esta forma ellos sepan los derechos, deberes y las sanciones a las cuales está en caso de incumplimiento. 

Para evitar accidentes innecesarios los empleados tienen unos deberes, que son:   Seguir las reglas de seguridad, usar los equipos de protección personal así como cuidar los equipos con los que trabaja.  Informar de inmediato al jefe si sufrió un accidente o si está expuesto a algún riesgo.  Informar de cualquier situación peligrosa al empleador.