Convención sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación en Contra de la Mujer (1979). Frida Alejandra Reyes Sánchez – A01351543 Francisco Ramirez Martinez – A01351596
Datos generales Tratado internacional de las Naciones Unidas firmado en 1979. Fue creada en 1946 por el Consejo Económico y Social de la ONU. El 18 de diciembre de 1979 fue aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas. Entro en vigor el 3 de Septiembre de 1981. Está conformada por 6 artículos.
Artículo #1 Este tratado reconoce como "violencia contra la mujer" a todo acto que tenga como resultado algún daño o sufrimiento a la integridad de la mujer.
Artículo #2 Este tratado reconoce como violencia a los siguientes actos. La violencia física, sexual y psicológica que se produzca en la familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer, los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia y la violencia relacionada con la explotación.
Artículo #3 La mujer es acreedora estos derechos en condiciones de igualdad. a) El derecho a la vida b) El derecho a la igualdad c) El derecho a la libertad y la seguridad de la persona d) El derecho a igual protección ante la ley e) El derecho a verse libre de todas las formas de discriminación f) El derecho al mayor grado de salud física y mental que se pueda alcanzar g) El derecho a condiciones de trabajo justas y favorables f) El derecho a no ser sometida a tortura, ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Imagen que evidencie la violencia a la mujer
Imagen que evidencie el trato digno a la mujer
El derecho y el deber son como las palmeras: no dan frutos si no crecen uno al lado del otro. Félecité de Lamennais